Los propios venezolanos

Homenaje a Venezuela de Google, anteayer 5 de julio

 

Si tuviera una hora para resolver un problema y mi vida dependiera de eso, emplearía los primeros cincuenta y cinco minutos en la determinación de la pregunta adecuada que habría que hacer, porque una vez que supiera la pregunta adecuada podría resolver el problema en menos de cinco minutos.

Albert Einstein

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Una pregunta adecuada la formuló y respondió Luis Vicente León en artículo suyo en El Universal del pasado 14 de junio: «¿Que quién va a producir los cambios en Venezuela? La respuesta me resulta evidente. Solo podrán hacerlo los propios venezolanos, con una estrategia inteligente…»

Estoy de acuerdo con esa conclusión desde hace un buen tiempo; por ejemplo, en carta dirigida al Presidente de Chile del 23 de septiembre de 2019, le puse: «Es prescripción reiterada del suscrito que la clave de nuestra dolorosa situación nacional reside en el Pueblo convocado, no a protestar y ofrecerse como carne de cañón que provea mártires útiles a la oposición venezolana, sino a mandar». En efecto, se trata de un tratamiento político (médico) que prescribo desde 1994 (en una publicación mensual que produje desde ese año y que se llamó, precisamente, referéndum). Una década atrás, incluso, escribía al entonces futuro Ministro de Hacienda Arturo Sosa hijo (el padre del actual General de la Compañía de Jesús) una carta (7 de septiembre de 1984; puede leérsela íntegra en Krisis – Memorias Prematuras) en la que propugnaba un nuevo tipo de asociación política. En ella anticipé:

Una idea, que genere un movimiento que funde una organización que preste un servicio. Una organización que emplee recursos de su presupuesto central para alimentar operaciones políticas. Como campañas pro leyes que se introduzcan por iniciativa popular. O como la elección de miembros a cargos representativos, siempre y cuando cada uno de éstos haya sido capaz de juntar un grupo de electores que lo apoye. (…) Una sociedad que haga uso de la inmediata posibilidad tecnológica para dar paso a la participación de la voz del pueblo, que promueva la encuesta, la consulta, el referéndum.

………

La Constitución de 1961 fue un salto enorme de progreso respecto de previas constituciones, pero por su mayor parte prescribía una democracia representativa. La iniciativa popular se estableció sólo en materia de iniciativa de leyes; en el numeral 5 de su Artículo 165 rezaba: «La iniciativa de las leyes corresponde… 5. A un número no menor de veinte mil electores, identificados de acuerdo con la ley». También contemplaba ese texto un único tipo de referendo; esta vez, el numeral 4 del Artículo 246 estableció: «El proyecto aprobado se someterá a referéndum en la oportunidad que fijen las Cámaras en sesión conjunta, para que el pueblo se pronuncie en favor o en contra de la reforma. El escrutinio se llevará a conocimiento de las Cámaras en sesión conjunta, las cuales declararán sancionada la nueva Constitución si fuere aprobada por la mayoría de los sufragantes de toda la República».

Entre esa versión de Carta Magna y la vigente escribió John Naisbitt en Megatendencias (1982):

Hemos creado un sistema representativo hace doscientos años, cuando ésa era la manera práctica de organizar una democracia. La participación ciudadana directa simplemente no era factible… Pero sobrevino la revolución en las comunicaciones y con ella un electorado extremadamente bien educado. Hoy en día, con una información compartida instantáneamente, sabemos tanto acerca de lo que está pasando como nuestros representantes y lo sabemos tan rápidamente como ellos. (…) La democracia participativa está revolucionando la política local en América y borbotea hacia arriba para cambiar también la dirección del gobierno nacional. Los años 70 marcaron el comienzo de la era participativa en política, con un crecimiento sin precedentes en el empleo de iniciativas y referenda… Políticamente, estamos en un proceso de desplazamiento masivo de una democracia representativa a una democracia participativa… El hecho es que hemos superado la utilidad histórica de la democracia representativa y todos sentimos intuitivamente que es obsoleta… Esta muerte de la democracia representativa también significa el fin del sistema de partidos tradicionales.

Diecisiete años después, aprobábamos un nuevo texto supremo que preveía, primeramente, la iniciativa popular para la convocatoria de referendos consultivos mediante las voluntades de 10% de los electores inscritos, lo que ya había sido establecido en la reforma de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de diciembre de 1997, que creó esa figura—“con el objetivo de consultar a los electores sobre decisiones de especial trascendencia nacional”—y esa condición al introducir en ella su Título VI: De los referendos. Esa ley previó asimismo la celebración de referendos estadales y municipales. (Por ejemplo, se ha podido consultar a los habitantes de la Región Capital si queríamos la estatización de La Electricidad de Caracas). Fue esa reforma, en particular el nuevo Artículo 181 de la ley, lo que permitió convocar la Asamblea Constituyente de 1999 por decisión de un recurso de interpretación de ese preciso artículo.*

Pero la Constitución de 1999 fue más allá; hoy es posible la revocación referendaria de los mandatos de funcionarios o representantes electos, decisión sólo convocable por 20% de los electores del ámbito correspondiente a cada caso una vez cumplida la mitad del período del mandatario en cuestión. También puede abrogarse mediante referendos leyes enteras o decretos leyes, que pueden ser convocados por 10% o 5% de los electores según el caso.

Luego, ella ha preservado la iniciativa popular de las leyes contemplada por el texto de 1961; el Numeral 7 del Artículo 204 especifica ahora que esa iniciativa puede ser ejercida por «los electores y electoras en un número no menor del cero coma uno por ciento de los inscritos e inscritas en el registro electoral permanente». Igualmente puede introducirse a la consideración de la Asamblea Nacional, por iniciativa popular del quince por ciento de los electores registrados, proyectos de enmiendas o reformas a la Constitución.

Finalmente, la propia constitución puede ser sustituida por una nueva que sea redactada por una Asamblea Nacional Constituyente (Artículo 347), cuya convocatoria puede ser causada, además de por la Presidencia de la República, la Asamblea Nacional y los Consejos Municipales, por «el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral». (Artículo 348). La que ahora nos rige fue aprobada en referéndum del 15 de diciembre de 1999, como consta del Preámbulo de la misma—»El pueblo de Venezuela (…) en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente Constitución»— y su Disposición Final Única: «Esta Constitución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, después de su aprobación por el pueblo mediante referendo». No hay una norma constitucional que expresamente prescriba un referendo aprobatorio de una nueva constitución, pero el precedente ha sido claramente establecido y tal cosa es un derecho adquirido del Pueblo venezolano.

Perdón; aún falta por añadir a estas opciones de la iniciativa popular el comienzo del último parágrafo del Artículo 67: «Los ciudadanos y ciudadanas, por iniciativa propia, y las asociaciones con fines políticos, tienen derecho a concurrir a los procesos electorales postulando candidatos y candidatas». Ese derecho es el que se materializa en los grupos de electores que pueden postular—sin necesidad de partidos políticos registrados—candidatos a todo cargo electivo y de representación, desde el de la Presidencia de la República y los diputados de la Asamblea Nacional hasta un concejal, según las previsiones de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, la sucesora de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.

………

¿Qué hemos usado de ese nutrido manojo de posibilidades abiertas a la iniciativa popular? Sólo una y una única vez; de los cinco referendos nacionales celebrados en Venezuela hasta la fecha—en abril de 1999 para autorizar la convocatoria de constituyente, en diciembre de ese mismo año para aprobar una nueva constitución, en agosto de 2004 para decidir sobre la revocación del mandato del presidente Chávez, en diciembre de 2007 para considerar proyectos de reforma constitucional de la Presidencia de la República y la Asamblea Nacional, y en febrero de 2009 para aprobar o rechazar una enmienda de la Constitución—, sólo el de 2004 fue convocado por iniciativa popular, pues sólo por esa vía puede causarse referendos revocatorios. De resto, las organizaciones políticas y los propios venezolanos de León, hemos ignorado de un todo tales canales, abiertos a nuestro insuperable mandato.

En particular, hemos desatendido la posibilidad de poner orden en nuestra casa política mandando, prefiriendo contribuir con heridos o muertos de la mera protesta desde 2001; llevamos 19 años protestando. «Pero mandar es muy preferible a protestar. (…) Para esto es necesario, naturalmente, que el pueblo venezolano adquiera conciencia de Corona. Que se percate de que no tiene que desfilar para pedir o protestar, que no tiene que rogar pues puede mandar». (La marcha de la insensatez, 12 de febrero de 2014).

………

A unos pocos nos ha caído la locha de que lo práctico, lo indicado a los propios venezolanos es constituir una organización con el fin de facilitar y potenciar la participación democrática del Pueblo de Venezuela a través de los canales constitucional y legalmente establecidos: referendos—consultivos, aprobatorios, revocatorios, abrogatorios—, iniciativa de leyes o enmiendas y reformas constitucionales, y postulación de candidatos a cargos electivos por grupos de electores.

Igualmente, pensamos que tal organización debe operar primordialmente en plataformas digitales auditables y apropiadas, por ejemplo, a la convocatoria de referendos y la constitución de grupos de electores. Esto reduce los costos operativos a una mínima fracción de los característicos en partidos convencionales, y también pudiera abaratar al Consejo Nacional Electoral sus propios costos de operación.

Si a partir de 1999 hubo una expansión considerable de las posibilidades abiertas a la iniciativa popular, poco después hubo un significativo avance normativo en materia de digitalización. Así, por ejemplo, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones del año 2000 fue saludada como un gran avance por parte del empresariado nacional, al abrir la puerta de nuestras comunicaciones digitales, en especial la telefonía celular, a la inversión privada. O, por caso, desde hace bastantes años el Tribunal Supremo de Justicia tramita recursos de amparo constitucional que le llegan mediante correos electrónicos. Por último, fue un indudable progreso el Decreto con fuerza de ley del 10 de febrero de 2001 de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas, cuyo Artículo Cuarto establece: «Los Mensajes de Datos tendrán la misma eficacia probatoria que la ley otorga a los documentos escritos…» Hemos ignorado y desperdiciado todo eso.

