«Procuraré comunicar interpretaciones correctas del estado y evolución de la sociedad general, de modo que contribuya a que los miembros de esa sociedad puedan tener una conciencia más objetiva de su estado y sus posibilidades, y contradiré aquellas interpretaciones que considere inexactas o lesivas a la propia estima de la sociedad general y a la justa evaluación de sus miembros». (Código de Ética de Dr. Político).

 

bulo Quizá del caló bul ‘porquería’. 1. m. Noticia falsa propalada con algún fin.

Diccionario de la Lengua Española

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El 20 de agosto de 2004, trataba de mostrar a un cierto empresario relativamente joven que cinco días antes Hugo Chávez había superado la prueba revocatoria sin recurrir a un fraude electoral; al cabo de unos minutos me dijo: “Está bien, me convenciste; no hubo fraude, pero hay que decir que lo hubo, porque a ese señor hay que negarle hasta el agua”. La maldad que percibía en Chávez lavaba de antemano su inmoral prescripción; tampoco las maldades que se atribuye a Nicolás Maduro absuelven las inmoralidades de nadie.

Juan Pinocho Guaidó (24 de julio de 2019)

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En una época de atrición de ingresos, cuando la Fundación Konrad Adenauer regateaba sus vitales aportes financieros al Partido Social Cristiano COPEI, la sede de éste cambió en la fachada su denominación de Partido Socialcristiano por la de Partido Popular. El líder copeyano Eduardo Fernández agradecía así el apoyo de fondos allegados por el partido derechista del español José María Aznar. En el fondo, se trataba de un clavo más en la urna de Rafael Caldera, quien al cierre de su campaña presidencial de 1963 había definido a COPEI como partido de centro-izquierda.

…la denominación de Partido Popular para COPEI, aunque reciente, ya no es válida. Se la adoptó para agradecer a José María Aznar su ayuda financiera en tiempos cuando los demócrata-cristianos alemanes recortaban su apoyo, en vista del barranco en que se ha venido ahondando el partido fundado por Rafael Caldera, Q. E. P. D. Pero quien pase con frecuencia por delante de la sede de la urbanización El Bosque (rebasados los restaurantes chinos) habrá notado que, luego de dos apariciones en fachada, una larga y una corta (según la facción que controlara la proverbial botella vacía), ha vuelto a decirse en el muro delantero que allí funciona un partido social cristiano. (MUD, MUD, MUD, es hora de partir – 25 de diciembre de 2012).

El ex presidente español Aznar continúa conectado con la política venezolana, sólo que ya no con COPEI:

El patronato de la Fundación FAES*, a propuesta de su presidente, José María Aznar, concedió por unanimidad el X Premio FAES de la Libertad al presidente encargado de Venezuela, por prestigiar la causa democrática de Venezuela y concitar la solidaridad internacional con ella. FAES reconoce, asimismo, su resistencia y respeto a la institucionalidad.

Esa noticia está tomada textualmente del sitio web de la fundación presidida por Aznar, el que «informa»:

Juan Guaidó es ingeniero industrial por la Universidad Católica Andrés Bello con estudios de posgrado en gestión. A los 36 años, representa a su estado natal, Vargas, como diputado electo a la Asamblea Nacional. En 2019 es designado presidente encargado de la República Bolivariana de Venezuela, apegado a los artículos 233 y 333 de la Constitución Nacional.

Bueno, Juan Guaidó no es «presidente encargado» de Venezuela; nunca lo ha sido.** Además, lo correcto es describirlo como desapegado de los artículos constitucionales citados por FAES y de otros varios que aduce adulterando su sentido. Es así como estamos autorizados a entender el Premio FAES de la Libertad, que se justifica en función de un pretendido «respeto a la institucionalidad» por parte de Guaidó, como uno que se adjudica a la libertad de mentir. LEA

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* FAES no debe interpretarse acá como las siglas de las Fuerzas Armadas Especiales, la división de la Policía Nacional Bolivariana creada en 2016, sino como las de la española Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales: «La Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales, más conocida por su acrónimo FAES, es una fundación privada española, creada en 1989 y ligada al Partido Popular (PP), que trabaja en el ámbito de las ideas y las propuestas políticas. Su principal cometido es ayudar al debate de las ideas, la formación política y desarrollar los principios ideológicos que fundamentan a la derecha política. Informalmente se la conoce como «el laboratorio de ideas del PP» y se constituye como un think tank de dicho partido». (Wikipedia en Español).

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** Lo que es verdaderamente una farsa es la “controversial decisión” de la autoproclamación de Guaidó como “presidente encargado” de la República. Nuestra Constitución contempla sólo un caso en el que el Presidente de la Asamblea Nacional asume la Presidencia de la República; su Artículo 233 lo establece así en su segundo parágrafo: “Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional”. No es la Asamblea Nacional—mucho menos un “cabildo abierto” que no fue tal y cuyo nivel decisional no rebasa el de asuntos municipales—el órgano que designa a su Presidente como encargado de la Presidencia de la República sino esa previsión constitucional, y ésta requiere la existencia previa de un Presidente electo cuya falta absoluta se haya producido, lo que no ha sido nunca el caso. José Ignacio Hernández, el cuestionado “Procurador Especial” nombrado inconstitucionalmente por Guaidó, escribió el 11 de enero del año pasado: “…el supuesto de hecho del artículo 233 es distinto a los hechos actuales. Con lo cual, y al contrario de lo que parece creerse, el artículo 233 de la Constitución no es la norma aplicable a la crisis actual”. Luego argumentaría falsamente que correspondería a la Asamblea Nacional interpretar ese artículo para “ajustarlo” a la situación real, cuando el Artículo 336 confiere inequívocamente esa potestad al Tribunal Supremo de Justicia. (Exégesis de Crisis (Group), 12 de marzo de 2020).

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