Europa 

El 11 de febrero de 2010, en sesión plenaria del Parlamento Europeo, máxima instancia legislativa de la Unión Europea, fue aprobada una Resolución de Urgencia con 41 votos a favor (más de las dos terceras partes), 13 en contra y 3 abstenciones, en la que se eleva varias peticiones al Gobierno de Venezuela luego de considerandos de la mayor gravedad. (En el punto R hay una confusión entre el Banco Central de Venezuela y el Banco de Venezuela, y no se menciona la reciente renuncia del Ministro para la Salud).

En relación con esta resolución, el profesor Adolfo Salgueiro señaló al suscrito el punto del tamaño de la sesión que la aprobó: “…la legitimidad es dudosa aunque la legalidad sea impecable. Eso es porque los jueves los parlamentarios ya se van a sus lugares de origen. Siempre pasa así; por eso es que las cosas más importantes se votan martes y miércoles”.

Luego, el cineasta Wolfgang Schalk avisó al blog que el gobierno había aducido, justamente, que la votación no había sido significativa, porque el número total de diputados era mucho mayor al de los que habían aprobado la resolución.

El gobierno tiene razón en un punto: los diputados que votaron la resolución parlamentaria europea, positiva o negativamente, o se abstuvieron, todos sumados son sólo el 7,74% del total de miembros (736) del parlamento. Por tal razón, y para que no haya dudas, valdría la pena consultar directamente a cada uno de los restantes 679 diputados para preguntarle si, a su juicio, el texto aprobado el jueves por sólo 57 diputados debe ser llevado a la plenaria con una asistencia según un quórum de mayoría o si, en cambio, debe permanecer como está. También pudiera preguntarse, fuera del marco descrito, si convendría al gobierno nacional que se diera un debate más amplio sobre Venezuela, en una sesión suficientemente nutrida de la cámara europea.

Es recomendable leer la información colocada por María Teresa Herrera en https://doctorpolitico.com/?p=10462&cpage=1#comment-752 y en https://doctorpolitico.com/?p=10462&cpage=1#comment-755

Grupos políticos del Parlamento Europeo: EPP, ALDE y ECR, proponentes de la resolución, controlan el 54,7% de la cámara. La resolución se sostendrá. (Diagrama insertado a proposición de Ma. Teresa Herrera de Andrade). 

Los 57 diputados presentes en la votación, de todos modos,  fueron una muestra representativa de las posiciones sobre el tema venezolano en el cuerpo completo. Aun así, la participación del viernes 11 fue muy baja. Sobre todo si una decisión es importante, de muchas consecuencias, la participación debe ser elevada. Por ejemplo, habría sido mejor que la Constitución Nacional hubiera sido aprobada por bastante más de 3.301.475 electores (30,2% del registro de 10.940.596).

Pero el gobierno presidido por Hugo Chávez debe dar explicaciones a los ciudadanos sobre el financiamiento de una planta termoeléctrica a instalar en Cuba, cuando en Venezuela se retrasó las inversiones de ampliación y mantenimiento en el sector eléctrico durante once años de administraciones de Chávez. ¡Gracias a los gobiernos de la democracia previa a Chávez! Si no hubiera sido por ellos, ni siquiera tendríamos al sistema del Guri, que suple el 70% de nuestras necesidades. El Guri sí es mayoría, quórum, más que suficiente.

A continuación, se transcribe el texto oficial en castellano de la resolución declarada urgente en Estrasburgo. LEA

____________

Tarde pero seguro

Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de febrero de 2010, sobre Venezuela

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en Venezuela, y en particular las de 7 de mayo de 2009, 23 de octubre de 2008 y 24 de mayo de 2007,

–  Visto el artículo 122, apartado 5, de su Reglamento,

A. Considerando que el concepto de libertad e independencia de los medios de comunicación constituye un componente esencial del derecho fundamental a la libertad de expresión consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos,

B. Considerando que la libertad de los medios de comunicación es de capital importancia para la democracia y el respeto de las libertades fundamentales, dada su función esencial a la hora de garantizar la libre expresión de opiniones e ideas, con el debido respeto de los derechos de las minorías—también el de la oposición política—, y contribuir a la participación efectiva de las personas en los procesos democráticos, permitiendo la celebración de elecciones libres y justas,

C. Considerando que el derecho del público a recibir información de fuentes pluralistas es fundamental para toda sociedad democrática y para la participación de los ciudadanos en la vida política y social de un país,

D. Considerando que la obligación de retransmitir íntegramente todas las alocuciones del Jefe de Estado, impuesta a todos los medios de comunicación en virtud de la Ley de responsabilidad social en radio y televisión, no se corresponde con los principios del pluralismo,

E. Considerando que la Constitución venezolana garantiza, en sus artículos 57 y 58, la libertad de expresión, comunicación e información,

F. Considerando que los medios de comunicación deben cumplir las disposiciones legales; que el cierre de un medio de comunicación debe ser el último recurso y una medida que sólo debe ejecutarse una vez se hayan ofrecido todas las garantías procesales, incluido el derecho a la defensa y a recurrir ante tribunales de justicia independientes,

G. Considerando que en mayo de 2007 la señal en abierto de Radio Caracas Televisión fue suspendida por el presidente Hugo Chávez y que el canal se vio obligado a convertirse en internacional para poder emitir a través de la televisión por cable,

H. Considerando que con motivo del citado cierre se iniciaron las primeras protestas del movimiento estudiantil,

I. Considerando que el 1 de agosto de 2009 el Gobierno de Hugo Chávez ordenó el cierre de 34 emisoras de radio mediante la negativa a renovar sus licencias,

