por Luis Enrique Alcalá | Jun 5, 2008 | LEA, Política |

Tal como se esperaba, la candidatura del Partido Demócrata a la Presidencia de los Estados Unidos ha recaído prácticamente—a la espera de formalidades de la convención partidista que tendrá lugar en Denver en agosto—en el Senador por el estado de Illinois, Barack Obama. Para el fin de semana se espera que la senadora Hillary Clinton anuncie el fin de su campaña, ofrezca su apoyo a Obama y convoque a la tarea, no necesariamente fácil, de derrotar en noviembre a John McCain, el candidato de los republicanos. Cualquier cosa distinta sería contraria a la profesionalidad política de la senadora Clinton, que ha caracterizado toda su larga carrera, y ya esas líneas han sido anunciadas por Howard Wolfson, el jefe de comunicaciones de su campaña.
Ya ayer, ante una nutrida reunión—unas siete mil personas—del Comité de Asuntos Públicos Americano-Israelí, Obama y Clinton intercambiaron mutuos elogios. Obama dijo: “Ella es una gran senadora de Nueva York. Ella es una extraordinaria líder del Partido Demócrata, y ha hecho historia junto conmigo en los últimos dieciséis meses. Estoy muy orgulloso de haber competido con ella”. Por su parte, la senadora Clinton declaró: “Ha sido un honor disputar estas primarias con él. Es un honor llamarlo mi amigo”. Todavía fue más allá al decir a la reunión del influyente lobby: “Déjenme ser muy clara. Yo sé que el senador Obama será un buen amigo de Israel”.
La escena pareciera estar puesta para una combinación en la que Obama fuera el número uno del ticket demócrata y Clinton la número dos; esto es, para que Obama la escogiera como compañera de fórmula y candidata a la Vicepresidencia. Esto, que parece tan natural, tiene sus bemoles y el mayor de ellos es la figura de Bill Clinton, que tendría que ser maniatado para que la campaña de los demócratas no fuese un incómodo ménage à trois. A pesar de que ya hay cabildeo—sobre todo por partidarios de la senadora—en esa dirección, hay voces que ponen en duda la sabiduría de la fórmula Obama-Clinton. El ex presidente Jimmy Carter, por ejemplo, declaró que esa combinación “sólo acumularía los aspectos negativos de ambos candidatos” y que sería el mayor error que pudiera cometerse. (Carter aseguró que hubiera sostenido lo mismo de haber ganado Clinton la nominación demócrata).
Pero el verdadero foco de lo que queda de campaña es la competencia con McCain. Días antes de la definición de su candidatura, Obama, oliendo el inminente triunfo, había comenzado a enfilar sus baterías contra el candidato republicano. (Lo que, dicho sea de paso, era una hábil señal de que estaba convencido de alzarse con la nominación demócrata).
Un encuesta de CBS News (30 de mayo al 30 de junio) registra una leve ventaja de 6% de Obama sobre McCain, demasiado estrecha si se toma en cuenta que el margen de error es de más o menos 4%. En estos momentos, pues, la incertidumbre reina. Lo más probable, sin embargo, es que estos números cambien a favor de Obama a raíz de la concesión y el apoyo que su voluntariosa contendora sepa brindarle. En un extenso perfil de Al Jazeera sobre la senadora, publicado anteayer, la conclusión es que “es extremadamente improbable que el mundo haya oído por última vez de Hillary Clinton”.
LEA
por Luis Enrique Alcalá | Jun 5, 2008 | Cartas, Política |

Un buen amigo os dirá siempre la verdad; salvo en el caso de que la verdad sea agradable.
Enrique Jardiel Poncela
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El candidato del Partido Socialista de los Estados Unidos a las elecciones presidenciales de 1904, 1908 y 1912 en ese país, Eugene V. Debs, fue arrestado en 1918 y sentenciado a prisión de diez años por haber pronunciado un discurso que “obstruía” el reclutamiento militar en tiempos de la Primera Guerra Mundial. (Obtuvo el perdón del presidente Warren Harding luego de que cumpliera casi tres años de cárcel). Alrededor de setenta y cinco periódicos estadounidenses perdieron el derecho a llevar ejemplares a sus suscritores por correo o recibieron la prohibición de publicar cualquier cosa relativa a la guerra entre junio de 1916 y mayo de 1918. El editor del Milwaukee Leader, un periódico de aquel partido, fue sentenciado a veinte años de prisión. (Tuvo la suerte de ganar una apelación sobre un punto procesal).
En 1919 Charles Schenck, Secretario del Partido Socialista, fue condenado a prisión de veinte años por imprimir y enviar por correo quince mil folletos opuestos a la recluta militar a varones elegibles para la conscripción. La publicación contenía, entre otras, la afirmación siguiente: “Si usted no afirma y apoya sus derechos, está ayudando a negar o despreciar derechos cuya retención es el solemne deber de todos los ciudadanos y residentes de los Estados Unidos”. La Corte Suprema de este país dictaminó otra cosa: en decisión unánime redactada por el famoso Oliver Wendell Holmes, el tribunal sostuvo que la condena recibida por Schenck era constitucional, por cuanto la Primera Enmienda, relativa a la libertad de expresión, no protegía discursos que incitaran a la insubordinación. La Corte razonaba que las circunstancias de la guerra permitían mayores restricciones a la libertad de expresión, y en el proceso echó las bases de la doctrina del “peligro claro e inminente”. (Holmes escribió: “La cuestión, en todo caso, es si las palabras empleadas lo son en tales circunstancias y son de tal naturaleza que crean un claro e inminente peligro de causar los males substantivos que el Congreso tiene derecho de impedir”. También dijo: “La más astringente protección de la libertad de opinión no protegería a un hombre que gritara falsamente ‘fuego’ en un teatro y causara pánico”). En realidad, Schenck sólo sirvió nueve meses de la pena que le fuera adjudicada.
Estas incidencias penales eran el resultado de la aplicación de la Ley de Espionaje de 1917, que declaraba criminal suministrar información (o falsos informes o declaraciones) que llevaran la intención de interferir con “la operación y el éxito” de las fuerzas armadas estadounidenses o promovieran el éxito de los enemigos. (En ciertos casos, tales acciones podían conllevar la pena de muerte). Esta legislación fue aprobada a instancias del presidente Woodrow Wilson, el ex Presidente de la Universidad de Princeton, que pensaba que una disensión extendida en tiempos de guerra era una amenaza real a la victoria de los Estados Unidos. La ley de 1917 fue ampliada por la Ley de Sedición al año siguiente, que consideraba un delito que los ciudadanos emplearan “lenguaje desleal, obsceno, difamatorio o abusivo” dirigido al gobierno de los Estados Unidos, la bandera o las fuerzas armadas en situación de guerra. (La ampliación estipulaba multas no superiores a los diez mil dólares y prisión no superior de veinte años por discursos o escritos de esa clase. Fue derogada por el Congreso de 1921).
El 26 de octubre de 2001, mes y medio después de la demolición de las torres del World Trade Center en los ataques “hiperterroristas” del fatídico 11 de septiembre, George W. Bush ponía el ejecútese a la Ley Patriota, aprobada por amplia mayoría en ambas cámaras del Congreso de los Estados Unidos.
Esa ley extiende la autoridad de las agencias gubernamentales con el fin de combatir el terrorismo. Entre sus estipulaciones, amplía la capacidad de examinar comunicaciones telefónicas y por correo electrónico, así como registros médicos, financieros y de otra naturaleza de los ciudadanos, libera de restricciones a la recolección de inteligencia del exterior dentro de los Estados Unidos, expande los poderes del Secretario del Tesoro para la regulación de transacciones financieras (especialmente las de individuos y entidades extranjeras) y acrecienta la discrecionalidad de las autoridades para detener y deportar inmigrantes sospechosos de haber incurrido en conductas relacionadas con el terrorismo. Más aún, al ampliar la definición de terrorismo para incluir el doméstico, la ley extiende el ámbito al que sus provisiones son aplicables.
