por Luis Enrique Alcalá | Dic 23, 2015 | Argumentos, Política |

El Día (6) D se recuperó la Asamblea Nacional
Es de conocimiento y admiración universales que el general Eisenhower estaba muy interesado en conocer lo que pudiera de los movimientos e intenciones del mariscal Rommel—en general, de los de Hitler—pero que se interesaba mucho más en sus propios movimientos y planes.
Más importante que lo que Escarrá pudiera estar buscando, o si Maduro juega con la idea de una constituyente—que implicaría una elección más en la que no le iría mejor que en la que acaba de perder resonantemente—, es lo que puede hacer ahora la MUD.
El 6D (el Día D) ella tomó por asalto, e irreversiblemente hasta 2020, la provincia entera de Normandía; Hitler y Rommel perdieron el control de su territorio. Lo esencial es definir, no qué puede hacer o hará el muy maltrecho oficialismo, sino lo que haremos nosotros que Maduro, Cabello y el resto del combo «bolivariano» no puedan impedir.
A lo mejor el 3 de enero impugnarán en serio, no 22—el martes de la semana pasada supuestamente 26—sino 5 diputados, para que 2 de las impugnaciones prosperen y perdiera la MUD la supermayoría de 2/3 partes. (Y si no tuviéramos las 2/3 partes ellos menos). Pero no podrán revertir, luego de que el gobierno (el propio Maduro), el CNE y el alto mando (el militar y el del PSUV) admitieran que la oposición les ha quitado el control de la AN, este hecho verdaderamente fundamental.
Ni siquiera son las 2/3 partes tan eficaces; por ejemplo, con ellas se puede, es verdad, remover magistrados del TSJ, pero sólo sobre la base de un pronunciamiento previo del Poder Ciudadano, de Luisa Ortega Díaz, Tarek William Saab y comoquiera que se llame la Contralora.
Lo fundamental es en este momento que conquistaste Normandía, que arrebataste al PSUV el control de la AN, que Cabello ha quedado cesante, que controlas la AN, que nombras sus autoridades generales y las de sus comisiones, y que puedes aliarte al Pueblo, a la Corona que acaba de darte tan grande mayoría, por mayoría simple que convoca referendos consultivos.
Si bien, pues, la vigilancia debe continuar, sería una falta estratégica gravísima dejarte distraer de tus propósitos, de tus propios planes, con cada trapo rojo—el «parlamento comunal», los nuevos magistrados, el foro Constitución del futuro, el «pacto de Estado» de los militares, las presuntas impugnaciones—, con cada nueva trapacería de una serie que está a punto de agotarse.
No corramos, pues, como gallinas histéricas; ése es un papel que corresponde al oficialismo desempeñar. Como recomendaba el general López Contreras, lo útil ahora es calma y cordura.
Con cada invento oficialista, la utilidad y conveniencia del consultivo sobre el socialismo crecen apreciablemente; cada vez es más poderoso y tiene mayor sentido. LEA
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por Luis Enrique Alcalá | Dic 13, 2015 | Argumentos, Política |

Los Sukhoi no votan en referendo
“Las heridas venezolanas son tantas y tan lacerantes, que no hay modo de curarlas sin una apelación perentoria al poder fundamental y originario del Pueblo…”
Gran Referendo Nacional, 5 de febrero de 2003.
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Después de sobresaltar a los caraqueños, el viernes de esta semana que cierra, con el sobrevuelo de aviones Sukhoi, el presidente Maduro reunió ayer en Fuerte Tiuna a una nutrida formación de militares venezolanos para arengarles. Esto dijo: «No me voy a llamar a engaño. Estamos frente a una crisis de grandes dimensiones que he caracterizado como una crisis contrarrevolucionaria de poder, que va a generar una lucha de poder entre dos polos: el polo de la patria que quiere seguir construyéndose y que es profundo; y el polo de la antipatria que por primera vez se anota, sobre la base de la guerra y el juego sucio, un éxito circunstancial (…) Fedecámaras, Consecomercio y la derecha circunstancialmente han logrado una mayoría (…) ¿Quién podrá más, el polo de la patria o ellos? Que cada quien vaya definiendo su corazón». De seguidas, les dijo que debían salir de funciones de gobierno para regresar a los cuarteles, a posiciones de combate.
De nuevo trajo la gastada explicación de la guerra económica. Reporta en su web el diario El Universal (12 de diciembre):
El Presidente durante su discurso, reiteró que el país fue sometido a una guerra de carácter no convencional durante años, pero que este 2015 «concentró su capacidad de maldad. Una guerra económica nunca antes vista».
Pero el mismo periódico, entonces en otras manos, informaba el 2 de junio de 2010 que fue el mismísimo Hugo Chávez quien iniciara la presunta guerra:
«Me declaro en guerra económica. A ver quién puede más, ustedes burgueses de pacotilla o los que quieren la Patria», dijo en cadena nacional desde la planta de la empresa Diana, en Carabobo. (…) «Yo invoco a la verdadera clase obrera a la guerra económica contra la burguesía».
Claro, para la revolución «bolivariana», está prohibido amar la Patria a quienes no son partidarios de Maduro, antes de Chávez; para su ingenua autocomprensión épica—las epopeyas (la Ilíada, el mito del rey Arturo, el Mío Cid, etc.) son la forma literaria más elemental y primitiva de las sociedades—, nadie que no haya votado por el «Gran» Polo «Patriótico» el pasado 6 de diciembre ama la Patria.
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Una vez que admitiera el triunfo de la Mesa de la Unidad Democrática, presentando factura por su «talante democrático», una vez que Fidel Castro lo felicitara por el «gesto»—como escribiera a Carlos Andrés Pérez para felicitarlo porque hubiera superado la asonada del 4 de febrero de 1992—, Maduro retomó el lenguaje pendenciero y fanfarrón que únicamente sabe. Esto, a pesar de que el liderazgo de la MUD expresara de varias maneras que no pretendía llegar al parlamento en ánimo pugnaz o de vindicta.
Bueno, si desde hace tiempo parecía aconsejable consultar al Soberano sobre la pretensión oficial de instaurar un régimen socialista en el país, hoy es esto más que nunca necesario. No sólo no debe darse a Maduro la satisfacción de caer en la pelea que anticipa, no debe seguirse el guión confrontacional que ha escrito con mala letra, sino que debe apagarse su incendio por asfixia, arropándolo con una cobija. Lo estratégicamente profundo es convocar a la Patria misma para que ella sea quien decida.
La Asamblea Nacional que se instalará el martes 5 de enero de 2016 puede, por mayoría simple de 84 brazos parlamentarios alzados, convocar un referendo consultivo que pregunte: ¿está Ud. de acuerdo con la implantación en Venezuela de un régimen político-económico socialista? (Ver en este blog, por ejemplo, Doctrina del referendo sobre el socialismo). El Consejo Nacional Electoral no tendrá más remedio que convocarlo de inmediato:
Artículo 71. Las materias de especial trascendencia nacional podrán ser sometidas a referendo consultivo (,,,) por acuerdo de la Asamblea Nacional, aprobado por el voto de la mayoría de sus integrantes…
Y entonces el discurso pendenciero, ciego, torpe de Maduro perderá todo fundamento. El Pueblo, el Soberano, la Patria se encargará de decirle que no está divertida con eso del socialismo, «We are not amused», como bastaba que dijera la reina Victoria de Inglaterra para que su voluntad se cumpliera. Hace más de un año, Datanálisis certificó que tal era la opinión de cuatro quintas partes de la Nación, y hoy esa proporción debe ser mayor.