Es de septiembre de 2016 un Informe de la Unidad de Previsión Científica del Parlamento Europeo que recomienda el empleo de una plataforma de cadena de bloques para la elección de sus diputados a escala de su continente. Si esto ocurre es porque los niveles de seguridad de una cadena de bloques (blockchain) son grandemente satisfactorios, como certifica un estudio publicado en 2017 por la firma Deloitte, «la firma privada número uno de servicios profesionales del mundo». (Wikipedia en Español). Esa tecnología es la misma plataforma de las varias criptomonedas existentes en el mundo, el Petro venezolano incluido. Sería incomprensible que el gobierno venezolano se opusiera al planteamiento práctico de esta entrada: que se emplee una plataforma de cadena de bloques para operar la asociación que aquí se propone con el fin de facilitar y potenciar la participación democrática del Pueblo de Venezuela, fundamentada en la constitucionalidad y la legalidad creadas a partir de 1999.

Venezuela es un país densamente poblado de internautas que además poseen teléfonos inteligentes—ver El demos cabe en la red (17 de octubre de 2019)—; ¿qué esperamos para aprovechar tan densa intercomunicación en la iniciativa popular?

Las heridas venezolanas son tantas y tan lacerantes, que no hay modo de curarlas sin una apelación perentoria al poder fundamental y originario del Pueblo, a través de un Gran Referendo Nacional. (Gran Referendo Nacional, 5 de febrero de 2003).

Obtengamos la reconciliación y enderecemos las cosas los propios venezolanos. LEA

………

* La piedra angular de la constitucionalidad venezolana fue colocada por decisión de la Corte Suprema de Justicia del 19 de enero de 1999. Ella definió la doctrina fundamental de que el Pueblo, por su carácter de único Poder Constituyente Originario es el Poder Supraconstitucional, no limitado por la Constitución, que sólo limita a los poderes constituidos. (El Pueblo está únicamente limitado por los derechos humanos y por los tratados en los que haya entrado válidamente la República con soberanías equivalentes de otras naciones). Por esto podía preguntársenos si queríamos convocar una asamblea constituyente que presentara a nuestra consideración una constitución enteramente nueva, aunque la figura misma de constituyente no estuviera contemplada en la Constitución de 1961. El desconocimiento de tal doctrina equivaldría a la demolición de los poderes públicos en Venezuela, pues sobre ella se asientan todos, Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia incluida.

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Coloquios de Juan Griego

Atardecer en Juan Griego

 

A fines de 2011, jugaba con la idea de «novelar» conceptos de Política, para hacerlos más asequibles, con la invención de un grupo de asistentes a un taller de un profesor asimismo inventado a quien llamé Santiago De Las Casas. A éste lo maté en un accidente aéreo que en verdad—ese sí—ocurrió: «[Santiago] tomó el vuelo 5022 de Spanair entre Madrid y Gran Canaria el 20 de agosto de 2008. El avión MD-82, de McDonnell-Douglas, no pudo abrir los flaps para el despegue desde Barajas y se fue al suelo a destrozarse. Santiago estaba entre los 154 muertos del total de 172 personas que en él viajaban». (Acá está en archivo .pdf la introducción del grupo de sesiones del taller cuyas «minutas»—que reuniría bajo el título de Coloquios de Juan Griego—nunca completé a pesar del estímulo de José Rafael Revenga y Victoria Destefano: Introducción). Lo que sigue es una relación del encuentro inicial del fantástico grupo, pretendidamente escrita por un inexistente José Antonio Caballero Díaz, cuyas iniciales la calzan. LEA

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ANTESALA

 

Llegué a la casa donde nos citara el profesor De Las Casas a las 8 y 40 minutos de la mañana, dispuesto a ser más que puntual para la cita de las 9, cuando se iniciaría el coloquio sobre política. Como lo vi dando vueltas por el porche, me atreví a acercarme y presentarme. De Las Casas era un hombre delgado y alto, aunque no demasiado, de tez bronceada y algo más de sesenta años de edad y contextura fuerte. Me saludó afablemente con un suave acento de español y me invitó a pasar y sentarme en la sala; allí tendrían lugar las reuniones. Me indicó que había café recién hecho en una mesa lateral y luego pidió permiso para retirarse unos minutos al interior de su habitación, y me encareció que recibiera a los demás visitantes y les ofreciera café mientras él hacía una llamada internacional.

Quedé solo, pues, en la sala de la casa, que unos pocos afiches de lugares varios de España adornaban. Ella era asimismo comedor; a su costado derecho, si uno veía el espacio desde la entrada, una mesa que podía sentar seis personas lucía limpia ante un mueble auxiliar adosado a una pared. A la izquierda de ésta, una puerta abierta permitía una mirada a parte de la cocina.

Al retirarse el anfitrión, me puse en pie y fui directamente a servirme un café, que tomé de pie mientras daba una ojeada al recinto. Luego fui a sentarme en una butaca secundaria, justamente a la derecha de la puerta de entrada, inferior en comodidad a una poltrona que destacaba a mi lado derecho como asiento principal, que presumí De Las Casas usaría. Al lado de mi asiento, ganado con mi temprana llegada, coloqué el maletín que había llevado conmigo; en él, dos libretas grandes, un grabador digital, cinco copias de la transcripción de una charla del profesor—Nociones elementales de Política—que yo había editado, dos de un trabajo mío del año pasado—La crisis de la política—, mi teléfono celular y un laptop Lenovo formaban mi arsenal. Extraje del maletín una copia del trabajo del profesor y comencé a releer lo que ya sabía de memoria.

Al poco rato, volví la mirada a la sala y procuré imaginar dónde querrían sentarse los restantes miembros del grupo. Quedaban libres dos sillas de cuero y estilo escandinavo, a la derecha de la poltrona magisterial, y un sofá de tres puestos frente a ella y la butaca en la que me sentaba. Entre éstas, un pizarrón blanco estaba obviamente dispuesto para el trabajo. Sabía los nombres de los faltantes, pues De Las Casas había enviado un correo con las instrucciones finales a todos los convocados. Hernán Delgado Franklin, supuse, tomaría la silla escandinava más próxima a De Las Casas, separado por otra idéntica del sofá donde, seguramente, se sentarían frente al profesor las dos damas: Graciela Sánchez Perdomo y Elena Ripamonti Arvelo.

Fueron éstas las que llegaron primero. Vinieron juntas; después supe que se habían escrito y decidido alojarse en el mismo hotel. Llegaron hablando animadamente, como si se conocieran de toda la vida. Confirmaron mi hipótesis: sin pensarlo, fueron a arrellanarse en el sofá una vez que les diera la bienvenida. Les expliqué que De Las Casas estaría pronto con nosotros—cinco minutos faltaban para las 9—y les ofrecí café. Graciela declinó, pero Elena dijo que le encantaría uno pequeño sin azúcar y, al quedarse sentada, entendí que creía que yo debía servirla, cosa que hice sintiéndome manipulado, como siempre, por una mujer.

El profesor De Las Casas hizo su aparición y Elena y Graciela se pusieron de pie para saludarlo. Elena lo saludó primero, con su humanidad flaca y alta y sus pelos largos y lisos de castaño muy oscuro, tendiéndole la mano. Graciela, rolliza y simpática, más baja en estatura que su compañera y de más claros cabellos, no perdió tiempo en saludar al profesor con un beso en la mejilla. Tendría unos veinticinco años; Elena tenía, quizás, treinta.

Sentados todos, la conversación trivial versó sobre el hotel que alojaba a las mujeres y cómo había estado su viaje desde Maiquetía. En eso apareció bajo el umbral de la puerta abierta la figura de un hombre de unos cuarenta y cinco años, atlético y medianamente calvo. Era Delgado Franklin, aparecido exactamente a las 9 de la mañana. Después de los saludos, desvirtuó mi conjetura y se sentó en la silla más próxima al sofá ocupado por las damas.

Entonces Santiago De Las Casas nos dio la bienvenida formal y sugirió que cada uno hiciera una presentación de su persona y explicara las razones que le habían traído al coloquio. Dirigiéndose a mí dijo: “Por orden de aparición”.

Expliqué, pues, que yo era actualmente profesor de Estructuras Político-Constitucionales de América Latina en la Escuela de Estudios Políticos y Administrativos de la Universidad Central de Venezuela—De Las Casas intercaló que él había enseñado Filosofía Política por un año en la misma escuela—y que había obtenido en 1971 el grado de Master 2 de Investigación en Sociología e Instituciones de la Política en la Sorbona. Que conocía varios trabajos del profesor De Las Casas y que, a raíz de su charla de Nociones elementales de Política en el Instituto Pedro Gual de la cancillería venezolana, a la que asistí, había tomado contacto con él con la intención de conocer con más detalle sus puntos de vista, que me parecieron novedosos. Que cuando el profesor sugiriera este encuentro me había parecido un método ideal para tal propósito. Y, armado ya con una libreta para anotar todo lo que escuchara, callé y puse diagonalmente la mirada sobre Delgado Franklin.

Éste se revolvió en el asiento y comenzó a hablar con los ojos fijos en el piso. Dijo que no tenía entre sus títulos nada que se acercara a los que yo acababa de exponer, pues era sólo un comerciante de éxito, importador de implantes mamarios para uso estético o reconstructivo del pecho femenino, actividad que le daba un buen dinero. Pero era curioso de la política, creía que no podía ser ajeno a ella y había entablado relación con un político joven a cuya carrera, medianamente provechosa, había contribuido financieramente. Éste le había entregado el archivo de audio de la charla del anfitrión y le había pedido su opinión sobre ella. Quedó impresionado al escucharlo y consiguió la dirección electrónica para comunicarse con De Las Casas, con quien pronto acordó que vendría a Juan Griego. En este punto, siguió la dirección contraria a las agujas del reloj y tendió la mano hacia Graciela Sánchez, que estaba a su derecha.

La joven comenzó por hablar del profesor, en vez de hacerlo sobre ella. Hizo elogios sobre la charla que claramente era el pivote de nuestra reunión, y dijo que era lo más brillante que hubiera conocido en su vida en materia política, que desde que la escuchara en un iPod la había puesto “miles de veces”, que había querido escuchar al maestro en persona y que también se había comunicado con De Las Casas por correo electrónico. Éste le dijo: “Ajá, pero háblanos de ti”. Graciela se ruborizó y dijo: “Ah bueno, yo soy Licenciada en Psicología de la UCAB y estoy muy interesada en política. Estoy metida en Un Nuevo Tiempo desde la campaña de Rosales en 2006, y ahora soy responsable del partido en Santa Mónica”.