La Ley Patriota ha sido cuestionada porque debilitaría la protección de las libertades civiles en los Estados Unidos. Ya algunas de sus estipulaciones han sido declaradas inconstitucionales por varias cortes federales. Siendo que ciertas disposiciones debieron expirar el 31 de diciembre de 2005, los proponentes originales de la ley procuraron con cierta antelación extenderlas indefinidamente. En julio de ese año el Senado aprobó cambios sustanciales, pero luego de que la Cámara de Representantes mantuviera mucho de la redacción original, se llegó a un compromiso en el que la mayoría de los cambios introducidos por los senadores desapareció. Esta versión ligeramente atenuada de la Ley Patriota fue refrendada por el presidente Bush el 9 de marzo de 2006.
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La Gaceta Oficial venezolana Nº 38.940, del 28 de mayo de 2008, publica la novísima Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, emanada del Decreto Nº 6.067, del 14 de mayo de 2008, con rango, valor y fuerza de ley. (En virtud de la ley habilitante vigente). Hay quienes han sostenido que el presidente Chávez no estaba facultado para tal promulgación, pero el numeral 9 de la ley habilitante (En el ámbito de seguridad y defensa), estipula su habilitación para legislar sobre “la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia”. Por otra parte, la ley dictada el 14 del mes pasado y activada el 28 estaba prevista en la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación (2002), cuyo Artículo 26 dice a la letra: “El Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia se entenderá como el procesamiento del conjunto de actividades, informaciones y documentos que se produzcan en los sectores públicos y privados, en los ámbitos nacional e internacional, los cuales, por su carácter y repercusión, son de vital importancia a los fines de determinar las vulnerabilidades o fortalezas, tanto internas como externas, que afecten la seguridad de la Nación. La ley respectiva regulará lo atinente a su organización y funcionamiento”.
Esta pieza ha sido recibida por un contrapunto coral de voces opositoras, que la compara con leyes de Hitler (Carlos Figueredo Planchart), cree que coloca a todos los ciudadanos bajo sospecha y elimina hasta el sigilo sacramental de la confesión católica (Liliana Ortega), sostiene que sustituye el garantismo del Código Orgánico Procesal Penal por un Estado policial de persecución (Jesús Ramón Quintero), argumenta que convierte a Venezuela en una sociedad de informantes (Blanca Rosa Mármol de León), aduce que se ha decretado que los jueces se hagan espías a favor del gobierno (José Miguel Vivanco), opina que es una ley para implantar el miedo a los periodistas y éstos se sientan amenazados y perseguidos y sería en sí misma una violación determinante de los derechos humanos (Miguel Henrique Otero), evalúa que estuvo muy mal redactada, carece de técnica legislativa y adolece de notables vicios (Rocío San Miguel), estima que siembra la violencia y el terror en el país (Julio Borges) y sentencia que atenta contra las libertades del país (Manuel Rosales). Para determinar la validez de estas calificaciones conviene un examen clínico y comparado de lo que la ley en verdad establece.
En primer término, se destaca el punto de la obligatoriedad, bajo sanción penal, de satisfacer los requerimientos de las autoridades de inteligencia y contrainteligencia (“órganos con competencia especial”) en procura de información relativa a presuntas amenazas a la seguridad, la defensa y el “desarrollo integral” del país. El Artículo 16 de la ley define en su primer parágrafo: “Son Órganos de Apoyo a las actividades de inteligencia y contrainteligencia, las personas naturales y jurídicas, de derecho público y privado, nacionales o extranjeras, así como los órganos y entes de la administración pública nacional, estadal, municipal, las redes sociales, organizaciones de participación popular y comunidades organizadas, cuando le sea solicitada su cooperación para la obtención de información o el apoyo técnico, por parte de los órganos con competencia especial”. Y en su segundo parágrafo establece: “Las personas que incumplan con las obligaciones establecidas en el presente artículo son responsables de conformidad con la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación y demás actos de rango legal y sublegal aplicables a la materia, en virtud de que dicha conducta atenta contra la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación”.
Dicha redacción remite al Artículo 53 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, aprobada hace seis años, que reza así: “Quedan obligadas todas las personas residentes o transeúntes en el territorio nacional a atender los requerimientos que le hicieren los organismos del Estado en aquellos asuntos relacionados con la seguridad y defensa de la Nación; su incumplimiento acarreará la aplicación de sanciones civiles, penales, administrativas y pecuniarias de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento legal vigente”. El carácter penal, pues, de la negativa a tales requerimientos, no es nuevo. Por ejemplo, el Artículo 54 de la misma ley especifica: “Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como los funcionarios públicos que tengan la obligación de suministrar los datos e informaciones a que se refiere la presente Ley y se negaren a ello, o que las dieren falsas, serán penados con prisión de dos (2) a cuatro (4) años, en el caso de los particulares; y de cuatro (4) a seis (6) años, en el caso de los funcionarios públicos”.
Pero es que esta figura penal tampoco fue inaugurada en la ley de 2002. Su antecesora, la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa (1976), promulgada bajo la presidencia de Carlos Andrés Pérez y aprobada por el Congreso cuyo Presidente era Gonzalo Barrios y cuyo Vicepresidente era Oswaldo Álvarez Paz, ya establecía en el numeral 5 de su Artículo 8 que era facultad del Consejo Nacional de Seguridad y Defensa: “5. Requerir de los organismos públicos, entidades privadas y de personas naturales o jurídicas, los datos, estadísticas e informaciones que considere necesarios para la seguridad y defensa de la República; los cuales tendrán carácter de documentación confidencial o secreta para el Consejo y en ningún caso podrán ser divulgados”. Al mismo tiempo decía en su Artículo 33: “Los particulares nacionales o extranjeros y los funcionarios públicos que se negaren a suministrar informaciones que afecten la seguridad y defensa del país y a los cuales se refiere el artículo 8º de esta Ley, o que las dieren falsas, según libre apreciación del Juez, serán penados con prisión de 1 a 2 años en el caso de los particulares, y de 2 a 4 años en el caso de los funcionarios públicos”. En el tránsito de una ley a otra, por tanto, lo que ha ocurrido es que las penas han aumentado.
Por otra parte, la misma obligatoriedad de la ley venezolana es contemplada en el proyecto de ley sometido por el gobierno de Colombia al Senado de ese país: “Artículo 29. Deber de colaboración de las entidades públicas y privadas. Las entidades públicas y privadas deberán cooperar con las agencias de inteligencia y contrainteligencia para el cumplimiento de los fines enunciados en esta ley”. (El Poder Judicial es, naturalmente, una entidad pública, Aquí se ha dicho que la ley venezolana convierte a nuestros jueces en espías). Se trata acá de un proyecto introducido en octubre de 2007, todavía en discusión. En la exposición de motivos se lee: “El capítulo [octavo] establece deberes de colaboración para entidades públicas y privadas, con el fin de facilitar la labor de las agencias que desarrollan actividades de inteligencia y contrainteligencia para la efectiva realización de su misión constitucional. Al respecto, la Corte Constitucional ha avalado la imposición de deberes de colaboración a los ciudadanos cuando su fin es la protección de la seguridad nacional y el orden público”. Y añade: “Este tipo de deberes no son extraños en el contexto internacional. El rápido avance de las telecomunicaciones, en particular la expansión de la telefonía celular, han creado retos para la seguridad nacional. Por ello en países como EE.UU., se establecieron obligaciones específicas de colaboración para operadores y proveedores de servicios de comunicación (Ley Calea de 2000), que deben informar a los Estados cuando introducen cambios de tecnología y proveer a las autoridades judiciales los protocolos y el software correspondiente”.
Lo que sí constituye una innovación es lo previsto en el Artículo 24 de la nueva Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia: “Se podrá requerir a las personas, en el marco del respeto a sus derechos fundamentales su colaboración para preparar o ejecutar procedimientos operativos y de investigación, manteniendo la confidencialidad o secreto de su colaboración con los Órganos con Competencia Especial. Estos colaboradores deberán dar el tratamiento de información clasificada a aquella que hayan obtenido durante la preparación o ejecución de procedimientos operativos, en los términos establecidos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley”. Aquí ya no se trata de aportar información, sino de coadyuvar en la preparación y ejecución de operativos. En el caso de este tipo de requerimiento, sin embargo y a diferencia de lo especificado en el segundo parágrafo del Artículo 16, no se fija responsabilidad de incumplimiento penable. (Nullum crimen, nulla poena sine lege).