Expresada en referendo la mayoría del Poder Constituyente Originario, nada quedará de la malsana trampa madurista, de su llamado a la guerra en un país que ha conquistado la paz; el enfrentamiento de representantes y mandatario que Maduro cree le salvará es perfectamente evitable, y es preciso saldar de una vez por todas el meollo de la cuestión: ¿queremos o no los venezolanos un país socialista? Los nuevos diputados, socialistas incluidos, tienen el deber de convocar esa consulta, a los cinco minutos de ser juramentados el 5 de enero, dentro de tres semanas y dos días. LEA
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por Luis Enrique Alcalá | Dic 11, 2015 | Argumentos, Política |

Es por aquí la cosa
Por estos días ha declarado Delsa Solórzano como quien estaría coordinando en la MUD la redacción de una Ley de Amnistía, y el presidente Maduro ha intentado curarse en salud al decir que ni que le manden mil leyes de esa clase se avendrá a promulgarlas: «Como Jefe de Estado lo digo: no aceptaré ninguna ley de Amnistía porque se violaron los derechos humanos y así lo digo y así lo planto; me podrán enviar mil leyes pero los asesinos de un pueblo deben ser juzgados y deben pagar».
Consideremos: el Artículo 187 de la Constitución establece las atribuciones de la Asamblea Nacional. Él comienza así: «Corresponde a la Asamblea Nacional: 1. Legislar en las materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional». Esto es, la primera y más natural facultad de la Asamblea es la de hacer leyes. El Diccionario de la Lengua Española explica qué significa ley en este caso, en sus tercera y cuarta acepciones:
3. f. Precepto dictado por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia y para el bien de los gobernados. 4. f. En el régimen constitucional, disposición votada por las Cortes y sancionada por el jefe del Estado. (Nuestra Asamblea Nacional es lo que para los españoles son las Cortes).
Pero el constituyente estableció como quinta atribución propia de la AN de manera inconfundible: «5. Decretar amnistías». Es decir, tal cosa no es lo mismo que una ley, y por tanto no está sujeta al procedimiento ordinario de remitir al Presidente de la República una ley aprobada para que la promulgue; la sola Asamblea puede decretar amnistías por su cuenta, y no precisa de la anuencia del Ejecutivo Nacional para que entren en vigencia.
Debe tomarse en cuenta acá la redacción del Art. 74: «No podrán ser sometidas a referendo abrogatorio las leyes de presupuesto, las que establezcan o modifiquen impuestos, las de crédito público y las de amnistía, así como aquellas que protejan, garanticen o desarrollen los derechos humanos y las que aprueben tratados internacionales». (Esto es sólo la traslación al ámbito constitucional de lo previsto en el artículo 185 de la derogada Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política en su reforma por el Congreso de 1997, que introdujo el Título VI sobre los referendos). Cabe destacar que esa mención de leyes de amnistía en el 74 no es taxativa; esto es, que si bien el artículo anticipa que puede dictarse leyes de amnistía, tal cosa no implica que sólo puede hacerse como ley ordinaria y no mediante decreto.
Finalmente, la Presidencia de la República parece preparada a negar cualquier ley de amnistía sobre la base del Art. 29:
El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades. Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra son imprescriptibles. Las violaciones de derechos humanos y los delitos de lesa humanidad serán investigados y juzgados por los tribunales ordinarios. Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía.
Pero en la causa juzgada, por ejemplo, contra Leopoldo López, no hubo calificación de delitos de lesa humanidad, y ninguno de los que se le atribuyen se corresponde con las definiciones del Estatuto de Roma. Las personas naturales cometen delitos; no violan derechos humanos o incurren en crímenes de lesa humanidad. Pone Wikipedia:
De acuerdo al Estatuto de Roma, que es el instrumento constitutivo de la Corte o Tribunal Penal Internacional, adoptado en la ciudad de Roma el 17 de Julio del año 1998, los crímenes de lesa humanidad son aquellas conductas, acciones, tipificadas como: asesinato, deportación, exterminio, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, persecución con motivos políticos, religiosos, raciales, étnicos, ideológicos, secuestro, desaparición forzada o cualquier otro acto carente de humanidad y que cause severos daños tanto psíquica como físicamente y que además sean cometidos como parte de un ataque integral o sistemático contra una comunidad.
(…)
Sujeto activo: los crímenes pueden ser realizados por funcionarios estatales (con independencia de su jerarquía o cargo) o por miembros de una organización política. Ha fracasado todo intento por definir «organización política», pues podría resultar que gobiernos autoritarios lo utilicen para perseguir a opositores políticos.
