Cartas

No ceja en su más reciente empeño el general retirado Raúl Isaías Baduel. Con una fe digna de un samurai, insiste en proponer la convocatoria y elección de una asamblea constituyente para “reconciliar al país”. Se trata de un nuevo objetivo que superpone o añade al ya expuesto de oponer una “barrera infranqueable” a las intenciones expresas del gobierno de desconocer la decisión del 2 de diciembre, que rechazó la “reforma” combinada de Hugo y Cilia, mediante su reinserción con una vacuna triple: el uso de la ley habilitante, el mecanismo de enmiendas y la iniciativa popular. Esta postura de Baduel, vuelta a exponer en el día de ayer, incluye en sus varios aspectos casi cada confusión posible respecto del tema constituyente.

En primer término, resulta ser realmente ingenuo—o insincero—postular que la elección de un centenar y pico de diputados constituyentes, y su reunión en asamblea todopoderosa, pueda servir para “reconciliar” al país. Un proceso electoral cualquiera es una competencia, y no son precisamente las competencias los mecanismos idóneos para la reconciliación. (Puede preguntarse a Zinedine Zidane y Marco Materazzi si la última competencia mundial de fútbol les ha dejado reconciliados). La operación misma de una asamblea tal, además, es la de un debate, y habría que ver cómo dentro de un cuerpo de confrontación argumental, cuyas decisiones se toman por mayoría, emerge la reconciliación. (¿Se reconcilia Bolivia con su constituyente, cuando más bien ha servido para que Santa Cruz haya decidido declarar su autonomía?) Por otra parte, el ministro Pedro Carreño, a quien la oposición debe agradecer efusivamente, por brutas, sus más recientes manifestaciones, ha dicho ya que “no puede haber reconciliación posible (tal como ha planteado la oposición) porque la verdadera reconciliación venía establecida en la propuesta de reforma constitucional”. La separación de cuerpos entre gobierno y oposición equivale ya a un divorcio definitivo, según el ministro anticapitalista de corbatas Louis Vuitton.

Se trata, en el fondo, de la misma idea expuesta el 25 de septiembre de este año (según reportara dos días después el #256 de esta publicación en “Receta de reconstituyente”) por Manuel Rosales, otro apresurado que declara esta semana a La Razón de España que se apresta a una nueva candidatura presidencial y pretende cobrar la propiedad del NO del 2 de diciembre. (El diario español pregunta: “¿Se presentará a la reelección a gobernador en 2008 o prepara su asalto a Miraflores?” Y contesta Rosales: “Le anuncio que no me voy a presentar a la reelección a gobernador. Estoy pensando en asumir un liderazgo a nivel nacional”. Antes, cuando La Razón le recuerda los resultados de la contienda electoral de 2006, le señala: “Sin embargo, se apartó de la política nacional. ¿Se sintió poco apoyado?” El actual gobernador del Zulia y líder máximo de Un Nuevo Tiempo reaccionó del siguiente modo: “Eso no es así. Después de Chávez las encuestas me señalan como el político con mayor liderazgo”. Y en la misma respuesta, cambiando al plural mayestático, puesto que le preguntan sobre su persona política, declara: “La campaña contra la reforma fue liderada por nosotros. Si no hubiéramos sido tan firmes, habría vencido la tesis de la abstención y nos hubiéramos caído por el barranco”. Ya sabemos, entonces, que quien nos salvó el 2 de diciembre no fue Baduel, ni fueron los estudiantes—que Marcel Granier destacó que se activaron a raíz del cierre de RCTV, insinuando la implicación de que sin este hecho el NO hubiera podido ser derrotado—, ni Monseñor Lukert, ni Teodoro Petkoff, ni Julio Borges ni Ismael García, ni el numeroso contingente de héroes anónimos que trabajaron por el NO y protegieron nuestros votos en las mesas, ni nosotros mismos que votamos, ni nadie más: el salvador fue Rosales).

