Si tiramos una piedra, un guijarro, un «canto», en un estanque, produciremos una serie de ondas concéntricas en su superficie que, extendiéndose, irán afectando los diferentes obstáculos que encuentren a su paso: una hierba que flota, un barquito de papel, la boya del sedal de un pescador… (…) Otros movimientos invisibles se propagan hacia la profundidad, en todas direcciones, mientras el canto o guijarro continúa descendiendo, apartando algas, asustando peces, siempre causando nuevas agitaciones moleculares. (…) De forma no muy diferente, una palabra dicha impensadamente, lanzada en la mente de quien nos escucha, produce ondas de superficie y de profundidad, provoca una serie infinita de reacciones en cadena, involucrando en su caída sonidos e imágenes, analogías y recuerdos, significados y sueños, en un movimiento que afecta a la experiencia y a la memoria, a la fantasía y al inconsciente, y que se complica por el hecho de que la misma mente no asiste impasible a la representación. Por lo contrario, interviene continuamente para aceptar o rechazar, emparejar o censurar, construir o destruir.
Gianni Rodari – Gramática de la fantasía: El canto en el estanque
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Desde Nueva Zelanda me llegó—por cortesía de Evert Leonardo Durán—un artículo de Daniel Eckmann en el Neue Zürcher Zeitung (Nuevo Diario de Zúrich). El inteligente y amable corresponsal creyó encontrar, al leer la pieza del articulista (socio de una firma de periodismo, estrategia y gerencia basada en Zúrich, Suiza), un eco de mi concepción de la Política: «El artículo cubre lo que es básicamente la idea del blog: concebir la política como arte de resolver problemas de carácter público», me puso. (En Acerca de LEA: «A pesar de una temprana vocación pública, no ha sido sino desde 1983 que ha dedicado su atención preferente al tema de la Política, a la que concibe como un arte de carácter médico: esto es, como profesión que cobra sentido en la medida en que produzca soluciones a los problemas de carácter público»).
En efecto, Eckmann escribe en La decencia tiene un mercado (énfasis añadido):
El éxito del modelo estatal suizo se basa en estar siempre politizado de una manera orientada a la solución. Hoy hay más y más polarización, polémica y protesta que equilibrio, decencia y juicio. No importa hacia dónde se mire, cuanto más profesionales sean los parlamentos y más lejos estén las instituciones, mayor será su distancia de la realidad. La política se está convirtiendo cada vez más en una tarima en la que todos se presentan. Los representantes ya no son un reflejo de la población, sino una galería llena de autorretratos. El objetivo de los representantes del pueblo, cada vez más dependientes de su oficio, es la reelección (Potomac Fever en Estados Unidos). Como resultado, la política se alimenta de la emoción diaria más que de los fundamentos a largo plazo. Siempre cerca de cámaras y micrófonos, dado que todas las inhibiciones se pierden fácilmente. El intercambio de golpes ha sido durante mucho tiempo la forma retórica básica de la política. Los contextos no se explican ni se organizan, sino que se reducen a un lema. A favor o en contra, no hay nada en el medio. Y debido a que las etiquetas tienen que vencer, cada campo necesita sus chivos expiatorios. Cualquiera que piense diferente se convierte en un enemigo. Polarización, polémica y protesta en lugar de equilibrio, propiedad y sentido de la proporción. Un mal negocio. Es recompensado quien se queja de errores o defectos y señala con el dedo a los culpables. O, para decirlo sin rodeos: la producción de insatisfacción atrae más atención en el mercado político que la producción de soluciones. (…) La política no debe polemizar. Debe resolver problemas, para eso está allí.
(Sobre eso de la «necesidad» de que las etiquetas triunfen, puede verse en este blog Etiqueta negra, del 11 de abril de 2016).
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Tomemos «una palabra dicha impensadamente», una palabra «al azar». Fraudulento, por caso. Cuando la pronunciamos, decimos «Engañoso, falaz» (Diccionario de la Lengua Española), y falaz es «Embustero, falso». Ahora es de rigueur que ciertos diccionarios importantes escojan una «palabra del año»; para el caso venezolano no hay duda: fraudulento ha sido durante el último año el adjetivo más repetido por la oposición venezolana para calificar el gobierno presidido por Nicolás Maduro, y puede fecharse el inicio de la temporada: el 1º de mayo de 2017, en cuanto Maduro convocara en uso de su prerrogativa constitucional (Artículo 348 de la Constitución) la elección de una asamblea constituyente, Allan Randolph Brewer Carías proclamó la tesis de que esa convocatoria era fraudulenta porque se necesitaría un referendo previo que la autorizara. Esa tesis es falsa; no hay en el texto constitucional nada que prescriba un referendo tal. (Ver A un corresponsal no identificado, 5 de junio de 2018).
Las ondas concéntricas creadas por esa piedra verbal en el estanque político venezolano fueron distribuyendo el horrible calificativo por doquier, llegando bastante más allá de los confines del estanque que es Venezuela para alcanzar a «la comunidad internacional»; poco tiempo después se le adjudicaba a las elecciones del pasado 20 de mayo, de nuevo sobre una tesis equivocada: que la Constitución prescribiría que la elección de un nuevo Presidente de la República debe tener lugar en el último cuatrimestre del año. (Afirmación falsa, falaz, engañosa, fraudulenta). Quienes han empleado ese pedrusco en incesante intento de lapidación escamotean por conveniencia los siguientes actos fraudulentos:
1. La declaración de que era un «compromiso no transable» de la Asamblea Nacional «buscar nosotros, dentro del lapso de seis meses a partir de hoy, una salida constitucional, democrática, pacífica y electoral para la cesación de este gobierno». (Henry Ramos Allup, discurso inaugural como Presidente de la Asamblea Nacional, 5 de enero de 2016). Ese propósito no tiene fundamento constitucional, no es prerrogativa de la Asamblea Nacional procurar la cesación del gobierno y por tanto no puede ser en ningún modo un «compromiso no transable» de ese órgano.