Ya Elena estaba erguida en el sofá, su espalda separada del asiento, y al callar abruptamente su compañera dijo, sin esperar invitación y mirando directamente al maestro, más o menos esto: “Yo soy economista cum laude de la Universidad Santa María, y me doctoré, también cum laude, en el núcleo de Ribeirão Preto de la Universidad de Sao Paulo en 1997. Doy clases de Macroeconomía en la Universidad Central de Venezuela, trabajo como Analista de Cuentas Nacionales en el Banco Central y soy miembro del partido Podemos, porque creo que un socialismo verdadero, no como el de Chávez, es el sistema político-económico que el país necesita. Leí los apuntes hechos por un amigo de la charla del profesor y conseguí su teléfono, y lo llamé porque sentí curiosidad por su enfoque clínico de la política, al que de todos modos creo algo romántico. Vine a ver si me convence”.

Admito haber pensado que esta participante sería problemática, pero De Las Casas la miró con patente deferencia y le dijo: “Muy bien, te felicito, pero no es mi plan convencerte de nada. Tú deberás llegar a tus propias conclusiones”.

De seguidas, repitió lo que ya sabíamos: que trabajaríamos en seis sesiones, de las 9 de la mañana a las 12 del mediodía y de las 3 hasta las 6 de la tarde, durante tres días. También enfatizó la dinámica que quería lograr: en todo momento podíamos intervenir para preguntar o discrepar; la cosa debía ser un diálogo antes que una cátedra. De hecho, mencionó la Academia de Platón y los diálogos que había escrito, y preguntó si conocíamos alguno. Sólo Elena y yo asentimos. “Esto—dijo De Las Casas—es como esa academia griega, en verdad una polidemia, puesto que nuestro tema es la Política”.

Le pregunté si podía grabar en audio las sesiones; de inmediato me autorizó a hacerlo y añadió: “Si después haces tan buen trabajo transcribiendo y editando como hiciste con mi charla, tendremos un buen documento, que pudiera ser útil a otra gente”. Entonces pregunté a mis compañeros si estaban conformes; Elena dijo que le gustaría leer la transcripción antes de que se me ocurriera repartirla por ahí, y yo repuse que en principio el trabajo era sólo para nuestros ojos.

Con una sonrisa de obvia picardía, De Las Casas intervino: “¿Ya tomaron todos café? Tomen una taza antes de empezar”. Hernán fue hasta la mesa a servirse y Elena a tomar una segunda taza que yo no le brindé.

Sentados todos, De Las Casas nos entregó un papel con el esquema de las sesiones:

Sesión 1: ¿Qué es la Política? La política como oficio médico.

Sesión 2. El demos. El pueblo como sustrato y actor principal de la política.

Sesión 3. La sociedad normal. El fin fundamental de la política.

Sesión 4. Complejidad y política. Los moldes mentales adecuados.

Sesión 5. La civilización planetaria. Construcción de la polis del mundo.

Sesión 6. Organización política. Asociarse con reglas distintas.

“Estos son los grandes temas que discutiremos—dijo—. Verán que se fragmentan en múltiples puntos que cubrirán prácticamente todo lo que podemos hoy en día decir, responsablemente, sobre política”.

Entonces ofrecí a mi vez las copias con la transcripción de Nociones elementales de Política y él agradeció, diciendo: “Es bueno tener esto a mano”.

De Las Casas preguntó: “¿Qué es la Política?” Y comenzó a contestar esa pregunta.

JACD

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Ingeniería de la participación

 

Los caminos existen para ser recorridos

 

A Jean Pasquali

 

Hemos creado un sistema representativo hace doscientos años, cuando ésa era la manera práctica de organizar una democracia. La participación ciudadana directa simplemente no era factible… Pero sobrevino la revolución en las comunicaciones y con ella un electorado extremadamente bien educado. Hoy en día, con una información compartida instantáneamente, sabemos tanto acerca de lo que está pasando como nuestros representantes y lo sabemos tan rápidamente como ellos. (…) La democracia participativa está revolucionando la política local en América y borbotea hacia arriba para cambiar también la dirección del gobierno nacional. Los años 70 marcaron el comienzo de la era participativa en política, con un crecimiento sin precedentes en el empleo de iniciativas y referenda… Políticamente, estamos en un proceso de desplazamiento masivo de una democracia representativa a una democracia participativa… El hecho es que hemos superado la utilidad histórica de la democracia representativa y todos sentimos intuitivamente que es obsoleta… Esta muerte de la democracia representativa también significa el fin del sistema de partidos tradicionales.

John Naisbitt – Megatendencias (1982)

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Primeramente, algo de historia: están próximos a cumplirse veinte años de la promulgación, por referendo popular, de la Constitución venezolana—15 de diciembre de 1999—que consagra una democracia participativa tras la precursora reforma, el año anterior, de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política que introdujo la figura del referendo consultivo en un nuevo Título VI (De los referendos):

Artículo 181 El Presidente de la República, en Consejo de Ministros, el Congreso de la República por acuerdo adoptado en sesión conjunta de las Cámaras, convocada con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la fecha de su realización, por el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de los miembros presentes; o un número no menor del diez por ciento (10%) de aquellos electores inscritos en el Registro Electoral, tendrán la iniciativa para convocar la celebración de un referendo, con el objeto de consultar a los electores sobre decisiones de especial trascendencia nacional.

Hasta entonces, sólo se había previsto constitucionalmente el referendo requerido para aprobar una «reforma general» de la Constitución de 1961 (Artículo 246, Numeral 4: «El proyecto aprobado se someterá a referéndum en la oportunidad que fijen las Cámaras en sesión conjunta, para que el pueblo se pronuncie en favor o en contra de la reforma»). A pesar de eso, el segundo gobierno de Rafael Caldera amenazó con la convocatoria de un referendo—ver Ahora tiene que consultar, 8 de agosto de 1994—que aprobara un segundo decreto de suspensión de garantías en su primer año, ante la negativa a apoyarlo de su antiguo partido, COPEI. (El apoyo que prestara Acción Democrática lo hizo prescindible).

El dictador plebiscitario

En la práctica, existía un precedente: el 15 de diciembre de 1957 se efectuó un plebiscito convocado por el gobierno de Marcos Pérez Jiménez, la primera consulta popular de nuestra historia. «En noviembre de 1957 el general Marcos Pérez Jiménez le comunicó al Congreso de la República su intención de no convocar elecciones generales y en su lugar celebrar un referéndum para definir si continuaba al frente del gobierno 5 años más». (Wikipedia en Español). Esa decisión agravó la opinión nacional en su contra y aceleró su deposición 39 días más tarde, al ser ampliamente tenidos como fraudulentos los resultados plebiscitarios que se anunciara. La denominación escogida por Pérez Jiménez, manchada por el descrédito, sería empleada sesenta años después por la Mesa de la Unidad Democrática, que organizó el «plebiscito» del 16 de julio de 2017.* Antes, Henrique Capriles Radonski, autonombrado jefe de campaña de todos los candidatos opositores en las elecciones municipales del 8 de diciembre de 2013, intentó vender la errada noción de que ellas debían ser tenidas como ¡un plebiscito sobre el gobierno de Nicolás Maduro! (Lo perdió de calle; ver Las cuentas como son, 11 de diciembre de 2013).

En 1999, los venezolanos fuimos llamados a dos referendos: el primero, del 25 de abril de ese año, nos preguntó si era nuestro deseo convocar una asamblea constituyente «con el propósito de transformar el Estado y crear un nuevo ordenamiento jurídico que permita el funcionamiento de una Democracia Social y Participativa», lo que aprobamos. También se nos preguntó lo siguiente: “¿Está usted de acuerdo con las bases propuestas por el Ejecutivo Nacional para la Convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, examinadas y modificadas por el Consejo Nacional Electoral en sesión de fecha Marzo 24, 1999 y publicada en su texto íntegro, en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.669 de fecha Marzo, 25 de 1999?” Eran las «bases comiciales» que determinaban la forma de elegir los diputados constituyentes; la Asamblea Nacional ha descuidado legislar sobre el asunto, lo que permitió que Nicolás Maduro estableciera las de la elección de la actual constituyente, convocada por él mismo el 1º de mayo de 2017.

«…el vicio fundamental de la convocatoria a constituyente no es que requiera un referendo previo para que sea válida, sino el diseño de las bases comiciales. Es una verdadera aberración eso de los diputados ‘sectoriales’. El Pueblo, el Poder Constituyente Originario, no es un agregado de sectores sino de ciudadanos. (…) La Asamblea Nacional ha pecado por omisión al no legislar sobre las bases comiciales de una asamblea constituyente…” (Película de terror, 3 de julio [de 2017]). Dos meses antes, en ¿Preguntas sin respuestas?: “…la Asamblea Nacional pudiera buscar cómo legislar—recuperando su eficacia si arregla el asunto del fulano desacato—acerca de las bases comiciales para elegir diputados constituyentes [una ley es de rango superior a cualquier decreto del Ejecutivo o reglamento del CNE] (…) Entonces pudiera aprestarse la MUD para dar otra paliza electoral al oficialismo, aunque sea en una constituyente que no necesitamos”.

Imagen borrosa de interlocutores muertos

En aquel entonces, se tenía a la nueva constitución que resultaría de los trabajos constituyentes como el instrumento de transformación del Estado y la concreción del «nuevo ordenamiento jurídico». La redacción actual, que absorbe ambos propósitos en el Artículo 347, pareciera distinguir entre ellos y la nueva constitución: «El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución», siendo que se transforma el Estado y se crea un nuevo ordenamiento jurídico precisamente en una nueva constitución. Lo que sí estuvo claro desde un principio es que la nueva constitución no entraría en vigencia hasta que el Pueblo la aprobara en referendo, y así el segundo referendo de 1999 sometió el texto producido bajo la presidencia de Luis Miquilena a la aprobación popular el 15 de diciembre de aquel año.** Tal cosa fue explicada por el propio Hugo Chávez a Oscar Yanes, quien asediaba falazmente a su entrevistado el 17 de junio de 1998 en su programa La silla caliente, en plena campaña electoral. He aquí el audio del fragmento pertinente:

Cerrando 1999, el referendo del 15 de diciembre promulgó la nueva Constitución, que aún rige. (No está suspendida mientras la Asamblea Nacional Constituyente esté en funcionamiento).