Pero regresando al punto de la constituyente reconciliadora, así dijo Rosales el 25 de septiembre: “Yo creo que, definitivamente, en Venezuela, después de este referendo constitucional hay que pensar seriamente en la realización de una Asamblea Nacional Constituyente porque es la refundación y la reconciliación del país”. Una constituyente, sin duda, reconcilia: con Reconcilia Flores.

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Luego está, en las declaraciones de Baduel, el concepto militar de “barrera infranqueable” que el evento del 2 de diciembre habría erigido. Si Baduel señala que hay que salir al paso de intentos gubernamentales por eludirla, la muralla no puede ser tan infranqueable; tampoco cuando dice que el tal muro inexpugnable sólo podría “solidificarse” con la constituyente. Él mismo, pues, describe su muro “infranqueable” como flojito.

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Un tercero y novedoso concepto introducido por Baduel ayer es anatómico. Según el reencarnado general, el cuerpo social se divide ahora en tres partes (cabeza, tronco y extremidades): “Han quedado marcados tres sectores en la sociedad venezolana: los que se abstuvieron (44% del electorado), los que votaron NO y los que votaron SÍ”. (Reporta El Universal). Tan nítida sería esta organización tripartita de Venezuela que Baduel propone, para integrar la constituyente, que “deben ser seleccionados representantes de los tres sectores (NO, SÍ y abstencionistas)”. Este concepto es, por decir lo menos, una sociología simplista que no puede aspirar a describir con justicia la muy compleja variedad de opiniones del país. (“Cada cabeza es un mundo”). Consideremos tan sólo a quienes se abstuvieron: en ellos hay gente que ha podido simpatizar con la “reforma”. ¿Pueden éstos ser representados por los mismos diputados que representarían a los abstencionistas que la rechazaban?

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Una cuarta idea adelantada por Baduel contradice frontalmente la noción misma de constituyente, al prescribir una garantía de “que no puedan tocarse los valores fundamentales de la Constitución”. Las constituyentes tienen por misión, justamente, sustituir una determinada constitución por otra radicalmente distinta. Si éste no fuese el propósito no se requeriría una constituyente, y bastarían los mecanismos de enmienda o reforma constitucional. Para preservar los “valores fundamentales” de la Constitución no se requiere una constituyente.

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Finalmente, Raúl Isaías Baduel es quien pareciera desconocer la decisión soberana del 2 de diciembre, que entre otras cosas fue un rotundo no a la pretensión de instaurar en Venezuela un sistema socialista. Así perfora el general su propia “barrera infranqueable”: “La Constitución puede ser mejorada en sentido progresivo. Para definir la sociedad que queremos no podemos remitirnos solamente a gritos y consignas, tiene que haber una profundización de lo que es el ‘socialismo del siglo XXI’, con método, orden, ciencia y conciencia. No es incompatible un modelo de producción socialista con un sistema político profundamente democrático, con contrapesos y división de poderes».

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En síntesis, un kilo de estopa.

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Como apunte general, es importante despejar la más peligrosa confusión acerca de las constituyentes. Con marcada frecuencia se sostiene que una asamblea constituyente es “originaria”; es decir, que puede hacerlo absolutamente todo. Que una asamblea constituyente “es” el poder constituyente originario.

Esta insidiosa idea está completamente equivocada, así la sostengan abogados constitucionalistas. Lo único que tiene el carácter indiscutible e irrenunciable de originario es el propio Pueblo. Él es el soberano, el único e insustituible Poder Constituyente Originario. Una asamblea constituyente es un órgano del poder constituido, tan constituido como lo son la Presidencia de la República y la Asamblea Nacional. Los diputados constituyentes no son otra cosa que apoderados nuestros que, a diferencia de los diputados ordinarios (con atribución de hacer leyes), tienen por misión redactar una constitución radicalmente distinta de la existente.

Pero una constituyente no puede promulgar una nueva constitución. Hasta que el Poder Constituyente Originario no se pronuncie afirmativamente, en referéndum aprobatorio de ésta, la nueva constitución no existe.