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En otro nivel está la consideración de la inclusión, en la enumeración que hace el Artículo 16 de los sujetos que deberán prestar colaboración, de “las redes sociales, organizaciones de participación popular y comunidades organizadas”. Hay quienes quieren ver en esto un “calco” de las regulaciones cubanas, o la creación de figuras equivalentes a los “Comités de Defensa de la Revolución Cubana”. Pero estas figuras tienen en Cuba funciones diversas, muy detalladas en su normativa, que están completamente ausentes de la ley que nos ocupa. Hay aquí algo de razonamiento paranoico, explicable en una población antigobierno que ha sido sistemáticamente amedrentada. A comienzos del régimen chavista se supuso que la función vigilante y delatora, al estilo de los comités cubanos, sería cumplida por los “círculos bolivarianos”, que el gobierno estimuló directamente desde Miraflores, en evidente abuso y malversación. La verdad es, no obstante, que los otrora temidos círculos—hubo urbanizaciones enteras que invirtieron cuantiosos recursos en sistemas de alarma y defensas físicas contra el “inminente” asalto de sus huestes a partir de 2001—ya no están de moda, y nunca alcanzaron la extensión que el gobierno deseaba. (En su momento cumbre, los “círculos bolivarianos” en Petare no superaron una afiliación del 2% de sus habitantes).
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Las previsiones más controvertidas de la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia tienen que ver con su Capítulo V (De la Actividad Probatoria). Sus prescripciones constituyen, para unos cuantos, el verdadero atentado contra la legalidad y la constitucionalidad en Venezuela. Específicamente, se señala que esas disposiciones coliden con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal. Copiemos, primero que nada, textualmente los dos primeros artículos del capítulo en cuestión:
“Artículo 20
Principio de Legalidad de la Prueba
Todas las informaciones, documentos y objetos inherentes a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación, obtenidos en la actividad operativa y de investigación ejecutadas por los Órganos con Competencia Especial, tendrán el carácter procesal penal de diligencias necesarias y urgentes, sin estar sujetas a otras condiciones temporales o materiales establecidas en la ley.
En el supuesto que las diligencias recaigan sobre hechos definitivos o irreproducibles, o exista temor fundado de su extinción o desaparición, o resulte inminente la comisión de un delito, dichas diligencias serán ejecutadas por los Órganos con Competencia Especial sin requerir orden judicial o fiscal alguna, a tal fin esta situación excepcional deberá ser justificada mediante acto motivado, en donde se exprese la presencia de alguna de las condiciones antes establecidas y que las referidas actividades operativas y de investigación son ejecutadas en resguardo de la Seguridad y Defensa de la Nación. Las resultas de las diligencias en referencias tendrán el carácter de prueba técnica y serán libremente incorporadas al proceso judicial pertinente, permitiéndose posteriormente la materialización del derecho a la defensa, en todas sus formas de expresión y específica mente al control de la prueba y al controvertido.
Artículo 21
Confidencialidad o Secreto de la Prueba
Cuando la integridad de la actividad operativa y de investigación de inteligencia y contrainteligencia requiera el mantenimiento de la confidencialidad o secreto sobre los indicios y pruebas preconstituidas, las mismas se mantendrán en tal estado y solo podrá ser levantada tal clasificación cuando la finalidad inherente a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación objeto de la investigación no se vea comprometida, procediéndose a su incorporación sobrevenida en la fase procesal oportuna y correspondiente, garantizando siempre el derecho a la defensa de los procesados”.
Una primera observación es que el lenguaje del Artículo 20 hace alusión expresa al Código Orgánico Procesal Penal, al decir que las informaciones, documentos y objetos resultantes de las diligencias del sistema “tendrán el carácter procesal penal de diligencias necesarias y urgentes”. Este carácter es descrito específicamente en el Código. (“Artículo 284. Investigación de la Policía. Si la noticia es recibida por las autoridades de policía, éstas la comunicarán al Ministerio Público dentro de las doce horas siguientes y sólo practicarán las diligencias necesarias y urgentes. Las diligencias necesarias y urgentes estarán dirigidas a identificar y ubicar a los autores y demás participes del hecho punible, y al aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración”).
La observación crítica dirigida a estos dos artículos destaca que los órganos del sistema prescindirán de orden judicial o fiscal para realizar sus diligencias. En verdad, para materializar esta prescindencia deben darse primeramente los supuestos que la permiten: “En el supuesto que las diligencias recaigan sobre hechos definitivos o irreproducibles, o exista temor fundado de su extinción o desaparición, o resulte inminente la comisión de un delito…” Son estas condiciones las que el ministro Rodríguez Chacín asimila a la perentoriedad de la situación de flagrancia la que, dicho sea de paso, era la única condición que la Constitución de 1961 exigía para la puesta en custodia de los senadores y diputados, que gozaban de inmunidad parlamentaria. (En el segundo parágrafo de su Artículo 143: “En caso de delito flagrante de carácter grave cometido por un Senador o Diputado, la autoridad competente lo pondrá bajo custodia en su residencia…”)
Luego, los supuestos que autorizan la práctica de diligencias sin orden judicial o fiscal, deben ser plasmados en un acto motivado en la “situación excepcional”, el que posteriormente es incorporado “al proceso judicial pertinente” en la “materialización del derecho a la defensa”.
La falta de orden judicial, por lo demás, es práctica común en muchos países. Así, por ejemplo, la legislación inglesa (Intelligence Services Act, 1994) requiere sólo una autorización del Secretario de Estado para “la entrada o interferencia en la propiedad o la telegrafía sin hilos”, cuando estima valiosa la actuación y que sus resultados no puedan lograrse por otros medios.
También puede compararse el procedimiento venezolano recién pautado con previsiones del proyecto de ley colombiano antes citado. Por ejemplo, dice este proyecto: “Artículo 8°. Autorización y documentos soportes. Las misiones y operaciones de inteligencia y contrainteligencia deberán estar plenamente soportadas y autorizadas por orden de operaciones o misión de trabajo emitida por el superior jerárquico, según la naturaleza de la operación. Toda actividad de inteligencia y contrainteligencia a través de la cual se desarrolle una misión u operación estará enmarcada dentro de éstas y deberá ser reportada”. Adicionalmente dicen los numerales 1 y 3 de su Artículo 5: “5.1. Principio de necesidad. Las actividades de inteligencia y contrainteligencia deben ser necesarias para alcanzar los fines constitucionales deseados; podrá recurrirse a ellas siempre que no existan otros medios que afecten en menor medida los derechos fundamentales”. “5.3. Principio de proporcionalidad. Las actividades de inteligencia y contrainteligencia deberán ser proporcionales a los fines buscados y sus beneficios deberán exceder las restricciones impuestas sobre otros principios y valores constitucionales”. Esto es, la propuesta (por el gobierno) legislación colombiana supone de entrada que en la ejecución de operaciones de inteligencia y contrainteligencia “derechos fundamentales”, “principios y valores constitucionales” serán afectados. En este sentido, la ley venezolana tiene la ventaja de haber especificado un procedimiento preciso, ante la indefinición genérica de las previsiones colombianas, las que pudieran dar paso a abusos peores.
Pudiera argumentarse que el proyecto del gobierno de Colombia hace declaraciones de respeto a los derechos constitucionales, como así: “Artículo 4°. Límites y fines de la actividad de inteligencia y contrainteligencia. Las actividades de inteligencia y contrainteligencia estarán limitadas en su ejercicio al cumplimiento estricto de la Constitución, la ley, el respeto de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario, y en especial al apego al principio de la reserva legal, que garantiza la protección de los derechos a la honra, al buen nombre, la intimidad personal y familiar y al debido proceso”. Pero, igualmente, la ley venezolana establece lo mismo en redacción más sintética: “Artículo 1. Objeto. El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene como objeto desarrollar la organización, funcionamiento y competencias del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, con fundamento en las normas, principios y valores establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes que regulan la materia”. Y también reitera: “Artículo 3. Definición y Principios. El Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia es el conjunto orgánico y material, conformado por los órganos y entes que dirigen y ejecutan actividades de inteligencia y contrainteligencia bajo los principios de legalidad, honestidad, coordinación, corresponsabilidad, cooperación, competencia, lealtad institucional, celeridad, eficacia y eficiencia, en estricta observancia de los derechos y garantías constitucionales”.
