Disolución y anulación

La desbandada constituyente

Luego de comentar el tema candidatural, en relación con las elecciones convocadas para el 22 de abril (hasta ahora solamente presidenciales), una medición de Datanálisis de este mes acerca de la posible disolución de la Asamblea Nacional Constituyente en operación y la anulación de todos sus actos, permitió regresar sobre ese tema con la seguridad de que ambos resultados se obtendrían holgadamente en un referendo convocado para decidir esas precisas cuestiones. El Preludio #4 en Mi menor de Federico Chopin y el inicio del 2do. movimiento (Allegro risoluto) de la Segunda Sinfonía de Aram Khachaturian, acompañaron el programa #286 de Dr. Político en RCR, cuyo archivo de audio se pone a continuación:

Hallazgos de Datanálisis (febrero 2018)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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No va a la fiesta

 

Una música de película

En la reunión #285 con los oyentes de Dr. Político en RCR se comentó el retiro de la invitación a Nicolás Maduro para  la VIII Cumbre de las Américas, que tendrá lugar el próximo mes de abril en la ciudad de Lima. En recuerdo de la III Cumbre (Quebec) de 2001, la prédica de Hugo Chávez a favor de la democracia representativa fue contrastada con su práctica de impedirla. También hubo espacio para una referencia al más reciente tiroteo homicida en un colegio del estado de Florida (EEUU) y otra sobre la posibilidad de que Maduro sea reelecto antes de que renuncie, para propósitos vacacionales, a lo que le resta del período iniciado en enero de 2013, para reasumir su cargo actual el 10 de enero de 2019. Dos compositores ingleses asistieron a la sesión de hoy: Albert Kételbey, con Campanas a través de los prados, y Richard Addinsell con su famoso Concierto de Varsovia. Éste es el archivo de audio correspondiente:

LEA

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La caída de las lochas

Hay que meterla para que caiga

 

Así decimos en México cuando por fin logramos entender algo. La expresión tiene origen en la época en que, en México, los teléfonos públicos y otras máquinas de ranura, funcionaban con una moneda de veinte centavos «un veinte». Cuando se lograba la comunicación, la moneda caía en el recipiente del teléfono y entonces se decía: «ya cayó el veinte». (…) De este decir, los mexicanos hicimos metáfora y ahora lo usamos para referirnos a ese momento en que por fin se nos «prende el foco» y logramos entender algo. (…) …no somos los mexicanos, los únicos a quienes una moneda hace clic en el cerebro. En Inglaterra dicen: «the penny has dropped» (el penique ha caído). También en Alemania dicen: «Jetzt ist bei mir der groschen gefallen!», que puede traducirse como «me cayó el groschen» (…) Por si fuera poco, en hebreo existe la expresión «Nafal Ha-asimón» (cayó el asimón ). Y qué creen… resulta que el «asimón» era la moneda que en Israel ¡caía en los teléfonos públicos cuando se hacía una llamada! Y figurativamente, la expresión significa «ya se entendió». Visto lo anterior, ya no me extrañó saber que en Rumania dicen «mi-a picat fisa» (me cayó la ficha); en Argentina «me cayó la ficha»; en Venezuela «me cayó la locha» y en Brasil «caiu a ficha». En todos los casos, hay una moneda que cae a un teléfono público o a una máquina de ranura, y siempre significando ese momento en que por fin se logra entender algo.

¡Ya me cayó el veinte!

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Las soluciones a los problemas del país están en nuestras manos; es cuestión de entender eso. Metamos varias lochas para que caigan una tras otra.

Primera locha: el poder supremo del Estado venezolano reside en el Pueblo. En nuestro carácter de Poder Constituyente Originario—el único; no hay «constituyentes originarias»—, somos un poder supraconstitucional. Ni siquiera la Constitución nos limita.

