REF #9-10 – Tiempo de proponer

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Justamente antes del comienzo de diciembre, el 29 de noviembre pasado, el Instituto de Estudios Superiores de Administración, conocido más como el IESA, celebró el foro sobre perspectivas económicas de Venezuela para 1995. Un panel conformado por Pedro Palma, Asdrúbal Baptista, Gustavo Márquez, Hugo Farías, Gustavo García y Arturo Brillembourg, presentó sus estimaciones y las fundamentaciones de las mismas ante un auditorio repleto y formado, en su mayor parte, por empresarios y gerentes del sector privado.

En los panelistas se mostró como constante una preocupación por las tendencias de la economía nacional, aunque con distinto grado de dramatismo. En los asistentes, encuestados acerca de algunas variables básicas—inflación, valor del dólar, tasa de interés, crecimiento del producto y valor del barril de petróleo—predominó una expectativa negativa acerca de las mismas, con excepción del precio del petróleo.

La evaluación resultó desagradable al gobierno, y el Ministro de CORDIPLAN, Werner Corrales, produjo agrias declaraciones en las que se refirió a unas “viudas del paquete perecista” que querrían “cobrar el muerto” al gobierno actual. Lo cierto es que hay un importante núcleo del sector empresarial privado que mantiene evaluaciones muy negativas acerca del desempeño del gobierno de Rafael Caldera en materia económica. Hugo Farías, por ejemplo, expuso un juicio, más o menos generalizado en el núcleo aludido, acerca de la incapacidad de los miembros del gabinete económico, y aludió a las discrepancias constantes que según él existirían entre importantes componentes del estado mayor de la economía pública. (En concreto Farías se refirió a una supuesta lucha de titanes entre Casas González, Corrales, Matos Azócar y Maza Zavala sobre el tema de la política cambiaria).

Pero así como es posible encontrar innumerables puntos de inconformidad con la política gubernamental, es también posible identificar recientes tendencias muy positivas en el país.

A juicio de esta publicación, la más positiva de ellas se expresa en una efervescencia creativa, en la aparición, casi simultánea, de proposiciones que buscan resolver problemas económicos y sociales. Algunas de las proposiciones tienen carácter global; otras son sectoriales; otras, al fin, se refieren a aspectos puntuales. Lo destacable, sin embargo, es que muchas cabezas venezolanas se han puesto a cerebralizar el asunto. En lugar de dedicarse exclusivamente a la crítica, han procurado formular soluciones a los problemas. Es difícil conseguir un síntoma más positivo que ese cambio de actitud nacional.

Obviamente, persisten los focos exclusivamente críticos. Por una parte, las enormes dificultades confrontadas por casi toda persona venezolana, sea natural o jurídica, conducen de modo natural a la expresión descarnada de las mismas. Otras críticas se inspiran más bien en intereses oposicionistas de raíz política y conformación apriorística. Es evidente que para ciertos factores políticos un éxito del gobierno de Caldera les reportaría pérdidas.

También continúa observándose la presencia de pseudoproposiciones: formulaciones que parecen soluciones y se presentan como tal pero que en realidad no lo son. El mismo panel del IESA recomendaba, por implicación, la formulación de un “verdadero plan económico, coherente y creíble”. El Elector que escuche una pseudoproposición como la nombrada puede aplicarle la prueba del ácido absúrdico. La receta es la siguiente: 1º Constrúyase la proposición exactamente inversa y evalúese el grado de apoyo que esta tesis contraria obtendría en principio. (En el ejemplo mencionado el resultado sería: “formúlese un falso plan económico, incoherente e increíble”. Evidentemente, nadie se levantaría jamás a proponer una cosa semejante). 2º Examínese en la proposición considerada la proporción existente entre sustantivos y adjetivos de su formulación. (En nuestro caso, un solo sustantivo –plan– acolchado por tres adjetivos –verdadero, coherente, creíble). Esto permite medir el grado de “sustantividad” de la formulación. (Bajísima, en el ejemplo analizado). 3º Una vez determinado, por los pasos anteriores, que la formulación considerada es, en efecto, una pseudoproposición, investíguese si los proponentes de la misma son capaces de presentar un ejemplo concreto de lo que propugnan. (O sea, ¿alguno de los panelistas del IESA exhibió un “verdadero plan económico, coherente y creíble”?)

Otra especie distinta de pseudoproposición, lamentablemente frecuente en nuestro medio político, fue la expuesta, sin ninguna vergüenza, por Antonio Ledezma, en declaraciones a la prensa con posterioridad a una audiencia que le concediera el ministro Andrés Caldera. Ledezma, un tanto disminuido luego de las decisiones antiperecistas de la Acción Democrática de Alfaro Ucero, procuró reciclar su devaluada imagen con esta visita a Miraflores. Al salir propuso que se buscara en el país—¡oh novedad!—un gran acuerdo nacional. Punto. (En el mismo Nº 0 de esta publicación advertíamos sobre esta clase de pseudoproposiciones: “La confusión de la herramienta con el fin explica mucho de los resultados de la política nacional. La discusión pública venezolana se halla a punto de agotar los sinónimos castellanos del término conciliación. Acuerdo, pacto, concertación, entendimiento, consenso, son versiones sinónimas de una larga prédica que intenta convencernos de que la solución consiste en sentar alrededor de una mesa de discusión a los principales factores de poder de la sociedad. Nuevamente, no hay duda de que términos tales como el de conciliación o participación se refieren a muy recomendables métodos para la búsqueda de un acuerdo o pacto nacional. No debe caber duda, tampoco, de que no son, en sí mismos, la solución”).

A pesar de la resistencia a desaparecer de estos tipos de proposición insubstancial, las recientes semanas han alojado un buen número de proposiciones serias, en las que se ha invertido trabajo considerable y que participan del denominador común de ser búsquedas constructivas. La calidad de las distintas proposiciones es, por supuesto, muy variada, así como lo es la corrección de las mismas. Pero, de nuevo, lo que vale la pena destacar es la incepción misma de este proceso de invención social, de búsqueda constructiva de salidas a los problemas. La creatividad política de los venezolanos dista mucho de haberse agotado todavía.

La base social

Hace pocos días conversábamos con el socio director de una de las más grandes y prestigiosas firmas de consultoría del país. El motivo de la entrevista venía dado por una pregunta que se nos formaba en la cabeza, la que no es precisamente la de un experto en economía. Si uno de los objetivos más exigentes de la actual coyuntura económica, signada entre otras cosas por la presencia de una masa monetaria excedentaria en grado gigantesco, es el de neutralizar, esterilizar o retirar ese edema financiero, que presiona grandemente con consecuencias inflacionarias; si planes como el Programa de Estabilización y Recuperación Económica (Plan Corrales) reconocen este hecho y proponen esterilizar la masa monetaria excedente, el exceso de liquidez, mediante la emisión de bonos en dólares, ¿no estaremos simplemente cambiando de unos papeles a otros papeles, todo dentro del sector no real de la economía, y no sería mejor dedicar esa liquidez extraordinaria al financiamiento de proyectos de inversión que sí pertenecen al sector real de la producción de bienes y servicios?

Nuestro consultor consultado ofreció una opinión muy negativa a la proposición que preformulábamos. En términos escuetos, nuestro entrevistado opinó que un esquema tal fracasaría porque Venezuela carecería de la infraestructura necesaria, de la infraestructura física  y comunicacional y, principalmente, de la infraestructura social. En este país, nos decía, la mayoría de la población vive en pobreza crítica, los niveles de instrucción son deplorables, las enfermedades aumentan junto con la desnutrición. Difícilmente, a su juicio, una población en esas condiciones podría sustentar con éxito iniciativas de inversión. Declaró también, más aún: “Este país no tiene empresarios”. Evaluación grave, por cierto, para una persona que por largo tiempo se ha dedicado a servir empresarios y que por eso mismo presumiblemente los conoce bastante bien.