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Hay, por supuesto, otras críticas a la ley del 28 de mayo. Un caso es el de la confidencialidad de ciertos procedimientos y la protección de los acusadores, que parecieran negar el derecho a la defensa porque “no se sabría” de qué se acusa a alguien y quién lo hace. Esto es una exageración, por un lado y, por el otro, se trata de normas comunes a las leyes sobre la materia en muchos países. De nuevo el proyecto de ley debatido en Colombia estipula cosas como ésta: “Artículo 15. Reserva. Por la naturaleza de las funciones que cumplen las agencias que desarrollan actividades de inteligencia y contrainteligencia sus documentos, información y elementos técnicos, estarán amparados por la reserva legal por un término máximo de 40 años y tendrán carácter de información clasificada según el grado que les corresponda en cada caso”.
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Pero, en opinión de esta publicación, el problema no es tanto la letra de la ley sino el espíritu de su ejecutor. Éste no es otro, por ahora, que un gobierno que ha dado reiteradísimas muestras de su propensión al abuso. En fin de cuentas, estamos en el país de la “Lista de Tascón”, violatoria de garantías constitucionales y reconocida por el propio Presidente de la República como cumplidora de una función útil a la revolución.
La grandilocuencia revolucionaria lleva, por lo demás, a categorías de gran indefinición, como la inclusión del “desarrollo integral” de la Nación en el ámbito de la ley. Claro que el Artículo 4 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación define la entelequia: “Artículo 4° El desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecución de planes, programas, proyectos y procesos continuos de actividades y labores que, acordes con la política general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente, se realicen con la finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la población, en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar”. Es decir, absolutamente todo. Tal exhaustividad es peligrosa en manos de gobernantes arbitrarios, y hace recordar la identificación entre seguridad y desarrollo que era propia de la tristemente célebre “Doctrina de Seguridad” de los gorilas militares argentinos y brasileños de la década de los sesenta.
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Más en el fondo, hay un problema previo y superior. Éste es el reconocimiento de que la seguridad del Estado no es el fin supremo de las repúblicas, sino su valor intrínseco de respeto a sus constituyentes individuales, a los ciudadanos y sus derechos.
En 1967 la Corte Suprema de los Estados Unidos anuló una provisión de la Ley de Control de Actividades Subversivas de 1950, que declaraba criminal para los miembros del Partido Comunista trabajar en una planta de defensa. La corte sostuvo que la provisión violaba la libertad de asociación garantizada en la Primera Enmienda de la Constitución. El Juez Presidente Warren fue el ponente de la decisión, y escribió: “Este concepto de la ‘defensa nacional’ no puede ser entendido como un fin en sí mismo, justificativo de cualquier ejercicio de poder legislativo diseñado para promover ese objetivo. Está implícita en el término ‘defensa nacional’ la noción de defender aquellos valores e ideales que distinguen a esta nación. Durante casi dos siglos, nuestro país ha encontrado singular orgullo en los ideales democráticos consagrados en su Constitución, y los más apreciados de estos ideales han encontrado expresión en la Primera Enmienda. Sería verdaderamente irónico que, en nombre de la defensa nacional, sancionáramos la subversión de una de aquellas libertades—la libertad de asociación—que hacen que la defensa de la nación valga la pena”.
Esta lucidez prestada del juez Warren es lo que debiéramos oponer, como Pueblo y Poder Constituyente Originario, a una aplicación aberrante de la nueva Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, la que en sí misma no difiere mucho de leyes análogas en muchos países tenidos por civilizados.
Eso sí: sin histeria paranoica e irreflexiva. El tratamiento dado a la nueva legislación por la mayoría de las voces opositores ha sido, en general y lamentablemente, superficial y poco serio.
LEA
por Luis Enrique Alcalá | Jun 3, 2008 | Fichas, Política |

LEA, por favor
El problema de escribir es que a uno lo leen: lo piensan, lo analizan, lo descomponen, lo vuelven a armar, lo entienden. A este peligro se expuso, naturalmente, Carlos Marx. A tan influyente personaje lo han leído muchísimas personas, y hay quienes pretenden—Louis Althusser: Para leer El Capital—enseñar cómo debe ser leído.
Uno de los más acuciosos y penetrantes lectores de Marx ha sido, sin duda, Jean-Yves Calvez (Saint-Brieuc, 1927), teólogo y filósofo jesuita, que escribiera el monumental libro “El pensamiento de Carlos Marx”. (Taurus Ediciones publicó la versión española en 1958, que ocupaba 598 páginas de un dieciseisavo de pliego). Esta obra de Calvez puede ser considerada tan fundamental, y ciertamente tan fiel a Marx, como el intento del mejor exégeta marxista.
El padre Calvez estuvo en Venezuela hace casi ya cuarenta y cuatro años, para asistir a un insólito simposio organizado por el Instituto para el Desarrollo Económico y Social. (Colegio de Ingenieros, 13 al 17 de julio de 1964). Una pléyade de pensadores y expertos en el tema del desarrollo, como nunca más ha sido reunida en el país, dictó conferencias y debatió sobre el tema central: Desarrollo y Promoción del Hombre. (Hace siete semanas se reproducía acá la conferencia de Guy Lemonnier, y el 6 de septiembre de 2005 la ponencia del padre Louis-Joseph Lebret, la estrella del evento).
Calvez inició las actividades del día 15—el tercer día de la reunión, sobre el tema: De la función económica: empresa privada y Estado—con una conferencia (La solución marxista) a la que cabría, como a pocas, el calificativo de magistral. Es este texto el que se reproduce íntegro en esta Ficha Semanal #197 de doctorpolítico.
Como se desprende de su lectura, el experto en marxismo citó con la mayor familiaridad palabras del propio Carlos Marx para sostener cosas como la siguiente: “La paradoja… del marxismo, que se presenta básicamente como una filosofía de la libertad y como una filosofía de la liberación del hombre, es que no conoce medios concretos para liberarle, porque no quiere (o no puede) apoyarse en la libertad”.
La conferencia de Calvez ya daba cuenta de incipientes rectificaciones a las que se había visto forzada la Unión Soviética para la época en materia económica, que mucho más tarde se desplegarían en plenitud en el actual “comunismo” chino. Pero cuando Calvez nos enseñaba en Caracas faltaba todavía un cuarto de siglo, a casi medio siglo de estos días, para la caída del Muro de Berlín, portento de liberación que anunció la muerte del sistema soviético.
Hay todavía, sin embargo, quienes no han aprendido la lección de que el socialismo es, en el caso más benigno, un conmovedor espejismo y, en el peor, una coartada para la dominación. Quienes sinceramente creen en la posibilidad y la bondad de un tal “socialismo del siglo XXI” harán bien en leer las palabras de Calvez, como harían mucho mejor estudiando a fondo su obra más distinguida.
LEA
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La solución marxista
I. ¿SOLUCIÓN MARXISTA O SOLUCIONES MARXISTAS?
No es fácil, a pesar de lo que se piensa frecuentemente, describir la solución marxista referente al problema de la gestión de la economía, tema que nos marca la agenda de hoy. ¿Será la solución marxista la que nos proporcionan los soviéticos, o más bien la constituye el experimento yugoslavo? ¿Quizá ninguna de las dos? ¿Qué pensaba el mismo Marx? ¿Que pensó Lenin? ¿Coincidían ellos? ¿Son las soluciones que se propician para el día de la revolución las definitivas para la sociedad comunista perfecta del futuro? Habremos de tener presentes todas estas cuestiones y, al menos indirectamente, las trataremos todas.
A primera vista, generalmente se piensa en dos aspectos básicos que parecen integrar la solución marxista. Éstos son: la nacionalización de todos los medios de producción y la planificación integral centralizada en el Estado.
Puede uno referirse no solamente a lo que aconteció en Rusia y las democracias populares (con matices especiales en el caso de Yugoslavia), sino también a las medidas que proponía Marx para el día de la revolución social. Algunas de estas medidas serían, según el Manifiesto Comunista de 1848: “Expropiación de la propiedad territorial y aplicación de la renta a los gastos del Estado… Centralización del crédito en manos del Estado por medio de un banco nacional en que el capital pertenecerá al Estado y gozará de un monopolio exclusivo… Centralización en manos del Estado de todos los medios de transporte… Multiplicación de las manufacturas nacionales y de los instrumentos de producción…”, etc.
