LEA, por favor
Con motivo del juicio que culminara en la condenación a penas máximas de funcionarios de la Policía Metropolitana por muertes acaecidas el 11 de abril de 2002, ha salido a la luz un documento de una década anterior, en el que Hugo Chávez, Francisco Arias Cárdenas, Diosdado Cabello, José Vielma Mora, Ronald Blanco La Cruz y dieciséis militares más, anunciaban que no escucharían de boca del juez militar Ramón Moreno Natera la imposición de un auto de detención.
El abogado defensor José Luis Tamayo leyó extractos de este documento el 15 de enero de 2008, al protestar la negativa de la juez Marjorie Calderón a sobreseer la causa contra Iván Simonovis, Henry Vivas y Lázaro Forero, y los funcionarios de la Policía Metropolitana Marco Hurtado, Julio Rodríguez Salazar, Héctor Rovaín, Arube Pérez Salazar, Luis Molina Cerrada, Erasmo Bolívar, Rafael Neazoa López y Ramón Zapata. Quince días antes, el Presidente de la República había decretado una Ley de Amnistía, cuyos beneficios fueron negados a los policías mencionados.
Los militares nombrados firmaron una carta de recusación del juez Moreno Natera el 15 de mayo de 1992, tres meses y cuatro días después de haber actuado criminalmente con armas de la República en alzamiento inconstitucional, ilegítimo y abusivo en contra de un gobierno elegido por una mayoría de venezolanos. La razón para repudiar cualquier acción de ese juez era que éste habría ordenado el traslado de algunos de los golpistas prisioneros en el Cuartel San Carlos a la Cárcel de Yare, y que tal cosa habría sido hecha con “nocturnidad y apremio”. (¿Es que la intentona criminal del 4 de febrero de 1992 ocurrió a plena luz del día y poquito a poco?) También porque se les había dicho que el traslado, que acataron como “medida disciplinaria”, sería revertido poco después y tal promesa habría sido violada, olvidando que “la palabra es el honor del hombre”.
Entre los destinatarios de la patética misiva se contaban “la conciencia jurídica del mundo civilizado y democrático” (¿la de Mugabe, por ejemplo?) y los “compañeros de armas de los gloriosos ejércitos latinoamericanos” (que en manos de Pinochet, Videla, Goulart, Castro, Somoza y demás dictadores alcanzaron la gloria). Entonces si era “excelentísimo” el Nuncio Apostólico de Su Santidad (todavía no ocurría el asilo de Nixon Moreno) e importantes “las comunidades que integran las Facultades de Derecho” y los Colegios de Abogados, a los que apelaban con la cursi e inmodesta pretensión de que hablaban desde “las celdas de la dignidad”.
En 1992 preocupaba mucho a los reclusos que un juez militar actuara “servil y obedientemente” por mandato del Presidente de la República, y que tal cosa negara el “principio de la separación de los poderes que caracteriza la existencia de un Estado Republicano y Democrático”. Entonces se quejaban porque los hubieran cambiado de celdas y afirmaban: “Aquí, en Venezuela, los Poderes del Estado se encuentran concentrados en manos del Jefe del Ejecutivo. Es decir, vivimos bajo un régimen autocrático y totalitario de gobierno”.
La Ficha Semanal #238 de doctorpolítico reproduce el contenido de la carta comentada, con una que otra mínima corrección de acentuación o puntuación. Un facsímil en archivo .pdf de las seis páginas del documento, con las firmas de los militares golpistas, puede obtenerse en http://imagenes.globovision.com/archivos/75126_cartac.pdf o en http://media.noticias24.com/0904/chavez93.pdf
LEA
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Petición de cacao
Al Pueblo de Venezuela
A la conciencia jurídica del mundo civilizado y democrático
A la juventud militar que hemos precedido en la lucha por la defensa de nuestra integridad territorial y de la dignidad nacional para restablecer la supremacía de la Constitución
A nuestros compañeros de armas de los gloriosos ejércitos latinoamericanos
Al Excelentísimo Nuncio Apostólico de Su Santidad el Papa Juan Pablo II y a los Excelentísimos Representantes del Cuerpo Diplomático acreditado en Venezuela
A las comunidades que integran las Facultades de Derecho del País
A los Colegios de Abogados
Los suscritos, Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas de Venezuela, soldados del Ejército Bolivariano, que el 4 de febrero del presente año cumplimos con el deber que nos imponen los artículos 51 y 250 de la Constitución Nacional, violada y puesta fuera de vigencia por el actual Gobierno, el más corrupto de nuestra historia republicana, hoy en las celdas de la dignidad, recluidos en la Cárcel de Yare, Estado Miranda, en el Cuartel San Carlos y en el Fuerte Tiuna de la ciudad de Caracas, declaramos:
Recusamos ante la opinión pública al Juez Militar que conoce de nuestra causa, por considerarlo persona no idónea para conocer de ningún juicio militar, por carecer de independencia y autonomía, ya que actúa servil y obedientemente no conforme a la Ley, sino a los mandatos del Presidente de la República y de su Ministro de la Defensa. Este Juez, con su conducta, pone de manifiesto que en Venezuela no existe un Poder Judicial autónomo e independiente como el que consagra la Constitución Nacional. Trátase de un Juez vasallo, que sepulta el Estado de Derecho y deshonra la Magistratura Militar. Su conducta niega el principio de la separación de los poderes que caracteriza la existencia de un Estado Republicano y Democrático. Aquí, en Venezuela, los Poderes del Estado se encuentran concentrados en manos del Jefe del Ejecutivo. Es decir, vivimos bajo un régimen autocrático y totalitario de gobierno.