Por otra parte, nuestro consultor argumentó que justamente un plan de inversión era lo que había sido intentado por el primer gobierno de Carlos Andrés Pérez, cuando se procuró represar, en el Fondo de Inversiones de Venezuela que se creó por ese entonces, el desproporcionado excedente de dólares proveniente del shock petrolero de 1973, para invertirlo en los proyectos del V Plan de la Nación.

De nada valió que contrargumentáramos al señalarle que, por una parte, el V Plan de la Nación intentaba demasiadas cosas al mismo tiempo, que por la otra colocó el grueso de la inversión en proyectos públicos, no en el financiamiento de inversiones privadas, y que, por otra parte aún, invirtió más bien en sectores de “Primera Ola”, altamente competidos (China, Taiwan, Brasil,  etc.) y que sería muy distinto invertir ahora en unos pocos programas seleccionados, a través del sector privado, y en una gama de sectores económicos que no se agotara en lo meramente extractivo o explotador de recursos naturales, sino también en nichos de actividades económicas de Tercera Ola (computación, bioingeniería, telecomunicaciones, etc.)

Nada. Según nuestro consultor, nuestro país sufriría una crisis de capacidad que debería durar todo el corto y el mediano plazo, por lo que sólo podía permitirse un “optimismo a largo plazo”, siempre y cuando se comenzara ahora a invertir en infraestructura social, razón por la cual estaba recomendando a sus jóvenes hijos que se fueran ahora de Venezuela y que regresaran cuando ese corto y mediano plazo ya se hubieran consumido.

Una postura tal significa, por un lado, que el considerable número de clientes de la firma consultora que dirige nuestro interlocutor de hace unos días estaría recibiendo la misma lectura, francamente negativa. Pero por el otro, no puede dejar de reconocerse que sus evaluaciones, exageradas o no, tienen real asidero. Los problemas están allí. Tal vez la vuelta que debe dársele a sus planteamientos es el de enfatizar la importancia estratégica de invertir socialmente, no como paliativo o limosna social, sino como intención de desarrollo del capital humano de Venezuela.

Por estas cosas reviste importancia que uno de los sectores en los que la efervescencia creativa detectada comienza a manifestarse sea el sector de la educación. La Universidad Católica Andrés Bello, por ejemplo, que ya en 1992 convocó un “Primer Encuentro Nacional de la Sociedad Civil”, con el ánimo de discutir soluciones a la problemática nacional, llevó a cabo hace pocos días un coloquio para la proposición de soluciones educativas, bajo el patrocinio de la Fundación Polar. El nivel del encuentro fue algo general, pero indica perfectamente la presencia de la tendencia creativa anotada.

Por su parte, el Ministro de Educación, ha designado un Consejo Asesor que deberá proveerle de ideas y proposiciones. El Rector de la misma universidad, Luis Ugalde S.J., es uno de sus miembros, junto con personalidades tales como la del Presidente del IESA, Dr. Ramón Piñango, y el Director de Cerpe, el Dr. Xavier Duplat. El coordinador de este consejo asesor del Ministro de Educación es el profesor Leonardo Carvajal, de la Escuela de Educación de la Universidad Central de Venezuela.

Un borrador que calza las iniciales de Leonardo Carvajal circula entre los miembros del Consejo Asesor del Ministro de Educación bajo el siguiente título: “PLAN DE ACCION que el Ministerio de Educación presenta al país para superar, con el aporte de todos, nuestra gravísima crisis educativa”. El documento (no oficial) está estructurado en cuatro partes, a saber: 1. La educación que necesita el país; 2. La educación y el sistema escolar que tenemos; 3. Lo que queremos hacer; 4. Plan de acción.

El documento en cuestión, lamentablemente, contiene algunas afirmaciones de dudoso valor y de efecto reductor de la autoestima nacional. Considérese la siguiente formulación en la primera página de su primera parte: “El venezolano no valora suficientemente el valor del trabajo bien hecho”. Desconocemos estudios sociológicos que permitan asentar una generalización tan tajante, pero es que, en todo caso, comenzar un “plan de acción” del sistema educativo venezolano desde ese punto no es muy estimulante que digamos. Varios puntos del borrador son, sin embargo, de orientación muy positiva. A nuestro juicio es lo más aleccionador del documento la búsqueda de un cambio fundamental en la conducta del Estado en tanto educador. Así, en el primer capítulo del documento se declara: “…el Estado se concibe más como el orientador, promotor y catalizador que como la grande y pesada maquinaria de prohibiciones y controles”. Más adelante, en la tercera parte (“Lo que queremos hacer”) el punto avanza en concreción: “El segundo gran objetivo de la política educativa se propone dinamizar la vida de los planteles, unidades básicas donde se realiza la educación, a través de la progresiva autonomía de acción que en ellos se pueda desplegar…El criterio es conceder tanta autonomía como sea posible y necesaria para que las potencialidades de cada comunidad puedan desplegarse en un nuevo marco de responsabilidades y competencias. Así dejarán de ser los planteles los receptáculos de directrices detalladas que se impartan desde el nivel central y podrían convertirse en focos de una pedagogía en constante renovación y emulación y de transformación de la vida de las comunidades”. Si esta meta general puede ser aproximada durante este quinquenio en grado apreciable, se habrá dado un paso gigantesco en la metamorfosis del sistema educativo nacional, obviamente plagado de deficiencias. Resuena en nosotros el pensamiento de Miguel Angel Mora S.J., Rector del Colegio San Ignacio y redactor principal de su proyecto educativo, quien suele decir que “la libertad política de la independencia y la libertad económica de la nacionalización del petróleo no estarán completas hasta que se produzca la libertad educativa”.

En materia educativa puede hacerse mucho; sin duda debe hacerse mucho. Esta publicación ha dedicado algún espacio al tema en dos oportunidades (“La escuela que nos hace falta”, Nº 4, junio de 1994; “Lo que hay que enseñar”, Nº 7, septiembre 1994) por lo que no repetiremos acá esa temática. Baste decir que en nuestra opinión el Estado venezolano debiera elevar las metas del país en materia educativa hasta el punto de lograr que todos sus ciudadanos adquieran un nivel de licenciatura general como el descrito en las oportunidades mencionadas. Así sí estaríamos preparados para el siglo XXI.

Lo que sí queremos repetir, una vez más, son las palabras de John Stuart Mill en su “Ensayo sobre el gobierno representativo”: “Si nos preguntamos qué es lo que causa y condiciona el buen gobierno en todos sus sentidos, desde el más humilde hasta el más exaltado, encontraremos que la causa principal entre todas, aquella que trasciende a todas las demás, no es otra cosa que las cualidades de los seres humanos que componen la sociedad sobre la que el gobierno es ejercido… Siendo, por tanto, el primer elemento del buen gobierno la virtud y la inteligencia de los seres humanos que componen la comunidad, el punto de excelencia más importante que cualquier forma de gobierno puede poseer es promover la virtud y la inteligencia del pueblo mismo…Es lo que los hombres piensan lo que determina cómo actúan”.

Énfasis en lo económico

La mayoría de las proposiciones, sin embargo, no se escuchan en otra área que no sea la económica. No en balde allí se genera la mayor cantidad de malestar social. Junto con la inseguridad personal ante las actividades criminales, el problema del costo de la vida y la inflación, el problema del desempleo y la pobreza, son la causa principal de sufrimiento social y el substrato del pesimismo de los venezolanos.

