La ANC y su cliente presidencial

 

La usurpadora es una telenovela de Venezuela de los años 1970. Fue realizada por la televisora venezolana RCTV en el año de 1971 y fue protagonizada por Marina Baura (en el papel de las gemelas Alicia Estévez y Rosalba Bracho) y Raúl Amundaray como Daniel Bracho.

Wikipedia en Español

………

usurpar Del lat. usurpāre. 1. tr. Apoderarse de una propiedad o de un derecho que legítimamente pertenece a otro, por lo general con violencia. 2. tr. Arrogarse la dignidad, empleo u oficio de otro, y usarlos como si fueran propios.

Diccionario de la Lengua Española

_____________________________________

 

La asamblea que ahora preside Delcy Rodríguez sufre una grave confusión: se cree «originaria» y superior a la Constitución. Ayer da cuenta la web de El Universal de una ampliación de los estatutos de la operante Asamblea Nacional Constituyente, dudosamente elegida: «El primer artículo de los estatutos establece que los Poderes Públicos están subordinados a la ANC y, en ese sentido, cumplirán y harán cumplir los actos jurídicos y acciones que de allí se [sic] emanen. Asimismo, indica que la Constitución Bolivariana de Venezuela de 1999 se mantiene vigente en todos aquellos artículos que no contradigan los actos jurídicos y decisiones de la ANC».

Una vez creada en la Constitución de 1999, una constituyente fundada en su normativa no puede ir más allá de ella, no puede arrogarse facultades que ese texto no le confiere, y éste no dice en ninguna parte que los poderes públicos le están subordinados. Dice el Artículo 349 que «Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente», pero estas decisiones no pueden contradecir la Constitución. La locura es que ahora Delcy y sus compinches sostienen que ¡es la Constitución lo que no puede contradecirlos!

Claro que el verbo poder se conjuga acá en sentido jurídico; «no pueden» se entiende acá en el sentido de «no deben». Si cruzo caminando la calle fuera del paso de peatones, tal vez escuche a un policía que me reconvenga: «¡Señor! ¡Ud. no puede cruzar la calle por ahí!», y si yo quisiera buscarme problemas respondería: «Ud. querrá decir que no debo, porque de poder pude». Hace tiempo que los bulliciosos diputados constituyentes se han salido del rayado.

Los primeros actos de la constituyente-Rodríguez exceden sus facultades, están matando a su propia madre. Aparentemente, Herman Escarrá le ha soplado a Delcy que el Artículo 5 de la Constitución les contradice a ambos cuando declara que la soberanía reside intransferiblemente en el Pueblo. «Eso no puede mantenerse vigente; nosotros somos el poder soberano», le habrá dicho. Pero la Constitución misma no es un poder público, no la obliga su propio Artículo 349, y la constituyente no es el Pueblo.

Para usurpar es preciso confundirse. LEA

_______________________________________________________________

 

Share This: