La imaginación al poder

Jacques-Louis David: Juramento de la cancha de pelota (10 de junio de 1789)

Jacques-Louis David: Juramento de la cancha de pelota (20 de junio de 1789)

 

L’imagination au pouvoir

Pinta en la Universidad de La Sorbona, París, mayo de 1968

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Vuelve por sus fueros la idea de una asamblea constituyente como salida eficaz y definitiva al estado de deterioro político de la Nación. En toda apariencia, no se ha pedido permiso al dueño monopólico de su franquicia, el constitucionalista Herman Escarrá. (Fue miembro de la Comisión Presidencial Constituyente de Hugo Chávez—antes de su primera toma de posesión—, diputado a la Asamblea Constituyente de 1999 y proponente de su reedición desde 2002, a sólo tres años de promulgada «la mejor constitución del mundo», cuando todavía no había regresado a jugar en las filas oficialistas). A mediados de 2008, y en aprovechamiento de su protagónica oposición a los proyectos de reforma constitucional de 2007 (derrotados en referendo del 2 de diciembre de ese año), el general Raúl Isaías Baduel la proponía en un libro de su pluma—con el modesto título de Mi solución—que presentó Ismael García en territorio de Leopoldo López, el compacto auditorio de la Fundación Cultural Chacao. Ya en diciembre del año anterior, luego de la negación de los proyectos de Hugo Chávez y Cilia Flores, había decidido copiar la receta que Manuel Rosales hubiera prescrito el 25 de septiembre de 2007: “Yo creo que, definitivamente, en Venezuela, después de este referendo constitucional hay que pensar seriamente en la realización de una Asamblea Nacional Constituyente porque es la refundación y la reconciliación del país”. (Ver Receta de reconstituyente, Un kilo de estopa y Receta reencarnada para una enumeración y refutación del exhaustivo catálogo de equivocaciones de Rosales y Baduel. Diego Arria también propuso la celebración de una constituyente el 8 de diciembre de 2011, ocurrencia que este blog comentó en su momento).

La más reciente reiteración de la cosa llegó en un correo de ayer, con el texto de un artículo que Julio César Moreno León ha llamado Constituyente, el camino legítimo. Ésta es su premisa mayor: «La crisis venezolana evoluciona rápidamente hacia un violento conflicto político y social». A partir de ella, Moreno León hace un inventario bastante completo de los múltiples problemas que agobian a los venezolanos y de las malas artes del gobierno, para concluir:

El cuadro político, económico y social al que nos referimos, llevó al liderazgo democrático a denunciar la ilegitimidad del régimen. Este paso al asumirse adquiere un carácter irreversible, pues se enfrenta a las instituciones fundamentales del Estado, en la convicción de que ellas perdieron su verdadera naturaleza y por tanto deben ser sustituidas. Cuando un sistema es rechazado por la conciencia colectiva de un país no puede seguir existiendo. Cuando los gobernantes son espurios, no se puede negociar su permanencia en el poder, y mucho menos darle soporte a una estabilidad reñida con el origen y desempeño de la democracia. La Asamblea Constituyente es una alternativa prevista en la Constitución Bolivariana para superar de manera pacífica y legal el más grave conflicto que la República haya vivido en los últimos años de su historia. En la oposición hay pueblo y liderazgo para transitar con éxito este camino. Para todos, gobierno y oposición, recordemos que el 347 de la Constitución establece que el pueblo es el poder constituyente originario, y  que en el 348 dice que el 15 por ciento de los electores inscritos en el Registro Electoral tienen, sin ningún otro requisito, la iniciativa de convocar una Asamblea Constituyente. Ese es el camino. El único camino.

Bueno, quizás no convenga adoptar una vez más la terminología del oficialismo al escribir «Constitución Bolivariana»—la última provista por Bolívar era la de 1819, propuesta en el Congreso de Angostura—, pero el análisis de la idea que ahora recicla Moreno León requiere algunas precisiones conceptuales.

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Habitualmente se confunde el Poder Constituyente con una asamblea constituyente. Esto último es invento francés: proponiéndose abolir la monarquía, hasta entonces depositaria de la soberanía, la Asamblea Nacional de Francia se constituyó el 17 de junio de 1789 y siguió la doctrina expuesta por Emmanuel Joseph Sieyès (1748-1836), según la cual la soberanía reside en el pueblo. Tres días más tarde, sus miembros juraban (Serment du jeu de paume) no separarse hasta que hubieran dotado a Francia con una constitución. Estos acontecimientos son la raíz histórica de la doctrina constitucional moderna; la soberanía—DRAE: 2. f. Autoridad suprema del poder público—, un poder que no reconoce otro sobre él, únicamente iguales en otros estados, tiene su asiento en el Pueblo. No otra cosa es la definición de una democracia.

Obviamente, los diputados a los Estados Generales convocados por Luis XVI, en particular los del Tercer Estado (ni nobles ni clérigos) no eran el pueblo francés, sino sus representantes; la soberanía no residía en ellos. A pesar de esto, tiende a pensarse que el poder constituyente y una asamblea constituyente—como la francesa en la definición del Juramento de la cancha de pelota, son sinónimos.

Veamos. Primero que nada, hay una confusión en esta redacción del articulista: «el 347 de la Constitución establece que el pueblo es el poder constituyente originario». La cosa es que el Pueblo es el Poder Constituyente Originario y que es él quien establece la Constitución incluyendo, por supuesto, su artículo 347. Moreno León tiene acá los términos invertidos.

Luego, cuando se iniciaba la Revolución Francesa, faltaban doscientos años para la emergencia de Internet. La tecnología política de la época hacía realmente engorrosa una comparecencia del poder constituyente completo. (A pesar de lo cual, Napoleón Bonaparte dispuso, como Primer Cónsul de los franceses, un plebiscito que le dio poderes vitalicios en mayo de 1802, una consulta general que le reportó 3.568.885 votos a su favor y 8.374 en contra; ni Chávez en sus mejores días). En tales circunstancias, era natural que se pensara en una asamblea de representantes como depositaria de la soberanía aunque no lo fuera.

Capriles y Chávez en 1999

Capriles y Chávez en 1999

Pero no debe persistir esta confusión de cualidades. No hay otro Poder Constituyente Originario que el Pueblo. Cuando en 1999 se postulaba que la Asamblea Constituyente elegida ese año tenía carácter originario, tan equivocada doctrina se impuso ante la catatonia evidente de una oposición que no supo señalar lo obvio: que lo único originario es el Pueblo.