Ciertas proposiciones tienen, como dijimos, un corte general. Hemos conocido, por ejemplo, una proposición elaborada por Pedro José López Medina que en sí misma es todo un plan de desarrollo económico. (Un comentario a esta formulación de López Medina se encontrará en la pag. 30). Pero la cuestión central acerca de la cual tratan las proposiciones más recientes de las últimas semanas tienen que ver con el problema de la deuda externa venezolana y la manera de reducirla o enjugarla.

La proposición más vistosamente presentada ha surgido de Humberto Calderón Berti, dirigente copeyano con amplia experiencia de administración pública. (Ministro de Energía y Minas y Presidente de PDVSA durante el gobierno de Luis Herrera Campíns; breve paso por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Carlos Andrés Pérez durante la crisis de 1992).

En esencia la proposición de Calderón Berti consiste en la venta anticipada a un precio atractivo de un cierto volumen de barriles de petróleo provenientes de la Faja Petrolífera del Orinoco, y el empleo del efectivo resultante en cancelación de deuda externa pública. Seguramente Calderón Berti ha usado cifras de fácil retención para establecer su proposición en la memoria de los tomadores de decisiones y del público en general. Calderón habla de la venta de 5 mil millones de barriles de la Faja al precio de 2 dólares por barril para recabar la cantidad de 10 mil millones de dólares, lo que pagaría una tercera parte de la deuda total.

La mayoría de los analistas ha calificado de cándida la proposición de Calderón Berti. A su juicio, no habría compradores para este petróleo, pues los que desearan aceptar la oferta tendrían que, por una parte, desembolsar de una vez 10 mil millones de dólares (lo que les costaría en intereses unos 700 millones de dólares por año a la tasa de 10% anual) y, por la otra, incurrir en desembolsos considerables para la conversión profunda de los petróleos extrapesados de la Faja. (En promedio con gravedades de 9º API). Parece que el único modo práctico, hasta el estado actual de la tecnología,  de aprovechar petróleos tan pesados es a través de la Orimulsión™ desarrollada por INTEVEP.

Poco después de la proposición de Calderón Berti otro expresidente de PDVSA, Andrés Sosa Pietri, introdujo una proposición diferente, consistente en la venta de hasta 49% de las acciones de PDVSA en los mercados internacionales de valores, con lo que podría obtenerse, según Sosa Pietri, hasta 50 mil millones de dólares. Sosa Pietri admitía el uso de parte de esos eventuales recursos en el pago de deuda externa, pero su proposición exige también su empleo en el financiamiento de los programas de expansión de la propia industria petrolera venezolana.

El reciente V Congreso Venezolano del Petróleo dejó de endosar la proposición de Calderón, pero fue mucho más explícito respecto de la idea de Sosa Pietri. En efecto, el V Congreso consideró “extemporánea” la venta de acciones de PDVSA en Venezuela o el exterior.

En cambio recibió muy bien, en términos generales, los planteamientos de Humberto Peñaloza, Presidente Honorario de la Sociedad Venezolana de Ingenieros de Petróleo. Peñaloza sugirió a Sosa Pietri—en un debate televisado—que tendría más sentido privatizar las empresas del Estado que arrojan pérdidas (CVG, CADAFE, etc.) para pagar deuda, que vender la empresa pública que rinde ganancias.

Peñaloza presentó también un esquema de rueda motriz dividida en cuatro cuadrantes que necesitan andar en sincronía para que la industria funcione adecuadamente: un primer cuadrante compuesto por los poderes públicos—cuadrante tutelar—en el que está incluido el Ejecutivo Nacional (Ministerio de Energía y Minas), junto con las comisiones de Energía y Minas del Congreso de la República y organismos tales como la Contraloría General; un segundo cuadrante del “sector operativo público”, integrado exclusivamente por PDVSA y sus empresas filiales; un tercer cuadrante del “sector operativo privado” que incluye las empresas afiliadas en FENEGAS, FENETRAP, Cámara Venezolana del Petróleo, etc., así como las empresas privadas extranjeras; un cuarto y último cuadrante compuesto por los profesionales y los trabajadores.

En el diagnóstico de Peñaloza resalta el punto de la excesiva carga fiscal que pesa sobre las operaciones de PDVSA, la que a costos y gastos de un 25% de sus ingresos, debe añadir la exacción fiscal de más de 63% de estos ingresos. Esta carga impide que PDVSA genere el flujo de caja necesario para financiar sus planes de desarrollo. De allí la necesidad de abrir la industria a diversos tipos de “asociación estratégica”.

El V Congreso Venezolano del Petróleo estima sana “una apertura gradual y selectiva al capital privado nacional y foráneo” en la exploración y explotación de áreas nuevas que hasta ahora estaban reservadas a PDVSA y sus filiales, al sector operativo público, para usar la terminología de Peñaloza.

Igualmente emitió juicio favorable a la actividad internacional de PDVSA en actividades “aguas abajo” (en dirección de progresiva cercanía al consumidor final) y recomendó examinar la conveniencia de asumir en el exterior aventuras “aguas arriba”. (Participando en porcentajes variables en la explotación de yacimientos fuera del territorio nacional).

Conversión de deuda

Otra dirección distinta han tomado las recientes proposiciones del economista José Toro Hardy, autor del libro más vendido en materia de teoría económica en Venezuela. (En el último año lleva cuatro ediciones su texto “Fundamentos de Teoría Económica”).

Por una parte, Toro Hardy inscribe su proposición de usar deuda para convertirla en estímulo a la producción y exportación—que él denomina una proposición “puntual”—dentro de un diagnóstico histórico amplio de nuestras dificultades económicas. Para Toro Hardy el esfuerzo de industrialización iniciado con el gobierno de Rómulo Betancourt tuvo como defecto principal la ausencia de términos o condiciones para la finalización de la protección estatal que arropó las iniciativas industriales. Este error político permitió la entronización de un modo productivo ineficiente y escasa o nulamente competitivo.

Veamos cómo tal percepción se manifiesta en la más reciente proposición de Toro Hardy. Un exportador venezolano promedio puede encontrarse en desventaja ante un exportador de otras naciones, Taiwan, pongamos por caso. Cuando el productor de Taiwan puede ofrecer en los Estados Unidos un producto X a 60 centavos de dólar, el venezolano no puede venderlo por menos de 80 centavos. El importador norteamericano preferirá, obviamente, el producto taiwanés.

Pero el productor venezolano podría aceptar que el importador estadounidense pagara su importación con bonos Brady del mercado secundario, los que puede obtener hoy en día a 50% de su valor nominal, con evidente ventaja. En el siguiente paso, el exportador venezolano cambiaría los bonos en el Banco Central de Venezuela, que los reconocería a 80% de su valor, con lo que nuestro exportador obtendría el valor requerido por su estructura de costos.

De esta forma, por un lado, se rescataría deuda externa venezolana; por el otro, la deuda serviría como financiador de exportaciones y por tanto como estímulo a la producción nacional.

Ahora bien, Toro Hardy explica que el éxito del esquema conduciría a su fracaso, lo que a su vez conllevaría un éxito. Este aparente galimatías tiene mucho sentido. Lo que Toro Hardy quiere significar es que una actividad intensa con los bonos Brady de la deuda venezolana conduciría a una revalorización de los mismos, con lo que desaparecería el diferencial ventajoso para el exportador venezolano. Un proceso tal tomaría, en estimación gruesa de Toro Hardy, unos dos años. Y he aquí entonces el verdadero éxito: esos dos años serían el plazo que el productorexportador venezolano debiera emplear para hacerse realmente competitivo. A diferencia de la protección betancurista, aquí sí habría un plazo en el que la protección se agota y el productor tendría que hacerse internacionalmente competitivo so pena de desaparecer del mercado.

