La polis planetaria pensada en fecha patria

Hace diez años y un trimestre de la publicación de mi segundo libro (Las élites culposas – Memorias imprudentes). En la actualidad, lidio con la escritura de un tercero que imagino como destinado a cada ciudadano del mundo, pues vivimos tiempos de conciencia mundial, exacerbada con las crisis de salud a escala del planeta y las crisis políticas en casi cada nación del mismo. (Crisis International Group nos informa periódicamente acerca de serios problemas en al menos setenta y cinco países). Por esto he creído de interés reproducir ahora la sección final de esa obra, cuyo texto en cursiva está tomado a su vez de la Carta Semanal N˚ 285 de doctorpolítico, del 8 de mayo de 2008.

 

Imagen tomada de New Scientist

 

El mundo va, entre dolores increíbles e injusticias horrorosas, hacia la esperanzadora construcción de una civilización planetaria. La época que viene será post-ideológica, trans-ideológica. Es una mutación gigantesca de la humanidad a lo que asistimos. Su ámbito es ancho, mundial:

Todavía falta tiempo bastante para que una conciencia irreversible se apodere de los seres humanos: que la suprema condición política es la de ciudadano del planeta, que la polis que finalmente tiene sentido es la planetaria. (…)

Pero… no tenemos gobierno mundial. Hay una asociación de estados-nación, más bien tenue, en la Organización de las Naciones Unidas, y ciertamente han ido añadiéndose instituciones planetarias con autoridades hasta hace poco inexistentes. (La Corte Penal Internacional es el caso más destacado y significativo). Por otra parte, hay megaprocesos cuya presión va llevándonos a conformar, en algún momento no tan lejano, una polis del mundo. Hay un calentamiento global que todos causamos, desde una vaca en Abisinia hasta un fumador en Estocolmo, desde un tractorista en Wisconsin hasta un talador en la Selva Amazónica. El clima no reconoce fronteras. Hay, desde hace tiempo ya, corporaciones transnacionales, pero también crimen transnacionalizado, desde el más vulgar hasta el terrorista, incontenible por policías locales. Hay, también, un cerebro del mundo en construcción. Google procesa ya alrededor de mil millones de búsquedas por día, y todavía la Internet está en pañales. Nos preocupa Chávez, pero también Putin y Bush, y se nos engurruña el corazón con un volcán chileno o un ciclón birmano. El mundo es plano, argumenta Thomas Friedman.

Es necesario un pacto federal que transfiera a una autoridad central planetaria ciertas atribuciones. ¿Cuáles serían? ¿Quiénes serían las autoridades de ese Estado global? ¿Cómo se les elegiría? Debe haber una legislatura planetaria, tal vez construible sobre una reforma de la Asamblea de las Naciones Unidas, pero probablemente haya que sustituir el Consejo de Seguridad por un Senado Planetario, compuesto por miembros elegidos por los bloques de la “geotectónica política”. Hay ya grandes bloques en el planeta bajo autoridad única: EEUU, Rusia, China, India, Europa, Australia. Hay protobloques en América del Sur y África, así como sub-bloques en Centroamérica. Hay entidades que tienen más bien base religiosa, como el Islam, que agrupa a más de 1.200 millones de almas. ¿Cómo sería y cómo pudiera establecerse un gobierno mundial viable y beneficioso? ¿Cómo se pagará?

En la base de todo tendría que estar la conciencia apuntada al principio: la de que en verdad somos, por encima de cualquier otra cosa, ciudadanos del planeta; la de que es una nueva soberanía planetaria, emanada del único pueblo del mundo, lo que dará base a un gobierno del mundo.

(…)

Pero, en verdad, pensarnos como ciudadanos del planeta nos sirve doblemente. Por un lado, coloca en sus exactas proporciones de teatro bufo la gestión del gobierno nacional. Si sé que soy un ciudadano del mundo me percato más claramente de las pequeñeces intrascendentes de nuestra política, y veo con mayor nitidez la escasez de los discursos habituales.

Y también, por supuesto, se adquiere con esa conciencia el nivel correcto para el acceso a la modernidad y la superación de un proceso político generalmente mediocre. La solidaridad necesaria, la sintonía con el prójimo y sus necesidades, no puede agotarse en Evo Morales y sus tribulaciones, no debe ser formulada en términos guerreros y excluyentes.

Falta todavía mucho para que la crisis de la política, mucho más grave que una mera crisis política, dé paso a otra forma de hacerla, a un modo de entenderla que no la tenga por combate para aniquilar adversarios. Falta adquirir ese punto de vista, para que cesen simétricos chauvinismos que alientan un “choque de civilizaciones”.