En 2004, la oposición organizada en la Coordinadora Democrática, madre de la MUD—ver la composición genética de ambas en La torta, 11 de octubre de 2012—, logró superar todos los obstáculos y convocar, con la decisiva logística de Súmate, nuestro tercer referendo, hasta ahora el único causado desde la iniciativa popular: el referendo revocatorio contra Hugo Chávez, quien pudo superarlo. (Bofetada terapéutica, 19 de agosto de 2004). Tres años más tarde, el presidente Chávez, habiendo derrotado abrumadoramente a Manuel Rosales en diciembre de 2006, creyó que podía acelerar la introducción del socialismo en Venezuela mediante un referendo, el cuarto, que se celebró el 2 de diciembre de 2007 para decidir sobre dos proyectos complementarios de reforma constitucional, uno propuesto por la Presidencia de la República y otro por la Asamblea Nacional. Chávez salió en derrota, la única de su carrera si no tomamos en cuenta su fracaso del 4 de febrero de 1992 y la enfermedad que lo venció; su proyecto fue desechado por una mayoría de sólo 1,31%, mientras que el que presentara la Asamblea lo fue por 2,02%. (Entonces presidía ya el Consejo Nacional Electoral la misma Tibisay Lucena de ahora. Es una anomalía inexplicada—por quienes predican que el Consejo Nacional Electoral de mayoría oficialista, aún presidido por ella, es consistentemente fraudulento—que con diferencias tan exiguas se promulgara el resultado adverso de una reforma que era tan importante para la «Revolución Bolivariana» desde el punto de vista estratégico).

Finalmente, el quinto referendo de nuestra historia—si no se considera el plebiscito de Pérez Jiménez—se celebró el 15 de febrero de 2009, con el propósito de instaurar la posibilidad de reelección indefinida de funcionarios electos. Tal cosa estuvo prevista en los proyectos de reforma derrotados en 2007, pero sólo para la Presidencia de la República. Esta vez—»no hay quinto malo»—, la cosa le funcionó al oficialismo.

No se nos ha consultado más.
………

Aproximadamente mensual

El suscrito ha sido partidario de consultas referendarias desde hace treinta y cinco años. En carta a Arturo Sosa hijo (el padre del padre jesuita) del 7 de septiembre de 1984, ya especificaba sobre un nuevo y necesario tipo de organización política que debía ser «[u]na sociedad que lleve a todas las aulas la revolución de la informática y que al mismo tiempo establezca una comunicación regular con sus miembros que trascienda la esporádica convocatoria a un ‘acto de masas’. Una sociedad que nunca más se refiera a sus miembros como ‘masa’. Una sociedad que haga uso de la inmediata posibilidad tecnológica para dar paso a la participación de la voz del pueblo, que promueva la encuesta, la consulta, el referéndum». Diez años después, establecía una publicación mensual sobre materia política que se llamó, justamente, referéndum (1994-1998). En el segundo de sus números, escribí:

Lo aconsejable es confiar más en este pueblo. Lo aconsejable es un referéndum anual de la República. (…) Hay que confiar en que el pueblo de Venezuela puede aportar tanto en un referéndum anual como puede aportar a una empresa la asamblea de sus accionistas. Este referéndum debe producirse luego de la presentación de la cuenta ordinaria del Presidente de la República al término de cada año de su mandato. Debe pronunciarse por la aprobación o improbación de su memoria y cuenta y sobre su confirmación en el cargo o su cesantía. Todos los años. (Visión de Venezuelareferéndum #2, 4 de abril de 1994).

El propósito de esta entrada no es otro que volver sobre esta idea, luego de registrar que he adelantado otras proposiciones referendarias en el mismo 1994 y, más tarde, en 1998, 2003, 2007, 2009, 2010, 2015, 2016, 2017 y 2018. Más recientemente, reiteré que no puede acordarse—en Noruega, Barbados o Nueva Zelanda—nuevas elecciones sino a partir de un referendo (a menos que se acuerde la renuncia de Nicolás Maduro a su legítimo cargo de Presidente de la República). En Tiempo de Guerra (10 de junio de 2019), se propuso el siguiente grupo de consultas:

a. si el Pueblo quiere que se celebre en noventa días una nueva elección de Presidente de la República; b. si el Pueblo quiere que se celebre en noventa días una nueva elección de Asamblea Nacional; c. si el Pueblo quiere que se nombre de inmediato cinco nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral (“cinco personas no vinculadas a organizaciones con fines políticos”, Art. 296) según el siguiente procedimiento—distinto del previsto en ese artículo, que sólo el Poder Constituyente Originario puede sobrepujar—: dos de los nuevos rectores a ser nombrados por la Asamblea Nacional, dos por el Poder Ejecutivo Nacional y uno de mutuo acuerdo de estos dos poderes.

Diseño de mi hija Eugenia en franela que me regaló

Y en el último programa de Dr. Político en RCR (18 de mayo de 2019), expuse que podía introducirse una particular reforma de la Constitución que instituyera el Referendo Anual de la República propuesto hace veinticinco años. Éste es el fragmento de esa emisión postrera que concluye con el asunto:

Más allá de lo propugnado al proponerlo en abril de 1994, creo que debe añadirse al que se celebraría en el primer año de cada período constitucional lo siguiente, que es proposición de agosto de ese mismo año (referéndum #6, 8 de agosto de 1994):

…puede valer la pena considerar la siguiente idea: consultar a los Electores sobre los lineamientos generales del plan de desarrollo económico y social del Ejecutivo, el que hasta ahora, dicho sea de paso, es desconocido. La Constitución Nacional incluye ahora, gracias al Artículo 7º de su Enmienda Nº 2, la siguiente disposición: “El Ejecutivo Nacional en el transcurso del primer año de cada período constitucional, presentará para su aprobación, a las Cámaras en sesión conjunta, las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación”. En nuestra opinión, debiera ser a los Electores, no a las Cámaras del Congreso de la República, a quienes debiera solicitarse la aprobación de las “líneas generales del plan de desarrollo” del Ejecutivo. Esto, naturalmente, precisaría que la Constitución fuese modificada. No puede crearse de la noche a la mañana un carácter vinculante que colida con uno dispuesto expresamente en el texto constitucional. Pero si, como había argumentado el Gobierno, podía hacerse un referéndum no vinculante para consultar su diferendo con el Congreso, perfectamente puede celebrarse uno para el acto más esencial que puede haber en el ejercicio de la política: obtener la aquiescencia del Pueblo respecto del rumbo general del Estado de cuya soberanía es asiento.

Es decir, pasaría al Pueblo la atribución establecida en el Numeral 8 del Artículo 187 de la Constitución actual como prerrogativa de la Asamblea Nacional: «Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación, que serán presentadas por el Ejecutivo Nacional en el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada período constitucional».

Tratándose de una proposición de reforma constitucional, la iniciativa popular es exigida en 15% de los electores (Artículo 342 de la Constitución), pero la Asamblea Nacional por mayoría simple y el Presidente de la República en Consejo de Ministros proveen canales de igual eficacia y menor costo. De resto, la puerta debe permanecer abierta a la inclusión de otras cuestiones que convendría que el Pueblo considerase en ese Referendo Anual de la República. Dado que se trata de un referendo periódico preestablecido, creo que debe reducirse muy marcadamente la exigencia a la iniciativa popular para esas consultas adicionales. (Es de 20% de los electores para un referendo revocatorio, de 15% para convocar a constituyente o introducir un proyecto de reforma de la Constitución, de 10% para un referendo consultivo y la abrogación de leyes y de 5% para la abrogación de «los decretos con fuerza de ley que dicte el Presidente o Presidenta de la República en uso de la atribución prescrita en el numeral 8 del artículo 236 de esta Constitución», según estipula el Artículo 74; es decir, cuando ha sido autorizado al efecto mediante ley habilitante). Pienso que puede ser el requisito tan bajo como el de 1% de los electores (algo más de 200.000 ciudadanos en este momento); a fin de cuentas, el Numeral 7 del Artículo 204 de la Constitución prescribe que la iniciativa de las leyes corresponde «A los electores y electoras en un número no menor del cero coma uno por ciento de los inscritos e inscritas en el registro electoral permanente», o un poco más de veinte mil electores.

La conveniencia de apelaciones al juicio del Pueblo, el Poder Supraconstitucional, no es de índole coyuntural; tal cosa debe ser instituida con carácter periódico, como institución de empleo permanente que no esté sujeta a convocatorias electivas o azarosas. El Pueblo, en una verdadera democracia participativa, debe mandar (ya no sólo elegir) habitualmente.

………

Un último asunto de ingeniería, que me encuentro promoviendo: la constitución de una asociación permanente para facilitar la expresión de la iniciativa popular en las formas contempladas en la Constitución; esto es, en la convocatoria de referendos por esa iniciativa. Ella podría también auxiliar la formación de grupos de electores que puedan postular candidatos a cargos municipales, estadales o nacionales. He aquí dos párrafos del Proyecto SPV (Sociedad Política de Venezuela)—la sociedad que anticipaba a Sosa—, del 8 de febrero de 1985:

…una tercera clase de operación en la que in­tervendrá la Sociedad Política de Venezuela, junto con las ya mencionadas operaciones estatutarias y operaciones pro­gramáticas, está constituida por las operaciones electora­les. Y acá la Sociedad Política de Venezuela introduce una normativa que difiere radicalmente de la habitual partici­pación electoral de los actores políticos tradicionales. La Sociedad Política de Venezuela en ningún caso postulará a persona alguna para un cargo público electivo. Esta norma puede parecer a primera vista la negación de la esencia de lo político. Sin embargo, esto no significa en modo alguno que la Sociedad Política de Venezuela renuncia a toda participación en los procesos electorales del país. Al contra­rio, la Sociedad podrá emplear recursos financieros y téc­nicos en apoyo a la postulación de miembros suyos a cargos electivos, pero siempre y cuando los miembros en cuestión soliciten los recursos descritos luego de que hayan obte­nido el apoyo de un grupo de electores. Este apoyo deberá expresarse en un número de electores aún superior al que determinen las actuales leyes electorales venezolanas como definición de grupo de electores.