Pero Toro Hardy ve otras cosas, además. Su visión incluye la inminencia de una nueva gran oportunidad para la economía petrolera venezolana. La tesis ha sido expuesta en un libro de reciente conclusión, redactado en inglés con el objetivo de sembrar imagen positiva de Venezuela en el exterior. (A diferencia de lo que estarían haciendo ciertas “viudas del paquete”). El libro ha sido titulado Oil: Venezuela and the Persian Gulf, y ha sido donado por el Grupo ZUMA y la Editorial PANAPO a PDVSA, para que ésta lo emplee como acicate de inversionistas extranjeros. (Luis Giusti, el Presidente de PDVSA, ha comentado en privado que ésta es la primera vez que alguien le regala algo a PDVSA, a la que solamente se le pide que regale ella).

Básicamente el libro es un recuento histórico de la inestabilidad de los suministros de petróleo provenientes del Golfo Pérsico, acompañado de una lectura del futuro próximo previsible de la demanda mundial de petróleo. Estimaciones, no de la OPEP, sino del Consejo Mundial de Energía, establecen un horizonte de duplicación de la demanda de petróleo para el año 2020. (La demanda mundial de petróleo se situaba, para fines de 1993, en los 67 millones de barriles diarios. El crecimiento de la demanda puede estar en 1 a 2% por año).

Lo que antecede significa, ante la circunstancia adicional de una disminución de las reservas de los países noOPEP, que el incremento en la demanda tendrá que ser suplido por miembros de la organización. Sólo seis de los trece miembros de la OPEP estarían en condiciones de acometer el crecimiento: Arabia Saudita, Irak, los Emiratos Árabes, Irán, Kuwait y Venezuela. Sólo uno de estos seis países se encuentra fuera del área de inestabilidad: Venezuela.

La conclusión es obvia, y la pondremos en las propias palabras de Toro Hardy (traducidas por esta publicación): “Ya es tiempo de que basemos nuestro futuro no sobre la perpetua recordación de nuestras peores desgracias del pasado, sino sobre el estudio maduro de las mejores perspectivas ante nosotros…Ya es tiempo de que aprovechemos plenamente los recursos naturales de Venezuela, de obtener para nuestra nación la posición garantizada por sus potenciales humano y energético en el concierto de las naciones desarrolladas. Antes estuvimos en desventaja, porque carecíamos de la preparación para tratar bajo términos de igualdad con las compañías transnacionales. Hoy en día, sin embargo, la situación ha cambiado. PDVSA es actualmente transnacional y es una de las más grandes compañías petroleras del mundo…La guerra del Medio Oriente ha abierto una oportunidad para Venezuela…la «ventana política» apropiada para lanzar a Venezuela por el camino de la prosperidad y el desarrollo”. (Obra citada. Págs. 345-346).

Implícita en esta recomendación está la necesidad, que Toro Hardy expone claramente, de “abrir sus puertas al capital foráneo de manera que, en asociación con el capital nacional (público y privado), se pueda llevar a cabo una vigorosa política de expansión de nuestras actividades petroleras”. El hecho de que el Consejo de Ministros haya aprobado recientemente el esquema de apertura —contrato marco de asociación que ya ha sido entregado a la Cámara de Diputados—propuesto por PDVSA es, a juicio de Toro Hardy, la mejor noticia económica de los últimos años y el comienzo de una nueva era para el país.

Mejores perspectivas

La reacción internacional a esta apertura de la industria venezolana para una variada gama de asociaciones estratégicas no se hizo esperar. Los bonos de la deuda pública venezolana subieron de valor inmediatamente y el Director del Fondo Monetario Internacional, reunido en Miami con Rafael Caldera, admitió dos cosas: que las decisiones del gobierno en materia económica iban en la dirección correcta; que el futuro económico de Venezuela es brillante. (No faltó quien se doliera de esta noticia: Luis Herrera Campíns quiso comentar que Caldera habría endulzado los oídos de Camdessus con las decisiones de apertura a la inversión foránea en nuestro petróleo y el establecimiento del cronograma de privatización de las empresas de la Corporación Venezolana de Guayana. Algo necesitaba decir para justificar la declaratoria de oposición copeyana pocos días antes de las buenas noticias).

El Vicepresidente de PDVSA, Claus Graf, estimó en unos 11.000 millones de dólares las inversiones en el desarrollo de nuevas áreas dentro del contrato marco de asociación. Unas ochocientas empresas de tamaño diverso han requerido información acerca de las condiciones de asociación. Por lo que respecta a la privatización de las empresas de la CVG, SIDOR, Fesilvén, Venalum, Bauxilum y Carbones del Orinoco, han sido colocadas en el cronograma.

Buenas noticias entonces. No todo es negro. La ventana de oportunidad está claramente abriéndose, por lo que puede concederse ahora que hay base para un cambio de estado de ánimo en la nación. No todo ha sido detallado, por supuesto, y habrá de hacerse un importante trabajo de planificación, sobre todo en lo relativo a cómo convertir la próxima ola de prosperidad en un proceso sostenible de desarrollo social y económico expresable democráticamente.

No es tampoco la detección de una oportunidad, por más grande que ésta sea, o un paso como la apertura de PDVSA a la inversión foránea asociada, un plan completo de desarrollo. Falta aún, como lo hemos venido señalando desde estas páginas, una visión estratégica de conjunto para el país. Nuevamente, la Enmienda Nº 2 de la Constitución de 1961 obliga al Ejecutivo Nacional a presentar antes del vencimiento del primer año del quinquenio los lineamientos de un plan de desarrollo económico y social. Esperamos que ésa sea la oportunidad en la que el gobierno de Rafael Caldera, una vez capeado el terrible temporal de 1994, nos ofrezca la visión direccional de la que ahora carecemos. Pero todos podemos contribuir a su dibujo.

El Eclesiastés nos ha enseñado que hay un tiempo para nacer y un tiempo para morir, uno para sembrar y uno para cosechar. Sigue siendo el tiempo inminente de Venezuela un tiempo para proponer. LEA

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REF #6 – Ahora tiene que consultar

Rafael Caldera habló ante los gobernadores de estado. Según el modo de titular de un matutino caraqueño, les dijo que tendrían que acatar las líneas emanadas de Miraflores. Les dijo muchas otras cosas. Pero de lo que está pendiente el estilo más difundido de mirar a la política, es de lo que huela a confrontación de poderes. Por eso el periódico destacó también un notorio traspié de Rafael Caldera: Caldera expresó ante los gobernadores su “preocupación” por el hecho de que aquéllos habían sido electos en votaciones con un alto grado de abstención, lo que, por supuesto, puede decirse exactamente de la elección del presidente Caldera.

Fue una falla lamentable. Pero fue la única. Cuando Caldera dio a entender a los gobernadores lo que registró el periódico el día siguiente tenía toda la razón, pues no hacía otra cosa que afirmar algo que está claramente establecido en la Constitución de 1961: que un gobernador de estado “además de Jefe del Ejecutivo del Estado es agente del Ejecutivo Nacional en su respectiva circunscripción” (Artículo 21) y que está obligado a “ejecutar y hacer ejecutar las resoluciones que reciba del Ejecutivo Nacional” (Artículo 23).

Es explicable que pueda existir confusión a este respecto, puesto que una falta de conocimiento de nuestras leyes puede darnos a entender que desde que los gobernadores son nombrados directamente por los electores, son totalmente independientes del Poder Nacional. Esto no es así. La ley que actualmente regula la elección y remoción de los gobernadores es un desarrollo opcional—La ley podrá establecer la forma de elección y remoción de los Gobernadores—del Artículo 22 de la Constitución Nacional, y esa ley no puede, por ser norma de inferior jerarquía, anular o suspender lo previsto en otros dos artículos totalmente separados. En ninguna de las dos enmiendas que ha recibido la Constitución del 61 se ha tocado a los Artículos 21 y 23. De modo, pues, que las disposiciones de ambos artículos están plenamente vigentes y, por tanto, los gobernadores de estado son agentes del Ejecutivo Nacional y deben ejecutar y hacer ejecutar las resoluciones que reciba del mismo.