Cuando Toynbee paseaba su mirada ancha por la historia del mundo, veía innumerables guerras de todo género y escala. Así como hacemos antropomorfismo de Dios—decir que somos creados a su imagen y semejanza es, en realidad, suponer presuntuosa y conmovedoramente que se nos parece—también lo hacemos de los animales, y hablamos del león como “el rey de la selva” o de todo el zoológico terrestre porque identificamos líder y combate, porque creemos consustancial a la política la lucha.

Pero vienen tiempos de acomodo y convergencia. Viene una nueva política.

El tiempo de esta anunciada visita sólo depende de nosotros.¶

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Lo que debemos hacer

El instrumento requerido

 

La manera correcta de obtener nuevas elecciones presidenciales es con la renuncia de Nicolás Maduro Moros, a su cargo de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, porque el Pueblo así lo quiera según se exprese en referendo consultivo, no meramente en encuestas. Por ejemplo, contestando mayoritariamente esta pregunta:

¿Preferiría Ud. que el ciudadano Nicolás Maduro Moros, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, renunciara a su cargo cuanto antes?

Una mayoría que contestara afirmativamente tal cuestión haría prácticamente imposible que el Sr. Presidente decida no renunciar aunque hacerlo, no obstante, es una decisión personal de su incumbencia. El ejemplo de renuencia de Donald Trump pudiera sugerirle lo contrario, pero Maduro no es Trump.

………

Dice la Constitución:

Artículo 71. Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes; o a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral.

No es lo indicado esperar que el Sr. Presidente convoque ese referendo. Tampoco la Asamblea Nacional; aún no ha resuelto el problema de desacato en el que ella misma se metiera. Sólo queda la iniciativa popular para convocar, con unos dos millones de firmas*, tal decisión. Eso no es una «consulta popular», eso es un referendo; eso sí causa efectos constitucionalmente previstos.

Artículo 233. Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato. (…) Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes.

Sólo el Pueblo puede exigir tal avenida. En particular, una cosa así no es negociable por organizaciones políticas nacionales y mucho menos por extranacionales, por una o varias repúblicas extranjeras o asociaciones de ellas. Los primeros cuatro años se cumplen el 10 de enero de 2023. El próximo 10 de enero tendremos dos años por delante para efectuar el referéndum aquí propuesto y causar una nueva elección presidencial, pero es obvia la perentoria necesidad de organizarlo lo antes posible. Creo que tal cosa es mejor que esperar hasta 2022 para intentar un referendo revocatorio.

Artículo 72. Todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato.

Por otra parte, el esfuerzo revocatorio, sólo posible desde la iniciativa popular, amén de tardío requiere el doble de firmas que un referendo consultivo popularmente causado. Además, habría que aguantar dos años adicionales para revocar el mandato que Maduro iniciara el 5 de enero del año pasado (2019), mientras que un referendo consultivo puede iniciarse ya. No estamos para esperar.

luis enrique ALCALÁ

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Notas

1. En 2004, con un registro electoral bastante menor y luego de superar un buen número de obstáculos colocados por el Consejo Nacional Electoral presidido por Francisco Carrasquero López, fue posible validar, hace dieciséis años, un total de 2.436.830 firmas.

2. Un amable corresponsal me informó por WhatsApp que cierto abogado opinó sobre lo aquí propuesto: «El problema de esa propuesta está, en que eso solo procedería frente a un presidente ‘legítimo’, y Maduro no lo es. Convocar a tal consulta en esos términos es darle una legitimidad que no tiene». A eso contesté: «Se ha dicho que la elección de Maduro es ilegítima, por diversas razones. La primera es que fue electo para su segundo período el 20 de mayo de 2018, en presunta contravención de lo constitucional y legalmente previsto; ciertamente, la fecha contravino la costumbre electoral venezolana, pero ni la Constitución ni la Ley Orgánica de Procesos Electorales prescriben una fecha específica a la elección de Presidente. Luego, la convocatoria misma, hecha por el Consejo Nacional Electoral, fue precedida por una decisión al respecto de la Asamblea Nacional Constituyente en funciones, pero nuestro CNE no podía objetarla, puesto que la Constitución establece en su Artículo 349: ‘Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente’. (Cualquier decisión subconstitucional de este órgano debe ser acatada). Claro que la constituyente misma es objetada, sobre la errada tesis de que la elección de ella no puede ser decidida sino mediante un referendo popular, cuando el Artículo 348 se inicia diciendo: ‘La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrá hacerla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros…’ Finalmente, se sostiene que no todas las organizaciones partidistas pudieron participar en la elección de mayo del año pasado por encontrarse inhabilitadas ventajistamente; nuestra legislación electoral obliga a cualquier partido que no haya participado en la elección inmediatamente anterior a un proceso de rehabilitación, y fueron esos mismos partidos los que decidieron no acogerse a ese procedimiento».  (Tomado de Je m’accuse, una carta a Sebastián Piñera publicada acá el 23 de septiembre de 2019).