J. Considerando que en enero de 2010 el Presidente Chávez ordenó el cierre de RCTV International (RCTVI) y otros cinco canales de televisión por cable y satélite (TV Chile, Ritmo Son, Momentum, America TV y American Network) al no haber retransmitido estos canales el discurso presidencial oficial con motivo del 52 aniversario del derrocamiento de Pérez Jiménez; que dos de ellos—America TV y RCTVI—siguen estando inhabilitados,

K. Considerando que este nuevo cierre provocó una nueva ola de protestas estudiantiles, reprimidas con dureza por la policía en numerosos estados y ciudades del país, y que estos sucesos se saldaron con la muerte de dos jóvenes estudiantes en la ciudad de Mérida y decenas de heridos,

L. Considerando que estas medidas persiguen obtener el control y el amordazamiento de los medios de comunicación, cuando no cercenar los derechos democráticos a la libertad de expresión e información,

M. Considerando que la OEA, a través de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha alertado de que el nuevo cierre de canales tiene enormes repercusiones en cuanto al derecho a la libertad de expresión,

N. Considerando que el Presidente Chávez declaró recientemente que el uso de los sitios de redes sociales, como Twitter, de Internet y de la mensajería de texto a través de los teléfonos móviles para criticar u oponerse a su régimen constituye un acto de terrorismo,

O. Considerando que la reforma de la ley sobre ciencia y tecnología, sometida actualmente a debate en la Asamblea Nacional de Venezuela, pretende regular las «redes de información» de tal manera que podría conducir a la censura de Internet,

P. Considerando que Venezuela ha suscrito el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como la Convención Americana sobre Derechos Humanos,

Q. Considerando que Venezuela es el país con las mayores reservas energéticas de América Latina y que medidas tales como la confiscación y expropiación arbitrarias, algunas de las cuales afectan a los intereses de la UE, socavan los derechos sociales y económicos básicos de los ciudadanos,

R. Considerando que algunos dirigentes cercanos al Presidente Chávez, como el Vicepresidente y Ministro de Defensa, Ramón Carrizález, la Ministra de Medio Ambiente, Yubiri Ortega, y el Presidente del Banco Central, Eugenio Vázquez Orellana, han presentado su dimisión recientemente,

S. Considerando que, según el informe de Transparencia Internacional 2009, Venezuela es uno de los países más corruptos del mundo,

T. Considerando la preocupación que está generando entre la población venezolana el latente clima de inseguridad y los índices de delincuencia y violencia, que han convertido a Venezuela y a su capital, Caracas, en uno de los lugares más peligrosos del mundo,

U. Considerando que los numerosos insultos, amenazas y ataques a dirigentes nacionales e internacionales proferidos por el Presidente Chávez han generado malestar e innecesarias e innumerables tensiones, que en algunos casos han conducido a que se ordenara incluso la movilización de las tropas de cara a una posible guerra con Colombia,

1. Muestra su consternación ante la muerte de los dos jóvenes estudiantes, Yonisio Carrillo y Marcos Rosales, acaecidas durante las protestas en Mérida, solicita a las autoridades que se lleve a cabo una investigación de las causas del homicidio de dichos jóvenes y pide que los culpables sean puestos a disposición de la justicia;

2. Lamenta la decisión gubernamental de no permitir en adelante la emisión de los mencionados canales en Venezuela y pide su restitución;

3. Pide a las autoridades de Venezuela que revisen esa decisión, así como la obligación de retransmitir íntegramente las alocuciones del Jefe del Estado;

4. Recuerda al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela que es su obligación respetar la libertad de expresión, la libertad de opinión y la libertad de prensa, obligación establecida en su propia Constitución y en las distintas cartas y convenciones internacionales y regionales de las que Venezuela es parte signataria;

5. Pide al Gobierno de Venezuela, en nombre del principio de imparcialidad del Estado, que garantice un trato jurídico igual a todos los medios de comunicación, incluido Internet, ya sean públicos o privados y con independencia de toda consideración política o ideológica;

6. Considera que los medios de comunicación venezolanos deben garantizar una cobertura pluralista de la vida política y social de Venezuela;

7. Considera que la Comisión Nacional de Telecomunicaciones debe actuar con independencia de las autoridades políticas y económicas y velar por un pluralismo justo;

8. Pide al Gobierno venezolano que se comprometa con los valores del Estado de Derecho y que promueva, proteja y respete el derecho a la libertad de expresión, también en Internet, y a la libertad de reunión;

9. Señala que, según establece la Carta Democrática Interamericana de la Organización de los Estados Americanos, en democracia, junto a la indudable y necesaria legitimidad de origen, fundada y obtenida en las urnas, ha de observarse igualmente la legitimidad de ejercicio, que ha de basarse en el respeto del pluralismo, de las normas establecidas, de la Constitución vigente, de las leyes y del Estado de Derecho, como garantía de una democracia plenamente viable, y que necesariamente ha de incluir el respeto a la oposición política pacífica y democrática, tanto más si ésta ha sido elegida en las urnas e investida del mandato popular;

10. Manifiesta su honda preocupación por la deriva autoritaria del Gobierno del Presidente Hugo Chávez, cuyas medidas pretenden debilitar a la oposición democrática y coartar los derechos y libertades de los ciudadanos;

11. Solicita al Gobierno venezolano que, de cara a las elecciones legislativas del 26 de septiembre, respete las reglas de la democracia y los principios de la libertad de expresión, reunión, asociación y elección;

12. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Gobierno y a la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana y al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos.

PE432.947, Estrasburgo, en 11 de febrero de 2010

___________________________________________________________

 

Share This: