Cartas

En las primeras páginas de su libro Técnica del golpe de Estado, Curzio Malaparte describe la innovación de tecnología política que constituyó el golpe bolchevique de octubre de 1917. En efecto, los golpes tradicionales consistían en asaltar por la fuerza el palacio de gobierno, para destronar directamente a la cabeza del Poder Ejecutivo. Los bolcheviques, en cambio, dejaron que Kerensky permaneciera en el edificio sede del gobierno y mientras tanto se dedicaron a cortar las vías telefónicas y telegráficas y a impedir otros servicios esenciales a la comunicación. Es así como el gobierno de Kerensky quedó completamente aislado, sin los canales de comunicación requeridos para que el gobierno pudiera funcionar. Es como si el cerebro de un organismo viviente quedara separado de los órganos sensoriales y de locomoción. Kerensky cayó, prácticamente, por sí mismo. (Con una ayudita de Trotsky, que ante la caótica situación presoviética—grandes masas en hambruna recorrían como zombies las calles de las principales ciudades rusas—confió a Lenin que deponer a Kerensky sería facilísimo: “tan fácil como darle una patada a un paralítico”).

Un concepto similar a éste es el que da substancia política a una estrategia centrada, tercamente, sobre la Asamblea Nacional. Es posible dejar el control del Ejecutivo, por ahora, a otras manos y concentrarse en el control del Legislativo, ejerciendo de este modo, al estilo de ciertas aperturas ajedrecísticas relativamente modernas, un “control del centro a distancia”.

La principal propiedad terapéutica de una estrategia política de lo que no es chavismo en Venezuela, enfocada sobre las próximas elecciones de Asamblea Nacional, reside precisamente en que su foco es el Poder Legislativo, cuando lo tradicional es enfocar el asunto sobre el control del Poder Ejecutivo. Éste continuará teniendo un gran poder, no hay duda, pero tendría que comportarse de un modo diferente frente a un Poder Legislativo que ya no fuera una composición de intereses articulados en torno a los objetivos presidenciales. Si se quiere resumir en forma efectista, puede decirse que el golpe de Estado necesario es un golpe electoral dirigido al Poder Legislativo.

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La importancia de la Asamblea Nacional es verdaderamente crucial. Lo estamos viendo justamente por estos días, y la propia Asamblea, complaciente con el Ejecutivo, se ha apresurado a considerar una Ley Orgánica de Procesos Electorales, destinada a reforzar todavía más de lo que está la ventaja de las candidaturas oficialistas.

Los asambleístas, los estrategas del chavismo en general, han tomado debida nota del progreso electoral reciente de los opositores al gobierno. (Vladimir León, por ejemplo, ha producido cálculos de la composición teórica de una asamblea producida por votaciones que guardaran la proporción observada el 2 de diciembre de 2007, y en consideración de las peculiaridades locales y las reglas actuales consigue que ese cuerpo se compondría de 84 diputados oficialistas y 80 diputados de oposición).

De allí el afán de las huestes comandadas por Cilia Flores por ampliar el ventajismo oficial. En lo que creen que les conviene, es asunto principal la minimización del principio de representación proporcional.

Es éste un principio consagrado en la Constitución para la elección de los cuerpos legislativos de la Nación. Por caso, su Artículo 186 define de este modo: “La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional…”, y el Artículo 162 indica: “El Poder Legislativo se ejercerá en cada Estado por un Consejo Legislativo conformado por un número no mayor de quince ni menor de siete integrantes, quienes proporcionalmente representarán a la población del Estado y a los Municipios”.

Esta normativa de rango constitucional ya estuvo anticipada por la Constitución de 1961. Su Artículo 113 establecía: “La legislación electoral asegurará la libertad y el secreto del voto, y consagrará el derecho de representación proporcional de las minorías”.

El movimiento de la Asamblea Nacional de estos días, orientado a debilitar la proporcionalidad en favor de la “personalización del voto”, esto es, a favor de un criterio predominantemente nominal en la adjudicación de las curules, ha preocupado a algunos analistas. Por ejemplo, el editorial de ayer del diario Tal Cual pone: “El sistema nominal es mucho menos democrático que el de la representación proporcional, porque privilegia a la minoría más grande y desfavorece, casi hasta su desaparición del mapa electoral, a las minorías más pequeñas. El truco está dirigido, pues, a favorecer al PSUV, en detrimento de las agrupaciones más pequeñas”.

De modo atípico, quien suscribe se permitirá disentir esta vez del análisis de Teodoro Petkoff.

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¿Cuáles minorías son las que deben ser representadas? Por ejemplo, ¿deben ser representadas en el Congreso, proporcionalmente, las minorías que piensen que el aborto debe ser declarado un derecho de las mujeres? ¿Cómo asegurar que estén representados proporcionalmente en el Consejo Legislativo del estado Guárico los que crean que el cigarrillo debe ser abolido en los sitios públicos o, peor aún, los que piensen que el principio de representación proporcional de las minorías es un principio imposible de aplicar, dado que las minorías no son estables y un día hay unas minorías y al día siguiente otras?