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Otro camino

 

Robert JohnsonEncrucijada

 

El camino de un gobierno de emergencia nacional o de un Consejo de Estado es un camino, pero puede haber otro, y nos corresponde buscarlo a los venezolanos. Lo que hay que hacer es proponer cosas para solucionar la crisis y que sean aceptadas por el otro lado.

 

Ramón Guillermo Aveledo Entrevista en Unión Radio, 1º de abril de 2020

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La declaración registrada en el epígrafe fue aportada por Ramón Guillermo Aveledo, a raíz del entrometido y extraviado esquema propugnado por el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica para el tratamiento de la crisis política en Venezuela. (Ver en este blog Primer trimestre ido, 1º de abril de 2020). En él se recoge una proposición de los opositores venezolanos del año pasado, al diálogo propiciado por el gobierno de Noruega, acerca de un tal «Consejo de Estado»—una Junta de Gobierno, pues—que sustituiría al Presidente de la República. Es precisamente esa insistencia estadounidense lo que suscita el comentario de Aveledo, y es mi sintonía con su prescripción de que los venezolanos debemos buscar otro camino lo que me inclina a entender sus palabras como una evidentísima invitación a proponer. Acá, pues, expondré lo que creo un camino racional y eficaz que no depende de la violación de nuestra Constitución (como sí la propugna el Departamento de Estado de los EEUU). Pienso, muy especialmente, en la condición final destacada por Aveledo: proposiciones «que sean aceptadas por el otro lado», específicamente, aceptables para el presidente Maduro, y entonces cualquier iniciativa debiera ser respetuosa con él.* Más aún, el otro camino cuya trayectoria paso a esbozar acá tiene que ser iniciado y construido por Nicolás Maduro; no podría existir sin su anuencia.

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Esto dice el primer parágrafo del Artículo 234 de la Constitución: «Las faltas temporales del Presidente o Presidenta de la República serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva hasta por noventa días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional por noventa días más».

Pudiera entonces darse una secuencia constructiva que, basada en esa disposición, es perfectamente constitucional:

1. el presidente Maduro nombra a un nuevo Vicepresidente Ejecutivo que no provenga de las filas oficialistas y tampoco de las de la oposición.**

2. el presidente Maduro se separa voluntaria y temporalmente de su cargo por noventa días, encargándose de la Presidencia de la República el Vicepresidente recién nombrado.

3. el presidente Maduro recibe autorización de la Asamblea Nacional para permanecer separado de su cargo por noventa días adicionales.

4. al cabo de este nuevo plazo, el presidente Maduro renuncia a su cargo, causando la falta absoluta contemplada en el Art. 233 que debe ser subsanada por una nueva elección presidencial, a la que podría presentar su candidatura según su voluntad.***

La secuencia descrita crea, por tanto, un período especial que debiera ser empleado para tomar urgentes decisiones de ajuste. (Ver, por ejemplo, las enumeradas en Recurso de Amparo, entrada en este blog del 14 de julio de 2015).**** El peculiar período pudiera ser tan breve como de ocho meses—la duración de la presidencia de Ramón José Velásquez en 1993-1994—, pues se compondría de dos lapsos de tres meses cada uno más un mínimo de dos meses adicionales para la organización y celebración de la elección descrita. Quien ejerza la Vicepresidencia Ejecutiva durante ese período renunciará a su derecho de postularse en tal elección. (En ese mismo tiempo, debiera completarse la designación de nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral y asegurarse la observación internacional de la elección, cosas necesarias a la confianza ciudadana en el Poder Electoral).

Honestamente creo que la ruta descrita es la menos traumática para todos los actores, internos y externos, que están involucrados activamente en el problema venezolano. Pero puede que yo no haya visto una que nos dañaría menos. Si ése fuera el caso, quisiera saber de un tratamiento eficaz distinto y menos traumático que el que he descrito.

