Cartas

El orador, con fama de experto en asuntos internacionales, estimado por la audiencia, dice que no debe esperarse que el Presidente reconozca la revocación de su mandato. Por tal razón los que le oponen deben tener lista la respuesta a un posible desconocimiento del revocatorio. Y si después de esta respuesta el Presidente se afianza, entonces habrá que continuar primero en la lucha de resistencia y luego en la de liberación.

Se pregunta al orador cuál sería esa respuesta. Éste indica que la respuesta sería una pregunta. Decir al Batallón Ayala y a sus colegas unidades de la Guarnición de Caracas: «Acá están siete millones de votos ¿qué van a hacer ustedes?»

El orador señala un axioma: todo lo que divida a la oposición favorece al Presidente. Indica su preocupación con las lecturas de ciertos analistas que hablan de la división.

Se le dice al orador: el problema no es que la división sea visible o reportada, sino que exista y hasta ahora no haya sido resuelta. La oposición está dividida en sus cúpulas, según inventario que el propio orador exhibió. La oposición está dividida en su masa principal, pues la mitad no está conforme con la dirigencia. Y en esta dirigencia preponderan los partidos. Contesta el orador: los partidos no se hicieron preponderantes hasta después del paro.

Dice el orador: los Estados Unidos no intervendrán en Venezuela porque el Presidente es como un grano en la piel ante problemas verdaderamente serios, como los de Irak o los de Cuba o Colombia, y además sus empresas hacen negocios aquí.

Se le dice al orador: los Estados Unidos pueden perfectamente intervenir, si se toma en cuenta que sus empresas han hecho negocios con Kaddafi o el mismo Hussein; que el impacto potencial del Presidente es muy grande en un continente en el que Argentina tenía ayer en Cuba a su Canciller—para restablecer lazos que habían sido interrumpidos—y en el que una revolución chavista terminará derrocando al libremercadista Sánchez Losada; que precisamente por estar muy ligado el Presidente al régimen cubano y a una facción colombiana, la importancia que los Estados Unidos conceden a Colombia y Cuba se extiende al Presidente; que nunca antes había sido tan numerosa y frecuente la ágil y crítica referencia a Venezuela en los discursos de los más altos jefes de los Estados Unidos; que ya los Estados Unidos había sugerido que Cuba pudiera andar en una de armas biológicas y se sabe que no es necesario encontrarlas para justificar a posteriori una guerra que se emprendió por su existencia. El orador no contestó nada.

Del público alguien dijo: sólo nos desharemos del Presidente mediante acto de fuerza y hacer una pregunta para saber lo que se haría en caso de desconocimiento de la revocación es una tontería y contestarla resultaría incriminatorio. Y también: los judíos que se salvaron de Hitler fueron los que creyeron en él y se fueron de Alemania.

Cerrada la reunión, que en la costumbre del grupo tiene el tiempo limitado. Queda así el cabo suelto de esta última intervención.

Decir que alguien que ya habla—con dudas de que la estrategia del revocatorio tenga éxito, con dudas de que sea reconocido por el gobierno o sostenido por la Guarnición de Caracas—de comités de resistencia o liberación pueda incriminarse porque concrete algo que pretende hacer pasar por solución pero no especifica, no parece sostenerse. La única explicación que tiene tan peregrina observación es que quien la pronuncia conspira o sabe de conspiraciones: esto es, de actividades a espaldas del pueblo y sobre la base de que los conspiradores saben más que los comunes mortales como para tomar por su cuenta decisiones que sólo competen a la mayoría de la comunidad.

Esto dice, por ejemplo, la Declaración de Derechos de Virginia, de la que calcaba tres semanas después la Declaración de Independencia de los Estados Unidos: «…cuando cualquier gobierno resultare inadecuado o contrario a estos propósitos—el beneficio común y la protección y la seguridad del pueblo, la nación o la comunidad—una mayoría de la comunidad tendrá un derecho indubitable, inalienable e irrevocable de reformarlo, alterarlo o abolirlo, del modo como sea considerado más conducente a la prosperidad pública».

El sujeto del derecho de rebelión, como lo establece el documento virginiano, es la mayoría de la comunidad. No es ése un derecho que repose en Pedro Carmona Estanga o un grupo de comandantes que juran prepotencias ante los despojos de un noble y decrépito samán. No es derecho de las iglesias, las ONG, los medios de comunicación o de ninguna institución, por más meritoria o gloriosa que pudiese ser su trayectoria. Es sólo la mayoría de la comunidad la que tiene todo el derecho de abolir un gobierno que no le convenga. El esgrimir el derecho de rebelión como justificación de golpe de Estado equivaldría a cohonestar el abuso de poder de Chávez, Arias Cárdenas, Cabello, Visconti, Gruber Odremán, Chacón y demás golpistas de nuestra historia, y esta gente lo que necesita es una lección de democracia.

Pero hay quienes no confían en el Pueblo, e insisten en conspirar a sus espaldas y en su nombre, sin que nadie les haya autorizado para eso. Se sienten mejores que uno, por supuesto, y sobre esa presunción de excelencia se creen con derecho a usar la violencia, quizás sin percatarse de que de ese modo se convierten al chavismo. Y es que prefieren parecerse a Chávez que confiar en el verdadero soberano.

Cuando se ha aceptado la lógica extrema de la Realpolitik: que debe combatirse por cualquier medio al enemigo, se le da la razón a Chávez.

Si el revocatorio no funciona, entonces lo que queda es que el soberano decrete la abolición del régimen. Una declaración expresa de la mayoría de los electores venezolanos es el procedimiento democráticamente perfecto para la abolición del régimen político más pernicioso que haya conocido Venezuela.

Es así como lo que procede es redactar y refrendar el Decreto de Abolición del gobierno de Chávez. Un documento más bien breve, con unos pocos considerandos que justifiquen la decisión. Directo, al grano. Eso es lo que debemos firmar. Usted, Sr. Chávez, ha quedado cesante por obra y gracia de nosotros, sus antiguos mandantes.

¿Cómo puede sobreponerse un decreto de tal naturaleza sobre la Constitución de 1999? Pues en virtud de la misma sentencia que diera origen a la convocatoria de la Constituyente de 1999, que no estaba prevista en la Constitución de 1961. Se trata de la decisión del 19 de enero de 1999 de la Corte Suprema de Justicia, en la que se declara doctrina constitucional venezolana que nosotros, el Poder Constituyente, somos un poder supraconstitucional. Que la Constitución limita al poder constituido pero no al poder constituyente originario. Que no todo lo que es constitucional está contenido en una constitución cualquiera.

Y ese decreto no tiene que pasar por el Consejo Nacional Electoral porque no proviene de un acto electoral, ni siquiera de un referendo, sino de una manifestación de voluntad simple, directa y expresa del Pueblo de Venezuela.

LEA

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