Por otro lado, hay que entender lo que suponemos quiso establecer el constituyente de 1961 al referirse a representación proporcional de las minorías y el de 1999 al hablar de mera proporcionalidad. Lo que se desea con este principio es evitar una homogeneización que se base en el predominio de una mayoría, mediante la anulación de puntos de vista diferentes. Pero en ninguna parte se establece en la Constitución que las palabras “minoría” y “partido” son sinónimos.

Y es que el discurrir de Tal Cual identifica, precisamente, minorías con partidos concretos. El partido Podemos, en la práctica, es la minoría que sigue al liderazgo de Ismael García. No hay, en la mayor parte de quienes han sufragado por candidatos de esa tolda, una imagen precisa de lo que Podemos representa programáticamente. Primero Justicia es, por encima de cualquier definición ideológica, el grupo de quienes aprecian la conducción de Julio Andrés Borges y en él confían. Del mismo modo, la inmensa mayoría de los partidarios del gobierno sufragan por el PSUV porque se trata del partido del Presidente de la República. Este partido, por lo demás, es en verdad la mayor de las minorías, como lo caracteriza Petkoff atinadamente. (Hay minorías mucho menores: hace un par de semanas se suscitó una amarga discusión en COPEI; quien la planteó se indignaba de que ahora, desconsiderando la gloriosa historia del partido, este Partido “Popular” apareciera en los estudios de opinión en la categoría “otros”; su exigua representación electoral ya no merece una categoría aparte).

Pero la idea misma del Poder Legislativo como ente de representación, sin embargo, es que sus componentes deben representar a los ciudadanos, a los electores. La teoría de la democracia representativa se basa en esa noción. No es el caso de la representación de los partidos, menos aún en una nación que, como la nuestra, está integrada por pobladores que en su gran mayoría no están afiliados a ningún partido.

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Es difícil ubicar un sistema político en el que las minorías tengan un mayor peso real, y mayor representación, que en el sistema político de los Estados Unidos, cuya estructura es precisamente la de representación uninominal o nominal. Es éste un sistema más abierto, y en él tienen participación y representación efectiva todas las minorías. Cada minoría es muy activa—ecologistas, negros, pacifistas, feministas, partidarios del porte privado de armas, homosexuales, etcétera—y obtiene una considerable influencia en la determinación de las políticas mediante el expediente directo de asociarse libremente en torno a un punto de opinión determinado: derechos de la mujer, derechos de los negros, derechos de los hispanos, etcétera. Así influyen fuertemente sobre sus legisladores, pues cada uno de éstos tiene un electorado (constituency) del que depende su permanencia en el cargo representativo, razón por la que presta mucha atención a los movimientos de opinión, aunque éstos sean minoritarios.

En cambio acá, donde se dice que debe prevalecer el sistema de representación proporcional de las minorías, esto ha sido diseñado, y no de ahora, de modo que las minorías que son protegidas son las minorías partidistas. El sistema sirve para que un partido derrotado en una determinada circunscripción electoral no se quede sin asientos en las cámaras representativas. Pero la minoría de opinión que representan los partidos es totalmente difusa y sin definición—¿qué es Un Nuevo Tiempo después de la despedida de Manuel Rosales?—, muy distante de una homogeneidad de pensamiento o postura política, de una verdadera y precisa minoría de opinión, más allá de la opinión anti Chávez sobre la que no tienen monopolio.

En general, los sistemas de representación proporcional de las minorías tienen sentido en sociedades en las que las mismas están definidas con claridad, en países con tradicionales divisiones étnicas, lingüísticas o religiosas, y éste no es el caso de Venezuela. Por otra parte, todo sistema—político, técnico, físico, el que sea—incurre en algún costo. El sistema uninominal de representación también lo tiene, pero es un costo pagable si se considera que lo que permite es un sistema fácil y rápidamente entendible por el electorado, al tiempo que le permitiría forzar al representante elegido como sujeto responsable de sus actos. En este sistema “personalizado”, aplicado a cabalidad, la responsabilidad del representante no puede ser evadida transfiriéndola a una organización partidista.

No es sostenible, entonces, que los sistemas nominales son, de suyo, menos democráticos que los que prescriben una representación proporcional de las minorías que, como vimos, son en realidad minorías partidistas. De hecho, es la ventaja de esa proporcionalidad el principal incentivo a la terquedad existencial de cada agrupación minúscula en el archipiélago de islotes que es la oposición democrática venezolana.

Por supuesto, nunca debe perderse de vista que una cosa es la Constitución en manos de Raúl Leoni y otra muy distinta el mismo texto en manos de Hugo Chávez y su Sala Constitucional. El sistema político más puro y democrático siempre será adulterado mientras dure la dominación chavista.

Pero si resultare, como parece que ocurrirá, que la representación proporcional perderá terreno ante el criterio nominal, lo que debe hacerse es postular como candidatos nominales a políticos de alta calidad, capaces de convencer a los electores de que serían sus mejores representantes. A juzgar por la altura promedio de los actuales diputados a la Asamblea Nacional, esto no debe ser muy difícil.

En consecuencia, es muy aceptable y cierta la advertencia final en el editorial aludido de Tal Cual: con esta nueva ley “el tiro puede salirle por la culata al oficialismo”.

luis enrique ALCALÁ

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