Sugiero respetuosamente que la vicepresidenta Rodríguez haga más fáciles las cosas al presidente Maduro poniendo su cargo a la disposición presidencial. Estaría a su orden y la de su superior en caso de que quisieran conocer una argumentación más abundante y detallada.

luis enrique ALCALÁ

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* Fue en San Javier del Valle—en la casa de retiros que la Compañía de Jesús construyó (en conmemoración del accidente de aviación en el que dos decenas de alumnos del Colegio San José de Mérida perecieron en 1950)—, donde trabé conocimiento con el padre Manuel Aguirre Elorriaga. El fundador de la revista SIC, el Centro Gumilla y los sindicatos “autónomos” cristianos (CODESA), había ideado un cursillo de una semana para informar a jóvenes de las dimensiones del “problema social moderno” en el mundo y en Venezuela, e instruirlos en tres ideologías que pretendían darle respuesta: el liberalismo, el marxismo y la doctrina social católica. (…) Quien pasara por las manos de Manuel Aguirre escucharía el reclamo de que era un burgués blandengue que ignoraba la realidad del “problema social” de la pobreza, y de algún modo era impelido a sentir alguna envidia o inferioridad en relación con los jóvenes marxistas del Partido Comunista de Venezuela y el Movimiento de Izquierda Revolucionaria, quienes sí tendrían, más que nosotros—blandengues burgueses—, la vocación social de remediar la injusticia de una distribución torcida de las riquezas. (Lección de Paz, 7 de mayo de 2009).

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** La conveniencia de un presidente provisional que no venga de filas oficialistas u oposicionistas fue argumentada en el programa Y así nos va de Radio Caracas Radio, grabado el 18 de noviembre de 2014 bajo la conducción de Nehomar Hernández. Éste es el registro pertinente:

 

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*** Hasta el desandado Marco para una transición democrática en Venezuela del Departamento de Estado de los EEUU reconoce ese derecho de Nicolás Maduro, al redactar de este modo: «Cualquier ciudadano venezolano elegible de conformidad con la Constitución de 1999 podrá competir en las elecciones».

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**** El esquema del Departamento de Estado incluye dos «garantías», siendo la primera la siguiente: «El Alto Mando Militar (Ministro de Defensa, Viceministro de Defensa, Comandante del CEOFANB y Jefes de Servicio) permanecerá en sus puestos durante el gobierno de transición». Prácticamente la misma disposición fue adelantada hace cinco años en Recurso de Amparo, que garantizaba: «Salvo algunos pocos casos, un período de un año de estabilidad del Alto Mando Militar, incluido en él los comandos de las mayores unidades de la Fuerza Armada».

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En el siguiente enlace puede descargarse la descripción antecedente del camino que propongo en una sola página: Otro camino 04042020

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Repeat after me

Hagan sus apuestas en Barbados

 

Repitan después de mí:

1. No podemos acordar nada que contradiga la Constitución.

2. Sólo el Pueblo puede superponerse a ella mediante un referendo.

3. Los acuerdos no deben ser establecidos entre el gobierno y la oposición, sino entre los poderes públicos constituidos. (Art. 136: «Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado»).

4. Las “materias de especial trascendencia nacional” (Art. 71 de la Constitución), a ser dilucidadas en un referendo que consulte al Soberano, serían: a. si el Pueblo quiere que se celebre en noventa días una nueva elección de Presidente de la República; b. si el Pueblo quiere que se celebre en noventa días una nueva elección de Asamblea Nacional; c. si el Pueblo quiere que se nombre de inmediato cinco nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral (“cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos”, Art. 296) según el siguiente procedimiento—distinto del previsto en ese artículo, que sólo el Poder Constituyente Originario puede sobrepujar—: dos de los nuevos rectores a ser nombrados por la Asamblea Nacional, dos por el Poder Ejecutivo Nacional y uno de mutuo acuerdo de estos dos poderes. (En Tiempo de Guerra, 10 de julio de 2019).

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(Material de referencia: La postura más reciente de Nicolás Maduro sobre el diálogo; Plantilla del Pacto (25 de abril de 2016); Versión formal (26 de mayo de 2017).

LEA

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Tiempo de Guerra

 

Es tiempo de cortar nuestro nudo gordiano

 

La opción de elecciones generales la había propuesto tempranamente José Guerra hace casi dos años, en declaraciones a CNN. En nota al pie de Prontas elecciones (22 de octubre de 2016) se hizo constar: «Actualización 2se me informa que el diputado José Guerra ha dicho hoy (25 de octubre) a CNN: ‘Hay una solución inmediata a la situación que vivimos: elecciones generales inmediatas. Elecciones presidenciales, Asamblea Nacional (los diputados ponemos el cargo a la orden), gobernaciones y municipales'». (…) Ayer trajo El Nuevo País esta noticia: «Nicolás Maduro ya se encuentra en los Estados Unidos para participar en la 73 Asamblea General de la ONU, en donde llevaría, nada más y nada menos, la propuesta de hacer elecciones generales en Venezuela. Varias fuentes, de muy alto nivel, confirmaron a El Nuevo País esta información en la cual el Inquilino de Miraflores espera hacer directamente el planteamiento a Donald Trump».