Esta abdicación permitió que la Asamblea Constituyente gobernara por decretos que alteraron la “especificación arquitectónica del Estado” contenida en una constitución que aún regía, incluyendo la decapitación del Congreso de la República, al cercenarse la cabeza del Senado en lo que llegaría a llamarse la “Pre-eliminación del Senado”—cuerpo que había sido elegido directamente por los ciudadanos de Venezuela apenas finalizando el año anterior—, antes de que la nueva Constitución entrara en vigencia. Los partidos de oposición continuaron sumidos en el silencio—Henrique Capriles Radonski siguió despachando como Presidente de la Cámara de Diputados como si la cosa no fuera con él—y una escarmentada Corte Suprema de Justicia tampoco opuso mucha resistencia. (Las élites culposas, pág. 120).

En Contratesis, un artículo del 10 de septiembre de 1998 que publicara el diario La Verdad de Maracaibo, ofrecí el argumento que la oposición no supo esgrimir:

La constituyente tiene poderes absolutos, tesis de Chávez Frías y sus teóricos. Falso. Una asamblea, convención o congreso constituyente no es lo mismo que el Poder Constituyente. Nosotros, los ciudadanos, los Electores, somos el Poder Constituyente. Somos nosotros quienes tenemos poderes absolutos y no los perdemos ni siquiera cuando estén reunidos en asamblea nuestros apoderados constituyentes. Nosotros, por una parte, conferiremos poderes claramente especificados a un cuerpo que debe traernos un nuevo texto constitucional. Mientras no lo haga, la Constitución de 1961 continuará vigente en su especificación arquitectónica del Estado venezolano y en su enumeración de deberes y derechos ciudadanos. Y no renunciaremos a derechos políticos establecidos en 1961. Uno de los más fundamentales es, precisamente, que cuando una modificación profunda del régimen constitucional sea propuesta, no entrará en vigencia hasta que nosotros la aprobemos en referéndum.

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La base jurídica sobre la que fuera montado el proceso constituyente de 1999 fue echada en la decisión de la Corte Suprema de Justicia del 19 de enero de ese año. La doctrina constitucional básica de los venezolanos está expuesta en esa sentencia, muy fundamentalmente correcta. (Julio Borges la consideró monstruosa, al caracterizarla como un «terremoto» que «ordena y consagra la destrucción total de las instituciones»).

Se trata de la decisión sobre recurso de interpretación interpuesto ante la Sala Político-Administrativa sobre la posibilidad de consultar a los Electores si era su voluntad la convocatoria a una Asamblea Constituyente. ¿Qué estableció esa decisión? Pues que sí podía preguntarse al Soberano si deseaba convocar a una asamblea constituyente, en primer término, y luego, que podía emplearse a este efecto el cauce disponible a partir de la reforma de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de diciembre de 1997. ¿Qué podía contestar, en respuesta a ese recurso de interpretación del artículo 181 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, la Corte Suprema de Justicia? ¿Que no podía preguntarse al Soberano si deseaba convocar un proceso constituyente? ¿Que no podía preguntarse al accionista de la empresa, al dueño del terreno, si quería escoger un grupo de asesores que le presentase unos estatutos enteramente nuevos, si quería elegir un grupo de arquitectos que le mostrara, no ya un anteproyecto de remodelación de los balcones de su edificio, sino un concepto arquitectónico completamente diferente para un edificio que reemplazase por completo al existente?

La Corte contestó, muy acertadamente, que esta consulta sí podía hacerse al Poder Constituyente Originario. Y lo hizo de una vez, al comienzo mismo de la argumentación. La Corte estimó, en perfecta consistencia con la más elemental doctrina de la democracia, que el Pueblo, en su carácter de Poder Constituyente Originario, era un poder supraconstitucional, puesto que es la Constitución la que emana del Pueblo, y no a la inversa. No fue que la Corte instituyese o estableciese esa supraconstitucionalidad. Lo que la Corte hizo fue reconocerle al Pueblo ése su carácter originario y supremo. Y es por tal razón que la Corte asentó la doctrina de que, en ese carácter, el Pueblo no está limitado por la Constitución, la que sólo limita al poder constituido, y por ende podía discutirse sobre una constituyente aunque tal figura no estuviese contemplada en la Constitución de 1961… Eso es lo que Borges (…) considera un terremoto. (…) habría preferido que la Corte hubiera establecido la doctrina contraria: que el Pueblo es producto de la Constitución y no a la inversa. Mentes más claras, como la del Sr. Nuncio Apostólico Monseñor Andrés Dupuy, han advertido: “…podríamos decir de la Constitución de un Estado lo que el Señor decía del sábado: así como el sábado se hizo para el hombre y no el hombre para el sábado, así una Constitución está hecha para el Pueblo y no el Pueblo para una Constitución”. (Las élites culposas, págs. 108-109).

En Contratesis, me había adelantado por un poco más de cuatro meses a esa interpretación de la Corte:  «…el Poder Constituyente, nosotros los Electores, estamos por encima de cualquier constitución. Si aprobamos la convocatoria a una constituyente eso es suficiente». En todo caso, el proceso de 1999 dio origen a la Constitución vigente, la misma que fuera rechazada por una oposición que convocó a su repudio en el referendo del 15 de diciembre de 1999, que antes negaba la convocatoria a constituyente en la campaña electoral de 1998, la misma oposición que ahora esgrime Constitución y constituyente; por ejemplo, en el artículo de Moreno León.

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De modo que vuelve a pensarse en una constituyente como salvavidas, cuando su función es otra: «…transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución». (Artículo 347). En efecto, la transformación del Estado y la creación de un nuevo ordenamiento jurídico se concretan precisamente en una nueva constitución. Si se quisiera ir más allá de eso, interpretando que la facultad de transformar el Estado permite algo como la «Pre-eliminación del Senado», o las destituciones de la Asamblea Nacional y el Tribunal Supremo de Justicia intentadas por Pedro Carmona Estanga en su infame y deforme decreto de usurpación, se estaría incurriendo en los mismos abusos y vicios de 1999 y 2002.

Pero entonces, ¿qué pudiera inscribir Moreno León en una nueva constitución? ¿Que la Fuerza Armada Nacional «constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política», y que «está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna»? Eso ya está redactado en el Artículo 328 de la Constitución que nos rige actualmente. ¿O que el Presidente de la República está obligado «a procurar la garantía de los derechos y libertades de los venezolanos y venezolanas, así como la independencia—de Cuba, por caso—, integridad, soberanía del territorio y defensa de la República»? Ya esto ha sido estipulado en el Artículo 232. ¿Tal vez que el Poder Ciudadano «es independiente y sus órganos gozan de autonomía funcional, financiera y administrativa» o que, más en general, todos los poderes públicos—Municipal, Estadal, Nacional (dividido en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral)—tengan «sus funciones propias»? Tales disposiciones existen en los Artículos 273 y 136. ¿Quizás que una nueva constitución deba garantizar el derecho de propiedad y que toda persona tenga «derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes»? Pues el constituyente de 1999 ya se adelantó con una normativa tal en el Artículo 115 de la actual Carta Magna.