 

Maestro del suspenso (de garantías)

Va a ser muy difícil cazar a Rafael Caldera en un error jurídico. No sólo ha sido hasta hoy y desde su carrera summa cum laude un estudioso del Derecho (sus notas alojan la imperfección de una nota de 19 puntos sobre 20, en Derecho Internacional Privado). Caldera no sólo estudió Derecho; Caldera ha hecho y hace Derecho. Por eso es poco práctico pensar que Caldera es derrotable por ante la Corte Suprema de Justicia. Si en algo puede y va a poner cuidado Rafael Caldera es en la constitucionalidad y la legalidad de sus decisiones.

COPEI ha dicho que demandaría ante la Corte Suprema de Justicia la nulidad, por inconstitucional, del decreto que resuspende las garantías constitucionales luego de que el Congreso de la República revocara el decreto inicial. Es muy poco probable que tenga éxito en el intento—el que todavía no se ha producido, aun cuando dos ciudadanos a título personal han introducido la demanda en cuestión. Para entender esto resulta necesario revisar lo que la Constitución de 1961 estipula al respecto.

La Constitución del 61 dedica todo un Título de su articulado para referirse a la facultad de suspensión de las garantías. Es su Título IX: De la Emergencia. El Artículo 241, segundo de este Título, es el que establece la facultad en cuestión en solamente tres casos: a. en caso de emergencia, definida en el Artículo anterior; b. de conmoción “que pueda perturbar la paz de la República”; c. de “graves circunstancias que afecten la vida económica y social”.

Es obvio que la motivación del Gobierno para suspender las garantías no puede ser otra que la contemplada en el tercer caso, puesto que no ha procedido a declarar el estado de emergencia (que sólo puede hacerse “en caso de conflicto interior o exterior, o cuando existan fundados motivos de que uno u otro ocurran”), ni tampoco puede sostenerse que nos hallamos ante una “conmoción que pueda perturbar la paz de la República”. Los propios ministros encargados de vigilar por la seguridad del Estado, el Ministro de Relaciones Interiores y el Ministro de la Defensa, declararon en el Congreso que la Nación se encontraba en paz.

El Gobierno sólo puede argumentar, y tendría razón, que el país enfrenta en los actuales momentos “graves circunstancias que afect[a]n la vida económica o social”. Nadie en su sano juicio se atrevería a desmentir una fundamentación de esa clase. El consenso más unánime de toda nuestra historia es, precisamente, que nos hallamos en las más graves circunstancias que el país ha conocido, que el gobierno que preside Rafael Caldera ha heredado la más crítica de las situaciones.

Al anunciar la resuspensión voceros del Gobierno manifestaron que esperaban explicarse mejor esta vez. De hecho, esta segunda vez el Gobierno fue un poco más explícito respecto del uso que pensaba dar a las facultades extraordinarias que se derivan de la suspensión de las garantías. Así, explicó que pretendía con la suspensión, sobre todo de la garantía de la propiedad privada—distinta de la llamada garantía de la libertad económica—impedir transacciones con ciertos bienes económicos que pudieran escamotearse a la acción del Estado en procura de la recuperación de activos pertenecientes a los institutos financieros intervenidos. Dicho sea de paso, no existe ningún título o capítulo de la Constitución que se refiera a garantías. Los capítulos en cuestión hablan de derechos, no de garantías. Este término se emplea solamente en el Título IX, en el ordinal 6º del Artículo 190 (sobre atribuciones del Presidente de la República) y, curiosamente, en el Artículo 99. (“Se garantiza el derecho de propiedad”).

La idea, por tanto, es la de actuar contra algunas personas que estarían transfiriendo propiedades que pudiesen ser objeto de acciones de recuperación por parte del Estado. Se supone, también, que algunas de estas mismas personas pudieran estar involucradas en actividades de corte conspirativo. De allí los allanamientos a algunas personas durante la primera fase de la suspensión. A este respecto, un importante líder copeyano contestó, sin darse cuenta de que un periodista le escuchaba, una pregunta de un compañero de partido acerca de las razones de por qué habían practicado una visita domiciliaria a la casa de una cierta persona. El interpelado contestó: “Bueno, lo andaban siguiendo”. Obviamente, la respuesta revela que el seguimiento habría dado motivos para suponer que la persona en cuestión estaba efectuando contactos de índole conspirativa o reuniéndose con personas sospechosas, y no que le habían seguido a la lavandería, a la farmacia o al banco.

Pero también se usó el expediente del allanamiento en casos de sospecha de acaparamiento de bienes de consumo por parte de algunos comerciantes. Se ha dicho que en varios casos se habría cometido excesos, puesto que se trataría de almacenamiento normal y no de acaparamiento. Hasta ahora no ha sido comprobado fehacientemente que hubiera habido o que no hubiera habido los excesos mencionados, pero el Presidente del IDEC ha declarado, sin haber sido desmentido, que en todas las actuaciones de su despacho estuvo presente un representante de la Fiscalía General de la República y que se levantaron las actas que contempla la Ley de Protección al Consumidor.

En todo caso, el Congreso de la República decidió, en sesión conjunta de las Cámaras del 21 de julio, restituir las garantías suspendidas, incluyendo la garantía de la propiedad privada, con excepción de la garantía de la libertad de la actividad económica. El mismo día en que se produjo la revocatoria del decreto de suspensión, se dejó entrever que el Gobierno procedería a emitir un nuevo decreto. En aquel momento, COPEI no argumentó que sería inconstitucional un segundo decreto. Orlando Contreras Pulido, por ejemplo, se limitó a observar que cualquier decreto de este tipo tendría que ir a parar, en último término, al Congreso de la República para su consideración, y Haydeé Castillo de López Acosta, senadora copeyana, consideró que Caldera entraría en un “juego” muy peligroso si remitía de nuevo a las Cámaras un segundo decreto de suspensión. (No parece una caracterización verídica de Rafael Caldera el adjudicarle un espíritu juguetón).

Otra parte de la argumentación contraria a la suspensión, que el propio Contreras Pulido esgrimió en sus declaraciones del 21 de julio, consistió en estimar que bastaría la suspensión de la garantía implicada en el Artículo 96 para que el Gobierno actuase en las direcciones que quería. La estimación del Gobierno era diferente, al sostener que el ordenamiento legal vigente no era suficiente para fundamentar las actuaciones de la Junta de Emergencia Financiera o las medidas precautelativas que ha venido ejecutando en los últimos días la Procuradoría General de la República.

Pero, al producirse un segundo decreto de suspensión, COPEI y otros voceros comenzaron a ventilar la noción de que este segundo decreto era, además de un irrespeto al Congreso, un paso violatorio de la Constitución Nacional, y que por esa razón debía pedirse a la Corte Suprema de Justicia que interviniese en el impasse.

Ya ha sido intentada ante la Corte esta demanda de inconstitucionalidad, la que pudiese considerarse procedente si el punto a dilucidar se refiriese a la determinación de si el Congreso de la República es el órgano de control pautado por la Constitución para esta materia de suspensión de garantías. Esto no es totalmente claro. Por una parte, el Artículo 243 es el que establece el procedimiento para revocar el decreto de restricción o suspensión de garantías, y en él se establece que la revocatoria puede hacerla el Congreso, pero también el Ejecutivo Nacional, órgano al que el Artículo 243 menciona de primero.

