En el programa #347 de Dr. Político en RCR, se planteó primeramente lo cubierto hace cuatro días en Política falaz; a continuación, lo tratado en La paz del fuerte, artículo que cumplirá mañana exactamente catorce años de escritura. Se retomó el tema principal del primer movimiento de la Sinfonía #6 en Si menor de P. I. Tchaikovsky; luego Juan Vicente Torrealba nos regaló la ejecución de su propia obra: Concierto en la llanura.
Acá puede escucharse el audio de la sesión:
LEA
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Dr Político usted distorsiona la realidad en su programa de radio con la siguiente falacia:
«La sustitución de la constitución por una enteramente nueva, eso requiere la aprobación expresa de del pueblo en referéndum»
usted intenta deformar la DISPOSICIÓN FINAL Única que reza textualmente así:
ESTA CONSTITUCIÓN entrará en vigencia el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, después de su aprobación por el pueblo mediante referendo.
según el diccionario de Real Academia de la Lengua Española la palabra ESTA se define como sigue:
Del lat. iste, -a, -ud ‘ese2’.
Neutro esto.
Pl. estos, estas.
En aceps. 6-10 las formas este y esta, y sus plurales respectivos, pueden escribirse con acento (éste, ésta, etc.) cuando existe riesgo de ambigüedad.
1. adj. dem. Que está cerca de la persona que habla. Toma este libro. U. t. pospuesto. Sitúese en la esquina esta.
2. adj. dem. Que se acaba de mencionar, o que se va a mencionar a continuación. En la cocina encontramos estas viandas: pan, huevos y leche. U. t. pospuesto. Me gustan mucho el melón y la sandía, pero las frutas estas son de temporada.
3. adj. dem. Dicho de un período de tiempo, de un momento o de un lugar: En el que se encuentra quien habla. Esta semana tenemos un examen. En este país se come muy bien.
4. adj. dem. Más próximo al que habla, sea en el pasado o en el futuro. U. con sustantivos que designan unidades del calendario. Este lunes fui a la piscina. La niña nacerá este octubre.
5. adj. dem. coloq. Indica valoración, positiva o negativa, respecto de algo o alguien cercano a la persona que habla. Estos chicos…, siempre tan cariñosos. U. m. pospuesto. El aparato este no sirve para nada.
6. pron. dem. m., f. y n. El que o lo que está cerca de la persona que habla. De todos los cuadernos, este es para ti. Sujeta esto.
7. pron. dem. m., f. y n. El que o lo que se acaba de mencionar, o el que o lo que se va a mencionar a continuación. Trajo muchos baúles y varias cestas; estas contenían ropa. Solo dijo esto: No me esperen despiertas.
8. pron. dem. m. y f. coloq. La persona presente o consabida. U. t. en sent. despect. Estas se han ido ya. Este me ha dicho que no hará el examen.
9. pron. dem. f. Designa la población en que está la persona que se dirige a otra por escrito. Permaneceré en esta dos semanas.
10. pron. dem. f. coloq. La presente circunstancia o situación. Esta sí que no me la esperaba. Te aseguro que en esta no me pillan.
Es Obvio y Evidente que cuando se habla de ESTA CONSTITUCIÓN se refiere a la actual y vigente constitución que se aprobó en un referéndum, el 15 de diciembre del año 1999, no a hace referencia expresa de ninguna futura constitución que pueda ser redactada por una Asamblea Constituyente.
Sra. (¿Sr.?) Esparragoza: en efecto, la Disposición Final Única sólo dice que la Constitución de 1999, la vigente, adquiriría su vigencia «después de su aprobación por el pueblo mediante referendo». El Preámbulo mismo de la Constitución cierra con estas palabras: «mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente… [Constitución]». Entre su comienzo—»El pueblo de Venezuela»—y ese cierre hay intercaladas varias oraciones explicativas, subordinadas a la oración principal que es ésta: «El pueblo de Venezuela… mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente Constitución». Eso, para empezar, establece un precedente que exige que futuras constituciones sean decretadas por el Pueblo de Venezuela en referendo democrático. Se trata de un derecho adquirido por el Pueblo entero. (En artículo para el diario La Verdad—Contratesis—del 13 de septiembre de 1998, expuse: «Y no renunciaremos a derechos políticos reconocidos en 1961. Uno de los más fundamentales es, precisamente, que cuando una modificación profunda del régimen constitucional sea propuesta, no entrará en vigencia hasta que nosotros la aprobemos en referéndum»).
Luego, cambios menos importantes que una constitución enteramente nueva—enmiendas o reformas—requieren un referendo aprobatorio; así lo indican los Artículos 341 (numeral 3) y 344. Es obvio que si esos cambios menores exigen una consulta referendaria, la sustitución de la Constitución actual por una distinta la exige aún más.
