Esta vez tiene la razón

Esta vez tiene la razón

 

Hace unos minutos, he colocado en Facebook el texto que reproduzco a continuación:

Acabo de leer la sentencia completa sobre las facultades de control de la Asamblea Nacional, redactada por Arcadio Delgado Rosales. En 2008, denuncié ante el TSJ* la violación (mutilación de la Constitución) en la sentencia 1.265—daba basamento a la inhabilitación de Leopoldo López y Enrique Mendoza, entre otros—que redactó el mismo magistrado. En aquella ocasión, fui asistido por los abogados Luis Alejandro Aguilar y Gonzalo Pérez Petersen. No tuve respuesta. En razón de esa experiencia, acometí la lectura de la decisión de hoy predispuesto contra Delgado Rosales. Debo, sin embargo, admitir que no encuentro vicios fundamentales en la decisión: la Sala Constitucional, otra vez, acaba de dictar sentencia y asentar doctrina irrefutables. No es verdad que con lo decidido hoy se cercene facultades constitucionales de la Asamblea Nacional; ellas permanecen incólumes y han sido reconocidas explícitamente por el Tribunal.

Es lamentable y preocupante constatar que Ramos Allup viene haciendo un trabajo descuidado y mediocre, que permite la vulneración política de la mayoría opositora en la AN.

No tiene razón el abogado de planta de Prodavinci, José Ignacio Hernández, quien escribió hoy:

Esta sentencia despeja cualquier duda que pudiera haber sobre el alance [sic] que tiene el actual conflicto institucional. Un conflicto en el cual la Sala Constitucional, invocando su condición de “máximo y último intérprete de la Constitución”, pretende vaciar de facultades a la Asamblea Nacional. (…) El verdadero tema de fondo es que la Sala Constitucional asumió un rol de supremacía frente a la Asamblea Nacional, y en tal condición, reducirá las facultades de la Asamblea y anulará cualquier Ley, Acuerdo o decisión que la Asamblea pueda dictar, cuando así lo estime conveniente.

La sentencia, en lo fundamental, interpreta la Constitución para reiterar lo que ella establece sin lugar a equívocos: 1. que el control de la Asamblea Nacional está circunscrito al que ejerce sobre el Poder Ejecutivo Nacional; 2. que sólo puede destituir magistrados del Tribunal Supremo de Justicia mediante decisión de una mayoría de dos terceras partes previo pronunciamiento del Poder Ciudadano. LEA

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* Violación denunciada

 

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