Con esta norma quiere consagrarse el principio de la re­presentación real, en sustitución de la representación in­completa e imperfecta que hoy en día supone la práctica partidista de imponerle a los ciudadanos unos representan­tes que menos lo son de la ciudadanía que de las circunstanciales oligarquías partidistas. No debe bastar que al­guien sea miembro de la Sociedad y en ese sentido se en­tienda que en principio tal persona comprenda la política desde un nuevo punto de vista. Ni siquiera debe bastar que los órganos directivos de la Sociedad consideren que uno de sus miembros es además particularmente idóneo para un cierto cargo electivo. La condición verdaderamente impor­tante debe estar dada por la voluntad de los electores mis­mos, por esa voluntad que continúa siendo mediatizada y es­camoteada en beneficio de una soberbia pretensión de los partidos de que son ellos más idóneos que el propio electo­rado para determinar quién debe representarlo. Por esto la norma de la no postulación tiene el más profundo sentido democrático, y la Sociedad Política de Venezuela de ese modo da substancia real y operante al concepto de la demo­cracia factible y verdadera opción para que nuevos actores políticos puedan acceder a la carrera de orientación pú­blica. Y precisamente por tratarse de proveer oportunidades a los nuevos actores, la Sociedad contará asimismo con los mecanismos por los cuales sea posible ayudar a nuevos acto­res políticos a darse a conocer a los electores. Pero serán éstos, en definitiva, quienes tendrán la voz determinante para decir: “queremos que sea éste quien nos represente”.

Deséenme, por favor, la suerte que no he tenido a tal fin en los últimos treinta y cuatro años. LEA

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* «La MUD ha escogido llamar a la consulta que organiza para el 16 de este mes un plebiscito en lugar de un referendo, básicamente para escapar a lo dispuesto en el Numeral 5 del Artículo 293 de la Constitución: ‘El poder Electoral tiene por función: 5. La organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos’. En verdad, se trata de términos sinónimos; El Diccionario de la Lengua Española define como plebiscito: 1. m. Resolución tomada por todo un pueblo por mayoría de votos. 2. m. Consulta que los poderes públicos someten al voto popular directo para que apruebe o rechace una determinada propuesta sobre una cuestión política o legal. En cambio ofrece para referendo (referéndum): 1. m. Procedimiento por el que se someten al voto popular leyes o decisiones políticas con carácter decisorio o consultivo. En verdad, la ruta de escape es precaria, puesto que la propia MUD publicó hace tres días una explicación de la iniciativa que comenzaba por decir: ‘…solicitamos a la Asamblea Nacional que, de acuerdo con el Artículo 71 de la Constitución Nacional, convoque a un Proceso Nacional de Decisión Soberana para que sea el pueblo quien decida el rumbo que debe asumir el país, decida o no adherirse masivamente a la aplicación de los artículos 333 y 350 de la Constitución, y a partir de ese resultado, activar el levantamiento democrático en la totalidad del territorio nacional y la activación de la Hora Cero nacional’. El Artículo 71 es, precisamente, el que norma los referendos consultivos, y su terminología no menciona un “proceso nacional de decisión soberana” ni emplea la palabra plebiscito. Como puse el 3 de julio (Película de terror): ‘Si la MUD finca su atropellada idea en la Constitución Nacional al citar el Artículo 71, no puede desatender ninguna otra de sus disposiciones; no se puede (debe) acoger la Constitución a pedacitos’, y la MUD escoge apelar a los Artículos 71, 333 y 350 y desconocer el Numeral 5 del Artículo 293′». (El tercer plebiscito, 6 de julio de 2017). La Comisión de Garantes de la MUD, presidida por Cecilia García Arocha, reportó la asistencia de 38,5% del registro electoral el 16 de julio de 2017, lo que evidentemente no constituía la mayoría de los electores, ni siquiera el 40%, a pesar de lo cual gente como Ma. Corina Machado insiste en considerar al evento como un «mandato del Pueblo». (Ver Exégesis crítica, 19 de julio de 2017).

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** El Preámbulo de nuestra vigente Constitución, una cláusula castellana compleja, tiene por oración principal la siguiente: «El pueblo de Venezuela… en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente {Constitución]», y la Disposición Final Única establece: «Esta Constitución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, después de su aprobación por el pueblo mediante referendo». (La única entre las muchas constituciones venezolanas que ha sido aprobada por el Pueblo, se refiere a él con inicial minúscula, mientras emplea la mayúscula para los poderes constituidos. La ANC en funciones, remolona pero sexodiversa, debiera instituir la mayúscula debida por fundamental respeto).

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Para descargar esta entrada como archivo de formato .pdf: Ingeniería de la participación

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Disposición de voluntad

Una oficina en la esquina de Miraflores

Una oficina en la esquina de Miraflores

 

La probabilidad de la cesantía prematura de Nicolás Maduro Moros de su cargo de Presidente de la República es muy significativa. (DatinCorp ha registrado el 2 de febrero que 72% del país desea su salida anticipada). Si tal cosa ocurriere antes del 10 de enero de 2017, la Constitución manda una nueva elección presidencial dentro de los treinta días siguientes a la falta absoluta, y en este caso procuraré que mi candidatura sea una posibilidad puesta a la disposición de mis compatriotas.

No cuento con la postulación de ningún partido político nacional; tampoco dispongo de los recursos necesarios a una campaña eficaz. En consecuencia, debo obtener ambas cosas del enjambre ciudadano. La ley permite la postulación hecha por un grupo de electores nacionales: 0,5% del registro nacional de electores, o 99.750 venezolanos distribuidos en al menos las tres cuartas partes de las 24 circunscripciones electorales del país. Por lo que respecta a los recursos, escribí en septiembre de 1987 acerca de este problema (21 años antes de que Barack Obama lograra superarlo en su campaña de 2008):

Es pronosticable que la mayoría de los actores con re­cursos, ante una solicitud de cooperación por parte de un outsider con tra­tamientos realmente eficaces, se pronunciarían por los términos dilemáticos más conservadores. Pero es concebible que una minoría lúcida entre los mismos pueda proveer los recursos exigidos por una campaña poco costosa en grado su­ficiente, al menos para cebar la bomba que pueda absorber los recursos totales del mercado político general, pues si la aventura cala en el ánimo del público, una multitud de pequeños aportes puede sustituir o complementar a un número reducido de aportes cuantiosos. (Sobre la posibilidad de una sorpresa política en Venezuela).

En ese tiempo, faltaban ocho años para la llegada de Internet a Venezuela; conviene a mi propósito que haya ahora más de 16 millones de internautas venezolanos (80% del más reciente registro electoral) con los que podré comunicarme. (70% de ellos está clasificado en los niveles socioeconómicos D y E. La Internet no es algo del Country Club; hay en los barrios venezolanos una innegable vocación de modernidad).

Creo, pues, que una campaña exitosa hacia la Presidencia de la República, si bien bastante difícil, no es de un todo imposible. En el trabajo ya citado argumentaba:

…si bien el éxito de una aventura así es por de­finición improbable—a fin de cuentas se trataría de una sorpresa—no es ne­cesariamente imposible, y (…) por lo contrario, la dinámica del proceso po­lítico venezolano hace que esa baja probabilidad inicial vaya en aumento.

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No es esa ingeniería, por imprescindible que sea, lo más importante. Lo verdaderamente sustancial es que muestre convincentemente que podría asumir tan grave responsabilidad idóneamente: que puedo poner a la orden del país la dotación intelectual conveniente, la capacidad ejecutiva demostrada y la conducta éticamente correcta. Me propongo ir ofreciendo tal explicación seria y responsablemente; por ahora anticipo que, en septiembre de 1995, compuse—y juré públicamente cumplir—un código de ética política, en el que se lee:

Podré admitir mi postulación para cargos públicos cuyo nombramiento dependa de los Electores en caso de que suficientes entre éstos consideren y manifiesten que realmente pueda ejercer tales cargos con suficiencia y honradamente. En cualquier circunstancia, procuraré desempeñar cualquier cargo que decida aceptar en el menor tiempo posible, para dejar su ejercicio a quien se haya preparado para hacerlo con idoneidad y cuente con la confianza de los Electores, en cuanto mi intervención deje de ser requerida.

Siempre he creído que mi responsabilidad sería la de aportar soluciones de cambio estructural en tiempo más bien corto, llevar el Estado venezolano a una condición de normalidad que pueda ser administrada a partir de allí por otros ejecutivos competentes:

No otra cosa, entonces, que un Jefe de Estado al que se le confíe como misión la tarea solónica de cambiar la frecuencia de nuestro Estado, y que se apoye en un Jefe de Gobierno (Vicepresidente) que se ocupe de lo táctico y lo cotidiano, sería garantía de que la necesaria reingeniería tenga lugar. Y, como a Solón, debiera buscársele entre quienes tengan, no sólo las calificaciones técnicas, profesionales y biográficas precisas, sino la vocación solónica de querer ser, más que presidente, un ex presidente. Esto es, que una vez cumplida en breve plazo—un par de años—la misión Cafreca, abandone el cargo para que se reingrese a la administración normal dentro de un nuevo Estado construido en el lapso de una administración extraordinaria. (Intervalo solónico, 11 de enero de 1996).

Si tuviere éxito en una eventual campaña y asumiere el cargo referido, jamás pensaría en presentarme a reelección, y esto facilitaría la toma de decisiones abrasivas, pues se efectuaría sin atención al freno de los «costos políticos», el cálculo de las conveniencias personales que difiere tratamientos necesarios.

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El 29 de junio de 2015, me preguntaba Eduardo Agüero para el semanario La Razón:

Se habló también acerca de las condiciones que debe reunir un líder que enfrente a Maduro…

He tratado este tema desde mucho antes de que tuviéramos conciencia de Maduro; específicamente, desde 1987. El 30 de noviembre pasado dije en otro programa de RCR que el primer rasgo de un sucesor deseable es que no venga ni del oficialismo ni de la oposición, pues tal vez sea nuestro principal problema político unir a un país dividido. (Datincorp registró el mes pasado que 17% de la opinión nacional cree que la solución de nuestros problemas vendría del oficialismo, 18% de la oposición y ¡56% de un nuevo liderazgo!) Tendría que ser, por supuesto, una persona con dotes ejecutivas demostrables y, por encima de todo, alguien conocedor del arte del Estado, que Tocqueville definió como “una clara percepción de la forma como la sociedad evoluciona, una conciencia de las tendencias de la opinión de las masas y una capacidad para predecir el futuro”. Obviamente, tendría que ser un estadista transideológico, clínico.

