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Al caer la tarde de ayer llegó a mi buzón de correo electrónico el texto de una entrevista realizada por María Angélica Correa (El Tiempo, 22 de mayo de 2018) a Miguel Ángel Martín, quien preside el Tribunal Supremo de Justicia «legítimo» (en el exilio). El remitente señaló: «De las entrevistas más relevantes que he leído este año. Agradecería todo comentario al respecto». A pesar de que he conversado antes y en varias ocasiones con él sobre más de un asunto cubierto por entrevistadora y entrevistado, me sobrepuse a la sensación de inutilidad para contestarle prácticamente punto por punto. Acá transcribo mis respuestas, que van en cursivas tras el texto recibido.

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‘Maduro no representa a los venezolanos’: presidente del TSJ

Horas después de haber jurado como presidente a inicios de 1999, Hugo Chávez dictó un decreto para convocar un referéndum a fin de que una asamblea constituyente redactara una nueva Constitución. El golpe de Chávez tuvo éxito. En diciembre de ese año impuso una nueva Constitución que le dio el control del país. Y así empezó todo. Empezó con el secuestro de las instituciones, empezando con el poder judicial y el poder electoral.

Chávez asumió la Presidencia el 2 de febrero de 1999, habiendo sido electo por una mayoría de venezolanos el 6 de diciembre anterior. (Un año antes, la intención de voto a su favor estaba entre 6% y 8%; el estamento político tradicional no supo oponerle un contendor eficaz). Previamente, el 19 de enero de 1999, la Corte Suprema de Justicia asentó la doctrina fundamental de nuestra constitucionalidad: que el Pueblo, en su carácter de Poder Constituyente Originario, no limitado por la Constitución (que limita sólo a los poderes constituidos), podía ser consultado sobre la elección de una asamblea constituyente, en un referendo al efecto convocado según especificaba el Art. 181 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, reformada por el Congreso de la República en diciembre de 1997 para agregar, justamente, el Título VI: De los referendos. En ningún caso fue eso un golpe o “el secuestro de las instituciones”. Por lo contrario; es esa doctrina clarísima y correcta lo que permitiría ahora un referendo que rechace el socialismo, disuelva la actual constituyente y anule sus actos. Y Chávez no “impuso una nueva Constitución que le dio el control del país”; ella fue aprobada en referendo del 15 de diciembre de 1999. Sobre ella dijo la MUD en sus Lineamientos del Programa de Gobierno de la Unidad Nacional (23 de enero de 2012): «La base normativa fundamental para el nuevo gobierno es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual calificamos como una Constitución democrática, respetuosa del Estado de Derecho y de los derechos humanos. Ella representa no sólo el punto de partida ineludible desde la perspectiva de la validez y vigencia formal de las normas, aunado ello a su ratificación popular, sino también una plataforma jurídica aceptable para el despliegue de las políticas de un gobierno democrático. Permite el funcionamiento de instituciones democráticas y garantiza los derechos humanos».

Casi dos décadas después, el régimen, esta vez presidido por Nicolás Maduro, de nuevo convoca (2017) otra Asamblea Nacional Constituyente, arrasando así con la poca institucionalidad que quedaba.

Pero, además, esta fraudulenta constituyente que fue rechazada y desconocida por la comunidad internacional convocó en forma extemporánea elecciones presidenciales. E incluso va más allá. El propio presidente Juan Manuel Santos, al referirse a esta constituyente ante la Sociedad Interamericana de Prensa en Medellín, expresó: “Entre sus artículos está el abolir el sufragio universal, o sea, implantar un sistema igual al de Cuba y perpetuarse en el poder indefinidamente”.

