El camino de un gobierno de emergencia nacional o de un Consejo de Estado es un camino, pero puede haber otro, y nos corresponde buscarlo a los venezolanos. Lo que hay que hacer es proponer cosas para solucionar la crisis y que sean aceptadas por el otro lado.
Ramón Guillermo Aveledo – Entrevista en Unión Radio, 1º de abril de 2020
_______________________________________________________________________________
La declaración registrada en el epígrafe fue aportada por Ramón Guillermo Aveledo, a raíz del entrometido y extraviado esquema propugnado por el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica para el tratamiento de la crisis política en Venezuela. (Ver en este blog Primer trimestre ido, 1º de abril de 2020). En él se recoge una proposición de los opositores venezolanos del año pasado, al diálogo propiciado por el gobierno de Noruega, acerca de un tal «Consejo de Estado»—una Junta de Gobierno, pues—que sustituiría al Presidente de la República. Es precisamente esa insistencia estadounidense lo que suscita el comentario de Aveledo, y es mi sintonía con su prescripción de que los venezolanos debemos buscar otro camino lo que me inclina a entender sus palabras como una evidentísima invitación a proponer. Acá, pues, expondré lo que creo un camino racional y eficaz que no depende de la violación de nuestra Constitución (como sí la propugna el Departamento de Estado de los EEUU). Pienso, muy especialmente, en la condición final destacada por Aveledo: proposiciones «que sean aceptadas por el otro lado», específicamente, aceptables para el presidente Maduro, y entonces cualquier iniciativa debiera ser respetuosa con él.* Más aún, el otro camino cuya trayectoria paso a esbozar acá tiene que ser iniciado y construido por Nicolás Maduro; no podría existir sin su anuencia.
………
Esto dice el primer parágrafo del Artículo 234 de la Constitución: «Las faltas temporales del Presidente o Presidenta de la República serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva hasta por noventa días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa días más».
Pudiera entonces darse una secuencia constructiva que, basada en esa disposición, es perfectamente constitucional:
1. el presidente Maduro nombra a un nuevo Vicepresidente Ejecutivo que no provenga de las filas oficialistas y tampoco de las de la oposición.**
2. el presidente Maduro se separa voluntaria y temporalmente de su cargo por noventa días, encargándose de la Presidencia de la República el Vicepresidente recién nombrado.
3. el presidente Maduro recibe autorización de la Asamblea Nacional para permanecer separado de su cargo por noventa días adicionales.
4. al cabo de este nuevo plazo, el presidente Maduro renuncia a su cargo, causando la falta absoluta contemplada en el Art. 233 que debe ser subsanada por una nueva elección presidencial, a la que podría presentar su candidatura según su voluntad.***
La secuencia descrita crea, por tanto, un período especial que debiera ser empleado para tomar urgentes decisiones de ajuste. (Ver, por ejemplo, las enumeradas en Recurso de Amparo, entrada en este blog del 14 de julio de 2015).**** El peculiar período pudiera ser tan breve como de ocho meses—la duración de la presidencia de Ramón José Velásquez en 1993-1994—, pues se compondría de dos lapsos de tres meses cada uno más un mínimo de dos meses adicionales para la organización y celebración de la elección descrita. Quien ejerza la Vicepresidencia Ejecutiva durante ese período renunciará a su derecho de postularse en tal elección. (En ese mismo tiempo, debiera completarse la designación de nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral y asegurarse la observación internacional de la elección, cosas necesarias a la confianza ciudadana en el Poder Electoral).
Honestamente creo que la ruta descrita es la menos traumática para todos los actores, internos y externos, que están involucrados activamente en el problema venezolano. Pero puede que yo no haya visto una que nos dañaría menos. Si ése fuera el caso, quisiera saber de un tratamiento eficaz distinto y menos traumático que el que he descrito.
Sugiero respetuosamente que la vicepresidenta Rodríguez haga más fáciles las cosas al presidente Maduro poniendo su cargo a la disposición presidencial. Estaría a su orden y la de su superior en caso de que quisieran conocer una argumentación más abundante y detallada.
luis enrique ALCALÁ
………
* Fue en San Javier del Valle—en la casa de retiros que la Compañía de Jesús construyó (en conmemoración del accidente de aviación en el que dos decenas de alumnos del Colegio San José de Mérida perecieron en 1950)—, donde trabé conocimiento con el padre Manuel Aguirre Elorriaga. El fundador de la revista SIC, el Centro Gumilla y los sindicatos “autónomos” cristianos (CODESA), había ideado un cursillo de una semana para informar a jóvenes de las dimensiones del “problema social moderno” en el mundo y en Venezuela, e instruirlos en tres ideologías que pretendían darle respuesta: el liberalismo, el marxismo y la doctrina social católica. (…) Quien pasara por las manos de Manuel Aguirre escucharía el reclamo de que era un burgués blandengue que ignoraba la realidad del “problema social” de la pobreza, y de algún modo era impelido a sentir alguna envidia o inferioridad en relación con los jóvenes marxistas del Partido Comunista de Venezuela y el Movimiento de Izquierda Revolucionaria, quienes sí tendrían, más que nosotros—blandengues burgueses—, la vocación social de remediar la injusticia de una distribución torcida de las riquezas. (Lección de Paz, 7 de mayo de 2009).
………
** La conveniencia de un presidente provisional que no venga de filas oficialistas u oposicionistas fue argumentada en el programa Y así nos va de Radio Caracas Radio, grabado el 18 de noviembre de 2014 bajo la conducción de Nehomar Hernández. Éste es el registro pertinente:
………
*** Hasta el desandado Marco para una transición democrática en Venezuela del Departamento de Estado de los EEUU reconoce ese derecho de Nicolás Maduro, al redactar de este modo: «Cualquier ciudadano venezolano elegible de conformidad con la Constitución de 1999 podrá competir en las elecciones».
………
**** El esquema del Departamento de Estado incluye dos «garantías», siendo la primera la siguiente: «El Alto Mando Militar (Ministro de Defensa, Viceministro de Defensa, Comandante del CEOFANB y Jefes de Servicio) permanecerá en sus puestos durante el gobierno de transición». Prácticamente la misma disposición fue adelantada hace cinco años en Recurso de Amparo, que garantizaba: «Salvo algunos pocos casos, un período de un año de estabilidad del Alto Mando Militar, incluido en él los comandos de las mayores unidades de la Fuerza Armada».
………
En el siguiente enlace puede descargarse la descripción antecedente del camino que propongo en una sola página: Otro camino 04042020
__________________________________________________________________
intercambios