Pero, por otra parte, el Artículo 243 condiciona esa revocatoria a que hayan cesado las causas que motivaron la suspensión. La postura del Gobierno es que esas causas no han cesado. ¿Puede la Corte Suprema de Justicia entrar a determinar si las causas subsisten?

El Artículo anterior, el 242, pareciera negar esta posibilidad, puesto que es el que establece que la consideración del decreto de restricción o suspensión de garantías es potestad del Congreso de la República. (“El Decreto que declare el estado de emergencia u ordene la restricción o suspensión de garantías será dictado en Consejo de Ministros y sometido a la consideración de las Cámaras en sesión conjunta o de la Comisión Delegada, dentro de los diez días siguientes a su publicación”). Esto significa que la Corte Suprema no es la llamada a considerar el fondo del asunto, el punto de si las causas esgrimidas por el Gobierno se compadecen con la realidad.

El debate de fondo, pues, es si la justificación ofrecida por el Gobierno es sostenible. El argumento del irrespeto no tiene mayor importancia, El gobierno también hubiera podido decir, cosa que no ha dicho, que el Congreso había irrespetado al Ejecutivo al revocar el decreto original. El problema es, por un lado, si las causas para la suspensión eran suficientes y, por el otro, si las causas habían cesado.

Si se considera sólo esto último, habría que decir que las causas no han cesado, que las graves circunstancias continúan existiendo. Por tanto, en este sentido, el Congreso no debió revocar el decreto si nos atenemos estrictamente al texto constitucional, el que establece que la revocatoria procede cuando las causas han cesado.

De modo que sólo restaría dilucidar si en la primera instancia, en la consideración que las Cámaras deben  hacer del decreto de suspensión, y aun admitiendo éstas que existen graves circunstancias, las garantías específicas que fueron suspendidas impedían el manejo de la circunstancia grave.

 

Alfaro convergente

Los desarrollos posteriores indican que ahora la fracción de Acción Democrática ha sido convencida acerca del último punto, puesto que ha manifestado su disposición a favor de mantener la nueva suspensión mientras el Congreso, reunido en sesiones extraordinarias, aprueba las leyes que ha requerido el Ejecutivo, especialmente la ley que regula las emergencias financieras. Este desenlace aleja definitivamente el problema de la atención de la Corte Suprema de Justicia, pues si el propio Congreso aprueba la suspensión, desaparece el impasse entre los poderes ejecutivo y legislativo.

Ya habíamos detectado una aproximación entre el Gobierno y Acción Democrática en el Nº 2 de esta publicación—4 de abril de este año—cuando mencionamos la “convergencia” de AD en momentos cuando se discutía dotar al Gobierno con una ley habilitante. Como se recordará, solamente la fracción de Convergencia superaba a Acción Democrática en el grado de apoyo a los poderes extraordinarios. Ahora es Acción Democrática la que salva el enfrentamiento de poderes, al disponerse a aprobar el nuevo decreto de suspensión.

Se trata, a nuestro juicio, de una muy inteligente postura de la corriente dominante de Acción Democrática: la corriente alfarista, la misma que expulsó de las filas de AD a Carlos Andrés Pérez. En esta ocasión, habiendo medido el abrumador grado de apoyo en la opinión pública del que ahora goza el Gobierno, ha decidido apoyarlo, lo que deja a COPEI en una muy deslucida posición, en la precaria compañía de una Causa R que no encuentra qué hacer para mover a su favor la opinión de los Electores. De nuevo, recordamos del Nº 2 de esta publicación, cuando escribimos: “Un análisis preliminar de las posturas de los partidos ante esta proposición permite darse cuenta de una suerte de alianza de facto entre Acción Democrática y Convergencia, como también del hecho de que, una vez más, los extremos se tocan: los partidos menos propensos a dar al gobierno de Caldera poderes extraordinarios son COPEI y la Causa R, el partido que presentó en las elecciones—con la candidatura de Álvarez Paz—la posición de corte más neoliberal y el partido más izquierdista”. (La Tentación Totalitaria, 4 de abril de 1994).

De esta manera AD cree posicionarse tempranamente en sitio ventajoso con miras a las futuras elecciones, puesto que calcula que Convergencia no tiene posibilidades reales de generar la sucesión de Rafael Caldera. Al propio tiempo, ha desactivado la carga explosiva del referéndum, con el que el Presidente de la República amenazó al Congreso.

 

Suspensión del referéndum

Pero ahora parece que no va el referéndum. Después de haber excitado el interés de los Electores la “entrada en razón” de Acción Democrática hizo que el Gobierno reculara, apresurándose a anular su oferta. El Senador Juan José Caldera no perdió un minuto, al conocerse el cambio de posición de Acción Democrática, para declarar que ya el referéndum no era necesario.

La consulta que Caldera (Rafael), había asomado como posible—el Ministro Andueza llegó a hablar, incluso, de un texto de decreto convocatorio ya preparado—consistiría, simplemente, en preguntar a los Electores si estaban de acuerdo con la suspensión de garantías decretada por el Gobierno. De inmediato se pasó a interpretar que un referéndum de este tipo vendría siendo más bien, en interpretación del destacado constitucionalista Gustavo Planchart Manrique, un verdadero plebiscito, dado que sus efectos vendrían a ser la deslegitimación política de aquel de los poderes que resultase derrotado en el referéndum. Para algunos, se hubiera tratado de una consulta bien extraña: le estarían preguntando a uno si estaba de acuerdo conque le negasen el derecho a transitar libremente por el territorio nacional, a la inviolabilidad de su hogar, a la propiedad de sus bienes, etcétera. La mayoría de la población, sin embargo, parecía “saber” que este no sería el sentido de la pregunta, entendiéndolo más bien de este modo: “¿Está Ud. de acuerdo, Señor Elector, conque se suspenda la garantía de libre tránsito a quien haya delinquido en el manejo de los dineros del público, sea porque los hubiese empleado en fines distintos de la intermediación bancaria o porque hubiese empleado dineros públicos que les fueron entregados para garantizar los dineros del público depositados en sus arcas de banquero para, por ejemplo, comprar dólares?”

No había dudas en la inmensa mayoría de los venezolanos de que ése sería el significado de la consulta. Por eso esa mayoría no se sentía amenazada por las medidas de excepción y las aprobaba decididamente.

Lo que ocurre es que no es posible constitucionalmente suspender las garantías a un subconjunto de la ciudadanía. La Constitución de 1961 permite limitar el ámbito territorial en el que se extiende el decreto de restricción o suspensión de garantías que ella misma establece. (Parágrafo segundo del Artículo 241). Es posible suspender las garantías, por ejemplo, en el Estado Bolívar, o en el Municipio Brión, o en la urbanización Los Palos Grandes. Lo que no se puede es decir que se suspende la garantía de la inviolabilidad del hogar a los zapateros, o a los ladrones de automóviles o a la familia Pacheco.

Por esto resultó curiosísima la intervención televisada de Allan Randolph Brewer-Carías, quien el mismo día de la primera suspensión exigía muy agitadamente al Gobierno que presentara una lista de las personas contra las que irían dirigidas las medidas que vulnerarían los derechos suspendidos. Sorprende ese veloz dictamen jurídico en boca de uno de los más destacados profesores de Derecho Público con los que cuenta Venezuela.

Pero ya, en todo caso, la pregunta no será hecha oficialmente a los venezolanos, quienes ya la contestaron por vías informales. (El referéndum telefónico del diario El Nacional arrojó cotas de aprobación superiores al 90% de las llamadas. Ni siquiera hubo la astucia, por parte de los interesados en contradecir al gobierno, de congestionar las líneas del periódico con llamadas desaprobatorias).