La constituyente convocada por Maduro no es fraudulenta; el Art. 348 de la Constitución confiere al Presidente de la República en Consejo de Ministros, entre otros actores, la potestad de convocar a una constituyente. Dos días antes de la convocatoria del 1º de mayo de 2017, Ramos Allup retaba a Maduro a que la convocara. (Audio abajo). La gente de la Alianza Nacional Constituyente—Enrique Colmenares Finol, Blanca Rosa Mármol, Felipe Pérez Martí—, que ha intentado sin éxito convocar una constituyente (como tampoco lo tuvieron en diciembre de 2013 Leopoldo López, Ma. Corina Machado, Oswaldo Álvarez Paz y una cincuentena de personas que los acompañaron), nunca postularon que esa convocatoria requería un previo referendo, tesis errónea que expuso Brewer Carías en la noche de ese 1º de mayo por CNN. (La exmagistrada Mármol argumentó otra cosa: que Maduro no podía convocar a constituyente, no porque no hubiera llamado a referendo que la autorizara, ¡sino porque era un presidente de facto, dado que la Asamblea Nacional había declarado su abandono del cargo!)  La MUD se dedicó a la holgazanería de acoger el equivocado dictamen de “Randy” y venderlo a Rajoy, a la Santa Sede, al Grupo de Lima, a Almagro (que no necesitaba la venta), al Departamento de Estado de los EEUU… en lugar de presentar candidatos a una constituyente que mucha gente de oposición propició con mucha antelación. (Ver #lasalida de Maduro – segunda parte, 2 de mayo de 2017). La venta tuvo éxito; de allí que buena parte de la “comunidad internacional” (no toda ella, como implica la periodista) compró la etiqueta de moda: fraudulenta. Nadie conoce, Juan Manuel Santos incluido, el texto de un proyecto de constitución que sustituya a la existente, la que dicho sea de paso no entraría en vigencia sin que el Pueblo la apruebe en referendo, como establecen el Preámbulo y la Disposición Final Única de la actual.

Fragmento de Dr. Político en RCR #262, 19 de agosto de 2017

Efectivamente, haciendo un recuento de hechos sucedidos pocos días, antes y después, de la proclamación de la Constituyente Cubana el 4 de agosto de 2017, el régimen inició la persecución de 33 magistrados designados el 21 de julio por la Asamblea Nacional (AN) legítima, y la destitución de la legítima fiscal general Luisa Ortega Díaz; marcando así el inicio del ejercicio de sus funciones fuera de Venezuela de estos representantes de poderes públicos.

Eso de “constituyente cubana”, aunque se escriba con mayúsculas, es una etiqueta más; la que opera en Venezuela es venezolana. (“El país que sufre agudos dolores y privaciones está atrapado en la tenaza de la perniciosidad del gobierno y la incompetencia de la oposición, mientras ambos se pegan mutuamente etiquetas en las solapas: ¡Dictadura! ¡Fascismo! Pobre país». Etiqueta negra, 11 de abril de 2016). Lo que es fraudulento es ese Tribunal Supremo de Justicia en el exilio; es eso lo que es inconstitucional y por tanto ilegítimo, puesto que fue “constituido” en la Plaza Alfredo Sadel haciendo caso omiso, contraviniéndolo, del Art. 264 de la Constitución, que requiere la participación del Poder Ciudadano en su nombramiento. (“La línea de la MUD parece ser la de proclamar que el Estado venezolano no existe: el Presidente de la República, declaró la Asamblea el 9 de enero, abandonó su cargo, produciéndose la falta absoluta de ese mandatario; los magistrados legítimos del Tribunal Supremo de Justicia serían los elegidos por ella en la plaza Alfredo Sadel que ahora huyen del Sebin. Faltaría que la AN nombrara nuevas rectoras (o rectoros) del Consejo Nacional Electoral y nuevos Defensor del Pueblo y Contralor General de la República, suponiendo que quiera la permanencia de Luisa Ortega Díaz, tan cooperadora”. Constituyente habemus, 31 de julio de 2017). La declaratoria de abandono del cargo por Maduro es fraudulenta, la tesis (Ramos Allup, 5 de enero de 2016)) de que era un “compromiso no transable” de la AN encontrar en seis meses un modo para “la cesación de este gobierno” es fraudulenta, puesto que la Constitución no asigna esa potestad al Legislativo, la elección de un TSJ “legítimo” pero escapado es fraudulenta, como ya dije.

Uno de ellos, Miguel Ángel Martín, actual presidente del inédito Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio, quien debió huir de Venezuela a raíz de su designación, nos entrega un mapa sobre las bases legales que permitirían un gobierno de transición, a horas del mayor fraude electoral en la historia de Venezuela.

¿Hay pruebas de fraude electoral el 20 de mayo? Un alegato no es una prueba; es principio universal del Derecho Penal que la carga de la prueba recae en quien acusa, y William Clifford advirtió en La Ética de la Creencia: “Es en todo tiempo y lugar moralmente erróneo que cualquiera crea en algo sobre la base de evidencia insuficiente”.