Nótese bien que se trata de multiplicación o creación de manufacturas nacionales más que de nacionalización de las ya existentes. Nótese también que se prevé una expropiación a los dueños de las tierras y una atribución de la renta a los gastos del Estado. No se dice, pero se deja traslucir, que el Estado debe quedar como propietario de las tierras. Finalmente, la palabra planificación no aparece en el contexto citado, y, de hecho, no es una palabra común en las obras de Marx. Además, cuando aparece, no se refiere a planificación estatal.
A pesar de todas estas salvedades, el texto al cual acabamos de aludir señala un estatismo; estatismo que ha sido dominante, al menos durante mucho tiempo, en todas las soluciones que llevan la etiqueta de marxistas. Aun los socialistas no marxistas, en su mayoría, han sido incapaces de concebir alguna reforma económico-social que no venga dada en términos de nacionalización. O lo que es lo mismo: exclusión de todo sector privado.
En cuanto a la palabra planificación, en este contexto, no significa tanto previsión de un futuro que se quiere construir —de tal forma es entendida hoy en varios países no marxistas— como, sencillamente, gestión de toda la actividad económica por el Estado.
II. LA GENUINA PREOCUPACIÓN DE CARLOS MARX
Antes de seguir más adelante en la descripción de la actualización de este sistema, para lo cual tomaremos como ejemplo a la Unión Soviética, vale la pena reflexionar un momento sobre la relación entre la nacionalización, la planificación y el problema central planteado por Marx.
El problema de Marx es el capitalismo en sí más que la economía privada como tal. Quiero decir que, para Marx, las alienaciones humanas radican en una alienación económica que se debe suprimir. Pero esta alienación económica viene expresada por el hecho del asalariado. Un hombre, dueño de capital, explota a otros hombres que le venden su fuerza de trabajo. Según Marx, desde el momento en que se presenta esta situación, necesariamente hay explotación. Esa tesis central de Marx es bien conocida. A pesar de esto, quiero insistir en ella para indicar, que si la alienación económica consiste en la explotación capitalista por medio del sistema del salario, la consecuencia. lógica tendría que ser la supresión del asalariado—vale decir, del capitalismo—, lo cual es distinto a suprimir toda economía privada.
Podemos pensar en el caso de un hombre que trabajase con su propio capital privado, sin emplear a otros hombres. Aquí no puede verse cómo se aplicaría la tesis de Marx. El postulado de Marx no tiene por qué llevar a la supresión de esta economía privada, como no debe llevar tampoco a la desaparición de la economía cooperativa libre.
III. MARX VS. LOS MARXISTAS
La hostilidad marxista hacia el asalariado capitalista no debiera conducir tampoco a la nacionalización estatal. Se encuentran en Marx expresiones bastante fuertes en contra del capitalismo estatal, en el cual ve él un elemento del comunismo vulgar. Tal comunismo, nota él, no es sino una generalización de la alienación que ya existe en la propiedad privada. En vez de ser explotado por el dueño privado, cada uno lo es (o lo será) por el propietario colectivo. Cada uno recibe un salario del “capitalista general”. Es decir, el asalariado no ha desaparecido.
Añadamos que esa crítica de Marx no sólo va contra el capitalismo estatal, sino también contra lo que el comunismo vulgar describe como “comunidad de trabajo”, en la que cada quien se transforma en asalariado de la misma.
A pesar de todo, se puede decir que Marx, por medio de las medidas que recomendaba para la revolución, abrió el camino a la nacionalización y a la planificación estatal integral.
Pero esto nos conduce a formular otra reserva. Nadie ignora que, según Carlos Marx, la revolución socialista tiene que pasar por dos etapas distintas, y que sólo la segunda, la de la sociedad comunista post-revolucionaria es la solución verdadera.
Es para la primera fase que Marx concibió, si no la nacionalización y la planificación estatal, al menos la centralización del crédito y los medios de transporte en manos del Estado, así como la expropiación de las tierras.
¿Vale todo esto para la segunda, para la última etapa?
Parecen admitirlo todos los marxistas de hoy. Pero tengo la impresión de que Marx mismo no lo habría aceptado tan fácilmente, por dos razones:
Primera: en la sociedad comunista, el Estado, como instrumento de coerción, como un poder sobre el hombre, debe desaparecer.
Segunda razón: lo poco que indica Marx de la sociedad económica futura—poco, porque Marx no quería dar “recetas para las cocinas del futuro”—no está orientado en la dirección mencionada. Más bien, él imagina “una reunión de hombres libres trabajando con medios de producción comunes, y gastando, según el plan concertado, sus numerosas fuerzas individuales de trabajo como una sola y única fuerza de trabajo social… Una parte sirve de nuevo como medio de producción y queda, así, social; la otra parte es para el consumo y, por consiguiente, tiene que ser repartida entre todos…”, etc. Ésta es la imagen de una cooperativa de producción libre.
IV. LA REALIZACIÓN HISTÓRICA DEL MARXISMO
¿Por qué el marxismo ha evolucionado en la dirección de un socialismo estatista a pesar de todas las reservas de Marx? Porque el propio Marx presenta una imagen del futuro del hombre que ha sido utilizada por el partido comunista en su aplicación al Estado socialista.
En la imagen de la sociedad comunista a la cual acabo de aludir, Marx piensa que el ser-individuo se vuelve paulatinamente social, sin por ello dejar de ser individuo (o persona). Pero esto se olvida fácilmente.
No solamente se olvida esto, sino que, por otra parte, se confunde el ser social del hombre con el ser estatal. De esta forma, también deja de recordarse que la intervención revolucionaria del Estado es algo transitorio, provisional, y que el Estado como tal tiene que desaparecer. A este respecto, podemos decir que el papel del Estado pensado por Marx, era el de una intervención contra el abuso de la propiedad privada, pero no se trataba de mantener esta intervención como solución permanente. Precisamente esto es lo que ha ocurrido en casi todos los países comunistas, salvo escasos esfuerzos como el de Yugoslavia.
Así, durante mucho tiempo el ideal marxista fue el concebir a la economía en su conjunto como “una única fábrica gigantesca” centralizada por el Estado (Lenin). El único sujeto económico es el Estado, el cual viene a ser, además, el único sujeto político. Sin embargo, cabe observar que en la Unión Soviética existe un pequeño sector (15 por ciento) de empresas artesanales cooperativas frente a la empresa típica estatal (85 por ciento).
Esta empresa estatal es presentada en el mercado como una persona moral con cierta independencia, aun cuando permanece fundamentalmente como órgano económico del Estado soviético. Recibe del Estado su patrimonio y asimismo le devuelve la mayor parte de sus ganancias. Trabaja dentro del marco del plan estatal, plan cuyas orientaciones son imperativas. Dentro de este marco, la empresa está obligada a tener una “contabilidad económica”, y recientemente se ha insistido mucho más sobre esta exigencia.
Se entiende fácilmente, sin embargo, que la significación de la contabilidad económica es muy reducida bajo un sistema de dependencia orgánica tan completa.
V. CAMBIO DE RUTA
Poco a poco ha sido necesario dar mas independencia, si no a la empresa, al menos al director de la misma, lo que le confiere un status no muy diferente al de un director de grandes empresas privadas del mundo capitalista.
El director es único. Ya desde un decreto de 1920, se había suprimido todo tipo de colegiación en la función ejecutiva dentro de la empresa. Sus poderes se han ido reforzando. Lentamente, se ha hecho participar al director en las utilidades de la empresa por medio del “fondo del director”. Éste se compone de un dos por ciento del beneficio neto (ganancias planificadas) y por un cincuenta por ciento de los superbeneficios (ganancias no planificadas).
En los últimos años, se ha tratado muchas veces de descentralizar la economía. “Descentralización de la dirección con una centralización de las orientaciones directivas», decía un decreto posterior a la Segunda Guerra Mundial.
Más recientemente todavía, ha empezado una cierta descentralización regional. Se admite oficialmente que la economía y las empresas sufren (o han sufrido) de la centralización de la burocracia y de la arbitrariedad del plan. (Idealismo del plan, para Stalin en 1952).
Finalmente, el panorama de hoy es un panorama de dirección única de la empresa, semejante a la de las empresas capitalistas privadas, a lo que se añade una pesada burocracia que liga la empresa individual al conjunto de la economía.
Las apariencias de socialización están salvadas por medio de esta administración o dependencia estatal. Nos encontramos, sin embargo, muy distantes del ideal de Marx, el cual era el de una sociedad en la que cada uno desarrollaría sus capacidades personales, su libertad y su iniciativa creadora, en la misma medida en que formase parte del cuerpo social.
