La constituyente dudosamente elegida el pasado 30 de julio se ha iniciado con exceso de sus facultades. El Artículo 347 de la Constitución establece que esas facultades son «transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución». La destitución de un funcionario—como la fiscal Ortega Díaz—no es «transformar al Estado», y en todo caso se lo transforma y se crea un nuevo ordenamiento jurídico precisamente mediante una nueva constitución, y ésta no entra en vigencia hasta que el Pueblo la aprueba en referendo. (Cf. Preámbulo y Disposición Final de la constitución vigente).
En cambio, el Poder Supraconstitucional puede, como se argumentara el 17 de diciembre del año pasado en Manda Su Majestad, abolir el gobierno que preside Nicolás Maduro Moros, pero también tiene poder suficientísimo para disolver esa constituyente que se ocupa en operaciones perniciosas a la Nación. Es a estos fines a los que los actores políticos que repudian con muy buenas razones al actual régimen, y con capacidad operativa, deben dedicar sus esfuerzos de ingeniería. Como se puso al cierre de Prerrogativa del Poder Supraconstitucional: «Necesitamos convencernos a nosotros mismos de que eso es la voluntad de la mayoría del Pueblo, la voluntad del Poder Supraconstitucional, y convencer a los militares de que efectivamente han recibido una orden expresa y clara del Soberano. No podemos admitir que por cuenta propia usurpen nuestro inalienable derecho de rebelión».
En consecuencia, se ha modificado el texto del Acta de Abolición y Estatuto de Transición replanteado en esa entrada, para que diga ahora:
Nosotros, la mayoría del Pueblo de Venezuela, Soberano, en nuestro carácter de Poder Supraconstitucional… por este Acto declaramos plenamente abolido el gobierno presidido por el susodicho ciudadano, ordenamos a la Fuerza Armada Nacional que desconozca su mando y que garantice el abandono por el mismo de toda función o privilegio atribuido a la Presidencia de la República [y] disolvemos la asamblea nacional constituyente dudosamente elegida el 30 de julio de 2017 y anulamos todas las decisiones que ha tomado hasta la fecha…
No está mal «la defensa de la Constitución», pero lo que ahora procede es la afirmación de nuestra supraconstitucionalidad. LEA
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