2. La declaración de la Asamblea Nacional (9 de enero de 2017) que sostuvo que Nicolás Maduro había «abandonado» su cargo—ojalá lo hubiera hecho—, apoyada en sofismas de pretendida juridicidad, cuando es de toda obviedad que más bien se aferra a él con todas sus fuerzas. Las razones aducidas para tal resolución son enteramente ajenas al sentido constitucional de abandono del cargo, y la Asamblea Nacional omitió oficiar al Consejo Nacional Electoral exigiendo una nueva elección presidencial, como establece el Artículo 233 de la Constitución—«Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes»—, siendo que aún faltaban veinticuatro horas para el cumplimiento de la condición.
3. El planteamiento muy reiterado de que el «plebiscito» del 16 de julio de 2017, organizado por la Mesa de la Unidad Democrática, había sido un claro mandato del Pueblo. El término-pedrusco plebiscito se escogió para eludir—¿fraudulentamente?—la prescripción del Numeral 5 del Artículo 293 de la Constitución, que adjudica inequívocamente al Consejo Nacional Electoral «La organización, administración, dirección y vigilancia… de los referendos». Por otra parte, según la propia «comisión de garantes» del aludido evento, sólo se presentó a votar en aquella fecha 38,5% del registro electoral, lo que evidentemente no es el Pueblo ni una mayoría de él. (De hecho, la abstención de 61,5% es significativamente superior a la materializada el pasado 20 de mayo, que se esgrime para reforzar la noción de que la elección presidencial de ese día fue «fraudulenta»).
4. El nombramiento de un Tribunal Supremo de Justicia «legítimo» en contravención del Artículo 264 de la Constitución, que especifica la participación del Poder Ciudadano en el proceso: «…podrán postularse candidatos o candidatas ante el Comité de Postulaciones Judiciales, por iniciativa propia o por organizaciones vinculadas con la actividad jurídica. El Comité, oída la opinión de la comunidad, efectuará una preselección para su presentación al Poder Ciudadano, el cual efectuará una segunda preselección que será presentada a la Asamblea Nacional, la cual efectuará una tercera preselección para la decisión definitiva». La Asamblea Nacional no procuró nunca esa participación.
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Claro, el sistema chavista-madurista también emplea pedradas verbales—fascistas, burgueses de pacotilla, cachorros del imperio, guerra económica—para referirse a sus opositores: «El intercambio de golpes ha sido durante mucho tiempo la forma retórica básica de la política. (…) Y debido a que las etiquetas tienen que vencer, cada campo necesita sus chivos expiatorios. (…) Es recompensado quien se queja de errores o defectos y señala con el dedo a los culpables», escribió Eckmann. Los insultadores oficialistas más destacados—Hugo Chávez, Nicolás Maduro, Diosdado Cabello, Pedro Carreño, Mario Silva—han empleado las palabras como piedras; en ocasiones, como bombas lacrimógenas. (Por ejemplo, escuálido: Flaco, macilento).
Y también ha incurrido el oficialismo, más de una vez, en conductas fraudulentas, Tal vez sea la más grave, la más fraudulenta, la Decisión 1.265 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 5 de agosto de 2008, que estableció que los venezolanos por nacimiento tenemos menor protección de nuestros derechos políticos que los venezolanos por naturalización.
En el día de ayer, a partir de las cinco y diez minutos de la tarde, el suscrito remitió un total de cuarenta y dos correos electrónicos, a otras tantas direcciones del Tribunal Supremo de Justicia, con el texto que reproduce esta Ficha Semanal #207 de doctorpolítico. Es este texto una denuncia, bien fundamentada, ante el TSJ de la violación a un principio jurídico fundamental contenido en la Constitución, a los efectos del Numeral 4 del Artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Este numeral explica que es una facultad del Tribunal “Revisar las sentencias dictadas por una de las Salas, cuando se denuncie fundadamente la violación de principios jurídicos fundamentales contenidos en la Constitución” y “avocarse al conocimiento de una causa determinada, cuando se presuma fundadamente la violación de principios jurídicos fundamentales contenidos en la Constitución… aun cuando por razón de la materia y en virtud de la ley, la competencia le esté atribuida a otra Sala”. La denuncia demuestra que la sección de la Decisión #1.265 de la Sala Constitucional que se contrae a dilucidar “la presunta contradicción entre el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y el artículo 42 constitucional” es ilógica y falsa, y configura una violación tipificada por el numeral antes citado, al cercenar el alcance del Artículo 42 de la Constitución mediante procedimiento falaz. (Violación denunciada, 12 de agosto de 2008).
Eso sí fue verdaderamente fraudulento, a pesar de lo cual no fue combatido oportuna y eficazmente por el liderazgo opositor local una década atrás. Pero, bueno, de Suiza asegura Eckmann que «El intercambio de golpes ha sido durante mucho tiempo la forma retórica básica de la política». Y después dicen que no somos suizos. LEA
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