VI. FALLAS DEL MARXISMO
¿En qué condiciones respondería una empresa del Estado o una economía estatista a la esperanza de Marx?
Entre otras, se puede indicar al menos una condición estricta: que el Estado mismo sea una cooperativa, una cooperativa en la cual todos sean plenamente disciplinados al mismo tiempo que sean activos y capaces de toda iniciativa.
Ésta es, a la vez, la condición de desaparición del propio Estado, tal como Lenin la enunciaba. Mas se sabe que Lenin no encontraba ningún medio, bien sea político (porque todo acto político es de coacción, no de libertad), bien sea económico (porque la abundancia económica es siempre relativa), que condujese al fin del Estado. “Todo depende—decía—de la desaparición de los hombres medios de hoy y de su reemplazo por hombres capaces de auto-disciplina”. Pero ¿quién podría garantizarle esta transformación?
La falla del marxismo en este punto es que, precisamente cuando se trata de soluciones, no toma en serio el problema de la iniciativa.
Se preocupa solamente del problema de la propiedad y sus abusos, cuando hay otro problema quizá mucho mas difícil, que es el de la participación personal y libre de cada hombre en la vida económica organizada. En otras palabras, el vicio capitalista que Marx criticaba es más el hecho de que impide la iniciativa de muchos hombres que el hecho de la propiedad capitalista. La más profunda alienación económica es la supresión de la iniciativa, no la explotación salarial.
Sin embargo, a pesar de algunas alusiones en el capítulo sobre el trabajo alienado en los Manuscritos Económico-Filosóficos, Marx no sigue profundizando en la cuestión de la iniciativa. Se limita a proyectar una sociedad comunista futura, donde habría completa conciliación entre iniciativa personal y entrega a la sociedad, sin indicar jamás el medio concreto para llegar a eso. El único medio que conoce Marx es la expropiación de los poseedores, aparente-mente sin pensar que con eso no se resuelve el problema mayor. Al contrario, aquí empiezan los problemas más difíciles.
Esta falla particular tiene que ver con otra falla más general del pensamiento marxista.
En pocas palabras, se puede expresar así. De un lado, Marx hace una crítica de la realidad social presente y trata de explicarla mediante el concepto de alienación, o sea, de la pérdida del hombre por sí mismo. Del otro lado, pretende dar remedios, pero lo hace presentando para el futuro una imagen tal de la sociedad renovada, que supone que el fenómeno antes enfrentado no se daría ahora en el hombre.
Ahora bien, si la realidad humana es capaz de acabar en el resultado predicho por Marx para la última etapa, no puede entenderse cómo han podido existir las alienaciones.
Por ejemplo, Marx presenta una tendencia a la inevitable identificación total del hombre y de la naturaleza, siendo esto uno de los principales motivos de su esperanza para una plena reconciliación social de los hombres. Sin embargo, si esta tendencia fuese verdaderamente fundamental y dominante, ¿cómo ha sido posible la absurda alienación por la cual el hombre está separado (a veces duramente separado) de la naturaleza y de los otros hombres?
Otro ejemplo, también de Marx. que podemos criticar: si en algún momento del destino terreno del hombre puede darse una identificación total de la libertad y de la necesidad, ¿cómo puede concebirse que hayan estado separadas—violentamente en algunas ocasiones—una libertad y una necesidad tan intrínsecamente unidas?
Marx percibió algo de las alienaciones, algo que la mayoría de los hombres sufre en su vida económica: despojamiento de su producto, pero también, y quizá en mayor medida, despojamiento de su iniciativa personal, de su actividad de trabajo, de su responsabilidad, de su actividad humana en general. Lo ha descrito Marx con términos muy profundos en algunas páginas: “¿Cómo podría el obrero, de otro modo, oponerse como un extraño al producto de su actividad, si no se despojase de su individualidad en el acto mismo de la producción? El producto no es sino el resumen de la actividad de la producción. Por lo tanto, si el producto del trabajo equivale al despojo, es la propia producción la que debe ser el desposeimiento activo, el desposeimiento de la actividad…”
Dice también Marx: “… el trabajo es exterior al obrero; es decir, que no pertenece a su ser; por consiguiente, no se afirma en su trabajo, sino que, muy al contrario, reniega de él”.
Pierde su individualidad con pérdida simultánea de toda actividad libre: “El hombre (el obrero) siente que actúa libremente sólo cuando realiza sus funciones animales, como beber, comer o procrear y, cuando mucho, al aposentarse, vestirse, etc. En sus funciones, no es más que un animal. Lo que es animal, pasa a ser humano, y lo que es humano pasa a ser animal”.
Percibe así la pérdida de la iniciativa, de la actividad libre, de la individualidad, como la alienación; la pérdida del producto, el despojamiento del producto, como el resumen o resultado.
VII. LAS INCONGRUENCIAS DE MARX
Pero es el mismo Marx el que nos ofrece finalmente un remedio, en el cual algunos aspectos que tomo en cuenta al principio son pasados completamente por alto. Todos sus remedios tocan solamente al sistema de propiedad (esto es, a aquél que representa el resultado del despojamiento fundamental).
La propiedad va a pasar de manos de particulares a las manos del Estado. Si con este remedio solamente será el hombre más libre en su trabajo, si tendrá la posibilidad de una actividad verdaderamente humana (no sólo de servicio a la máquina), si encontrará más responsabilidad e iniciativa personal… todo esto parece que ya no interesa a Marx. No digo que no le haya interesado pero, cuando propone soluciones, deja de lado algunos aspectos del problema que él mismo planteó.
La paradoja (sea en Marx, sea en Lenin) del marxismo, que se presenta básicamente como una filosofía de la libertad y como una filosofía de la liberación del hombre, es que no conoce medios concretos para liberarle, porque no quiere (o no puede) apoyarse en la libertad. Más bien confía en una necesidad de tipo natural; esto puede quizá garantizar un resultado necesario, incluso inevitable (y con eso se presenta al marxismo como “científico”, porque trata de algo necesario), pero no se puede garantizar una autoliberación auténtica. Las alienaciones no desaparecen. Parece que esto finalmente se ignora. En favor de un calculado movimiento dialéctico de la naturaleza y en favor de una reforma estatista de la propiedad, se olvida el sufrimiento del hombre alienado, que fue el punto de partida del pensamiento del mismo Marx.
VIII. MORALEJA
De esta historia crítica del pensamiento marxista sobre el tema de la gestión de la economía, se deduce algunas consecuencias muy importantes para hoy en día.
Primera: los problemas que se planteaba Marx valen mucho más que sus soluciones, en las cuales desconoce los mismos problemas, considerados por él con un realismo aún valedero. Segunda consecuencia: sin seguir a Marx en su teoría del Estado y de la dictadura revolucionaria del proletariado, se puede admitir que a veces es necesaria la intervención estatal para liberar la economía (esto es, los hombres concretos), de los abusos de las propiedades privadas monopolísticas. Además, hay hoy día otras situaciones que Marx no podía imaginar, en las cuales se hace necesaria la intervención del Estado. Por ejemplo, para iniciar e impulsar el desarrollo urgente de los recursos naturales y humanos, cuando no basta la iniciativa de los hombres particulares, bien sea individualmente o en cooperación. (Por ejemplo, en cooperativas libres.)
No obstante, no hay que olvidar que un Estado en particular no posee una mejor calificación que los hombres que integran al país en el cual está implantado. Con mucha agudeza, Arturo Lewis, economista de Jamaica, decía que la intervención estatal es requerida en las economías subdesarrolladas más que en cualquiera otra economía; pero que, al mismo tiempo, los Estados de los países subdesarrollados son los menos preparados para cumplir esta tarea.
Tampoco se debe olvidar, siguiendo un tanto a Marx, que la intervención del Estado no se puede confundir con soluciones definitivas. En muchos casos, la intervención necesaria para reformar una situación abusiva no tiene por qué terminar en una gestión directamente estatal. ¿Significa esto que no hay ni puede haber un Estado en el cual los hombres puedan confiar? No; pero, de otro lado, nunca puede el Estado ser la única y total integración social de los seres humanos, Precisamente porque, como lo reconocen los marxistas, el Estado tiene siempre un elemento coercitivo. De manera que únicamente dentro de él no puede haber la integración social libre y definitiva a la que el hombre aspira,
Se puede decir que existe una relación dialéctica, en el mejor sentido de la palabra, entre Estado y economía. Los marxistas, al desconocer esta relación dialéctica, no dejan de correr grandes peligros.