El problema no es la Constitución, sino el desacato oficial a sus principios y normas. Si se quisiera modificar algunas de ellas no se necesitaría una constituyente; los procedimientos de reforma y enmienda, igualmente de posible introducción por iniciativa popular, están disponibles para ese cometido preciso.

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Naturalmente, cabe aún un tratamiento más radical. La doctrina de enero de 1999 reconoce que el Poder Constituyente Originario no está limitado por la Constitución, que sólo limita a los poderes constituidos. Es esto, justamente, lo que su condición de supraconstitucionalidad significa: que el Soberano puede disponer cosas no contempladas en la Constitución, sin otro límite que los derechos humanos y los compromisos válidamente contraídos con otros países.

Es, entonces, cosa enteramente posible y constitucional—lo constitucional, asentó la Corte Suprema de Justicia el 19 de enero de 1999, no está contenido por completo en una constitución específica—la presentación a referendo del Poder Constituyente Originario del texto de una constitución enteramente nueva, sin necesidad de que éste provenga de una asamblea constituyente. No estamos en Francia ni en 1789.

Inicio de la Declaración de Virginia

Inicio de la Declaración de Virginia

O puede abolirse un gobierno concreto por decreto de la Corona, del Poder Constituyente Originario, del Pueblo, único asiento de la soberanía. El derecho de rebelión corresponde solamente a «una mayoría de la comunidad». Así como la noción de que la soberanía reside en el pueblo la debemos a los franceses de 1789, la definición del derecho a rebelarse la recibimos de los estadounidenses de 1776: “…cuando cualquier gobierno resultare inadecuado o contrario a estos propósitos—el beneficio común y la protección y la seguridad del pueblo, la nación o la comunidad—una mayoría de la comunidad tendrá un derecho indudable, inalienable e irrevocable de reformarlo, alterarlo o abolirlo, del modo como sea considerado más conducente a la prosperidad pública”. (Declaración de Derechos de Virginia, 12 de junio de 1776).

Una mayoría certificada de la comunidad puede tomar la decisión de abolir el presente gobierno, como cualquier otro. Aunque la figura de abolición no esté contemplada en la Constitución vigente, su empleo sería enteramente constitucional, del mismo modo que se consultó el 25 de abril de 1999 al Soberano sobre su deseo de elegir una asamblea constituyente, aunque esta figura particular no estaba contemplada en la Constitución de 1961. Si esto no se admitiera, toda la base jurídica de los poderes públicos venezolanos quedaría reducida a polvo, y no fue capaz el diputado oficialista Omar Meza Ramírez (QEPD) de refutar la idea el 25 de febrero de 2002, cuando fuera ella expuesta en el programa Triángulo que entonces transmitía Televén.

Este tratamiento definitivo—la firma de un Acta de Abolición por una mayoría nacional—fue desatendido por la dirigencia opositora en ese año y el siguiente; ella prefirió promover o cohonestar un incomprensible proyecto de enmienda para el recorte del período presidencial, el Carmonazo, la «liberación» (más bien toma) de la plaza Francia en Altamira por militares disidentes, el suicida paro petrolero, el mal manejado referendo revocatorio y la aplicación jamás intentada del Artículo 350 de la Constitución. (Sin considerar la proposición Escarrá para una nueva constituyente y los llamados más o menos explícitos a levantamiento o magnicidio). Así se dilapidó la clara mayoría nacional que a comienzos de 2002 prefería que Hugo Chávez cesara en sus funciones, mientras se desoía el consejo de una rebelión más fundamental y enteramente legítima y democrática. Claro que algo tan portentoso como la abolición de un gobierno requiere una ingeniería política adecuada, pero ésta existe.

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La convocatoria en referendo y la elección de una asamblea constituyente, por lo demás, requieren el concurso del Consejo Nacional Electoral, el órgano al que Moreno León pinta como «fraudulenta maraña tejida» para «robarse» la presunta victoria de Capriles Radonski el pasado 14 de abril. ¿Cómo, entonces, nos asegura él que ese mismo aparato permitiría la elección de una asamblea constituyente que fuera contraria a los intereses del consorcio de gobierno? Los diputados a una constituyente son elegidos por circunscripciones electorales, y una minoría de 48,13% de los votos en 2010 significó, gracias a las recomposiciones de distritos electorales que la Ley Orgánica de Procesos Electorales permite, que el oficialismo obtuviera 98 escaños parlamentarios contra 65 de la MUD (47,22%) y 2 de PPT (3,14%). ¿Puede garantizar Moreno León que para elegir una constituyente no habría resultados similares?

Todo depende, por supuesto, de las proporciones de los bandos en los eventos electorales que serían necesarios. ¿Qué es lo último que se conoce al respecto? Este hijo de vecino sólo sabe lo que informó ayer Eugenio Martínez en El Universal. (Encuesta Varianza: se deteriora popularidad del Gobierno). He aquí la infografía de su nota:

La imagen amplía con un clic

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Martínez reporta que la aprobación (42,7%) de la gestión gubernamental ha perdido ocho puntos porcentuales en los últimos dos meses y su desaprobación ascendió 6,4 hasta 47,4%. ¿Significa tal cosa que el mandado está hecho y que se propinaría una paliza al gobierno en una hipotética elección de constituyente? No si se considera que todavía 45,3% de los encuestados indica estar satisfecho con los resultados de la elección de abril, ante 41,3% de inconformes; también es de considerar que una mayoría de 65,4% espera un diálogo entre gobierno y oposición. Aunque, claro, la medición de Varianzas cerró cuatro días antes de la bomba de la grabación de Mario Silva, y es sensatísimo apostar a que el deterioro súbito de la aprobación del gobierno por ese hecho es muy considerable. Aun así, parece que el presidente Maduro no está todavía totalmente ídem.

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En síntesis, no es posible aceptar la idea de una constituyente como panacea que pueda curar la enfermedad política venezolana. Luce aconsejable atreverse con mayor imaginación estratégica, aunque ésta sea prestada. LEA

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MUD: marca de camisas de fuerza (actualizado)

A las 6 p. m. del miércoles 25 de enero, el Licdo. Jesús Urbina me entrevistó en el programa Agenda Pública, que conduce en la emisora de radio de la Universidad del Zulia, LUZ Radio. Urbina centró sus preguntas sobre el tema del programa de la MUD, haciendo referencia a esta entrada. He aquí el archivo de audio de la conversación:

A la medida de seis precandidatos

 

Los signatarios de este acuerdo respaldaremos de forma unitaria al candidato que en las primarias del 12 de febrero sea escogido como abanderado de la Unidad Democrática en las próximas elecciones presidenciales. Igualmente nos comprometemos a respaldarlo de manera unitaria y transparente en el ejercicio de la Presidencia de la República y en el cumplimiento de nuestro programa de gobierno.