La primera sentencia del TSJ legítimo, el 25 de octubre, fue la nulidad de la Asamblea Constituyente Cubana, donde activa la resistencia civil amparada por la Constitución venezolana (art. 350). ¿En la farsa electoral del domingo, la altísima abstención del domingo es una demostración de la activación de la resistencia civil?

Sin duda alguna, sí.

Hasta ahora, es evidencia de la desconfianza en el sistema electoral, que conviene al gobierno y ha sido predicada largamente y de manera suicida por innumerables actores de la oposición. (Ver Suma contra gentiles abstencionistas, 1º de enero de 2012). Entre las cosas demostradas el 20 de mayo está que Henri Falcón no dio la talla como candidato. Periodista y “magistrado” convierten falazmente la abstención en “una demostración de la activación de la resistencia civil”. ???

¿Hay referencia de otro tribunal en el exilio?

Un Tribunal así es inédito.

A confesión de parte, relevo de pruebas.

Muchos consideran que estas decisiones son un sainete político porque violan el principio de territorialidad.

Existe la base constitucional y legal para nosotros operar fuera de nuestras fronteras.

¿Cuál es esa base?

¿Pero existe una norma que lo fundamente?

Nuestra constitución establece en su artículo 20 que los convenios internacionales son leyes en Venezuela, y por eso nosotros ejercemos nuestra jurisdicción fuera de Venezuela, con efecto hacia el país, sobre temas de derecho internacional público y de derecho de control constitucional.

¡Ah, la explica el entrevistado! ¿Cuál convenio internacional establece que puede operar válidamente en el exterior un tribunal espurio, írrito, inconstitucional, fraudulento? ¿O es que las “decisiones” de ese esperpento son un “convenio internacional”? El “razonamiento” del entrevistado es un verdadero bodrio.

La segunda acción mancomunada de la fiscal general Luisa Ortega y del TSJ (en el exilio) fue la acusación penal a Nicolás Maduro por el delito de corrupción en el caso Odebrecht. ¿Este es un caso de control constitucional?

La delincuencia organizada sí es competencia tanto de la fiscal general como nuestra.

“Este martes 29 de agosto la Asamblea Nacional tenía pautado en la agenda discutir los casos de corrupción involucrados con la empresa Odebrecht, y como en otra oportunidad en la discusión sobre casos de corrupción, no hubo quórum. Julio Borges, presidente del Parlamento, informó que debido a que a la sesión solo acudieron 55 diputados no se pudo llevar a cabo la discusión. Borges solicitó a la Secretaría del Parlamento hacer pública la lista de los legisladores que no acudieron, para que el país tenga conocimiento de lo sucedido. En este sentido expresó: ‘Voy a solicitar a Secretaría que haga pública la lista de los ausentes para que el país nos ayude a presionar y los diputados entiendan que tienen que venir a la sesión de la Asamblea, es nuestro deber’. (…) También es relevante mencionar que el pasado 24 de agosto, sólo 33 parlamentarios asistieron a la sesión que tenía como objetivo debatir las denuncias de corrupción realizadas por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz”. (El problema, 30 de agosto de 2017).

Un fragmento del oficio con fecha 7 de mayo, enviado por el TSJ que usted preside al ministro de la Defensa, se refiere a Maduro en los siguientes términos: “Quien tenía a su cargo la presidencia de la República”(…). ¿Nicolás Maduro ya no es presidente de Venezuela y tampoco comandante en jefe de la Fuerzas Armadas?

Constitucionalmente, él ya no es presidente de la República. Él se convirtió en un presidente de facto porque, según la ley, cuando el Tribunal en Sala Plena declara la procedencia del juicio contra el presidente, tiene que pasar por la autorización de la AN. Y eso ocurrió. Nuestra AN autorizó el juicio penal de corrupción contra Nicolás Maduro. Por lo tanto, de conformidad con la ley, él está suspendido e inhabilitado del cargo para someterse al juicio correspondiente. Y se inicia lo que nosotros hemos denominado transición constitucional, porque tiene que venir el orden sucesoral como establece la Constitución.