Pero no es ésta la enseñanza más importante que resulta de la historia del pensamiento marxista sobre las relaciones de la economía y el Estado. La enseñanza más útil consiste en el reconocimiento serio del difícil problema de la iniciativa libre y creadora, de la responsabilidad personal de todos los hombres dentro de una economía organizada por medio de una creciente división del trabajo. Se trata del problema del trabajo alienado, que es un vicio tanto del capitalismo clásico como del capitalismo estatal propuesto por el marxismo, en cuanto sólo sustituye al propietario privado por un “capitalista general”.
Se trata de buscar soluciones para que cada hombre pueda tomar iniciativas, desarrollarse a sí mismo libremente, según todas sus capacidades; en otras palabras, buscar soluciones para que cada hombre pueda desempeñar un papel y una responsabilidad personales. Yo diría más aún, una iniciativa y un papel y una responsabilidad empresariales. Es el Papa Pío XII quien recordaba a los empresarios que no pueden impedir a sus empleados aquel tipo de iniciativa personal, y de desarrollo de su personalidad, que parece ser la cualidad mas apreciada del verdadero empresario.
Seguramente, eso no significa que todos deben ser empresarios en el sentido estricto de la palabra. La productividad exige hoy concentraciones de fuerzas humanas incompatibles con una atomización individualista de la actividad económica. Sin embargo, en la esfera práctica hay que dar, en lo posible a todos los hombres, una igualdad de oportunidades en cuanto a la función empresarial, y también asegurar a todos, aunque muchos tengan que ser asalariados públicos o privados, una posibilidad de actividad personal y de responsabilidad de naturaleza empresarial.
Aquí estamos enfrentados a una gran tarea, que nos obliga a ir más allá, tanto del capitalismo clásico como del capitalismo estatal.
Y ésa es la respuesta que esperan los pueblos, y dentro de los pueblos, las categorías marginadas de hoy. De hecho, ellos no quieren cambiar su situación por una de asalariados dependientes del Estado como capitalista general.
Quieren ser hombres como los otros hombres; esto es, libres, capaces de iniciativa y de responsabilidad social, dentro de una sociedad en la cual sean verdaderamente todos los hombres seres más sociales, en la misma medida en la que, también ellos, sean más capaces de desarrollarse a sí mismos, según todas sus capacidades, según su libertad fundamental.
Jean-Yves Calvez
por Luis Enrique Alcalá | May 29, 2008 | LEA, Política |

El 15 de este mes de mayo la Corte Suprema de California decidió que los homosexuales tienen el mismo derecho que los heterosexuales para formar uniones estables a través del matrimonio. La decisión, dividida en cuatro contra tres, fue redactada por el Presidente del tribunal, el juez Ronald George, llevado al cargo por los republicanos. En ella se lee: “…incluso las prácticas sociales y tradiciones más familiares y generalmente aceptadas, enmascaran una injusticia y una desigualdad que frecuentemente no es reconocida o apreciada por aquellos que no son afectados directamente por esas prácticas o tradiciones”.
La decisión, por otra parte, hizo retroalimentación a la opinión pública. La encuestadora Field Poll preguntó por primera vez a los californianos si estaban de acuerdo con que los homosexuales pudieran casarse en 1977, cuando sólo 28% de los encuestados contestó afirmativamente y 59% se opuso. En 2006 se oponía el 50% y 44% se mostraba de acuerdo, pero en el más reciente sondeo (17 al 26 de mayo), poco después de la decisión tribunalicia, 48% se pronunció a favor del matrimonio de homosexuales y la oposición pasó a ser una minoría, aunque grande, de 46%. El director de Field Poll estima que la decisión judicial influyó para que los indecisos se sumaran al apoyo.
En estricto sentido, el matrimonio es un contrato civil entre dos personas. No es cualquier contrato, por supuesto; la legislación civil (y religiosa) de todos los países del mundo dedica muy extensa y especial consideración a su normativa, dado que la familia es tenida por “célula fundamental” de la sociedad. Pero, en principio, nada debiera obstar para que dos personas del mismo sexo conviniesen en un vínculo permanente, no porque sean de preferencia homosexual, sino porque son, por encima de todo, personas.
Naturalmente, la tradición judeo-cristiana incluye un fuerte tabú contra la homosexualidad. En otras culturas (la grecorromana, por ejemplo, o en más de una asiática), la práctica homosexual es entendida de otro modo. Los guerreros espartanos, poco sospechosos de falta de virilidad, la practicaban comúnmente, pues resultaba inconveniente acompañarlos de mujeres durante sus largas expediciones militares. En la novela Shogun, de James Clavell, es la misma esposa del caudillo japonés quien introduce un mancebo a la alcoba conyugal para regalar a su marido.
En verdad, una persona de orientación homosexual es tan normal como una que mida más de ciento ochenta centímetros de estatura, y los biólogos han observado la conducta homosexual en no menos de mil quinientas especies animales. En todo tiempo y lugar ha habido personas con esa preferencia, y ya es tiempo de que nuestra civilización deje de mirarlas como bichos raros. Dignísimas y muy meritorias personas han sido homosexuales: Alejandro Magno, el emperador Adriano, Miguelángel, Pedro Aretino, Giovanni Pico della Mirandola, Pyotr Illyich Tchaikovsky, Arturo Rimbaud, Marcel Proust, Sergei Diaghilev, Sir Laurence Olivier, Michael Tilson Thomas, Martina Navratilova, y entre nosotros Isaac Chocrón y John Lange, son unos poquísimos nombres de gran aporte a la cultura y la humanidad.
La legislación venezolana debiera prepararse a una modernización que reconozca el derecho matrimonial de nuestros conciudadanos con preferencia homosexual.
LEA
por Luis Enrique Alcalá | May 29, 2008 | Cartas, Política |

Juventud, divino tesoro,
¡ya te vas para no volver!
Cuando quiero llorar, no lloro…
y a veces lloro sin querer…
Rubén Darío
Canción de otoño en primavera
……………..
Cuando comenzaban a correr los muy remotos días de 1969, el primer año de gestión del primer gobierno de Rafael Caldera, su Ministro de Educación de entonces, el Dr. Héctor Hernández Carabaño, pidió al hoy difunto Dr. Alfredo Anzola Montauban—gran señor de las iniciativas privadas de compromiso o responsabilidad social—que reuniese en su casa a una veintena de amigos—empresarios, ejecutivos privados, académicos—para plantear una cuestión que le preocupaba grandemente. Explicó el Ministro a los circunstantes que el Congreso de la época, dominado mayoritariamente por Acción Democrática, había reducido prácticamente todas las partidas del presupuesto nacional, con el interés político de hacerle la vida más difícil al presidente Caldera. El recorte había alcanzado a todos los ministerios, salvo—milagro divino o lo que nuevamente sería interés político o populista de los adecos—al despacho de Educación, el que no sólo no había sufrido reducción presupuestaria, sino que, por lo contrario, había obtenido un incremento respecto del presupuesto anterior en la fabulosa suma (para entonces) de 120 millones de bolívares al año. (Unos veintiocho millones de dólares, que a la tasa de CADIVI representarían hoy 60 millones de bolívares fuertes o 60.000 millones de los débiles).
La felicidad de Hernández Carabaño había durado poco, sin embargo. A las pocas semanas de este aumento en los recursos, uno de los consabidos conflictos laborales del magisterio—también controlado sindicalmente por Acción Democrática—había succionado 80 de esos 120 millones, y luego un inventario físico de las edificaciones escolares había determinado la necesidad de gastar de emergencia los restantes 40 millones, so pena de que los techos de varias escuelas se desplomaran sobre los alumnos. Hernández declaró, pues, que no le restaba ni un solo bolívar para invertir en nuevos programas que pudiesen innovar sobre el mero mantenimiento de lo existente.
Esto no era, no obstante, lo que más preocupaba al Ministro de Educación. La más angustiada de sus cuitas tenía que ver con un problema que ya no era de recursos financieros, sino de tiempo para manejar el cambio. Según confió Hernández Carabaño aquella noche en la casa que Anzola tenía en Los Campitos, su gestión como Ministro no pasaba la de ser un apagafuegos, y vivía de crisis en crisis, absolutamente impedido para dedicar un minuto siquiera al problema más importante del futuro de la educación venezolana. Era por esto que había solicitado la reunión, puesto que lo que quería de los invitados era que se apropiaran la tarea de pensar constructiva y creativamente sobre ese futuro.