Mesa de la Unidad Democrática

Lineamientos del Programa de Gobierno de Unidad Nacional (en revisión), diciembre de 2011

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Invitación

Ramón Guillermo Aveledo pudiera argüir que no me gustan ni los huevos fritos, una vez que sepa, como seguramente espera, que los Lineamientos del Programa de Gobierno de Unidad Nacional, a ser firmados en compromiso por los precandidatos y los dirigentes de la MUD el próximo 23 de enero, no me convencen en lo absoluto. También podrá decir, una vez escrito lo precedente, que él no se ocupa en lo más mínimo de lo que escribo. Por si acaso, no obstante, quiero aducir pruebas, primero que nada, de que el estilo planificador plasmado en el documento referido—LPGUN, para abreviar—es algo contra lo que he advertido desde hace mucho tiempo, bastante antes de la existencia de la Mesa de la Unidad Democrática, que él coordina con tanta diplomacia y tino.

Mi primer libro (Krisis: Memorias prematuras) salió a la luz en marzo de 1987, hace casi veinticinco años. En él puse, comentando el intento candidatural de Rafael Caldera en 1983:

La pirámide programática de Caldera era manejada por Luís Enrique Oberto, una de las “caras nuevas” que ya había sido su ministro de planificación y el conductor del programa de gobierno de Luís Herrera, el famoso texto que éste llamó Mi compromiso con Venezuela. El inconveniente de esta forma de redactar programas de gobierno es que el resultado final tiende invariablemente a la incoherencia. Más de una vez he asistido a reuniones de ese cuño. Desde una media docena de personas hasta varias decenas en algunos casos, se reúnen a “echar ideas” o a leer sus ponencias favoritas. Usualmente no le es dado al director de la reunión, aunque piense que oye alguna idea impertinente, rechazar muchas de las proposiciones, pues el compañero de Achaguas se podría resentir y el apoyo de Fulanito y los fulanistas sería escatimado. La sumatoria de un proceso de tal naturaleza es de un grado de incompatibilidad tal, o de un carácter tan absolutamente negador del concepto de prioridades (al incluir prácticamente de todo), que no es posible nunca llevarla a la práctica si se llega a ganar las elecciones.

Una lágrima tardía

Cuando la persistencia de Rafael Caldera lo llevó por segunda vez a Miraflores, inicié en febrero de 1994 la publicación mensual referéndum. Escribí para inaugurarla el trabajo Los rasgos del próximo paradigma político, en el que se lee entre otras cosas:

La confusión de la herramienta con el fin explica mucho de los resultados de la política nacional. La discusión pública venezolana se halla a punto de agotar los sinónimos castellanos del término conciliación. Acuerdo, pacto, concertación, entendimiento, consenso, son versiones sinónimas de una larga prédica que intenta convencernos de que la solución consiste en sentar alrededor de una mesa de discusión a los principales factores de poder de la sociedad. Nuevamente, no hay duda de que términos tales como el de conciliación o participación se refieren a muy recomendables métodos para la búsqueda de un acuerdo o pacto nacional. No debe caber duda, tampoco, que no son, en sí mismos, la solución.

Tomemos el caso, por ejemplo, de la insistente proposición de una asamblea constituyente, bandera de lucha del llamado Frente Patriótico, asumida como lema electoral de José Antonio Cova, repropuesta por Oswaldo Álvarez Paz al término de las elecciones, voceada por Eduardo Fernández después del 4 de febrero de 1992, admitida como posibilidad por Rafael Caldera en su «Carta de Intención». El problema es que el Frente Patriótico no ha presentado un proyecto de constitución, y tampoco los demás actores mencionados. Es decir, se insiste en hablar de la herramienta sin hablar del producto que ésta debe construir.

Por otra parte, el método mismo tiende a ser ineficaz. Los ideales de democracia participativa, la realidad de la emergencia de nuevos factores de influencia y poder, han llevado, es cierto, a la ampliación de los interlocutores de las «mesas democráticas» de las que debe salir el ansiado «acuerdo nacional». Así fue diseñado, por ejemplo, el consejo de la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado (COPRE), al combinar en él la presencia tradicional de líderes empresariales y líderes sindicales, con representantes de partidos, de la iglesia, de las organizaciones vecinales, etcétera. Así buscó conformarse el «Encuentro Nacional de la Sociedad Civil» organizado por la Universidad Católica Andrés Bello, cuando su rector tomó el reto que pareció recaer, a mediados de 1992, sobre la Iglesia Católica venezolana, en respuesta a un estado de opinión nacional de gran desasosiego, que buscaba en cualquier actor o institución que pudiera hacerlo la formulación de una salida a la aguda y profunda crisis política. Pro Venezuela, la Mesa Democrática de Matos Azócar, los encuentros que organizó José Antonio Cova, y la constante prédica de los partidos, todos fueron intentos de alcanzar ese ya mítico gran entendimiento nacional.

La evidencia es, pues, suficiente. La oposición de intereses en torno a una mesa de discusión difícilmente, sólo por carambola, conducirá a la formulación de un diseño coherente. Es preciso cambiar de método. Y es preciso cambiar el énfasis sobre la herramienta por el énfasis en el producto.

La mamá de la MUD

Finalmente, cuando la fallecida madre de la MUD, la Sra. Coordinadora Democrática, creía que de su seno saldría un sucesor de Hugo Chávez—pensaba que éste sería ineludiblemente revocado en su mandato presidencial en 2004, lo que forzaría una elección presidencial—, se dio a la tarea de elaborar el ya olvidado «Consenso-País» (la MUD ni lo menciona en los LPGUN).  Hubo quienes concedieran gran importancia a ese desdeñado documento. Me referí a una presentación del asesor John Magdaleno, del lunes 5 de octubre de 2009, en la Carta Semanal #352 de doctorpolítico:

Expuso una caracterización del fracaso opositor en el intento revocatorio de 2004 como un “salto al vacío”. En él se habría fracasado porque la oposición no acertó a poner en escena a una “contrafigura de Chávez”—explicación parcial posiblemente correcta—y, sobre todo (fue en lo que más insistió), porque el documento del llamado “Consenso-País” de la Coordinadora Democrática no fue suficientemente promovido o publicitado, porque no se imprimió y repartió una cantidad suficiente de ejemplares entre la población, porque no se hizo con él una campaña publicitaria con pegada.

Es de aquel inane texto que escribí el 20 de noviembre de 2003 (Consenso bobo, Carta Semanal #63 de doctorpolítico):

Los documentos del «consenso-país»—que incurre desde su propio nombre en la usurpación, pues «el país» no lo ha elaborado, como tampoco la Nación elaboró nuestros vetustos y ya olvidados planes «de la Nación»—indican una clase particular de proposiciones en su contenido: la de las «seudoproposiciones». Son afirmaciones tan generales como las de que hay que «reactivar la economía», «combatir la pobreza» o «eliminar el desempleo».