Ciertamente, el Juez Militar Ramón Moreno Natera no ha actuado, ni podrá actuar como representante de un Poder Judicial como el que consagra la Constitución Nacional en su artículo 205: “En el ejercicio de sus funciones los Jueces son autónomos e independientes de los demás órganos del Poder Público”. Norma ésta que reproduce, como cabeza rectora de la administración de Justicia, la Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 1°: “El Poder Judicial es independiente de las demás ramas del Poder Público en el ejercicio de sus funciones”, y que consagra también como tal el Código de Justicia Militar en su artículo 22: “Los Jueces Militares son autónomos en el ejercicio de sus funciones y soberanos en la apreciación de los hechos que les corresponden juzgar”.
En efecto, el traslado arbitrario, de un grupo de Oficiales, con nocturnidad y apremio, desde el Cuartel San Carlos de Caracas, a la cárcel de Yare lo ordenó dicho Juez Moreno Natera, obedeciendo instrucciones y dictados del Presidente de la República y del Ministro de la Defensa, cumpliendo una orden. Una vez llevado a cabo dicho traslado, el ciudadano Ministro de la Defensa manifestó, según lo publicó la prensa, que ello ocurrió porque “el Juez comprendió y aceptó las argumentaciones que él le había expresado”. Posteriormente el Ministro le expresó a las esposas de dos de los Comandantes detenidos, que “fue equivocada la orden de ese traslado por parte del Presidente de la República”.
Las anteriores aseveraciones que hacemos fueron difundidas por la prensa nacional, que dio publicidad a esas manifestaciones del Ministro de la Defensa. Pero aún hay algo más que añadir al respecto:
Para que se llevara a cabo el traslado de ese grupo de Oficiales a la Cárcel de Yare, fue necesaria una negociación entre los representantes del Ministerio de la Defensa y los Militares detenidos en el Cuartel San Carlos, en presencia de una representación del Ministerio Público y otra de las Autoridades Eclesiásticas de Venezuela, a saber: “que el traslado se imponía sólo como una medida disciplinaria y temporal que acataban como tal dichos militares detenidos y que en los próximos días serían trasladados de nuevo al Cuartel San Carlos”.
Así pues, en esta negociación no intervino el Juez Militar, sino los representantes del Ministerio de la Defensa. El traslado entonces, de hecho, lo imponía el Alto Mando Militar en base a una promesa en cuyo cumplimiento estaba envuelto el Honor Militar. (La promesa no se cumplió, olvidándose que la palabra es el honor del hombre). El Juez Militar Ramón Moreno Natera, estuvo ausente de esta tragicomedia físicamente, pero permitió que las Autoridades Militares decidieran,actuaran y negociaran a sus espaldas, obedeciendo órdenes a su vez del Presidente de la República. Testigos de esto, y muy calificados por cierto son los Monseñores Mario Moronta y Diego Padrón, Obispos Auxiliares de Caracas, y el Padre Arturo Sosa, representantes de la Iglesia, el ciudadano Fiscal General fe la República, Dr. Ramón Escovar Salom, quien estuvo acompañado del Director General de la Fiscalía y del Director de los Derechos Humanos Dr. Antonio Herrera y Padre Dr. Luis María Olaso.
De todo lo anteriormente expuesto se evidencia que el Juez Militar que conoce de nuestra causa no lo es independiente y autónomo, sino más bien un Juez servil y obediente a los dictados del Ministro de la Defensa y a la vez del Presidente de la República, con lo cual todas sus actuaciones estarán fundamentadas no en debido proceso legal, no en la Constitución y las Leyes, pero sí en las ordenes castrenses y políticas del Ministro y del Presidente.
Por tales razones pues, que son obvias, hemos decidido negarnos a que seamos impuestos del írrito auto de detención, dictado por ese Juez Militar al cual recusamos por ante el Pueblo, máximo Tribunal de la República y al cual reconocemos como fuente legítima única de todos los Poderes. Y es que el Juez Ramón Moreno Natera actúa en una relación de supra-subordinación con el Ministro de la Defensa, servidor del Presidente de la República.
A un Juez semejante, un distinguido militar retirado procesado y condenado injustamente por influencias políticas y mercenarias a principios de siglo, le escribió en el expediente, al apelarle el fallo inicuo:
“Hombre cretino y soez
cuyas sentencias oprimen,
tu no eres Juez del crimen
sino un crimen hecho Juez”
Con razón decía un extraordinario jurista latinoamericano, asesinado por los políticos corruptos de su país, al expresarse acerca de un Poder Judicial cortesano y mercenario, que: “Cuando el puesto de los prevaricadores de la justicia está en la magistratura judicial, el de los hombres honestos está en la cárcel”.
Desde las celdas que dignifican, Cuartel San Carlos de Caracas; sede del Batallón Lino de Clemente de Fuerte Tiuna y Cárcel de San Francisco de Yare en el Estado Miranda, a los quince días del mes de mayo de mil novecientos noventa y dos.
Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas de Venezuela, soldados del Ejército Bolivariano
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