Los nuevos rectores del CNE. (Roberto Picón Herrera al extremo derecho de la fotografía).

 

picón, na De picar. 1. adj. Dicho de una caballería: De dientes incisivos superiores que sobresalen de los inferiores, por lo cual no pueden cortar bien la hierba.

Diccionario de la Lengua Española

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Con fecha de ayer, el diario El Nacional publicó una nota de la Agencia EFE que así titula:

 

Rector electoral ve inviable modo de recoger firmas para revocatorio contra Maduro

 

A continuación, inserta la siguiente cita de Roberto Picón Herrera: «El proceso se llevará a cabo sin auditoría del software que garantice integridad e inviolabilidad del proceso». En el cuerpo del texto explica:

El rector del Consejo Nacional Electoral de Venezuela Roberto Picón denunció este viernes que «no es factible» el formato aprobado por el organismo del que forma parte para la recolección de firmas que, posteriormente, activen el referendo para revocar a Nicolás Maduro del cargo de presidente.

«No es factible. Se tendrían que procesar cinco electores por minuto, por 12 horas, en todas las máquinas del país, sin margen de error», indicó el rector en su cuenta de Twitter.

Picón señaló que no hay tiempo para notificar a los ciudadanos los puntos de recolección de las firmas, que se definirán este fin de semana.

«El proceso se llevará a cabo sin auditoría del software que garantice integridad e inviolabilidad del proceso, sin tiempo para nombrar testigos en los 1.200 puntos, sin medidas de bioseguridad. De haber convocatoria, habría colas de 300 personas en pleno pico de ómicron», añadió Picón.

Por todo ello, el rector apostilló que salvó su voto (se abstuvo) ante este proceso porque «no es factible».

Picón Herrera tiene razón, cuando aprecia que las condiciones prescritas para la recolección de firmas que activaría un referendo revocatorio del mandato del presidente Maduro son insuperables. En esta apreciación le acompaña Nicmer Evans, en declaraciones que recogió también ayer el mismo periódico:

«Es una gran bufonada. Si ellos (el Gobierno) para la firma contra (el decreto emitido por el expresidente de EEUU Barack) Obama, instalaron 14.000 centros a nivel nacional e internacional, ¿cómo puede ser que hayan instalado 1.200 centros (para activar el revocatorio) que nadie conoce?», dijo Evans en una rueda de prensa virtual. (…) «Para cumplir con el requisito de activación del referendo revocatorio presidencial se deberá alcanzar el 20 % del registro electoral en cada una de ellas. Tal como lo estableció la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en 2016», agregó.

El CNE anunció ayer que ha fijado para el próximo miércoles el día en que los ciudadanos podrán recoger, durante doce horas, las firmas necesarias (correspondientes al 20 % del electorado en cada estado)* para activar el referendo que revoque a Maduro del cargo de presidente.

Sin embargo, el rector Picón tuvo tiempo para hacer algo al respecto. En octubre del año pasado, obtuve su dirección en WhatsApp y le escribí un mensaje en el que le manifestaba interés en que me recibiera, explicando que quería hablarle de posibilidades expuestas en la entrada de este blog (21 de abril de 2021) que titulé Participación popular electrónica. Cinco meses antes, el 13 de mayo, le había enviado un correo electrónico con el mismo fin. Éste es su texto:

Apreciado Roberto: sirva la presente para felicitarte por tu nuevo cargo de Rector del Consejo Nacional Electoral, que trae consigo un alivio a la diaria tribulación ciudadana dada la indudable capacidad tuya en el campo informático.

Transcribo abajo el contenido de una entrada en mi blog del 21 del mes pasado (Participación popular electrónica). No creo que haya en el CNE alguien más competente que tú para acoger y defender la tesis allí expuesta.

Con un agradecido abrazo

Luis Enrique Alcalá

 

Nunca contestó esa comunicación, y ni siquiera abrió el mensaje posterior en WhatsApp.

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Repaso ahora el punto crucial de la entrada de abril del año pasado, que citaba una orgullosa manifestación de Maikel Moreno por un avance del Tribunal Supremo de Justicia la semana anterior. (Destacado en cursivas):

En atención a la sentencia en ponencia conjunta del 5 de marzo del presente año, en la cual los integrantes de la Sala de Casación Civil establecieron entre otros puntos el uso de herramientas tecnológicas a los fines de la presentación digital del recurso de casación e impugnación del mismo. (…) De esta manera, el presidente del Tribunal Supremo de Justicia, magistrado Maikel Moreno, da un paso hacia la consolidación del uso de las tecnologías de la información y comunicación. (…) En momentos cuando nos aprestamos a tener nuevos rectores del Consejo Nacional Electoral, parece oportuno proponer que ese cuerpo, un poder público importantísimo, siga el ejemplo del Tribunal Supremo de Justicia y modernice el trámite de toda iniciativa popular facilitándola, no haciéndola más difícil. (…) es este asunto exigencia que recae principalmente en las autoridades electorales, las que pueden facilitar las cosas a una ciudadanía que enfrenta un transporte público grandemente afectado y está a la vez altamente informatizada. (Ver en este blog El demos cabe en la red, 17 de octubre de 2019).

Es eso lo que el flamante rector Picón, quien ahora niega la factibilidad de un referendo revocatorio del mandato de Nicolás Maduro, optara por ignorar desde hace nueve meses. LEA

 

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* El Artículo 72 de la Constitución establece: «Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato». Es la circunscripción nacional la correspondiente a un referendo revocatorio presidencial, no las estadales o municipales. La decisión de la Sala Constitucional de 2016 es otra de las aberraciones jurisprudenciales del Tribunal Supremo de Justicia.

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