Era práctica ritual de muchos economistas venezolanos reunirse en diciembre de cada año durante el segundo período de Caldera—usualmente en el IESA—para echar predicciones sobre la inflación y la tasa de cambio del año siguiente. Los periodistas hacían su agosto, pues cada economista de alguno de estos «paneles de expertos» estaba muy dispuesto a conceder declaraciones. La declaración estándar era algo más o menos como lo siguiente: «Lo que propongo es un verdadero programa económico integral, armónico, coherente y creíble».

Ya el mero hecho de que tal afirmación se compusiera de un solo sustantivo y cinco adjetivos debía llamar a la sospecha. Pero, por otra parte, una sencilla prueba podía evidenciar que se trataba, en realidad, de una seudoproposición. La prueba consiste, sencillamente, en construir la proposición contraria, la que en este caso rezaría así: «Propongo un falso programa económico desintegrado, inarmónico, incoherente e increíble». Resulta evidentísimo que nadie en su sano juicio se levantaría en ningún salón a proponer tal desaguisado. Ergo, la proposición original no propone, en realidad, absolutamente nada.

Tomemos algunos casos concretos del documento base del so called «consenso-país». Por ejemplo esta seudoproposición: «Se reiniciarán o se reforzarán programas de becas, de alimentación y de dotación de útiles para los niños». (Página 39). ¿Querrá alguien oponerse proponiendo lo siguiente: «Se clausurarán o debilitarán programas de becas, de alimentación y de dotación de útiles para los niños»?

O esta otra: «Asegurar mecanismos de coordinación entre las diferentes organizaciones con responsabilidad sobre la seguridad ciudadana a nivel nacional» (Página 33). O ésta: «Establecer formas de financiamiento de largo, mediano y corto plazo, con fondos públicos y privados, en las modalidades necesarias para garantizar la eficiencia del crédito y para atender el especial perfil de riesgos de esta actividad». (Página 27).

¿Qué espera la Coordinadora Democrática? ¿Qué Chávez se oponga prometiendo formalmente mecanismos de descoordinación o modalidades innecesarias para garantizar la ineficiencia del crédito a corto, mediano y largo plazo?

En cuanto a la hipótesis de que la tengo cogida con la Mesa de la Unidad Democrática, pues, I rest my case: mi opinión sobre la clase de ejercicios a la que pertenecen los LPGUN ha permanecido invariable desde que comencé a ocuparme sistemáticamente de política. Pero una nueva referencia a otro enfoque de John Magdaleno puede adelantarse, porque resultará apunte pertinente al análisis que sigue. Esta vez hablaba el 19 de enero de aquel mismo año de 2009, para presentar en compañía de Roberto Briceño León los resultados de un estudio de opinión y recomendar acciones contrarias al proyecto de enmienda constitucional que permitiría la reelección indefinida de mandatarios públicos. La referencia se encuentra en la Carta Semanal #316 de doctorpolítico, del 22 de enero de 2009: «Un estudio particularmente interesante fue el dirigido por Roberto Briceño León, John Magdaleno, Olga Ávila y Alberto Camardiel. Este esfuerzo combinó una encuesta nacional (22 de diciembre) y la realización de focus groups bastante especiales, pues fueron compuestos de modo que no se mezclaran partidarios del gobierno, sus opositores o gente no alineada con ninguno de esos polos. (…) La interpretación de la encuesta, por su parte, pone de manifiesto el carácter crucial de los electores no alineados ni con el gobierno ni con la oposición».

Más adelante referí y cuestioné:

Briceño y Magdaleno, luego de expresar su convicción de que la inminente consulta ofrece una oportunidad para “reposicionar” a la oposición, argumentaron que era de la suprema importancia la elección de quienes debieran hacer ostensiblemente frente—fronting—al proyecto de enmienda. Hablaron de una disyuntiva—falsa, a mi manera de ver—entre estudiantes y líderes convencionales, dando a entender que no había otras voces posibles. (En intento pedagógico hablaron, debe reconocerse, de encontrar los “badueles” o “marisabeles” de 2009). Esto es, la recomendación de Briceño y Magdaleno es la de constituir un coro de tres voces: la de aquellos que aún no están listos (estudiantes), la de los rechazados (líderes convencionales), la de los saltadores de talanquera (“badueles” y “marisabeles”). ¿Es que no hay otras voces en Venezuela?

Llama la atención que, después de haber expuesto que sería decisiva la participación de los electores no alineados—el estudio combinado mide su tamaño a la par de quienes apoyan a Chávez y mayor que el de sus opositores, como lo han hecho desde hace al menos seis años todas las encuestadoras, en proporciones cambiantes que oscilan entre 35% y 50%—, no se saque la conclusión obvia. Antes que “badueles” o “marisabeles”, urge conseguir voces no alineadas, con discurso no alineado y argumentos no alineados para asestar el golpe definitivo a las pretensiones continuistas de Hugo Chávez.

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La primera cosa criticable de los LPGUN es un asunto fundamental, y se pone de manifiesto desde el inicio mismo del documento, en el numeral noveno de la introducción. Sus primeros tres puntos están referidos, como los números 10 y 11 y luego del 18 al 26, ambos inclusive, a la factura y método de los lineamientos. Son los números 4, 5, 6, 7 y 8 los que establecen el territorio terapéutico, con la crítica al desempeño del gobierno actual, que califican justamente como traicionero a la Constitución, contrario a los principios democráticos y nefasto, con el resultado de un grave deterioro de la calidad de vida de los venezolanos. Es entonces el punto 9 el que define el objetivo de los LPGUN:

«Para enfrentar estos desmanes, y rescatar la institucionalidad democrática se presentan los siguientes Lineamientos del Programa de Gobierno de Unidad Nacional, en procura de un buen gobierno, una sociedad productiva, con calidad de vida y con buenas relaciones internacionales».

Nunca hemos sido mayoría

Es decir, los LPGUN son presentados y justificados en función del gobierno de Hugo Chávez, en reiteración de la falla de origen de la oposición formal y burocratizada de los últimos trece años. En la Carta Semanal #352 de doctorpolítico, antes citada, me referí a este fenómeno del siguiente modo:

El encuestólogo y prologuista [John Magdaleno] ofreció como premisa inicial la siguiente declaración: “Apartando el 2 de diciembre de 2007, nunca hemos sido mayoría”. Y ese plural de la primera persona gramatical no necesitaba ser explicado; aquello a lo que ese implícito “nosotros” se refería era a quienes se oponen a Chávez y, más específicamente, a la audiencia que tenía por delante mientras hablaba. Ése es el conglomerado que entiende como determinante, ésa sería la clientela que esperaba sus palabras.