¿Jugada maestra? – 27 de septiembre de 2018

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El pasado 6 de junio trajo la web de Noticiero Digital la siguiente información:

Nicolás Maduro aseguró que “sólo dejaría Miraflores con los votos del pueblo, se debe preservar la paz. La única forma de salir de aquí de Miraflores es con los votos. Sólo con los votos de pueblo me iría de aquí. Aquellos que quieren sacarme por las balas, ¿por qué no me sacan con votos en un referendo para preservar la paz”, aseveró Maduro.

Algún malicioso profesional pudiera pensar que tras esa oferta no hay otra cosa que la incitación de Hugo Chávez del 2 de junio de 2010, cuando desafiaba a sus opositores a convocar un segundo referendo revocatorio en su contra, poco antes de las elecciones que darían a luz a la anterior Asamblea Nacional. Entonces dijo: «Aprovechan las elecciones y piden un referendo para el 26 de septiembre», asegurando que el Consejo Nacional Electoral sería capaz de organizar el referéndum en ese tiempo. Pero esto no puede ser el sentido de la oferta de Maduro; el inicio de un nuevo intento revocatorio sólo sería posible cumplida la mitad del actual período constitucional, la que se alcanzaría el 10 de enero de 2022, y él sabe perfectamente bien que no aguantaríamos hasta entonces. Por otra parte, el último recuerdo revocatorio—el primero se remonta al intento fallido del 15 de agosto de 2004 contra Chávez—es el del entorpecimiento tribunalicio (que la Mesa de la Unidad Democrática decidió no litigar en los juzgados) de un esfuerzo que en todo caso se inició con un «inexplicable» retraso.

Alguien aun más mal pensado postularía que Maduro controla el Consejo Nacional Electoral y que este cuerpo se aseguraría de su triunfo electoral o, incluso, de resultados referendarios adversos a nuevas elecciones. Lo segundo es bastante menos probable, si se atiende al enorme rechazo del desempeño de Maduro como Presidente. (Acaba de medir Datanálisis 75,1% de desaprobación de su figura, contra 21,3% de aprobación y 3,6% que no respondió a la consulta). En cambio, en un escenario electoral pudiera ocurrir lo mismo que el 20 de mayo del año pasado, cuando una desconfianza extendida y la ausencia de una opción candidatural convincente facilitó la reelección de Maduro con sólo 30,4% del registro electoral, a pesar de una pérdida de casi 17% respecto de los votos que captara en abril de 2013. (Una abstención de 53,9%, nunca vista en elecciones presidenciales, causó tal resultado).

La lección es que habría que hacer cosas distintas; no bastaría confiar en la enorme inercia—Propiedad de los cuerpos de mantener su estado de reposo o movimiento si no es por la acción de una fuerza. (Diccionario de la Lengua Española)—del electorado antimadurista.

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Cuando José Guerra sugirió, el 25 de octubre de 2016, elecciones generales, opiné: «Creo que las elecciones generales son un exceso. A la Asamblea acabas de elegirla, más temprano que tarde tendremos elecciones regionales, y para las presidenciales necesitas pasar por encima de la Constitución. De allí lo que propuse: un referendo consultivo del Poder Constituyente Originario para establecer estas últimas con base constituyente. El país no está para más elecciones de las que necesita». Pero en ese entonces la Asamblea Nacional que entrara en funciones el 5 de enero de 2016 apenas había actuado 10 meses y medio; ahora sabemos de su reiterada torpeza:

El desempeño más reciente del liderazgo opositor profesional es verdaderamente insatisfactorio. Luego del impresionante logro de una mayoría calificada en la Asamblea Nacional en las elecciones del 6 de diciembre de 2015—cinco días antes Juan Pablo Olalquiaga profetizaba: «El reto de la Asamblea va a ser voltear la economía; de no hacerlo, la opinión pública la castigará rápidamente»—, la secuencia posterior ha sido desastrosa: el mismo día de la instalación de la Asamblea (5 de enero de 2016), su Presidente presentaba como «compromiso no transable» del cuerpo encontrar en seis meses una forma de causar la cesación del gobierno; luego se ocuparía de retirar altaneramente retratos de Chávez y el Bolívar afrodescendiente del Palacio Legislativo, mientras desatendía la Ley Orgánica de Estados de Excepción y permitía el gol del primer decreto de Maduro sobre emergencia económica, que consagraba la explicación de la «guerra económica» a la gravísima situación nacional. De seguidas, boicoteó el esfuerzo revocatorio, logrando que comenzara con tres meses de retraso; estaba muy ocupado con lo de la presunta nacionalidad colombiana de Maduro, que la Registraduría Nacional de Colombia no reconoce. También prefirió «no arrodillarse» ante el Tribunal Supremo de Justicia antes que recuperar la eficacia de la Asamblea como poder; habría bastado oficializar la desincorporación de los diputados de Amazonas que la solicitaron el 15 de noviembre de 2016. Su sucesor, Julio Borges, se inició temprano con la declaratoria de que Nicolás Maduro había ¡abandonado su cargo! un día antes (9 de enero) de que venciera el plazo para que una falta absoluta del Presidente causara una elección presidencial dentro de los siguientes treinta días. Tan no creyó en su propio juicio que no ofició al Consejo Nacional Electoral mandando la elección. Su última ocurrencia fue nombrar magistrados a unos cuantos ingenuos que han debido exiliarse para huir de la prisión, sin que los legisladores puedan protegerlos. (El problema, 30 de agosto de 2017).