Ninguna “decisión” de un tribunal fraudulento e inexistente causa los efectos que aduce este pobre señor, que por cierto deja de reconocer que el 9 de enero de 2017, bajo la presidencia de Borges, la Asamblea Nacional declaró la falta absoluta de Maduro por abandono del cargo. Si esta idiotez—¡ojalá lo hubiera abandonado!—se sostuviera, el TSJ de ficción no tendría necesidad de decidir al respecto.

¿En esa transición constitucional le correspondería asumir al vicepresidente, Tareck El Aissami?

Sí, así lo establece la Constitución. Pero no pasó. En este momento estamos frente a un vacío constitucional del cargo de presidente. Maduro no representa a los venezolanos, y su firma no vale en el mundo.

Los presidentes no representan a los ciudadanos en ningún caso; pocas personas del mundo creen que vale y obliga la opinión del entrevistado.

¿Entonces se infiere que todo lo que Maduro firme es ilegítimo?

Exacto. Al no tener legitimidad suscribir un acuerdo con la firma de ese gobierno de facto, corre el riesgo de que no sea válido.

Lo que es ilegítimo es el acto “en Sala Plena” de ese tribunal ilegítimo, fraudulento.

¿Se está desarrollando el juicio penal?

Sí. Estamos esperando que en pocos días, la fiscal general presente el acto conclusivo, y en aproximadamente tres meses, con el cumplimiento de los procesos correspondientes, el tribunal dicta sentencia.

Cuando un gobierno no resuelve los problemas de sus ciudadanos, hasta allí llega la soberanía de ese gobierno.

Los gobiernos no son soberanos; “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo”, Art. 5 de la Constitución.

¿Puede la Interpol ejecutar una orden de captura estando Maduro en la presidencia, aun cuando sea un presidente de facto? ¿Se podría escudar en esa condición?

Maduro no tiene excusa en eso. Quien tendría el problema es la Interpol porque es un organismo de policía internacional que recibió una orden de captura y tiene que oficiar a todas las policías del mundo para colocarlo en la lista de alerta roja. Nosotros estamos siguiendo los protocolos de la Interpol. Eso no es algo tan inmediato para que lo incluyan en la lista roja.

El TSJ ilegítimo y fraudulento no obliga a la Interpol.

Las solicitudes al ministro de la Defensa y los organismos de seguridad de Venezuela se estrellan contra un muro. Quién va a ejecutar esa orden en un régimen dirigido desde La Habana.

En este caso, la responsabilidad la tienen el director de cada una de las instituciones policiales y el ministro de la Defensa porque a ellos es a los que está dirigido el oficio, pero a su vez le estamos enviando un mensaje a todos los integrantes de seguridad del país para que tengan la información.

Ni el Ministro de la Defensa ni los organismos de seguridad venezolanos tienen por qué hacer caso de un TSJ ilegítimo y fraudulento.

¿Mikel Moreno, presidente del TSJ (en Caracas), se juramentó el año pasado ante la Asamblea Nacional Cubana?

Sí, a él y a todos los magistrados.

Se juramentaron ante la Asamblea Nacional Constituyente venezolana. “Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente”. (Art. 349 de la Constitución).

¿Es un tribunal ilegítimo?

Es un Tribunal ilegítimo que está al servicio de la Constituyente Cubana.

El tribunal ilegítimo (y fraudulento) es el “presidido” por el entrevistado.

Así como también tenemos a un fiscal general ilegítimo (Tarek William Saab)

Sí, incluso hay 14 jueces en Caracas que tienen prontuario policial.

¿So?

¿Incluido el presidente del TSJ?

Tiene dos casos de homicidio.

Representantes de la comunidad internacional han respaldado al TSJ en el exilio, entre ellos Luis Almagro, quien además ha reconocido “la inhabilitación y suspensión de Nicolás Maduro como presidente de Venezuela decidida por el Tribunal Supremo legítimo”.

¿Cuántos y cuáles estados han reconocido al “TSJ” en el exilio?

En conclusión, fue ilegal la candidatura de Nicolás Maduro.

Sí, y el Consejo Nacional Electoral debió desincorporarlo porque está inhabilitado.

????????????

¿Y la candidatura de Henry Falcón fue legal?

Fue producto de una convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente.

Fue producto de una convocatoria hecha en último término por el Consejo Nacional Electoral, que no puede “impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente”. (Art. 349).

Ante un Consejo Nacional Electoral que es un brazo ejecutor del régimen, ¿la AN tiene facultad de designar los nuevos rectores a quienes ya se les terminó el período?