Y al mes siguiente, Doña Amparo Schacher me disparaba: “Tomando en cuenta su visión de la política como acto médico ¿cuál sería el método y cuáles las primeras medidas a tomar si Ud. fuese elegido presidente actualmente?” En este blog se encuentra mi contestación, donde puse entre otras cosas:

Lo primero que haría como Presidente es comunicar al país mi convicción de que las personas de convicción socialista, en su mayoría, son gente que privilegia la virtud de la solidaridad, y que no debe llegarse a la Jefatura del Estado con ánimo altaneramente justiciero. Ya en septiembre de 1987 escribía (en Sobre la posibilidad de una sorpresa política en Venezuela):

Si un aspirante a outsider sorpresivo, a “tajo” de las elecciones, plantea su campaña con un grado apreciable de vindicta, de falta de comprensión de lo que en materia de logros políticos debemos aun a los adversarios, obtendrá temprana resonancia y fracaso final. El outsider con posibilidad de éxito no se impondrá por una mera descalificación de sus contendientes y, en todo caso, no por descalificación que se base en la negatividad de éstos sino en la insuficiencia de su positi­vidad. El propio Isaac Newton reconoció: “Si pude ver más lejos fue porque me subí sobre los hombros de gigantes.”

Creo, por supuesto, que el socialismo, en tanto ideología, es terapia equivocada, medicina antigua, concebida en el siglo XIX como toda otra ideología—liberal o libertaria, social-demócrata o social-cristiana (o eso que ahora presentan como si fuera nuevo, un tal progresismo)—con la pretensión de saber cuál es la sociedad perfecta o preferible y quién tiene la culpa de que la sociedad actual no lo sea. Su presunción fundamental es errónea: a partir de unos pocos casos observables de empresarios nocivos para el grupo social, razonan que la empresa privada en general es perniciosa y por tanto debe ser establecido un “Sistema de organización social y económico basado en la propiedad y administración colectiva o estatal de los medios de producción y en la regulación por el Estado de las actividades económicas y sociales, y la distribución de los bienes”. (Diccionario de la Lengua Española). Si tal proceder fuese correcto, entonces habría que acabar con el Estado, pues son numerosos los casos de estados harto inconvenientes. Toda institución humana exhibe patologías, y la solución no es eliminarla, sino curarla.

Pero eso no es lo mismo que condenar al chavismo a la Quinta Paila del Infierno por toda la eternidad. Es posible hacer ver a quienes se inscriben en esa variedad del socialismo, aunque con dificultad, que su enfoque de la política es equivocado, como lo es toda posición ideológica. El error de mi contendiente no es causa de mi acierto, y nuestra tarea principal es la de reunir a un país ideológicamente dividido.

A Doña Amparo le presenté al comienzo una cita de algo que escribí hace dieciocho años:

La política no es la búsqueda y preservación y engrandecimiento del poder por cualquier medio eficaz, sino la potenciación de la salud pública. (…) Para esto habrá que dejar atrás un patrón político que se fija patológicamente sobre las reales o supuestas faltas de los contrincantes, nunca sobre las propias. No nos servirá para nada el reconcomio y la guerra habitual de las campañas y las oposiciones. A la transformación que es necesaria en el Estado venezolano deberemos entrar con alegría. La alegría de haber sobrevivido tantas vicisitudes y tan graves problemas y de tener ante nosotros nuevas oportunidades. Nos queda mucho por resolver, y para tener éxito será preciso cambiar la frecuencia de nuestro Estado, su arquitectura, sus dimensiones y su estilo. Será preciso, reitero, abandonar la noción de que la política es, por encima de cualquier cosa, un combate, un intento por legitimarse mediante el descrédito o anulación del competidor. En cuanto asumamos la sencilla noción de que la política es fundamentalmente la profesión de resolver problemas de carácter público, cambiará de modo esencial la acción del Estado. Esta es una revolución que inevitablemente tendrá que darse en el mundo. Simple. Como lo son todas las revoluciones verdaderas. ¿Qué impide que sea Venezuela el primer país del mundo en el que semejante tránsito se efectúe? Es una revolución, sí. Se trata de un cambio muy profundo. Pero es mi creencia que la revolución que necesitamos es distinta de las revoluciones tradicionales. Es una revolución mental antes que una revolución de hechos que luego no encuentra sentido al no haberse producido la primera. Porque es una revolución mental, una “catástrofe en las ideas”, lo que es necesario para que los hechos políticos que se produzcan dejen de ser insuficientes o dañinos y comiencen a ser felices y eficaces. (Si yo fuera Presidentereferéndum #24, 8 de diciembre de 1997).

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Espero, pues, ir aumentando mi comunicación con los electores venezolanos sobre esta disposición de ánimo, que asumo al negarme a la comodidad y la cobardía. LEA

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Otros enlaces pertinentes:

Tío Conejo como outsider

Retrato hablado

Cuestionario prerrevocatorio

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Postura en tránsito

Casi todo puede decidirse en referendos

 

…ante una crisis de la dimensión que padecemos, es insólito que no se procure el pronunciamiento del Pueblo, el Poder Constituyente Originario, en una democracia supuestamente participativa.

La Razón como anfitrión

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En febrero de 1985 proponía constituir una nueva asociación política en Venezuela, con el objeto de «llevar a cabo operaciones que transformen la estructura y la dinámica de los procesos políticos nacionales a fin de… [a]crecentar la democracia en dirección de límites que la tecnología política le permite». En su «documento base» se describía «un primer programa cuyo objetivo sea cambiar de modo significativo el ambiente político del país. (…) Su fase más importante y la que marcará la más significativa diferencia, será la de explicar el proyecto a la ciudadanía y recabar el apoyo de firmas para que ese proyecto sea introducido a las cámaras legislativas por la vía consagrada constitucionalmente de la iniciativa popular. (…) [s]e trata de señalar una conducta diferente: la de creer en una democracia factible más allá de la retórica, al emplear en la práctica los canales que nuestra propia legislación vigente ha dispuesto para la participación popular. Y es más que justicia que un proyecto de ley destinado a incrementar esa participación sea precisamente introducido por iniciativa popular».

La asociación jamás llegó a constituirse; era época regida por la Constitución de 1961, la que sólo contemplaba la posibilidad de referéndum en su Artículo 246, para el caso de una reforma general de la constitución. Dos meses antes del proyecto de febrero de 1985, había sugerido que la integración política latinoamericana no era una decisión de gobernantes sino de pueblos: «…hay un sentido profundo en el que la tesis, o más que la tesis la causa, puede ser declarada como correcta. En política la corrección final la confiere el entusiasmo del pueblo. ¿Por qué no consultar el asunto con él? ¿Por qué no preguntarle a los habitantes del área?» (Ver Debate Viso-Urbaneja-Alcalá, diciembre de 1984).

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En el último número de referéndum (clic amplía)

Entre febrero de 1994 y septiembre de 1998, produje una publicación de frecuencia aproximadamente mensual. Se llamaba referéndum, y el último de sus artículos principales llevó por título Primer Referendo Nacional. En diciembre de 1997, el Congreso de la República había reformado la Ley Orgánica del Sufragio y la Participación Política e introducido en ella un nuevo título—VI. De los referendos—consagrando de ese modo la figura del referendo consultivo: «Artículo 181. El Presidente de la República en Consejo de Ministros, el Congreso de la República por acuerdo adoptado en sesión conjunta de las Cámaras, convocada con cuarenta y ocho (48) horas de anticipación a la fecha de su realización, por el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de los miembros presentes; o un número no menor del diez por ciento (10%) de aquellos electores inscritos en el Registro Electoral, tendrán la iniciativa para convocar la celebración de un referendo, con el objetivo de consultar a los electores sobre decisiones de especial transcendencia nacional». Proponía, pues, en el último artículo de referéndum, que el presidente Caldera promulgara la consulta que luego convocó Hugo Chávez, para preguntarnos si queríamos elegir una asamblea constituyente. Allí decía cosas como ésta:

…es perfectamente sano para la Nación el referendo mismo y la propia Constituyente. Concebidos con serenidad, convocado uno por el actual Presidente de la República y la otra según las reglas que puedan derivarse de la consulta popular o de una no imposible reforma de la Constitución, restituirán en grado apreciable la disminuida seguridad política venezolana. Celebrado el referendo en diciembre de este año, para empezar, junto con las elecciones presidenciales, puede desaguarse por su fundamental cauce buena parte de la angustia ciudadana que hasta ahora sólo disponía de los cauces candidaturales y parece preferir uno entre ellos, el que se prevé más turbulento. Conduciendo buena parte del raudal de inconformes voluntades electorales por un brazo tan primario y portentoso como el de un referendo, es de esperar que la preferencia por lo tumultuoso disminuya, y así llegue a la Presidencia de la República un candidato inviolento.

Habríamos tenido, creo, una constituyente bastante distinta de la causada por Chávez y tal vez éste no hubiera sido ni siquiera elegido al perder la exclusividad de la marca constituyente, pero Rafael Caldera no quiso convocar el referendo necesario. En octubre de 1998, dos meses antes de la primera elección de Chávez, comenté (en artículo para el diario La Verdad de Maracaibo):  «…que el presidente Caldera haya dejado transcurrir su período sin que ninguna transformación constitucional se haya producido no ha hecho otra cosa que posponer esa atractriz ineludible. Con el retraso, a lo sumo, lo que se ha logrado es aumentar la probabilidad de que el cambio sea radical y pueda serlo en exceso. Éste es el destino inexorable del conservatismo: obtener, con su empecinada resistencia, una situación contraria a la que busca, muchas veces con una intensidad recrecida».

Más aún: cuatro años antes había adelantado en el segundo número de referéndum (Una visión de Venezuela, 4 de abril de 1994):

Lo aconsejable es confiar más en este pueblo. Lo aconsejable es un referéndum anual de la República. (…) Hay que confiar en que el pueblo de Venezuela puede aportar tanto en un referéndum anual como puede aportar a una empresa la asamblea de sus accionistas. Este referéndum debe producirse luego de la presentación de la cuenta ordinaria del Presidente de la República al término de cada año de su mandato. Debe pronunciarse por la aprobación o improbación de su memoria y cuenta y sobre su confirmación en el cargo o su cesantía. Todos los años.