Toda la estructura del Poder Público venezolano, así como sus atribuciones, descansan sobre una decisión de la Corte Suprema de Justicia del 19 de enero de 1999. Se trata de la decisión sobre recurso de interpretación interpuesto ante la Sala Político-Administrativa sobre la posibilidad de consultar a los Electores si era su voluntad la convocatoria a una Asamblea Constituyente. (…) La Corte contestó, muy acertadamente, que esta consulta sí podía hacerse al Poder Constituyente Originario. Y lo hizo de una vez, al comienzo mismo de la argumentación. La Corte estimó, en perfecta consistencia con la más elemental doctrina de la democracia, que el Pueblo, en su carácter de Poder Constituyente Originario, era un poder supraconstitucional, puesto que es la Constitución la que emana del Pueblo, y no a la inversa. (…) Y es por tal razón que la Corte asentó la doctrina de que, en ese carácter, el Pueblo no está limitado por la Constitución*, la que sólo limita al poder constituido, y por ende podía discutirse sobre una constituyente aunque tal figura no estuviese contemplada en la Constitución de 1961. El desconocimiento de esa doctrina fundamental del acervo constitucional venezolano equivaldría a pulverizar las bases jurídicas del régimen público nacional; la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por caso, debe su existencia a la Constitución Nacional, que emergiera al mundo de la vigencia cuando el Poder Constituyente Originario la refrendara en referendo aprobatorio del 15 de diciembre de 1999. Y ese referendo fue convocado para decidir sobre el producto de la Constituyente de 1999, que fue elegida en votaciones mandadas por otro referendo, el consultivo del 25 de abril de ese mismo año. (…) …ese referéndum consultivo vinculante fue posible porque la Corte Suprema de Justicia así lo estableció el 19 de enero de 1999. (…) Toda la legitimidad del Poder Público venezolano reside en la invulnerabilidad de esa precisa sentencia y su clarísima doctrina, que permitió decidir sobre un punto no contemplado en la constitución de la época: la elección mandatoria de una asamblea constituyente, pues el Poder Constituyente Originario no está limitado por la Constitución. (Prontas elecciones, 22 de octubre de 2016).

Segunda locha: la iniciativa popular puede convocar al Pueblo para que se pronuncie en referendo sobre «materias de especial trascendencia nacional». (Artículo 71 de la Constitución: «a solicitud de un número no menor del diez por ciento de los electores y electoras inscritos en el registro civil y electoral»). Esto es la mitad del esfuerzo requerido para un referendo revocatorio; con el actual nivel de registro electoral, en términos gruesos se requiere la manifestación de voluntad de 2 millones de electores. El 16 de julio de 2017, votó un total de 7.535.259 ciudadanos, o 38,5% del registro, en el «plebiscito» convocado por la oposición profesionalizada. (Dicho sea de paso, aunque fuera portentosa esa asistencia, ella no fue ni con mucho la mayoría del Pueblo; ni siquiera alcanzó 40%).

Tercera locha: siendo que no somos «los de abajo», puesto que todo otro poder nos está subordinado, podemos contestar con toda legitimidad estas cuestiones: a. si queremos disolver la Asamblea Nacional Constituyente convocada legítimamente el 1º de mayo de 2017, elegida dudosamente el 30 de julio del mismo año sobre bases comiciales viciadas e instalada el 4 de agosto siguiente; b. si queremos anular todos sus actos desde la fecha de su instalación hasta la de celebración del referendo. (Quienes sostienen, por el oficialismo y desde la oposición, la equivocada noción de que la ANC es «originaria», plenipotenciaria, aducen lo establecido en el Artículo 349 de la Constitución: «Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente». Nosotros no somos un poder «constituido»; somos el Poder Constituyente Originario. Ese artículo no nos obliga).

Cuarta locha: no se necesita que la Mesa de la Unidad Democrática, negada a esa consulta político-jurídica válida—a diferencia de la del 16 de julio—, promueva la convocatoria del referendo requerido. La promoción puede venir de una asociación civil de propósito único, que se extingue automáticamente al quedar convocado el referendo, razón por la cual no es competencia ulterior de la MUD o de ningún partido, ni siquiera del PSUV. (Con algunas personas amigas, me encuentro trabajando en la constitución de la asociación necesaria).

