La Constitución según Nicolás y Delcy

 

Acaba de escribir Nelson Bocaranda acerca de «las pretensiones de acelerar los procesos de alcaldías y consejos legislativos (¿hasta las presidenciales?) para aprovechar el desencanto y la depresión de los votantes por la democracia. El impulso de la abstención por parte del régimen le dio sus resultados. Lo continuarán mientras les funcione».

La Constitución no establece fecha alguna para las elecciones sino la duración de los períodos—sólo fija fecha para la toma de posesión de un Presidente electo—y, para el oficialismo*, la Constitución ha entrado desde el 30 de julio en estado de suspended animation (animación suspendida) mientras la constituyente esté funcionando. En todo caso, el respeto a la Constitución no es algo que haya caracterizado al oficialismo chavista-madurista; tan sólo el año pasado, el Consejo Nacional Electoral dejó de observar el plazo que exigía elegir gobernadores en 2016, sin que ofreciera una explicación satisfactoria de tal inobservancia. (Tiene un buen maestro: el Tribunal Supremo de Justicia, cuya Sala Constitucional mutiló en 2008 el Artículo 42 de la Constitución; ella «interpretó» que la provisión de que «El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley» ¡sólo protegía a los venezolanos por naturalización!)

Así que tal cosa aconseja que las preparaciones candidaturales para la Presidencia de la República debieran iniciarse con prontitud. Como sugiere Bocaranda, la tentación del oficialismo para aprovechar el considerable desarreglo de la oposición profesional venezolana es muy grande. Maduro bien pudiera estar pensando que ahora sí puede ser reelegido. (¡Dios nos libre!) LEA

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*También en la doctrina de ciertas figuras en la oposición, como las agrupadas en la Alianza Nacional Constituyente, ésta sí hoy en animación suspendida. En su documento fundamental, afirmaba: “Constituyente Originaria – Introducción 1. El objetivo que se persigue es el de cambiar no solo los aspectos mejorables de la constitución, sino todos los poderes como el ejecutivo, el TSJ, el CNE, la Contraloría General, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía, y la Asamblea Nacional”. Una guillotina pretendidamente supraconstitucional y «originaria»; no hay tal cosa como una constituyente originaria; este carácter sólo es del Pueblo.

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