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Un jurista pendular

Un jurista pendular

El 25 de febrero de 2002, expuse en el programa Triángulo de Televén un procedimiento para abolir el gobierno de Hugo Chávez desde el pronunciamiento explícito del Poder Constituyente Originario. Después de asegurarme (el 8 de marzo) que tal proposición era, «como decimos en Filosofía del Derecho, ontológicamente correcta», Hermann Escarrá la despachó sumariamente:

Dos días después de esa conversación, era entrevistado por su colega, Asdrúbal Aguiar, en el programa que éste tenía los domingos por la noche en CMT Canal 51. Ambos habitaban el Olimpo de los juristas, y allí conversaron sobre las opciones para resolver el problema Chávez. Escarrá comentó con escepticismo que había comenzado a hablarse de un procedimiento de abolición: “Su proponente—un sociólogo—lo llama Acta de Abolición”. Y repitió: “¡Un sociólogo!”, en el tono con el que se habría referido despectivamente a un criado de librea.

A los pocos días, y en vista del aparente éxito de la proposición, pensé que yo no tenía la más mínima capacidad para llevar la idea a la práctica y que, por tal razón, tendría que convencer a alguien que pudiera. Rápidamente descarté la posibilidad de interesar a Acción Democrática o COPEI, los desprestigiados partidos, y pensé que quizás Primero Justicia, un partido joven nutrido de abogados, fuera un vehículo adecuado. Solicité entonces una entrevista con Julio Borges. La primera cita fue un embarque. Creo ahora que Borges imaginó que le trataría el asunto que ya era público e hizo un intento por no encontrarse conmigo. Cuando reclamé molesto la desatención, propuso una nueva cita siete días después.

Borges me recibió acompañado por Gerardo Blyde, Liliana Hernández y otra persona de nombre descortésmente olvidado por mí, quien fungiera entonces como Secretario del partido. El grupo escuchó mi planteamiento acerca de un procedimiento de soberana abolición del gobierno de Chávez y no encontró manera de invalidarlo, ni lógica ni jurídicamente. Claro que Borges había equiparado la decisión de la Corte Suprema de Justicia del 19 de enero de 1999, que establecía la base de mi razonamiento, con un terremoto que habría causado, según él, “la destrucción total de las instituciones”.

Lo que sí hizo Borges al término de una sesión de resultados indefinidos fue invitarme a su despacho, donde me entregó una carpeta que contenía el trazado de la avenida que Primero Justicia pretendía construir: una enmienda constitucional para recortar el período de gobierno a Hugo Chávez, cuyo trabajo argumentativo había sido preparado por el abogado Juan Manuel Raffalli. Era sorprendente que quisiera alterarse el texto constitucional para resolver el problema de un presidente específico, y que predominara en el partido que Borges dirigía la ingenuidad de creer que la Asamblea Nacional, de mayoría chavista, consentiría en aprobar una disminución de los poderes de Hugo Chávez, “el líder del proceso”.

Allí sufrió el procedimiento de abolición una primera muerte. Al año siguiente, sería rematado por la Gente del Petróleo. (…) Arturo Castro tenía buenos contactos con la Gente del Petróleo, y al mismo tiempo creía en las bondades del tratamiento de abolición del gobierno. Por esto me propuso contactar a los líderes del paro en PDVSA para hacerles saber de esa avenida. Fuimos en enero de 2003 a una reunión convocada al efecto en un salón del Hotel Eurobuilding, muy cerca de lo que dio en llamarse Plaza de la Meritocracia, en la urbanización Chuao. Ya Horacio Medina había sido informado por Castro, y éste sabía por el primero de una cálida acogida preliminar de la idea. Esta posición de los petroleros fue confirmada al comienzo de la reunión, en la que Eddie Ramírez también manifestó su conformidad. Cuando estábamos ya adentrados en temas logísticos de la abolición, que Medina aseguró estaba en capacidad de resolver y manejar, apareció el muchacho de la película, catire y todo: Juan Fernández, la cara más visible de los petroleros en rebeldía. Este caballero aseguró que no sería necesario aplicar un tratamiento de abolición, puesto que el paro marchaba viento en popa y el gobierno caería irremisiblemente. No convenía, aseguró, complicar las cosas con un curso distinto de la huelga. (En Las élites culposas).

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Para el Secretario General de la OEA

En febrero del año siguiente redacté y entregué a César Gaviria el texto Memoria Clínica: Tratamiento de Abolición. Quien entonces fuera Secretario General de la Organización de Estados Americanos venía por aquellos días a mediar—junto con el expresidente de los Estados Unidos, James Carter—entre el gobierno y la oposición en Venezuela, luego de que el golpe de Carmona, la toma de la Plaza Francia por militares en rebeldía y el costosísimo e ineficaz paro petrolero hubieran fracasado como medios de terminar con el gobierno de Chávez. También le entregué una proposición alterna, Gran Referendo Nacional, en la que se lee: «Las heridas venezolanas son tantas y tan lacerantes, que no hay modo de curarlas sin una apelación perentoria al poder fundamental y originario del Pueblo, a través de un Gran Referendo Nacional». Nunca más volvería a ver a Gaviria.

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Visto que los febreros no son tiempo propicio para que proponga nada, y después de un largo período de recuperación, me atreví entonces en julio de 2009 a proponer, una vez más, el llamado a un pronunciamiento de la Corona. Escribí Parada de trote en el #341 de la Carta Semanal de doctorpolítico, donde puse:

Todas las encuestas que ha podido conocer quien escribe han dado recientes datos bastante similares. (…) …la mayoría de los venezolanos rechaza la pretensión de implantar en el país un sistema político-económico socialista… (…) ¿Qué hace uno con una mayoría tan fuerte? Pues procura que se exprese políticamente de modo válido. Pide que el asunto sea votado, pues está seguro de ganar una consulta que lo considera. Es ésa una regla política elemental. Quien tiene la mayoría quiere que se la mida y certifique, porque quien tiene la mayoría puede mandar. La mayoría abundante que no quiere un régimen socialista para Venezuela debiera apoyar la convocatoria, por iniciativa popular, de un referéndum consultivo sobre dicha posibilidad…

Ningún eco resonó de la propuesta en predios de la dirigencia opositora, por lo que, olvidando que el febrerismo no me es favorable, quise desafiar al mismísimo Hugo Chávez en Emplazamiento de Caracas (8 de febrero de 2010):

Comoquiera, pues, que Usted persiste en el empeño de convertir el Estado venezolano en uno francamente socialista y, de hecho, aprovecha el menor pretexto para expropiar y estatizar entidades económicas típicas de la esfera privada; comoquiera que no puede sostenerse válidamente que el Pueblo ha repudiado explícitamente la pretensión de convertir nuestro Estado en uno socialista, es de la mayor importancia, de la más especial trascendencia nacional, que se consulte directa e inequívocamente al Pueblo, al verdadero Soberano, sobre Su voluntad acerca de este punto.

Para evitar ambigüedades, la pregunta sometida a cada ciudadano del país en disfrute pleno de sus derechos políticos debe ser como ésta: “¿Está usted de acuerdo con la implantación en Venezuela de un sistema político-económico socialista?”

Por supuesto, según pauta el Artículo 71 de la Constitución, este preciso referéndum consultivo pudiera ser convocado “a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral”. Pero también señala ese artículo que lo mismo puede ser causado “por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros”, y es meridianamente claro que este último es el procedimiento más expedito y menos costoso para el país, en momentos de grande dificultad económica nacional.

De modo, pues, Señor Presidente, que si Usted ha recomendado insistentemente a sus opositores organizados en partidos políticos la convocatoria de un referéndum revocatorio en Su contra, a Usted puede recomendársele recíprocamente, más bien exigírsele, que convoque Usted mismo, en acuerdo con Sus ministros, el referéndum consultivo sobre la conveniencia de instaurar en nuestro país un régimen político-económico socialista.

Al menos comentaron ese artículo, la mayoría favorablemente, varios visitantes del blog, y una serie de entradas sobre el tema pareció culminar en Doctrina del referendo sobre el socialismo (junio de 2010):

La duda más frecuente en las comunicaciones recibidas, todas expresivas de un gran interés en la iniciativa, es si la promoción del referendo no afectará negativamente el desempeño de las campañas (especialmente las de candidatos de oposición) hacia las elecciones de la Asamblea Nacional.

Creo que la respuesta a esa duda es declarar que estas elecciones se afectarían significativamente por la inclusión del referendo en su misma fecha, el 26 de septiembre, pero de un modo totalmente contrario: las afectaría de una manera enteramente positiva. Esto es así por dos razones principales.

Asamblea resultante por miopía estratégica

Primera: porque el debate sobre la materia del referendo—la conveniencia o inconveniencia de instaurar en Venezuela un régimen socialista—contribuirá a clarificar el tema central de esta elección. La Asamblea Nacional en funciones o, más exactamente, su fracción dominante, la del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), ha asumido una línea de cooperación incondicional y aquiescencia plena a las intenciones y decisiones socializantes del Ejecutivo Nacional. Ahora todos los diputados de esa importante fracción hablan de socialismo como la justificación última de las leyes, investigaciones y acuerdos que aprueban con la mayor celeridad, para facilitar la acción del Presidente de la República en dirección del socialismo. Están con el Presidente en un compromiso de “patria, socialismo o muerte”. Este tema, por tanto, es el verdadero debate nacional, más allá de las muy razonables agendas legislativas de cada candidato a diputado, y de la crucial necesidad de restituir en el país un equilibrio de poderes enteramente extraviado.

Segunda: porque la importancia de la cuestión estimulará una mayor afluencia electoral el 26 de septiembre. Esto, por cierto, debiera ser asunto del mayor interés a los candidatos de oposición especialmente. Más de un estudio de opinión señala que, aun en circuitos donde la propensión a elegir candidatos de oposición es mayoritaria, una mayor tendencia abstencionista en el electorado opositor terminaría dando el triunfo a candidatos del oficialismo.