Por último ¿cuál es el poder que pudiera poner en vigencia una nueva constitución? Ninguno de los poderes públicos tiene esa potestad en ninguna de sus atribuciones, ni siquiera una Asamblea Nacional Constituyente, puesto que el Artículo 347 constitucional establece que sólo le corresponde «redactar una nueva Constitución». Por consiguiente, es sólo el Pueblo quien puede poner una nueva Constitución en vigencia mediante su aprobación en un referendo.
Va a ser muy difícil que Ud. me sorprenda construyendo falacias. («No puedo romper la solidez de mi compromiso con la verdad». Hallado lobo estepario en el trópico, 28 de mayo de 2011). Como expone el resumen curricular que podrá leer en Acerca de LEA, estoy familiarizado con el «campo de la Lógica y la Filosofía de la Ciencia», y tuve la fortuna de ser instruido por un excepcional profesor de Castellano y Literatura (Antonio Pons), que nos enseñó en bachillerato a dominar la estructura gramatical (lógica) de la cláusula castellana. Ud., en cambio, es descuidada—o descuidado; perdone que ignore a cuál género se asigna el nombre Ismelbi—en su redacción; en su excesiva e innecesariamente larga exposición de una noción gramatical que se aprende en escuela primaria, comete Ud. al menos dos errores de construcción. En el segundo párrafo escribe: «aprobación expresa de del pueblo en referéndum»; en el último pone: «no a hace referencia» y es más correcto escribir «referencia expresa a» que «referencia expresa de». Además, escribe el inicio de su tercer y quinto párrafos con minúscula. Si pretende enseñarme gramática, escriba correctamente. (Por cierto, en el medio de Internet, la escritura a mayúsculas cerradas que Ud. emplea es tenida como el equivalente de gritar; es decir, se trata de mala educación que no añade ni un ápice de verdad a lo que así se escriba).
Saludos Dr Político, hace ya mucho tiempo que no escribo por este medio, aunque lo sigo con regularidad en su programa transmitido por RCR. Primero quiero transmitir mi solidaridad y respaldo a Ud y su espacio sabatino de radio, esperando que continúe con dicha labor que por muchos años lleva con dedicación, impartiendo de manera pedagógica y en lenguaje llano los temas de relevancia y acontecer nacional. Muchas veces he oído algunos de sus programas que han resultado polémicos, tal vez por el nivel tan encrespado y con razón, que tenemos en Venezuela. Debemos concentrarnos en las soluciones efectivas en el marco de la legalidad, con atajos solo se empeorará la situación y no sólo desde el aspecto político sino en todos los ámbitos. Su propuesta de un referéndum o consulta ya varios años planteada por Ud es una salida taxativa para una solución inmediata y efectiva del problema político. Vale la pena entonces preguntarse: ¿porqué no se ha considerando proponerla al menos por algún representante de la oposición? Ahora solo de manera de ejercicio mental si consultáramos al azar al ciudadano que piensa sobre esa propuesta (muy acertada desde mi punto de vista) ¿que pensaría? o mejor dicho, ¿que garantía tendría de realizarse y respetarse de manera transparente? Tal vez operaría una respuesta originada por nuestro cerebro “reptileano” que se antepone casi instantáneamente a nuestra parte cognitiva de pensamiento y abstracción pragmática, y esto debido al conflicto suscitado por el conocimiento empírico obtenido por sucesivas experiencias negativas relacionadas con el arbitraje electoral. Insisto, su propuesta sería, y sin duda, una respuesta directa, efectiva y de rápida solución en el marco de la legalidad constitucional para salir de esta coyuntura política. Sin embargo, deben existir las condiciones que permitan que esta excelente opción y tal vez la mejor, sea realizable, creíble para todos. El país, se cae a pedazos, cada día que pasa es mayor el deterioro, lo lamentable es que seguimos enfrascados en el tema político, que para mí es el menor de los problemas, porque los problemas más delicados, los de mayor atención y prioritarios no se les presta atención para darles solución. Creo que debemos seguir invirtiendo en la educación del ciudadano, recuperar los valores éticos y sembrar en cada uno de nosotros la constancia y el trabajo para sacar a Venezuela de este foso profundo en que está sumido. Espero seguir intercambiando opiniones más seguido por este medio que tiene a bien para difundir la libre expresión de ideas y conceptos emitidos en su programa y blog.
Ing. Arecio Colmenares
Gracias, Ing. Colmenares, por su concurrencia y su generoso aprecio. Sobre el asunto de plantear la solución referendaria a dirigentes opositores, le invito a leer en este blog Historia de una renuencia (11 de diciembre de 2018).
Mañana haré un programa especial; podrá escucharlo en vivo por rcr.tv y más tarde estará su audio en este blog.
Su participación y su claridad serán siempre bienvenidas.