Este retroceso gubernamental tiene bastante de lamentable pues, como pudo evidenciarse, la ciudadanía creyó que había llegado la ocasión para participar directamente, por primera vez, en la adopción de una decisión de Estado.

El mismo presidente Caldera, en su “Carta de Intención con el Pueblo de Venezuela”, decía así: “El referendum (sic) propuesto en el Proyecto de Reforma General de la Constitución de 1992, en todas sus formas, a saber: consultivo, aprobatorio, abrogatorio y revocatorio, debe incorporarse al texto constitucional”.

El Presidente de la República puede argumentar ahora que no corresponde al Poder Ejecutivo, sino al Congreso de la República, el trabajo de la reforma de la Constitución. Pero si el Gobierno declaró, por boca del Ministro Andueza, que ya tenía redactado un decreto para convocar a referéndum, ¿qué puede impedir que se redacte otro para consultar a los Electores sobre cualquier otro asunto, dado que según la doctrina Andueza habría bastado un acto del Ejecutivo para que se produjera la convocatoria?

Si era posible convocar un referéndum “consultativo” sobre la suspensión de las garantías, es posible convocar un referéndum para consultar a los Electores sobre cualquier otra materia. A este respecto puede valer la pena considerar la siguiente idea: consultar a los Electores sobre los lineamientos generales del plan de desarrollo económico y social del Ejecutivo, el que hasta ahora, dicho sea de paso, es desconocido.

La Constitución Nacional incluye ahora, gracias al Artículo 7º de su Enmienda Nº 2, la siguiente disposición: “El Ejecutivo Nacional en el transcurso del primer año de cada período constitucional, presentará para su aprobación, a las Cámaras en sesión conjunta, las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación”.

En nuestra opinión, debiera ser a los Electores, no a las Cámaras del Congreso de la República, a quienes debiera solicitarse la aprobación de las “líneas generales del plan de desarrollo” del Ejecutivo. Esto, naturalmente, precisaría que la Constitución fuese modificada. No puede crearse de la noche a la mañana un carácter vinculante que colida con uno dispuesto expresamente en el texto constitucional.

Pero si, como había argumentado el Gobierno, podía hacerse un referéndum no vinculante para consultar su diferendo con el Congreso, perfectamente puede celebrarse uno para el acto más esencial que puede haber en el ejercicio de la política: obtener la aquiescencia del Pueblo respecto del rumbo general del Estado de cuya soberanía es asiento.

Toca pues al Gobierno considerar esta posibilidad y decidir si se atreve realmente a hacer buenas las siguientes palabras: “El pueblo debe ser escuchado y debe sentir que comparte el poder. Ello obliga a abrir y mantener un diálogo fecundo, en la forma más amplia, orientada a obtener el consenso necesario para las grandes determinaciones”.(Rafael Caldera: “Mi Carta de Intención con el Pueblo de Venezuela”).

Sería una lástima y seguramente, a la larga, un error político, haber mencionado la posibilidad de un referéndum solamente como amenaza hacia el Congreso de la República, o como promesa electoral demagógica. Eso sí sería, presidente Caldera, Senadora Castillo, jugar un juego extremadamente peligroso. “Un tal gioco, credetemi, e meglio non giocarlo”. LEA

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Asimetría

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Claudio Fermín, uno de los hombres «del momento», ha salido a decir, quién sabe por qué, que no está de acuerdo con la proposición calderista del referéndum revocatorio.

Según Fermín, la posibilidad de remover de su cargo al Presidente de la República, así sea por un acto soberano del poder constituyente, de los electores en referéndum, sujetaría el sistema político a una intolerable inestabilidad.

Primero que nada, el referéndum revocatorio no es una idea de Rafael Caldera. Mucho antes de que él recogiese el concepto en su «Carta de Intención con el Pueblo de Venezuela», la idea de un referéndum revocatorio del mandato presidencial ha sido planteada por varios comentaristas y actores de nuestra escena política. Por ejemplo, viene a mi memoria que Elías Santana tiene bastante tiempo hablando de eso.

Pero como ocurre a menudo con Rafael Caldera, con el correr del tiempo ha aceptado una proposición a la que antes se oponía o, simplemente, no prestaba atención. Así, por ejemplo, hace unos diez años Rafael Caldera no quería saber nada de primeros ministros o de reformas a la Constitución. Cuando se repetía insistentemente que el modelo de desarrollo venezolano estaba agotado, el contestaba que eso no era cierto. Para él, el modelo de desarrollo venezolano estaba inmerso en el Preámbulo de la Constitución de 1961 y no estaba agotado sino, más bien, estaba por ser aplicado.

Cuando el Frente Patriótico insistía en su idea de una Asamblea Constituyente para redactar una nueva Constitución, entonces Caldera admitía que tal vez alguna enmienda sería aconsejable. Después del 4 de febrero quiso acelerar una reforma constitucional. Ahora admite, en la «carta de intención» mencionada, que tal vez una constituyente pueda ser considerada: «La previsión de la convocatoria de una Constituyente, sin romper el hilo constitucional, si el pueblo lo considerare necesario, puede incluirse en la Reforma Constitucional, encuadrando esa figura excepcional en el Estado de Derecho». (Carta de Intención, pág. 11).

Pero ¡enhorabuena! Ahora el Presidente Electo sí cree en el referéndum revocatorio. Pienso que hay que tomarle la palabra.

La probabilidad de que el gobierno de Rafael Caldera deba sufrir un nivel importante de rechazo de la opinión popular es una probabilidad considerable. Ya no por asuntos de barraganas o manejos en partidas secretas, sino, sencillamente, porque pudiera muy bien deteriorarse aún más el ya golpeadísimo nivel de vida de los ciudadanos. Porque la inseguridad, producto de una delincuencia creciente, producto de una pobreza creciente, pudiese muy bien—o muy mal—continuar creciendo.

Así que sería muy aconsejable contar con un cauce constitucional para la salida a una situación de ese tipo. Como vimos con Carlos Andrés Pérez, no bastó la posibilidad de la renuncia para configurar la falta absoluta del Presidente, y no es fácil imaginar a Caldera renunciando a nada. Si llega a presentarse un rechazo generalizado a su gestión, sería bueno tener a la mano la posibilidad del referéndum revocatorio. De ese modo pudiéramos evitarnos una nueva ola de golpismo, que en esta ocasión pudiera tener éxito.

No estoy, por tanto, de acuerdo con el criterio esbozado por Claudio Fermín. La inestabilidad no sería producto de la aprobación de la figura del referéndum revocatorio. La inestabilidad provendría de un gobierno que no supiera modificar profunda y positivamente el rumbo del Estado venezolano. De no contar con el referéndum revocatorio, podríamos caer por la vía de un golpe de Estado, eso sí, en una muy estable dictadura.

Pero ahora que Caldera se ha sumado a la idea de este tipo de referéndum, también ha incluido en su «carta de intención» que el Jefe del Estado tenga «la facultad de disolver las Cámaras Legislativas cuando no estén cumpliendo las funciones para las cuales fueron electas…» (Carta de Intención, págs. 9 y 10).

Si aún se cree en la bondad del equilibrio de los poderes, esta particular visión de Caldera introduce un desequilibrio, una asimetría. Pienso que no debe quedar a la potestad de un hombre, por más que se trate del Presidente de la República, la revocación de un mandato dictado por los electores. Al Congreso de la República también le sale un referéndum revocatorio. Es decir, el juez supremo acerca del desempeño del Congreso no puede ser otro que los mismos que lo eligieron. Otra cosa sería contraria a los más elementales principios de la representatividad. Es como si uno contratase un empleado y que otra persona distinta lo despidiese.