En verdad, ese nombramiento de magistrados fue anticonstitucional, al haberse producido sin la participación del Poder Ciudadano exigida por la Constitución, pero un irresponsable coro les reconoce como el Tribunal Supremo de Justicia «legítimo».

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¿Llegó hasta allí la insensatez política de los asambleístas de oposición? No, por supuesto; esa falta de juicio fue superada con creces este mismo año: la autoproclamación inconstitucional de Juan Guaidó como Presidente—»encargado» o «interino»—y su llamado a la intervención de fuerzas extranjeras y a una fracasada e inconstitucional insurrección militar han batido el previo récord de Julio Borges, quien a su vez había superado el de Henry Ramos Allup. (También es de un todo inconstitucional el tal «Estatuto de Transición» aprobado en la AN presidida por Guaidó).

Ahora pienso, pues, que la proposición de José Guerra ha cobrado mucho sentido; no sólo necesitamos terminar con el megadesastre de la Presidencia de Nicolás Maduro, sino con la inepta y falaz Asamblea Nacional que prometió, a fines de 2015, que arreglaría las cosas. (Seguramente podríamos prescindir de «relegitimar» a gobernadores y a munícipes: «El país no está para más elecciones de las que necesita»).

Sólo el Pueblo en referendo puede mandar nuevas elecciones de Presidente de la República y Asamblea Nacional que interrumpan sus respectivos períodos. Un acuerdo relativamente sencillo en Oslo debe centrarse sobre tal verdad constitucional, y el país no debe dejar pasar la reciente invitación de Nicolás Maduro.*

Las «materias de especial trascendencia nacional» (Art. 71 de la Constitución), a ser dilucidadas en un referendo que consulte al Soberano, serían: a. si el Pueblo quiere que se celebre en noventa días una nueva elección de Presidente de la República; b. si el Pueblo quiere que se celebre en noventa días una nueva elección de Asamblea Nacional; c. si el Pueblo quiere que se nombre de inmediato cinco nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral («cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos», Art. 296) según el siguiente procedimiento—distinto del previsto en ese artículo, que sólo el Poder Constituyente Originario puede sobrepujar—: dos de los nuevos rectores a ser nombrados por la Asamblea Nacional, dos por el Poder Ejecutivo Nacional y uno de mutuo acuerdo de estos dos poderes.

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¿Quiénes están facultados constitucionalmente para convocar referendos consultivos? Primeramente, el Presidente de la República en Consejo de Ministros; esto es, Nicolás Maduro y los ministros que seguramente le acatarían, so pena de destitución. Luego, la Asamblea Nacional por mayoría de sus integrantes (hoy en día, 82 diputados). Si Maduro sostuviera la invitación registrada por Noticiero Digital, podría convocarlo él mismo; pero si quisiera avanzar significativamente en el alivio de las agudas y peligrosísimas tensiones políticas de Venezuela, si quisiera dar muestras de estadista y desactivar la bomba, podría dejar la iniciativa a la Asamblea en un primer acto que supere su inhabilitación por su desacato. («Cláusula Duodécima: El Tribunal Supremo de Justicia levantará las limitaciones impuestas a la Asamblea Nacional como consecuencia de su desacato a sentencia de su Sala Electoral, relativa a los diputados electos en 2015 por el estado Amazonas, por cuanto esos parlamentarios han solicitado ellos mismos su desincorporación y el Presidente de la Asamblea Nacional dirigió una sesión del 9 de enero de este año que decidió oficialmente la desincorporación de los mismos. Su declaración de nulidad de actos de la Asamblea Nacional por tal motivo se sostendrá sólo para aquellos actos en los que hubieran participado y votado los diputados en cuestión». Versión formal, 26 de mayo de 2017).

Ello tendría que ser perentorio; esta vez la analogía constitucional viene en nuestro auxilio. Cuando se aprueba un proyecto de enmienda o de reforma constitucional en la Asamblea Nacional, el texto máximo y supremo indica taxativamente (Artículo 341): «3. El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los treinta días siguientes a su recepción formal»; (Artículo 344): «El proyecto de Reforma Constitucional aprobado por la Asamblea Nacional se someterá a referendo dentro de los treinta días siguientes a su sanción». (Prontas elecciones).

