Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

Parágrafo segundo del Artículo 233 de la Constitución

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Juan Guaidó ha pretendido usurpar el cargo de Presidente de la República, al decir hoy que ha asumido las funciones del Ejecutivo Nacional. (Cualquier presidente, por cierto, tendría que juramentarse ante la Asamblea Nacional, no ante el «cabildo abierto» al que se dirigía). La Presidencia de la República sólo recae en el Presidente de la Asamblea Nacional en el caso de falta absoluta del Presidente de la República—»la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato»—y sólo si tal falta se produce antes de su toma de posesión, la que ya ha ocurrido.

El delirio total. Es una manipulación de las esperanzas de los venezolanos que se basa en la tergiversación de lo dispuesto por la Constitución Nacional, que se funda en la mentira, y el error sólo se corrige con la verdad. Para que se aplicara la disposición de adjudicar la Presidencia de la República al Ing. Guaidó tendría que admitirse que había un Presidente electo cuya falta absoluta habría que cubrir. ¿Quién era ese Presidente electo? ¿Nicolás Maduro o un fantasma? Si se desconoce las elecciones del 20 de mayo de 2018, entonces no había Presidente electo y en consecuencia el supuesto basamento de la presidencia de Guaidó es inexistente.

Por otra parte, la Constitución no estipula en ningún caso gobiernos «de transición» (mucho menos si se trata de una junta «cívico-militar»). Que un gobierno legítimo—su jefe determinado en elecciones constitucionalmente válidas—que suceda a Maduro tenga carácter transicional es una cosa enteramente distinta, determinada por las circunstancias. A menos que cualquier sucesor de Maduro quiera continuar sus políticas, por fuerza de los hechos será transicional, no porque lo disponga así nuestra Carta Magna. Sería imposible pasar del gobierno de Maduro a un gobierno «normal» de una vez, sin solución de continuidad.

 

Artículo 9 de la Constitución Nacional: «El idioma oficial es el castellano».

 

El usurpador

La usurpación de funciones públicas es un delito, y el Ing. Guaidó ha incurrido en él flagrantemente.

De los presuntos delitos que cometan los y las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia. (Artículo 200 de la Constitución).

Acaban de enterarme de un tuit que aparentemente habría originado el periodista Rafael Poleo a las 11:33 a. m.:

En este momento los generales exigen al ministro Padrino que plantee al ex presidente Maduro la necesidad de reconocer los hechos y conforme a la Constitución entregue el palacio de Miraflores.

Nada de lo ocurrido es «conforme a la Constitución». Antes, un estimado amigo justificó el «gobierno de transición», que no existe constitucionalmente, de esta manera: «¡¡¡Es que no está en ningún lado!!! Hay que improvisar el guión constitucional». Así hay ahora miles de venezolanos que desvarían. Hace nada (26 de noviembre de 2018), algún vistoso opinador clamaba al Pueblo para que defendiera la Constitución y al día siguiente proponía una junta cívico-militar de transición imprevista en ella. (???)

La ingeniería de este inusual golpe de Estado cree que basta que Guaidó diga, ante miles de testigos que lo vitorean, que ha asumido la Presidencia de la República para que la cosa sea constitucional y legal, y confía en la importante fracción de ciudadanos venezolanos que quiere salir de Maduro como sea. (Invasión extranjera, presión militar local que le fuerce a renunciar, insurrección abierta y decisiva de militares, asesinato…)

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El jueves de la semana pasada se consultó mi opinión acerca de este tuit: «La crisis de Venezuela es más política que jurídica. Ningún instrumento legal vigente en el país contempla un escenario como el actual; en consecuencia la solución no puede ser literalmente ajustada a la norma, sino a la racionalidad política».

Así contesté: «Razonar de ese modo lleva a contradicción; se supone que precisamente condenamos en Maduro que desatienda lo jurídico. Desatenderlo nosotros nos convierte en nuestro enemigo». Quien preguntara insistió: «Pero doctor como dar todo el peso solo a lo jurídico, cuando el TSJ esta compuesto por personas que no califican para ser magistrados y la ANC haciendo leyes, cuando no esta facultada para ello!!!!!!» Esta vez respondí sin que hubiese ulterior reacción:

La ANC puede decidir cosas que no contravengan la Constitución. Art. 249: Los poderes constituidos no podrán impedir las decisiones de la ANC. Entre estas decisiones pueden estar leyes compatibles con la Constitución. Y el asunto no es que en el TSJ o la ANC haya gente de conducta reprobable, sino que nosotros no tengamos conductas reprobables. La maldad de Hitler no excusa la mía. Cerré un artículo en mi blog (Conocimiento y opinión) con estas palabras: “Lo peor que puede hacer un opositor a Chávez es parecerse a él”. Nuestra autoridad moral para rechazar lo malo desaparece en cuanto nosotros hagamos lo malo.

Mucho opositor quiere emplear medios que condena en Nicolás Maduro. Guerra es guerra, razonan. Pero Barbara Tuchman asentó en The March of Folly:

Los defensores de Julio II le acreditan el haber seguido una política consciente basada en la convicción de que “la virtud sin el poder”, como había dicho medio siglo antes un orador en el Concilio de Basilea, “sólo sería objeto de burla y que el Papa romano sin el patrimonio de la Iglesia sería un mero esclavo de reyes y príncipes”, que, en resumen, con el fin de ejercer su autoridad, el papado tenía que lograr primero la solidez temporal antes de emprender la reforma. Este es el persuasivo argumento de la Realpolitik que, como la historia ha mostrado a menudo, tiene un corolario: que el proceso de obtener poder emplea medios que degradan o brutalizan a quien los emplea, que despierta para darse cuenta de que aquél ha sido poseído a expensas de la virtud, del propósito moral.

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Lo que no ha hecho Guaidó, como tampoco ninguno de sus predecesores (en la Asamblea Nacional y en la dirigencia opositora), es procurar el pronunciamiento del Pueblo, Poder Supremo del Estado, en referendo que pueda ordenar este desbarajuste. Le basta simular que lo involucra, que procura su participación en cabildos abiertos que no son tales y que exceden su nivel municipal al tramitar cuestiones de nivel nacional que se les arroje.

Sólo el Pueblo tiene el poder de resolver tan confusa y dañina situación de confrontación de poderes públicos, que están obligados por el Art. 136 de la Constitución a colaborar entre sí «a los fines del Estado». (Ése es un artículo que no se toma en cuenta; es molesto, es inconveniente a los propósitos golpistas).

Las heridas venezolanas son tantas y tan lacerantes, que no hay modo de curarlas sin una apelación perentoria al poder fundamental y originario del Pueblo, a través de un Gran Referendo Nacional. (Gran Referendo Nacional, 5 de febrero de 2003).

La dirigencia opositora se llena la boca de Pueblo para masticarlo y hacer lo que le dé la gana, así sea enteramente inconstitucional e inmoral. (Aparte de ineficaz). Que gobiernos extranjeros que no conocen nuestro ordenamiento constitucional hayan creído todo lo que les dice esa lamentable dirigencia no convierte sus desaguisados en aciertos. La «comunidad internacional» no tiene vela en este entierro, de exclusiva preocupación nacional. LEA

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