A más de un cuarto de siglo de distancia, el Prof. Antonio Luis Cárdenas, Ministro de Educación del segundo gobierno de Caldera, se quejaba de que le resultara muy difícil cambiar la educación nacional desde adentro del “monstruo” del Ministerio de Educación.
En ese entonces, la más reiterada imagen en los discursos presidenciales de Rafael Caldera era la alegoría del túnel que Venezuela cruzaba en la oscuridad. Pudiera decirse que el presidente Caldera entendía su segunda misión como la de guiarnos en las tinieblas, y que tal vez sentía que tocaría a otros ejercer el liderazgo a campo abierto y a plena luz del día. Una clave de esta última presunción podía hallarse en la más importante de las declaraciones contenidas en su discurso de Año Nuevo, el 1º de enero del año de gracia de 1996. Al referirse a la abstención de la mitad de los Electores en las recién celebradas elecciones estadales y municipales, Rafael Caldera estimaba que tal hecho constituía una atractiva invitación para que “nuevos valores humanos, nuevas ideas, nuevas organizaciones políticas” se incorporasen a lo que llamó el debate trascendente.
El segundo gobierno de Rafael Caldera, pues, no fue sino la amplificación, a niveles desproporcionadamente altos, de la situación que le tocó vivir a Héctor Hernández Carabaño en el Ministerio de Educación de 1969. Seguramente había intentos por alcanzar metas más trascendentes que la mera estabilización económica en aquella época, pero, en términos generales, aquel gobierno estuvo signado, desde el comienzo, por una situación de recrecida crisis, a partir sobre todo de la débâcle del sector bancario, que se convirtió en la madre de todas las crisis. Por eso pensaba Ramón Escovar Salom, Ministro de Relaciones Interiores, que el principal problema del período era el de la “gobernabilidad”. El mismo fenómeno de la escasez de tiempo para la consideración estratégica, la sobrecarga táctica en el manejo de crisis tras crisis, continuaba predominando.
El Estado venezolano estaba urgido, sin duda, de una profunda reingeniería, tanto por causas de su propia patología, de su propia escala tumoral, como por razones incontrolables de variación del contexto internacional, en el que aceleradas y profundas transformaciones dejaban atrás las previsiones paradigmáticas de la Constitución de 1961 y los conceptos políticos de los inicios de la democracia en nuestro país. La pregunta de entonces era ¿conviene que sea el mismo gobierno el que se reforme a sí mismo, o se necesita un intervalo en el que la misión sea, exclusivamente, producir ese cambio profundo del sistema al que, una vez transformado, podrían venir a operar los líderes del futuro?
………
Nuevamente han salido a la calle los estudiantes que tuvieron destacada participación el año pasado, cuando la cesación de la licencia de señal abierta de televisión en poder de las Empresas 1BC les impulsó a la protesta, convirtiéndoles en protagonistas políticos instantáneos. Ayer rememoraron la circunstancia, marcharon por la ciudad y fueron a entregar a la Asamblea Nacional un pliego de peticiones. Reporta Carolina Contreras en El Universal las explicaciones de Ricardo Sánchez, Presidente de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad Central de Venezuela: “El dirigente estudiantil explicó que el documento consta de varios puntos en donde piden que se restituya la señal de RCTV, detener el periodo de Ley Habilitante para el presidente, aprobar la Ley de Seguridad Social, debatir el presupuesto de las universidades nacionales, experimentales y garantizar los derechos laborales de los trabajadores independientes y que se abra un debate sobre el desarme de la población”.
¿Cómo explicaban ayer los estudiantes su reiterada presencia? Jon Goikoetxea, postuló la meta de “generar un movimiento capaz de transformar la terrible realidad del país que es la peor restricción de libertades, la pobreza, la inseguridad y la violencia”. Por su parte, Ricardo Sánchez apuntó: “El compromiso de los estudiantes está más vigente que nunca, Tenemos más razones para seguir en pie de lucha porque no ha habido rectificación ni respuestas para los requerimientos del pueblo venezolano”. Y añadió Roberto Álvarez, presidente adjunto de la Federación de Centros de la Universidad Simón Bolívar: “Vamos a seguir en las calles exigiendo que se nos respete el derecho a elegir, qué canal queremos ver y por qué gobernante queremos votar”.
Las dos últimas formulaciones describen una misión de protesta; la primera anticipa un movimiento para “transformar la realidad”. El año pasado, algunos de los líderes del movimiento estudiantil llegaron a expresar que ellos constituían las “nuevas caras” para el reemplazo político que Caldera solicitaba en 1996. El mismo Ricardo Sánchez, por ejemplo, declaraba: “Llegó el relevo y asumamos los espacios de dirección política tanto universitaria como de la calle en términos de darle nuevas caras y rostros al país”.
Por el mero hecho de ser jóvenes, parecía, estaban políticamente legitimados, desde una cierta sospecha respecto de gente de mayor edad. Ya en el siglo XVII Francis Bacon parecía darles la razón, escribiendo de este considerable problema en su ensayo “Sobre la Juventud y la Edad”: “Los hombres de edad objetan demasiado, consultan demasiado tiempo, arriesgan demasiado poco, se arrepienten demasiado pronto, y rara vez impulsan los asuntos hasta el fin, sino que se contentan con una mediocridad de éxito”.
Bacon publicaba sus ensayos, sin embargo, en 1625, cuando ya había alcanzado lo que para la época era edad provecta: sesenta y cuatro años. Por otra parte, en el mismo ensayo advertía antes: “Un hombre que es joven en años puede ser viejo en horas, si no ha perdido tiempo. Pero eso ocurre raramente. En general, la juventud es como las primeras cogitaciones, no tan sabias como las segundas… Las naturalezas que tienen demasiado calor, y grandes y violentos deseos y perturbaciones, no están maduras para la acción hasta que han pasado el meridiano de sus años… Los jóvenes, en la conducta y manejo de las acciones, abrazan más que lo que pueden retener, agitan más que lo que pueden aquietar, vuelan hasta el final sin consideración de los medios y los grados, persiguen pocos principios con los que se han topado de manera absurda, no se preocupan de innovar pues esto trae inconvenientes desconocidos, usan al comienzo remedios extremos y esto, que duplica todos los errores, no lo reconocerán ni de ello se retractarán, como un caballo que no está listo y no se detiene ni da vuelta”.
La verdad es que si Hugo Chávez cesara mañana en sus funciones por cualquier causa, o si su mandato fuera revocado en 2010, no existe en el movimiento estudiantil capacidad suficiente para encargarse de la República. Su refrescante presencia es, por supuesto, muy bienvenida; pero todavía no hay en su seno las soluciones profundas a nuestros problemas políticos principales. Ahora es cuando los jóvenes de vocación pública tienen que aprender y cavilar.
Cuando un ser humano padece una terrible enfermedad, es muy natural que desee un remedio simple y definitivo. Así pasa con las sociedades: en el caso de la nuestra, aquejada de chavoma agudo, no son pocos los que prefieren las explicaciones y las soluciones simples. Por ejemplo, creer que la fecha magnífica del 2 de diciembre de 2007 se debió al movimiento estudiantil, que a su vez surgió del hecho arbitrario de despojar a RCTV de su señal abierta. Como esto sería así, había que marcar ayer esa efeméride inicial con un recuerdo efectista del arrebatón.
Esto, sin embargo, no es sino acción meramente táctica. Las tareas requeridas son más profundas, más estratégicas, y pasan por la concepción y emergencia de un nuevo tipo de organización política. En su diseño, en su espacio, la contribución de los jóvenes será crucial. El lunes de esta semana un artículo en The New York Times indicaba que la razón de fondo del triunfo de Barack Obama sobre Hillary Clinton es que ésta sería una mentalidad del siglo XX, mientras que la de su contendor es del siglo XXI, aludiendo al inteligente e innovador uso de Internet en la campaña del Senador por Illinois.
La superación de nuestra agobiante realidad política, por supuesto, no será posible sin nuestros estudiantes, pero ellos solos no son en absoluto suficientes.
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