Tal confusión respecto del carácter de una asamblea constituyente se expresa incluso en nuestra Constitución. Por una parte, porque la atribución del carácter originario al poder del Pueblo es bastante ambigua en el texto de nuestra Carta Magna. En el #256 de la Carta Semanal de doctorpolítico (27 de septiembre de 2007) se explicaba: “La confusión alcanza, incluso, al texto constitucional de 1999, cuando declara: ‘El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario’. Según esta redacción, los venezolanos somos algo así como la Almacenadora Caracas, donde habría sido ‘depositado’ el poder constituyente originario… ¿Quién ‘depositó’ en el pueblo el poder constituyente originario, que pudiera exigir su devolución?… ¿Habrá creído la Constituyente de 1999—de la que formó parte, por cierto, el enjundioso constitucionalista Hermann Escarrá—que era ella quien depositaba en nosotros ese poder insuperable, a pesar de que la cosa era al revés, cuando éramos nosotros quienes habíamos depositado en ella sus poderes? En todo caso es curiosa—quizás no fue accidental— la redacción del Artículo 347 de la Constitución”.

Más llamativo aún es lo destacado en la Nota Ocasional #14 de doctorpolítico (4 de octubre de 2007): “Ahora bien, curiosamente, la Constitución no estipula un referéndum aprobatorio para el caso de una constitución enteramente nueva que proceda de los trabajos de una asamblea constituyente, a pesar de que la Constitución misma fue sometida a esta clase de referéndum el 15 de diciembre de 1999, y de allí deriva su superior legitimidad. Los cuatro artículos—del 347 al 350—que componen el Capítulo Tercero (De la Asamblea Nacional Constituyente) del Título IX de la Constitución, no incluyen la menor mención de un referéndum”. Obviamente, resulta absurdo que se exija un referéndum para la aprobación de reformas constitucionales o meras enmiendas, y no se requiera para la sustitución drástica de una constitución por otra.

Pero a pesar de esta omisión “involuntaria”, el referéndum sería y será imprescindible y definitivo para sancionar y promulgar cualquier constitución nueva que proceda de una asamblea constituyente. Por una parte, porque se estableció ese precedente el 15 de diciembre de 1999. Por la otra, porque la propia Constitución reconoce en su Disposición Final: “Única. Esta Constitución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, después de su aprobación por el pueblo mediante referendo”.

No puede una asamblea constituyente, por tanto, imponer una nueva constitución.

Más aún, ni siquiera es una asamblea constituyente necesaria para proveernos de una constitución radicalmente nueva. Lo que es preciso es un proceso constituyente, pero las asambleas constituyentes son sólo un método—hasta ahora tenido por muchos como el único—de arribar a un proyecto de constitución, el que, debe insistirse, es letra nonata hasta tanto sea aprobada por el Poder Constituyente Originario, que no es lo mismo que una asamblea constituyente.

Desde el 19 de enero de 1999, es punto fundamental de la doctrina constitucional venezolana que el Pueblo, en su carácter de Poder Constituyente Originario, es un poder supraconstitucional. Esto es, que no está limitado por la Constitución, que sólo limita al poder constituido. Alguien que tenía esto clarísimo es Monseñor André Dupuy, el Nuncio Apostólico de Su Santidad que precedió al actual. En su homilía de la misa por el alma de Keyla Guerra (una de las víctimas de la masacre de la Plaza Francia en diciembre de 2002), dijo el valiente y pedagógico hombre de iglesia: “Con el mayor respeto, podríamos decir de la constitución de un Estado lo que el Señor decía del sábado: así como el sábado se hizo para el Hombre y no el Hombre para el sábado, así una constitución está hecha para el Pueblo y no el Pueblo para una constitución”.

Es perfectamente concebible que el texto entero de una nueva constitución fuera presentado a consideración directa del Pueblo, del Poder Constituyente Originario, sin necesidad de que se hubiera convocado, elegido y financiado una asamblea constituyente. Y esto es así a pesar de que esta avenida no esté siquiera trazada en nuestra Constitución. En la de 1961 no figuraba la institución de una asamblea constituyente, pero esto no impidió que se nos preguntara en abril de 1999 si queríamos elegir una. La estructura toda del Estado venezolano se desplomaría si se negara verdad tan evidente. LEA

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