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Total: cuatro lochas, o lo que había que meter a una rockola para que sonaran cuatro canciones; sólo dos mediecitos: cincuenta céntimos de bolívar, de aquel bolívar «débil». Casi tan viejas como las lochas que ya no se acuña, fueron anticipadas hace catorce años en Salir de la caja (25 de marzo de 2004):

Es preciso salir de la caja de la Constitución de 1999, cayendo en la cuenta de que en realidad estamos por encima de ella. «Gregorovius pensó que en alguna parte Chestov había hablado de peceras con un tabique móvil que en un momento dado podía sacarse sin que el pez habituado al compartimiento se decidiera jamás a pasar al otro lado. Llegar hasta un punto en el agua, girar, volverse, sin saber que ya no hay obstáculo, que bastaría seguir avanzando». (Julio Cortázar, Rayuela).

Aquel tabique era de vidrio, transparente, y por tanto indetectable por los ojos de los peces, que habían aprendido a no darse topetazos. LEA

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*Sólo está limitado, redactó Humberto La Roche, el magistrado ponente, por los derechos humanos y los convenios válidamente establecidos con soberanías equivalentes de otras repúblicas.

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Carnestolendas 2018

 

Carnaval de Venecia

 

Ayunar y no comer carne cuando lo mande la Santa Madre Iglesia.

Cuarto Mandamiento de la Iglesia Católica

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El tiempo de Cuaresma debiera ser para los católicos época de ayuno y abstinencia—Privación de determinados alimentos o bebidas, en cumplimiento de precepto religioso o de voto especial. Diccionario de la Lengua Española—; específicamente, tiempo de no comer carne. El término carnaval alude a lo mismo: «de carne ‘carne’ y levare ‘quitar’, calco del gr. ἀπόκρεως apókreōs». Viene una limitación tras el carnaval—»Los tres días que preceden al comienzo de la Cuaresma» (DLE)—, y por esto son las carnestolendas (Del lat. caro, carnis ‘carne’ y tollendus, gerundivo de tollĕre ‘quitar, retirar’) días de conducta licenciosa, de gula y otros pecados capitales.

Resulta natural que la música tome al relajado carnaval como tema; he aquí cuatro instancias musicales con esa referencia. Son famosos en la música académica dos ejemplos franceses: La Obertura del carnaval romano, de Heitor Berlioz, y El Carnaval de los animales, de Camille Saint-Saëns. Acá suena la primera por la Orquesta del Gewandhaus de Leipzig, dirigida por Andrew Litton, y de la segunda su más famosa pieza, El Cisne, con el violonchelo de Yo-Yo Ma sobre acompañamiento de piano:

Obertura del carnaval romano

El cisne (de El Carnaval de los animales)

Pero la música popular no se queda atrás: la extraordinaria película Orfeo negro (1959) tiene como tema principal la composición a la que Antonio Carlos Jobim llamara Manhã de Carnaval, que nos canta Astrud Gilberto. Luego cierra esta breve ofrenda la reina Celia Cruz, con la energizante canción La vida es un carnaval:

 Manhã de Carnaval

La vida es un carnaval

La ceniza vendrá después a recordarnos: Memento homo, quia pulvis es et in pulverem reverteris. (Génesis 3,19). Como si no lo supiéramos. LEA

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Sobre un héroe venezolano

 

Héroe legendario de Suiza

Luego de hacer referencia al acuerdo del Parlamento Europeo sobre Venezuela (8 de febrero) y el receso indefinido del diálogo gobierno-oposición en República Dominicana, el programa #284 de Dr. Político en RCR se concentró en una reivindicación de la figura de Rafael Caldera Rodríguez, dos veces Presidente de la República, ante ataques simplistas, injustificados y mezquinos contra su persona y trayectoria. La Canción al árbol del olvido, del compositor argentino Alberto Ginastera, y una sección de la Obertura de Guillermo Tell, la última de las óperas de Gioacchino Rosini, constituyeron la ofrenda musical en esta oportunidad. He aquí el archivo de audio de la sesión de hoy:

LEA

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