Cartas

Si la escena de un tribunal norteamericano fuese el distintivo de un género cinematográfico, este género sería probablemente el más realizado de todos. Son innumerables las películas que incluyen escenas de algún juicio, en las que defensores y acusadores combaten—»¡Objeción!— ante un docto y sabio juez (usualmente). Es tal la frecuencia de escenas de ese tipo en las películas y series de televisión de Estados Unidos (las hay, por supuesto, dedicadas justamente a eso, como la vetusta Perry Mason y la divertida Ally Mac Beal), que nosotros los venezolanos tendemos a asociar el ideal de la administración de justicia con el modo norteamericano, en lugar del venezolano, cuya mecánica ignoramos. Y en general admiramos esa manera de hacer justicia, y la añoramos para nuestro país.

La fórmula más repetida, por tanto, durante nuestra exposición al cine, es aquella por la que los testigos juran solemnemente que en su testimonio dirán la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad bajo pena de perjurio.

El perjurio es uno de los delitos que se castigan con mayor dureza dentro del sistema penal estadounidense, el sistema que tanto admiramos. Penas de prisión de hasta 25 años—en la mayoría de los estados entre 5 y 10 años—y a veces la pérdida de derechos ciudadanos ajustician a quienes resulten convictos de perjurio: esto es, a quienes se demuestre que han mentido o han suprimido la verdad bajo juramento ante un tribunal. (En comparación, el obispo de Phoenix, Arizona, Thomas O’Brien, que acaba de ser acusado por el delito de abandonar la escena de un accidente fatal, en el que en apariencia atropelló sin culpa a un transeúnte que murió, enfrenta en el peor de los casos una condena inferior a cuatro años). El delito de perjurio es verdaderamente considerado gravísimo por los norteamericanos.

¿Es esto trasladable al tema de la información veraz?

No es un tema que haya inventado el proyecto de Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, más conocida como «Ley de Contenidos» o «Ley Mordaza». Rafael Caldera tuvo una fuerte iniciativa en pro de una información veraz legislada en Venezuela y en la comunidad iberoamericana. La VII Cumbre Iberoamericana (Isla de Margarita, 8 y 9 de noviembre de 1997) no le apoyó, pues ni siquiera pudo referirse al punto en su discurso de clausura, a pesar de que tiempo atrás había anunciado que propondría a la cumbre una declaración sobre el derecho a la información veraz y Venezuela así lo hizo. En Santiago de Chile, al anunciarse que Venezuela sería la sede de la VII Cumbre, Caldera dijo: «El marco de los valores éticos de la democracia plantea también un tema de gran importancia: el derecho del pueblo a la información veraz. Los medios de comunicación están tan obligados como estamos los gobernantes a responder a las necesidades de nuestro pueblo, a servir a la verdad y a! la justicia y tenemos que luchar para que esa verdad, esa justicia, se transmita de una manera leal, de una manera clara, para que no se tergiversen los fines ni las acciones y para que no se confunda la voluntad del pueblo que, como soberano, tiene el pleno derecho a ser correctamente informado».

En aquella oportunidad quise sugerir que las objeciones de algunos entre los interesados, los medios de comunicación, tenían razón en señalar los peligros de la vaguedad y la arbitrariedad al insistir sobre el concepto de la información veraz. Por esto proponía que se enfocara el asunto sobre el concepto complementario de información falaz. Esto es, si no es sano exigir de un medio la transmisión de información veraz, es en cambio en el interés de la sociedad exigir que no se transmita información falaz, cuya existencia es mucho más fácil de determinar.

Por analogía con las prescripciones estadounidenses en materia de perjurio, por tanto, podía invertirse la carga de la prueba y exigir del Estado que demostrase la culpabilidad por información falaz ante un jurado representativo de la sociedad, no ante y desde una instancia administrativa que fácilmente confundiría el interés nacional con el del gobernante de turno, sobre todo si el actual pretende ser juez poseído de una definición a priori de información veraz.

Esto no es lo que se encuentra en el proyecto de Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, por supuesto, dominado por la intención totalitaria del gobierno de Hugo Chávez Frías. Esta intención debe ser impedida a toda costa.

Hugo Chávez es el mejor ejemplo de por qué no es en absoluto aconsejable conferir al Ejecutivo Nacional el arbitrio que le concedería la Ley de Contenidos. Con la legislación actual se ha comportado de forma clara y reiteradamente abusiva. Su uso, por ejemplo, de la facultad de ordenar inapelablemente una transmisión conjunta intempestiva de radio y televisión, es claramente violador de lo que pudiera sostenerse como espíritu de la norma. Las «cadenas» de radio y televisión sólo debieran emplearse para emergencias u ocasiones realmente solemnes y excepcionales, no para hacer propaganda del gobierno, mucho menos si se trata de un gobierno tan ineficaz como mentiroso.

Para explicar al país lo que el gobierno hace existen sus propios canales de radio y televisión. Es un abuso que el gobierno interrumpa el esparcimiento de una fatigada ama de casa que tan sólo pide que le dejen ver un capítulo completo de «El Clon», sin que el arbitrario alicate oficialista lo cercene para atragantar el campo radio-eléctrico con visiones autocomplacientes y manipuladoras acerca de su gestión.

Esto para no mencionar, una vez más, la violenta agresión verbal y física de la que son frecuentes víctimas los medios de comunicación y quienes trabajen en ellos, violación de derechos que ha sido consistentemente inducida desde el gobierno u organizada por él con el mayor de los descaros.

En materia de veracidad no hay en Venezuela nadie de quien haya más que sospechar que de Hugo Chávez y sus secuaces.

LEA

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