Sólo faltaría añadir una nueva elección de Asamblea Nacional y lo relativo a los nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral. La cosa es bastante fácil; como diría el papa Francisco: «¿No?» («Pero mantengámonos los ciudadanos en apresto para convocar esa consulta, esa decisión, nosotros mismos, pues pudiera muy bien la Asamblea Nacional hacerse la sorda».). También puede convocarse referendos consultivos por iniciativa popular de 10% de los electores inscritos, un poco más de dos millones de expresiones ciudadanas. Ahora bien, el Presidente de la República y la Asamblea Nacional pueden ahorrarnos, en estos momentos de grande privación, tan ingente tarea; creo que el Primer Mandatario Nacional (que mandamos nosotros) y los legisladores representantes del Pueblo nos deben eso.**

El «tiempo de Guerra» pareciera «estar Maduro». LEA

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* Desde Cuba, lo contradice el Presidente de la inútil Asamblea Nacional Constituyente; es de anteayer esta información: (La Habana, 08 de junio. EFE).- El primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), Diosdado Cabello, descartó este viernes que en Venezuela se realicen elecciones presidenciales y recalcó que “no estamos para complacer a la oposición”. No, Sr. Cabello, inefable «policía malo»; a quien hay que complacer, más bien obedecer, es al Pueblo. Es la Corona quien quiere elegir de nuevo.

** Artículo 136 de la Constitución: «Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado».

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El Tratado de Santiago de León de Caracas

 

La Sede del Tratado

 

…quizás podríamos darnos cuenta de que hay espacio para todos y que nadie tiene más derecho de ciudadanía que los demás.

Ryszard Kapuściński – Los cínicos no sirven para este oficio

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Ha sido noticia destacada de la semana un llamado suscrito por algo más de sesenta nombres notables; entre ellos, los del aparente líder del grupo, Pedro Nikken, exDecano de la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Venezuela, exPresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con experiencia directa en el proceso de negociación que concluyó en los acuerdos de paz en Centro América en los tiempos de buenos oficios del Grupo Contadora. Pero también destacan Ignacio Arcaya (exMinistro de Relaciones Interiores del primer gobierno de Hugo Chávez), Carlos Ayala Corao, los hermanos Mario y Vladimir Villegas, Colette Capriles, Rocío San Miguel, Claudio Fermín, Eduardo Fernández, Paulina Gamus Gallegos, Carlos Raúl Hernández, Francisco Layrisse, Laureano Márquez, Liliana Ortega, Michael Penfold, Francisco Suniaga y José Virtuoso S. J. El documento—LLAMADO AL ENTENDIMIENTO NACIONAL—en el que asientan su preocupación fue dado a conocer el lunes 10 de los corrientes; su tesis central es sencilla: «La inédita crisis política, económica y social que padece Venezuela no hará más que agravarse si el ejercicio de la inteligencia y el patriotismo del liderazgo no detiene la escalada de la confrontación». El diario El Nacional resume las recomendaciones del grupo:

Los firmantes sostienen que para cortar de raíz la escalada del conflicto “es necesario asegurar el pleno funcionamiento de las instituciones y el Estado de Derecho”. En tal sentido formulan 3 propuestas: primero, instan a Nicolás Maduro a “suspender el acto electoral fijado para el 30 de julio y abrir un compás de oportunidad para el entendimiento”. Segundo, mantener a la Santa Sede como mediadora en el proceso, como instancia capaz de “ayudar a construir confianza, acercar posiciones y promover acuerdos”. Tercero, proponen la creación de un grupo de “cuatro países amigos invitados de mutuo acuerdo que acompañen la mediación” y sirvan de garantes para el cumplimiento de lo acordado. Y por último, las personalidades recomiendan que el funcionamiento de ese mecanismo de entendimiento “sea definido por reglas formales, que se resguarden las propuestas en discusión y que la vocería sea reservada únicamente al representante de la Santa Sede”.

Quien escribe pudo hablar telefónicamente con Nikken, luego de haber visto parcialmente una segunda participación suya en Vladimir a la 1, en compañía de Suniaga y José María Cadenas, en la que explicó que el manifiesto fue escrito para poder decirle a todo el mundo que en el país “nos vemos todos y cabemos todos”. También llamó mi atención que destacara algo que ya había notado: que en el documento no se cuestionaba la legalidad de la convocatoria presidencial a constituyente. La cordial conversación con Nikken, con quien tengo amistad que se remonta a 1962, concluyó con mi promesa de hacerle llegar enlaces a materiales de este blog que tratan el tema del diálogo, la negociación o el acuerdo posible entre los poderes públicos nacionales. Así le puse:

Comencé a tocar el tema de las conversaciones ente las partes, como te dije, en mayo de 2014, a raíz del espectáculo televisado en Miraflores. Entonces escribí una primitiva nota: Una segunda oportunidad: Diálogo 2.0. El año pasado reaccioné a una preocupante manifestación de Ma. Corina Machado, por un lado, y Vladimir Padrino López por la otra, con la publicación el mismo día (25 de abril de 2016) de Desactivemos la bomba y Plantilla del Pacto. Finalmente, este mismo año generalicé el concepto de acuerdo en este último artículo a todos los poderes públicos, primero en Del armisticio como programa (11 de mayo) y luego con una redacción compacta en Versión formal (26 de mayo). Esencialmente, son tres cosas las que he venido sosteniendo: 1. que el diseño mismo del proceso de diálogo es esencial a su posibilidad de éxito; 2. que un diálogo entre gobierno y oposición es asimétrico. (Ése era el único posible en 2003 con la Mesa de Negociación y Acuerdos porque la oposición no tenía nada; ahora controla uno de los más importantes poderes públicos. El interlocutor correcto de la MUD es el PSUV, y el del Presidente de la República la Asamblea, no una federación de partidos de oposición); 3. que no se trata de dialogar sino de acordarse, y por tal razón un proyecto de pacto es un instrumento requerido.

Nikken había destacado el problema metodológico a partir de su experiencia en negociaciones, lo que es central en las proposiciones del grupo que encabeza. Desde el punto de vista del contenido del acuerdo al que se arribaría, el documento sólo propone que se suspenda como previa condición la elección de asamblea constituyente, por lo que se exige al gobierno que sea el único que conceda algo. En cambio, lo enumerado en Versión formal es un conjunto de concesiones mutuas, empezando por el reconocimiento y acatamiento conjuntos, por parte de todos los cinco poderes públicos nacionales, del Artículo 136 de la Constitución: «Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado”.

Así, por ejemplo, la Asamblea Nacional anularía su declaratoria de abandono del cargo de Presidente de la República y aprobaría «un razonable decreto de amnistía», así como convocaría un referendo consultivo que preguntara: “¿Está Ud. de acuerdo con la convocatoria a elecciones, en el plazo de tres meses a partir de esta fecha, que escojan al ciudadano que se encargue de la Presidencia de la República hasta el 10 de enero de 2019, elecciones ésas en las que podrá participar como candidato el ciudadano Nicolás Maduro Moros, actualmente en el cargo?” y también: “¿Está usted de acuerdo con la implantación en Venezuela de un régimen político-económico socialista?” El Tribunal Supremo de Justicia levantaría «las limitaciones impuestas a la Asamblea Nacional como consecuencia de su desacato a sentencia de su Sala Electoral. relativa a los diputados electos en 2015 por el estado Amazonas… (…) Su declaración de nulidad de actos de la Asamblea Nacional por tal motivo se sostendrá sólo para aquellos actos en los que hubieran participado y votado los diputados en cuestión». El Contralor General de la República procedería a «anular las inhabilitaciones políticas que ha impuesto recientemente a los gobernadores de los estados Amazonas y Miranda». El Presidente de la República facilitaría «la llegada de ayuda humanitaria ofrecida al país por diversos actores internacionales y su distribución equitativa» y anularía «su decreto de convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente, incluyendo sus propósitos programáticos en un proyecto de reforma constitucional que los comprenda y que él podrá someter a referendo aprobatorio del Poder Constituyente Originario». Etcétera. Se trata de tomar y de dar.

También participé a Pedro Nikken que había hecho conocer ese esquema de acuerdo a la Conferencia Episcopal Venezolana (en cabeza de Mons. Diego Padrón, su Presidente), a la Santa Sede por vía del Nuncio Aldo Giordano y otras vías, y al Grupo de Alto Nivel designado por Parlasur para atender el caso venezolano. Él tiene más auctoritas que el suscrito y mayores posibilidades operativas.

Veremos. La inminencia de la más reciente iniciativa de la Mesa de la Unidad Democrática (la consulta convocada para dentro de dos días) y de la elección de diputados constituyentes dos semanas después, marcan la cuenta regresiva hacia un recrudecimiento tal vez irreversible de la confrontación. Los manifestantes del pasado lunes han declarado que es un objetivo crucial para el país detener «la escalada de la confrontación». ¿Habrá tiempo? Tal vez, pero el éxito del intento debe estar en función de un proyecto de acuerdo con exigencias que no sean unilaterales. LEA

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