Tal óptica no es nueva; desde que Chávez asumió por vez primera la Presidencia de la República, en los inicios de 1999, el resto de las iniciativas políticas ha optado por entenderse como mera oposición a Chávez. En terminología relativamente reciente, se la nombra como “comunidad opositora”. Un artículo en el diario El Nacional aducía poco después de la derrota de Manuel Rosales en las elecciones presidenciales de 2006: “La votación que el CNE le adjudicó al candidato opositor es importante, siempre y cuando éste sepa ejercer el liderazgo del antichavismo…” (Felices perdedores, 12 de diciembre de 2006). Exactamente ese mismo día, un análisis que circuló privadamente se expresaba en términos como los siguientes (se subraya un cierto término repetido insistentemente):

La oposición… decidió no participar en las elecciones legislativas… la Oposición ya había perdido sus Gobernaciones y Alcaldías… para una parte importante de la Oposición el contrincante mayor no era Chávez, era el CNE… Muchos pensaban que la oposición era mayoría… la ausencia de la Oposición de la contienda electoral… La Oposición se debatía entre el método de escogencia del candidato único y la campaña por condiciones… Muestra un liderazgo indiscutible en la oposición durante la campaña… Se ganó al lograr la unidad de toda la oposición… Que la oposición es minoría… ¿Cuál es el estado de la oposición un día después?… La Oposición amanece como un conglomerado nacional de importante magnitud… no desperdiciar esfuerzos en combatir a la oposición desde la oposición misma…

He allí la falla de origen de la inmensa mayoría de los planteamientos políticos distintos del chavismo: que sólo atinan a definirse como antichavistas. Desaparecido Chávez, dejarían también, entonces, de tener sentido sus existencias. Ésa es la misma falla de origen de la iniciativa que acá se discute.

Una nueva acción política que quiera ser viable no puede pensarse como oposición a Chávez; es preciso que procure superar el actual estado de cosas por superposición, por salto a un nivel superior de la política. (A fin de cuentas, el régimen de Chávez no es otra cosa que la exacerbación oncológica de una política que no inventó él: la política de poder posicionada en algún punto del eje decimonónico de izquierda y derecha). La refutación de Chávez debe venir, para usar términos evangélicos, por añadidura, nunca como única justificación.

El último numeral (27) de la introducción de los LPGUN reformula la coletilla del numeral noveno sin aludir, gracias a Dios, al gobierno chavista: «Estos Lineamientos se presentan como base para un gobierno de unidad, amplitud, diálogo y respeto que promueva el progreso de todos los venezolanos». Un opositor a la oposición tendría que sugerir «un gobierno de desunión, estrechez, monólogo e irrespeto que impida el progreso de todos los venezolanos». Ni siquiera Chávez se atrevería a proponer algo así.

………

Dos cuestiones planteadas con énfasis en los LPGUN llaman la atención. La primera de ellas es la consagración de la Constitución de 1999 como base del esfuerzo programático. Dice el documento:

44. La base normativa fundamental para el nuevo gobierno es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual calificamos como una Constitución democrática, respetuosa del Estado de Derecho y de los derechos humanos.

45. Ella representa no sólo el punto de partida ineludible desde la perspectiva de la validez y vigencia formal de las normas, aunado ello a su ratificación popular, sino también una plataforma jurídica aceptable para el despliegue de las políticas de un gobierno democrático. Permite el funcionamiento de instituciones democráticas y garantiza los derechos humanos.

Se trata de la misma Constitución que no gustaba en 1999 a los principales partidos de oposición. («AD, Copei, Primero Justicia, Proyecto Venezuela y Fedecámaras hicieron campaña contra la aprobación de la Constitución», Wikipedia en español). Cuando Luis Ugalde argumentaba en El Nacional—El día después, 25 de octubre de 2007—que votar contra los proyectos de reforma constitucional del Ejecutivo y el Legislativo nacionales era lo mismo que abstenerse de votar, también defendía con denuedo la Constitución de 1999: “Chávez ha decidido imponer una nueva Constitución (acabando con la bolivariana)… La nueva constitución es una locura… Hay que… evitar que se aplique un régimen que reduzca los derechos humanos y elimine la democracia pluralista”. Hace tiempo que la oposición al elefantiásico texto de 1999 ha quedado en el olvido.

Pero hay un detalle que debiera causar problemas insalvables a la particular candidatura de Diego Arria que, como se sabe, está predicada sobre dos iniciativas fundamentales: procurar que Hugo Chávez sea juzgado por la Corte Penal Internacional de La Haya y convocar a una Asamblea Constituyente. Esto último es totalmente innecesario para los fines declarados por Arria, que el 8 de diciembre declaró en televisión que la constituyente que propugna no sería “para hacer una nueva constitución, sino unos cambios puntuales”. (Ver en este blog Por la tapa de la [b]arri[g]a). Pero el punto es que Arria ha hecho de la convocatoria de una asamblea constituyente la bandera principal de su campaña, y que los LPGUN se deslindan claramente de tal pretensión en su numeral 46: «La prioridad político-institucional del nuevo gobierno no ha de cifrarse en el cambio global de esa Constitución, ni en la convocatoria de una Asamblea Constituyente».

Un concepto errado de constituyente

¿Qué va a hacer Arria? Si se aviniere a firmar el 23 de enero su compromiso con los LPGUN, contradiría frontalmente su planteamiento central. Si no lo hace, ¿podría la MUD permitir su participación en las elecciones primarias del 12 de febrero? ¿Podría su tesorería devolver a Arria el importe de su boleto de entrada, que con toda probabilidad habrá ya gastado? Arria pareciera haber preparado una salida, al enviar a Aveledo una carta que ha dado a conocer el sábado 14 de enero; en ella, sin aludir al asunto constituyente, dice:

En carta dirigida al coordinador de la MUD fijé posición con respecto al Compromiso de Unidad Nacional:

«El Compromiso de Unidad Nacional, debe expresar con absoluta transparencia, las características y dimensión del reto que enfrentará un Gobierno de Unidad Nacional. En este sentido no puedo sino destacarle que decirle al país la verdad, y toda la verdad sobre la situación política y económica en que se encuentra es, más que crítico, esencial para afianzar la credibilidad del compromiso ante la audiencia nacional».

(…)

Sólo si la Unidad adopta el compromiso expreso de hablarle al país de manera clara y contundente, sobre cuán grave es su situación actual, de cuán difíciles son las perspectivas políticas, económicas y sociales de Venezuela, y más grave aún, de caer en la disolución de la vida civil, podremos esperar que para las cruciales elecciones de este año, el país entienda lo que está realmente en juego, y ejerza su derecho al voto de la manera más informada y consciente posible.

En otras palabras, Arria no cree que los LPGUN hablan desde esa claridad, pues en caso contrario no habría necesidad de su advertencia a Aveledo. Ya tiene, entonces, el pretexto para retirar su candidatura, sin admitir la razón real: que su intento no ha recabado un apoyo superior a un promedio de 2% en las encuestas. Para él, las uvas están verdes, como diría la proverbial zorra de Félix de Samaniego.