Es su competencia.

¿Aún están a tiempo?

Sí, porque es una omisión legislativa que pueden hacerla en cualquier momento.

Eso es; la AN presidida por Ramos Allup arrastró los pies y perdió el tren. Lo sé por José Rafael Revenga, quien formara parte del Comité de Postulaciones nombrado por ella. Oímos su espeluznante relato Leopoldo Baptista Zuloaga, Roberto Picón Herrera, Melquíades Pulido y yo.

Según usted, estamos ante un vacío de poder. ¿En este caso, a qué organismo le corresponde llenar ese vacío?

A la AN.

¿Ahora la pelota está del lado de la AN?

Sí.

¿Cuál pelota?

¿Qué debe hacer la AN?

Promover la transición en Venezuela o emitir un pronunciamiento.

No ha dejado de hacer ambas cosas ¡sin efecto ninguno!

¿Se refiere a un gobierno de transición?

Esa es una salida, esa es una solución. Incluso ya fue consultada en el plebiscito (julio 2017) al pueblo de Venezuela, y dijo que sí.

El “plebiscito”—término empleado para escapar fraudulentamente a la Constitución, que asigna la organización de los referendos al CNE (Art. 293 )—del 16 de julio de 2017 contó con la asistencia de sólo el 38,5% del registro electoral; eso no es la mayoría del Pueblo.

¿Quién elige al presidente de ese gobierno de transición? ¿La AN?

La AN debería.

No hay ninguna disposición constitucional que mencione gobiernos “de transición” y, por supuesto, tampoco que la AN pueda nombrar uno de ese tipo, fraudulento.

¿Y si la AN no lo ejecuta?

Lo haría el TSJ legítimo.

El TSJ ilegítimo y fraudulento tampoco tiene esa potestad; ni siquiera si no fuese fraudulento e ilegítimo.

¿Qué más necesita Venezuela con un TSJ, fiscal y AN que son legítimos para poder concretar una salida pacífica?

Se necesita, no una unidad sino una verdadera alianza. Solo depende de nosotros.

¿Algo como el Frente “Amplio”, tal vez?

¿Ustedes están preparándose para apoyar a un gobierno de transición?

Nosotros estamos preparados para la reestructuración de Venezuela, que incluye la transición.

¿Puede ejercer un gobierno de transición en el exilio?

Ha ocurrido en el pasado y ha tenido éxito.

¿Como la República Española en el exilio, por ejemplo? ¿O está pensando en el Ayatollah Khomeini?

Si se llega a producir una intervención militar, ¿ya se inició el piso constitucional para una transición pacífica?

Nosotros hemos sentado las bases de promover y provocar la transición en Venezuela. Nosotros declaramos la necesidad de una intervención humanitaria por la crisis que existe en nuestro país. Cuando un gobierno no resuelve los problemas de sus ciudadanos, hasta allí llega la soberanía de ese gobierno. Entonces, todos los países amantes de la democracia están en el deber de recuperar la legalidad para solventar la crisis humanitaria que se vive ese país.

Si se llega a producir esa intervención humanitaria, ¿ya se tiene ese piso constitucional para una transición pacífica?

Sí.

Claro; una intervención militar o una extranjera son intervenciones “humanitarias” cuando sus “bases” han sido “sentadas” por ese TSJ fraudulento. ¡Qué riñones!

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Después de lo transcrito, envié una comunicación adicional que decía:

En la contraportada de Las élites culposas (mayo, 2012): Las élites venezolanas vienen de más de dos décadas de reiterada imprudencia. La nueva élite chavista es la más equivocada de todas. Dejarán de ser culposas sólo con la verdad.

Creo que el calificativo que cabe a la conversación Correa-Martín es el de fraudulenta. LEA

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Addenda: luego de enviar al corresponsal la glosa que antecede y decirle que esperaba que ya no le pareciera de lo «más relevante», me explicó: «Me parece relevante, porque es obvio que esta es la estrategia de un sector y van a seguir adelante. Conociendo a la periodista de marras estoy persuadido de que esta entrevista fue por encargo. De ahí la relevancia. Yo lo que casi nunca pierdo es el foco. Quiero llegar al fondo del asunto porque tendrá consecuencias relevantes». Ahora lo comprendo y veo que tiene razón. Vale.

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