No es entonces ahora la primera vez que se rechaza la idea porque, antes de cruzar el puente del referendo, habría que cruzar el río de las elecciones de Asamblea. (Argumento reeditado por Jesús Torrealba el 23 de mayo de este año en la edición #145 de Dr. Político en Radio Caracas Radio, reforzado por la profunda noción de que «no vivimos en un cantón suizo»). Más de uno pretendió disuadirme:

NN me escribió el 9 de junio de 2010 para excitarme a que cesara en “esta cruzada”, aduciendo falazmente que las “últimas encuestas”, en particular la de Datos, señalaban la existencia en el país de una mayoría ciudadana a favor del socialismo. XX e YY, del Grupo La Colina, reiteraron la afirmación de NN, aunque no fueron capaces de mostrar la información del Pulso Nacional de Datos que corroboraría esa pretensión. El 27 de enero de 2011, Joseph Saade, quien sustituyó a su padre en la presidencia de Datos, hizo una presentación—Perspectivas del Consumidor y Opinión Pública—, en el foro Perspectivas Económicas de VenAmCham, que incluyó estas afirmaciones: «En cuanto al modelo socialista del Gobierno, 50% de la población está en desacuerdo versus 34% que está a favor. El estudio señala que sólo uno de tres venezolanos apoya el modelo del Presidente Hugo Chávez«. Saade es persona muy cercana al grupo de XX e YY. (En Las élites culposas).

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La misma noción, la misma fe en el pueblo, la misma convicción acerca de la corrección del tratamiento del chavoma por apelación al Soberano, ha sido expuesta por mí numerosas veces en Dr. Político en RCR—programa iniciado el 7 de julio de 2012—, ocurriendo la primera en la transmisión del 3 de noviembre de ese mismo año. Una de las versiones radiales del tratamiento fue explicada en El Gran Referendo. (6 de abril de 2014), y ya en junio de 1998 había escrito en referéndum (De héroes y de sabios):

Depende, por tanto, de la opinión que el líder tenga del grupo que aspira a conducir, el desempeño final de éste. Si el liderazgo venezolano continúa desconfiando del pueblo venezolano, si le desprecia, si le cree holgazán y elemental, no obtendrá otra cosa que respuestas pobres congruentes con esa despreciativa imagen. Si, por lo contrario, confía en él, si procura que tenga cada vez más oportunidades de ejercitar su inteligencia, si le reta con grandes cosas, grandes cosas serán posibles.

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Un posible veredicto acerca de tal periplo—el recuento precedente es sólo una fracción del recorrido—es que se trata de un evidente caso de terquedad. Pero una observación de John C. Maxwell me ofrece refugio: «El fracaso de los planes no debe interpretarse como el fracaso de la visión. Las visiones no cambian, sólo se refinan. Sé terco respecto de tu visión, pero flexible con tu plan».

Voy a intentar de nuevo. LEA

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Emplazamiento de Caracas

Escudo de Santiago de León de Caracas

Al Señor Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, desde Caracas, en 8 de febrero de 2010:

En los últimos tiempos, Señor Presidente, Usted ha desafiado, a quienes ejercen desde partidos políticos de la Nación una oposición pertinaz a Su modo de gobernar, a que intenten convocar un nuevo referéndum revocatorio de Su elevación a la Presidencia de la República. Esto lo ha hecho repetidas veces en tiempos recientes.

La consulta al Pueblo, el Máximo y Soberano Poder de la Nación—distinto de Usted, aunque Usted haya querido equipararlo, también muy recientemente, con Su persona—, es asunto recomendable en una democracia. En efecto, el Pueblo o, más bien, una mayoría de Él, elige al Primer Mandatario Nacional y a Sus representantes legislativos de la Asamblea Nacional, como lo hace en circunscripciones parciales del país con otros cargos de ámbito menor.

Igualmente, el Pueblo puede pronunciar Su opinión en materias de especial trascendencia nacional, puede abrogar leyes o aprobarlas, así como decidir sobre tratados con terceros estados que se sometan a Su consideración. Puede también revocar poderes conferidos en elecciones y, finalmente, decidir en lo tocante a las modificaciones de la Constitución o la promulgación de una enteramente nueva. Esto lo puede porque, en Su carácter de Poder Constituyente Originario, no tiene otra limitación distinta de los derechos humanos y los tratados válidamente convenidos con otras repúblicas. De resto, puede hacerlo todo y todo poder constituido, especialmente el que Usted ejerce, le está sometido.

Así que sería perfectamente posible la convocatoria y celebración de un referéndum revocatorio como el que ha venido siendo objeto de Su insistencia, pero no es en ningún caso el único referéndum concebible.

Hay uno en particular que es grandemente aconsejable: la consulta al Pueblo sobre la conveniencia de instaurar en nuestro país un régimen político-económico socialista.

La Constitución de Venezuela no define nuestro Estado como uno de esencia socialista. Su Artículo Segundo establece: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político”. Siendo que la postura socialista es sólo una entre varias opiniones políticas, mal puede establecerse en el país como predominante o única cuando la Constitución estipula claramente el pluralismo político.

Y es de conocimiento perfectamente público que Usted dirige, por repetida y propia admisión, al Poder Ejecutivo Nacional y el Estado todo hacia un tal “socialismo del siglo XXI”, de definición imprecisa pero de conducta inequívoca, en total correspondencia con la definición que de socialismo ofrece el Diccionario de la Lengua Española: “Sistema de organización social y económico basado en la propiedad y administración colectiva o estatal de los medios de producción y en la regulación por el Estado de las actividades económicas y sociales, y la distribución de los bienes”. (El castellano, naturalmente, a tenor de lo establecido en el Artículo 9 de la Constitución, es el idioma oficial en Venezuela, y su sentido, para cualquier propósito serio, está definido en el diccionario mencionado de la Real Academia Española).

Sin embargo, el Pueblo de Venezuela no ha sido nunca explícitamente consultado sobre materia de tan grande trascendencia, aunque un Estado venezolano socialista afectaría profundamente las costumbres de la Nación y alteraría radicalmente la suprema normativa constitucional.

Es verdad que Usted habló de “socialismo del siglo XXI” antes de ser reelecto en 2006, pero para la época esa noción era todavía muy nebulosa puesto que, según Su propia declaración, ese socialismo tendría que ser inventado. Esto es, quienes votaron por Usted el 3 de diciembre de 2006 estaban impedidos de saber en qué consistía Su proposición o intención de establecer en el país un régimen de “socialismo del siglo XXI”.

En cambio, pudiera argüirse que los venezolanos ya nos pronunciamos al efecto el 2 de diciembre de 2007. Pero esto último no es verdad. Ese día rechazamos dos proyectos de reforma constitucional propuestos por Usted y por la Asamblea Nacional, pero en ninguno de los dos se consultaba tan portentosa materia de manera franca y clara.

Hubo, sí, en esos proyectos intentos de contrabandear una imposición a la Nación de un régimen socialista. Por ejemplo, en la modificación pretendida del Artículo 16 de la Constitución, relativo al territorio nacional, se decía: “Las comunas serán las células sociales del territorio y estarán conformadas por las comunidades, cada una de las cuales constituirá el núcleo territorial básico e indivisible del Estado Socialista Venezolano”. Se quería también cambiar el Artículo 70 y decir: “Son medios de participación y protagonismo del pueblo, en ejercicio directo de su soberanía y para la construcción del socialismo…” Al pretender la modificación del Artículo 103, en lo tocante a una “educación integral”, se quiso normar: “…el Estado realizará una inversión prioritaria de acuerdo a (sic) los principios humanísticos del socialismo bolivariano…” Etcétera.

Pero, por una parte, Usted no parece dispuesto a darse por aludido con la inequívoca manifestación del Pueblo, a pesar de que Usted mismo comentara luego del 2 de diciembre de 2007: “Quizás no estamos maduros para empezar un proyecto socialista, sin temores. No estamos listos todavía para emprender un gobierno abiertamente socialista”. Por la otra, conviene estar seguros en asunto tan grave. Los proyectos de reforma constitucional derrotados el 2 de diciembre de 2007, que negaron de pleno derecho todas y cada una de las aproximaciones indirectas mencionadas, comprendían la modificación de sesenta y nueve artículos de la Carta Magna, y puede sostenerse que a nadie le es posible especificar con seguridad a qué fue exactamente lo que una mayoría de electores negó su aquiescencia, puesto que las modificaciones individuales fueron amalgamadas en dos proyectos compuestos, cada uno, por muchos artículos. Usted pudiera argumentar con lógica validez que nadie sabe si el Pueblo negó, en aquella oportunidad, la implantación en Venezuela del indefinido “socialismo del siglo XXI”, base y justificación primordial de Su actuación.

Comoquiera, pues, que Usted persiste en el empeño de convertir el Estado venezolano en uno francamente socialista y, de hecho, aprovecha el menor pretexto para expropiar y estatizar entidades económicas típicas de la esfera privada; comoquiera que no puede sostenerse válidamente que el Pueblo ha repudiado explícitamente la pretensión de convertir nuestro Estado en uno socialista, es de la mayor importancia, de la más especial trascendencia nacional, que se consulte directa e inequívocamente al Pueblo, al verdadero Soberano, sobre Su voluntad acerca de este punto.

Para evitar ambigüedades, la pregunta sometida a cada ciudadano del país en disfrute pleno de sus derechos políticos debe ser como ésta: “¿Está usted de acuerdo con la implantación en Venezuela de un sistema político-económico socialista?”

Por supuesto, según pauta el Artículo 71 de la Constitución, este preciso referéndum consultivo pudiera ser convocado “a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral”. Pero también señala ese artículo que lo mismo puede ser causado “por iniciativa del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros”, y es meridianamente claro que este último es el procedimiento más expedito y menos costoso para el país, en momentos de grande dificultad económica nacional.

De modo, pues, Señor Presidente, que si Usted ha recomendado insistentemente a sus opositores organizados en partidos políticos la convocatoria de un referéndum revocatorio en Su contra, a Usted puede recomendársele recíprocamente, más bien exigírsele, que convoque Usted mismo, en acuerdo con Sus ministros, el referéndum consultivo sobre la conveniencia de instaurar en nuestro país un régimen político-económico socialista.

Si Usted cree verdaderamente en la democracia participativa, si Usted puede ver que la pretendida instauración modifica profundamente la estructura y el concepto del Estado venezolano y las costumbres de la Nación, si puede ver que Usted no tiene derecho de imponer tal cosa, por su gravedad, sin recabar la opinión del Soberano, entonces Usted no puede negarse a la inmediata convocatoria del referéndum descrito. Usted nos debe esa consulta; se la debe al Pueblo, el Poder que le supera.

Es emplazamiento que le hace en Caracas, en calidad de Ciudadano e integrante del Poder Constituyente Originario,

Luis Enrique Alcalá

C. I. 2.139.408

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Aquí, lectura de lo que antecede en archivo de audio:

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