………

Una segunda cosa que salta a la vista es el tratamiento timorato de la política social de Hugo Chávez, asentado sobre la noción, también formulada por John Magdaleno el 8 de octubre de 2009 (Carta Semanal #352 de doctorpolítico), de que Chávez «nos» gana por las misiones:

…el encuestólogo (…) procedió a instruir a los circunstantes con interpretaciones harto conocidas, presentadas como si nunca hubieran sido pensadas. Por ejemplo, que la aceptación de Chávez había sido alta porque ponía énfasis en la agenda social: salud, alimentación y educación, principalmente; esto es, por las famosas “misiones”. En cambio, la oposición se habría concentrado en la agenda política: la libertad, la crítica a la corrupción y el militarismo, la defensa de los presos políticos y el derecho de protesta, etcétera. Allí estaría la clave de la diferencia en el desempeño del régimen y el de la oposición, entre el oficialismo y “nosotros”.

Los LPGUN declaran en su introducción (16), al reconocer que se inspiran en las «100 Soluciones para la gente» que acompañaron la campaña de la MUD a la Asamblea Nacional: «Nos comprometemos a diseñar y poner en práctica políticas que mejoren la vida de los venezolanos. Para ello, reconoceremos los beneficios otorgados, y trabajaremos para ampliarlos en cobertura y calidad». Hay un grande temor a criticar las misiones de Chávez. (Dicho sea de paso, ¿qué es de la vida del centenar de «soluciones para la gente»? ¿Pudiera Alfredo Keller encuestar y ver si algún elector común recuerda aunque sea una de esas «soluciones»? ¿Habrá votado alguien por convicción de la bondad o conveniencia de alguna de ellas? Lo digo porque la centena ha sido rebasada con creces en los LPGUN, que contienen la muy estimable cifra de 1.252 «lineamientos»).

De modo más preocupante, la MUD asume terminología de Chávez, al dedicar la subsección «Y la inclusión social» de la sección «El espíritu general del nuevo gobierno» en el capítulo 1, «Institucionalidad democrática». Allí se lee:

Y la inclusión social

40. La oferta social del programa y del gobierno de la Unidad pertenece al corazón de su ideario. La inclusión social será uno de los grandes desafíos del nuevo gobierno, porque los abismos estructurales para el acceso al disfrute de los derechos sociales básicos son numerosos.

(…)

42. Lo anterior, sumado al espíritu integrador antes referido, hace aconsejable preservar los niveles de protección social que el actual gobierno haya alcanzado, aunque reorientándolos o reconduciéndolos a la lógica institucional y de respeto a los derechos humanos de todos que ha de guiar las políticas y la actuación oficiales.

 

L. P. España: derechos exclusivos sobre exclusión

En cambio, un experto en esto de incluir y excluir, Luis Pedro España (Director, desde hace años, del Estudio de la UCAB sobre la pobreza), escribió el 12 de enero (La estafa mejor vendida) en El Nacional:

Desde el punto de vista técnico, moral y democrático las misiones son, más que una oferta engañosa, un ardid con el que se tiene secuestrada la política social de Venezuela, de la cual puede que no podremos zafarnos hasta que en la práctica se ensayen con éxito mejores fórmulas.

Técnicamente no se acogen a principios de justicia social, redistribución progresiva o consideran indicadores de eficiencia y eficacia. Están disponibles para aquellos ciudadanos que merezcan los favores del Estado según el juicio de los militantes de base del Gobierno, además de contar con todo un rosario de ineficiencias caracterizadas por una lógica de operativo, plan de emergencia o jornada especial, que resta la continuidad y constancia que requiere toda política social que pretenda tener impacto y generar haberes humanos y productivos en sus destinatarios.

Desde el punto de vista moral son un chantaje político que sólo la falta de escrúpulos de sus propugnadores, comenzando por el mismísimo jefe, es capaz de permitir y avalar sin el menor cargo de conciencia o vergüenza política. No sólo se reconoció desde el principio su utilidad política antes que social, sino que además su instrumento de implementación, las listas y censos, no hacen sino ratificar la lealtad prepago (es decir, previa a recibir el beneficio) que está detrás de cualquiera de las (ahora llamadas grandes) misiones.

Democráticamente las misiones han convertido los derechos sociales, que son, más que constitucionales, un producto de las luchas sociales de nuestro pueblo, en favores personales de un caudillo y una ideología, y han suprimido clientelarmente cualquier posibilidad de disenso o simple derecho al pataleo.

En ningún caso las misiones sociales pueden asociarse a éxitos tangibles. La muletilla de reducción de la pobreza es cortesía del boom petrolero y de un aumento del consumo de las familias, que en modo alguno trasforma las causas estructurales de nuestra pésima calidad de vida.

¿Es que la MUD—o los 31 equipos que compusieron sus LPGUN—, que se define como oposición, no sabe hacerla? Al asumir el término «inclusión» como propio—por cierto, España incurre desde hace años en la misma práctica—, refuerza la narrativa oficialista de inclusión y exclusión. (DRAE: incluir. 1. tr. Poner algo dentro de otra cosa o dentro de sus límites. 2. tr. Dicho de una cosa: Contener a otra, o llevarla implícita. excluir. 1. tr. Quitar a alguien o algo del lugar que ocupaba). ¿Es que hay una reunión periódica en algún punto del Caracas Country Club en la que se dilucide cómo se va a excluir efectivamente a determinados venezolanos del «disfrute de los derechos sociales básicos»? Seguramente hay en Venezuela, como en todas partes, empresarios desalmados—al igual que políticos, deportistas, sacerdotes, científicos, literatos, enfermeros y bomberos desalmados—pero, en general, está en el interés del empresario más bruto que la población ante la que se desempeña sea próspera, no pobre o «excluida». La explicación de la pobreza como «exclusión» es una soberana tontería.

………

Los LPGUN son de una densidad equivalente a la del innombrable Consenso-País en aquello de seudoproposiciones o afirmaciones sencillamente bobas. He aquí unos pocos botones de muestra:

76. Los consejos comunales deben estar claramente perfilados como instancias de participación, en los términos del artículo 70 de la Constitución.

317. A partir de entonces se perdieron tres grandes virtudes que tuvo nuestra economía por más de 50 años: tipo de cambio estable, inflación de un dígito, y crecimiento sostenido y constante [¿no son «sostenido» y «constante» la misma cosa?], lo que, entre otros factores, encontró sustento en la disciplina fiscal y monetaria que fue característica de dicho período.

363. El próximo gobierno de Unidad Nacional debe asegurar un cambio de rumbo para Venezuela. Es una tarea compleja, considerando que el actual gobierno ha acentuado la reconocida fragilidad de la economía venezolana y la vulnerabilidad de los venezolanos frente a cambios de origen externo o el impacto de políticas abiertamente inadecuadas.

394. Parte del gasto público debe destinarse a programas de obras públicas, incluyendo la reorganización del programa de construcción de viviendas en necesaria alianza con el sector privado.