Dicho sea de paso, todo lo que Caldera ha incluido en ese documento como reformas legales o constitucionales resulta excesivo, puesto que la facultad de legislar cabe al Congreso de la República, no a su Presidente. Nadie puede comprometerse a hacer algo que no puede hacer.

LEA

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En el último día de febrero

El Globo

En estricto sentido, el Comandante Chávez y sus compañeros de la cuarta madrugada de febrero abusaron de nosotros.

He podido conocer y admirar muy de cerca la conducta médica de un pediatra excepcional. Como pocos médicos que conozco, éste se tomó en serio el juramento de Hipócrates, el primer código ético de una profesión que la Historia registra por escrito. El protocolo que sigue este médico al que me refiero es invariablemente el mismo: ante la enfermedad de uno de sus pacientes procura, primeramente, que el enfermo se cure sin su intervención de faculto. Parte, pues, de una confianza básica y fundamental en las propias capacidades del cuerpo humano para sanarse a sí mismo.

Sólo si el paciente no da muestras de mejoría se aviene entonces a recomendar algún remedio. Para que consienta en recetar antibióticos casi que hay que torcerle el brazo. Un revólver sobre su pecho es necesario para que admita que, llegado un cierto momento, el caso debe tomarlo un cirujano. Para él un cirujano es, entonces, un último recurso y no es, propiamente y de acuerdo con Hipócrates, un recurso médico. Políticamente las cosas deben verse de la misma manera.

El comandante Chávez actuó como cirujano. La imagen del 4 de febrero como acto quirúrgico ha entrado ya en nuestras cabezas. Pero los militares que participaron en la acción, independientemente de su valentía y de la pasión que los animaba, abusaron del pueblo venezolano. Porque es que ningún cirujano tiene derecho a intervenir sin el consentimiento del paciente, a menos que éste se encuentre inconsciente y, por tanto, privado de su facultad de decidir si se pone en las manos del cuchillero. Y el pueblo venezolano no estaba inconsciente y el comandante Chávez no nos consultó sobre la operación y nosotros no le autorizamos a que lo hiciera.

Podemos hasta conceder que el diagnóstico estaba correcto. Carlos Andrés Pérez debía separarse del cargo. Yo escribí aquí a fines del año pasado, y refiriéndome a la proposición uslariana de que Pérez asumiera la conducción de un programa de emergencia nacional, lo siguiente: “Pero el problema fundamental de su récipe consiste en creer que Carlos Andrés Pérez debe dirigir los tratamientos, cuando él es, más propiamente, el propio centro del tumor.”

Y el comandante Chávez quiso resolver quirúrgicamente la remoción del tumor, sin autorización de nadie e ignorando, a pesar de que había sido dicho bastantes veces, que todavía existían los medios clínicos, los procedimientos médicos para el mismo objetivo. En el mismo artículo en el que reconocí la recomendación del Dr. Úslar de que Pérez nos salvara, recordé: “Propuse el 21 de julio algo más radical que las píldoras del Dr. Úslar. Receté, para la urgencia más inminente de la enfermedad, la renuncia de Carlos Andrés Pérez y que el Congreso elija, según pauta la Constitución, a quien complete su período como Presidente, porque, como Úslar dice, es importante preservar la constitucionalidad.”

Sin embargo, comandante Chávez, debemos darle las gracias de todos modos. Porque sin su abusiva pero viril decisión, los que usan y abusan todos los días el poder político que aún detentan, no se habrían puesto a dar las histéricas carreritas que estamos presenciando. El vergonzoso apremio por aparecer como el más atrevido de los líderes.

El pescueceo

Es así como José Rodríguez Iturbe, luego de oponerse al discurso de Caldera el mismo 4 de febrero, en pocos días había considerado que las elecciones de Presidente y de Congreso debían ser adelantadas para este año, lo que implicaba la renuncia, no sólo de Pérez, sino de todos los congresantes. El Dr. Rodríguez Iturbe necesitó de un golpe para llegar a esa conclusión.

O el Dr. Fernández, que fue hasta el Fiscal General para decirle que no requeriría pruebas, que se conformaría con meros “indicios” de un acto corrupto, para expulsar enérgicamente al indiciado de las filas de COPEI. El Dr. Fernández necesitó que el comandante Chávez le trasnochara para llegar a esa conclusión, porque tan sólo un mes antes el propio Dr. Fernández había designado, como presidente de los actos aniversarios de COPEI de enero de este año, al Dr. Douglas Dáger, el mismo del caso Lamaletto, del video escandaloso, de su destitución como Presidente de la Comisión de Contraloría del Congreso. Es decir, el Dr. Fernández elevó como símbolo de su partido a una persona sobre la que han pesado, si no pruebas, al menos graves indicios de corrupción. Es ese mismo Dr. Fernández que ahora propone una Constituyente, aunque hasta hace nada despreció olímpicamente los llamados del Dr. Juan Liscano y sus compañeros del Frente Patriótico justamente para la convocatoria de una Asamblea Constituyente.

O el Dr. Burelli Rivas, que con gran frescura declaró a la prensa que una salida pacífica, “que hasta ahora no ha sido planteada”, sería que Carlos Andrés Pérez renunciara a la Presidencia de la República.

Y ahora el Dr. Caldera se suma a la proposición de la renuncia de Pérez. La presenta, naturalmente, como si se le estuviera ocurriendo a él en este momento. Escribe con gran flema sobre la “posible” conveniencia de una Constituyente, cuando hasta hace nada sólo quería enmiendas, remiendos, acomodos.

Por todos estos apresurados y patéticos cambios de posición hay que agradecer al Comandante Chávez y a todos sus compañeros.

Vete ya, Carlos Andrés

El que sí parece no tener composición es Carlos Andrés Pérez, que nuevamente nos avergonzó al declarar a los corresponsales extranjeros que durante su gobierno no hubo ningún escándalo de corrupción. Claro, para Pérez no es escandaloso que con gran prisa tuviera que destituir, el mismo año pasado, a su propio jefe de seguridad personal, porque parece que andaba enredado con una tal Gardenia Martínez por el asunto de una navajita defectuosa vendida a las Fuerzas Armadas de este país.

Por eso, no hay salida sin la terminación del mandato de Pérez. Pero esto debe ser obtenido médicamente, civilmente. Me congratulo porque por fin personas tan notables como el Dr. Caldera y el Dr. Burelli hayan admitido, aunque sin reconocer que hubiera sido propuesto antes de la cuarta madrugada de febrero, que el tratamiento que propuse hace ya siete meses sea el tratamiento indicado. Me duele que no lo hayan entendido antes del dolor y la vergüenza del 4 de febrero.

Que continúe el curso médico. Por las manos de los caraqueños circula una hojita que propone un grito colectivo. Para el 10 de marzo, a las 10 de la noche: “Hoy es diez, son las diez, vete ya Carlos Andrés”. Yo pienso gritar, a menos que la suspensión de mis garantías constitucionales se emplee para amordazarme primero.

Carlos Andrés Pérez tendrá que abandonar el poder. A ese no lo salva ni George Bush. Ya es cuestión de días. El problema será entonces encontrar quien le va a suceder.

El Dr. Uslar ha dicho que no aceptaría la Presidencia de la República bajo ningún concepto. Lo siento mucho porque lo preferiría a cualquier otro, por la claridad y modernidad de su pensamiento.

Pero yo también sugerí que el Dr. Caldera sería una estupenda opción y aquí lo reafirmo. Le pregunto entonces a Rafael Antonio Caldera: ante la necesidad nacional, ¿aceptarías completar el período constitucional que Pérez no culminará? ¿O serás capaz de negarte porque no te conformas con eso y quieres cinco años completos de poder?

LEA

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