551. La primera acción debe ser la emisión de un nítido y coherente mensaje dirigido al sector privado productor y a los consumidores para reestablecer [sic] la confianza.

1151. Se implementarán programas de recuperación de la infraestructura y superestructura aeroportuaria existente, lo que incluye la adecuación de los sistemas de control de tráfico, terminales, pistas y demás áreas, así como la mejoría de los servicios de navegación.

A estas alturas el lector habrá aprendido a construir proposiciones contrarias a las listadas, esperables, por tanto, en el discurso de campaña de Hugo Chávez. Como ayuda a su propio ejercicio, he aquí una posible redacción alterna del número 76: «Los consejos comunales deben estar opacamente perfilados como instancias de participación, en contravención del artículo 70 de la Constitución». Ñapa: la redacción chavista del número 551 quedaría así: «La primera acción debe ser la emisión de un borroso e incoherente mensaje dirigido al sector privado productor y a los consumidores para establecer la desconfianza».

………

Pero es la pretensión principal de la MUD que quienes participen como precandidatos en sus elecciones primarias del 12 de febrero se comprometan a asumir los LPGUN como el programa que el Ejecutivo Nacional, dirigido por uno de ellos, desarrollaría. Además quiere que se comprometan a no presentarse a la reelección en 2018.

Vamos a ver si nos entendemos. Los LPGUN han asentado que «La base normativa fundamental para el nuevo gobierno es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela». Bueno, es la atribución 18 del Presidente de la República (Artículo 236 de la Constitución) «Formular el Plan Nacional de Desarrollo y dirigir su ejecución previa aprobación de la Asamblea Nacional». Y establecía originalmente el Artículo 230: «El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido, de inmediato y por una sola vez, para un período adicional». Como sabemos, la enmienda constitucional aprobada el 15 de febrero de 2009 eliminó la limitación de la reelección por un solo período adicional.

Entonces, si la Constitución es consagrada como «la base normativa fundamental» de un hipotético «Gobierno de Unidad Nacional», ¿cómo es que la MUD misma la vulnera imponiendo limitaciones a prerrogativas irrenunciables, vistiendo a sus precandidatos con camisas de fuerza? Ningún candidato a la Presidencia puede renunciar a una atribución que sea, a la vez, una exigencia, como la potestad de formular el plan de acción del Ejecutivo Nacional; tampoco puede imponérsele la renuncia a la posibilidad de reelegirse, como tampoco puede renunciar un obrero a sus prestaciones sociales, aunque algún patrono inescrupuloso presente en un tribunal del trabajo un papel firmado donde eso conste.

Claro que ya ha comenzado el sutil reacomodo terminológico, que abre la puerta a desdecirse en estas contradicciones, anunciadas con bombos y platillos. El documento aquí discutido se llamó Lineamientos del Programa de Gobierno de Unidad Nacional; si nos fijamos en la redacción de la invitación al acto del 23 de enero, ya ella dice Lineamientos para el Programa de Gobierno de Unidad Nacional. (Una unidad «nacional», por cierto, que la encuesta del IVAD del 27 de octubre al 3 de noviembre de 2011 estimó en 27,4%). La cosa como que es una mera sugerencia.

………

De resto, el lenguaje, las nociones fundamentales y los supuestos de los fulanos LPGUN ponen de manifiesto la vigencia, en el reino de la oposición, de conceptos políticos tan anticuados como presuntuosos. Uno destaca: la creencia de que los países son hechos por los gobiernos. (15. «Construir una sociedad productiva y de progreso». 363. «El próximo gobierno de Unidad Nacional debe asegurar un cambio de rumbo para Venezuela». O, al final: «Unidad en la inclusión. La política debe servir para construir una sociedad que incluya a todos»).

Los países tienen la mala costumbre de construirse ellos mismos, muchas veces a contrapelo de los estorbos de los gobiernos más entrometidos, como el que ahora tenemos. Es típica la arrogancia política de quienes creen que los presidentes son los jefes de los pueblos. (Henrique Salas Römer, por ejemplo: «Aquel que pretenda gobernar sobre un país…», diciembre de 1998. O Hugo Chávez, «No me ocupo de la oposición; estoy muy ocupado dirigiendo al país», septiembre de 2005). Los presidentes son, escasamente, los jefes del aparato ejecutivo estatal en el nivel nacional. No son nuestros jefes; son nuestros mandatarios. Somos nosotros los mandantes.

Ya basta de presunciones obsoletas, que indignan. LEA

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Por la tapa de la barriga (de Arria)

Dios concede la derrota a la ignorancia

 

What we cannot speak about we must pass over in silence.

 Ludwig WittgensteinTractatus logico-philosophicus: 7

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En la mañana del 8 de los corrientes, alcancé a escuchar fragmentos de una entrevistada televisada a Diego Arria, a raíz de su reciente visita a Barquisimeto en plan de campaña de cara a las elecciones presidenciales primarias de la Mesa de la Unidad Democrática. Arria, en lo que le escuché, reiteró su receta cumbre: la celebración de una asamblea constituyente, y dijo que no sería ella «para hacer una nueva constitución, sino unos cambios puntuales».

Tal declaración revela que el precandidato no conoce bien las disposiciones de nuestra Carta Magna en materia de cambio constitucional, y que su dominio del tema constitucional en general es muy escaso. Si se tratara sólo de hacer «cambios puntuales», los Artículos 341 y 342 facultan al Presidente de la República, cargo que él pretende para sí, para introducir proyectos de enmienda o reforma constitucional a la consideración del Poder Constituyente Originario, esto es, el Pueblo manifestado en referéndum:

Artículo 341. Las enmiendas a la Constitución se tramitarán en la forma siguiente:

1. La iniciativa podrá partir del quince por ciento de los ciudadanos y ciudadanas inscritas en el Registro Civil y Electoral; o de un treinta por ciento de los integrantes de la Asamblea Nacional o del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros. (…)

3. El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los treinta días siguientes a su recepción formal.

Artículo 342. La Reforma Constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto Constitucional.

La iniciativa de la Reforma de la Constitución la ejerce la Asamblea Nacional mediante acuerdo aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes, por el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros o a solicitud de un número no menor del quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral que lo soliciten. (…)

Artículo 344. El proyecto de Reforma Constitucional (…) se someterá a referendo dentro de los treinta días siguientes a su sanción. (…)

Es decir, no es en absoluto necesaria la aparatosa convocatoria y elección de una asamblea constituyente—cuyo control sería dudoso—para los fines vagamente descritos por Arria. Y si, como él dice, no busca «hacer una nueva constitución», su idea de llamar a constituyente contradice directamente lo estipulado por el Artículo 347:

Artículo 347.

El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.

Convendría al precandidato Arria estudiar (y entender) el Título IX de la Constitución Nacional. LEA

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