De hecho, el inicio del Artículo 29 acoge el concepto al fijar que se refiere a «delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades» y, como se sabe, el Sr. López no detentaba autoridad alguna el 12 de febrero de 2014.
En síntesis, el Constituyente creyó necesario conferir a la AN la facultad específica de decretar amnistías, distinta de la de legislar de modo ordinario. Lo que la MUD debe ordenar es la redacción de un decreto, no la de una ley, y así escapa al control presidencial y del Tribunal Supremo de Justicia; éste no puede declarar como inconstitucional algo que es el ejercicio de una facultad que la propia Constitución confiere con económica claridad de sólo dos palabras: «Decretar amnistías». LEA
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Con posterioridad a la redacción de esta nota, me enteró Facebook de una argumentación idéntica de la jurista Thays Peñalver, cuyo trabajo admiro. (Hace nada, recomendé en mi programa en Radio Caracas Radio la lectura de su libro: La conspiración de los doce golpes). Ella puso: «Sobre Ley de Amnistía: El presidente Nicolás Maduro no tendría potestad para objetarla. La Asamblea puede decretar amnistías, ese decreto no lo puede objetar el Presidente, como tampoco el Indulto Presidencial por la Asamblea Nacional. (…) Maduro solo podría enviar al TSJ el decreto de Amnistía, si este fuera, para quienes fueron condenados por delitos de Lesa Humanidad”. (Su autorizada opinión tranquiliza la inseguridad de este diletante: «…en más de una ocasión, de modo velado y oblicuo, nunca directo y frontal, haces alusiones a mí, más que a mis argumentos, con la expresión ‘diletante’, que en tu caso lleva intención descalificadora y despreciativa. El Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, por cierto, registra, como última acepción del término, ese sentido peyorativo. Pero también define: ‘Aficionado a las artes, especialmente a la música. Conocedor de ellas. Que cultiva algún campo del saber, o se interesa por él, como aficionado y no como profesional’. Prefiero entenderme dentro de las acepciones positivas de la palabra, y por tanto reivindico con orgullo que puedo ser entendido, en efecto, como diletante en materia constitucional. El diccionario igualmente anuncia que el vocablo tiene origen italiano. No escapa a tu culta persona que diletante significa, en esa lengua, lo mismo que amante. Un diletante del derecho es, en ese sentido, un amante del derecho. Y he aquí la clave para diferenciar nuestras respectivas situaciones: tú ejerces profesionalmente el derecho; yo tan sólo lo amo». Contestación a Páez Pumar). Vale
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Actualización: Con fecha de hoy, 14 de diciembre, el Foro Penal Venezolano ha anunciado un proyecto de decreto de amnistía. El diario El Universal puso a las 3:33 p. m. la noticia:
Dictar un decreto de amnistía y no una ley. Esa es la propuesta que el Foro Penal Venezolano formuló a la nueva Asamblea Nacional (AN) para lograr de manera expedita la liberación de los políticos opositores y disidentes encarcelados, así como para permitir la vuelta de los exiliados.
«Tras recibir las opiniones de un importante grupo de especialistas, se llegó a la conclusión de que siendo un Decreto Legislativo y no un Proyecto de Ley, la Asamblea Nacional puede dictarlo en forma inmediata, sin siquiera requerir la aprobación o promulgación por parte del Presidente de la República», anunció el director de la agrupación, Alfredo Romero, al explicar que el decreto previsto en el numeral 5 del artículo 187 constitucional es distinto a los instrumentos que puede dictar el Parlamento según el artículo 202 de la Carta Magna, los cuales deben seguir un procedimiento donde hay dos discusiones que requieren más tiempo y los cuales pueden ser objetados por el Jefe del Estado.
Romero no solo se limitó a realizar esta sugerencia a los nuevos diputados, sino que además presentó un borrador que les entregará para su consideración, el cual, en su artículo 12, prevé la extinción y el cierre de los procesos penales seguidos contra «todas las personas naturales y jurídicas que (…) puedan ser consideradas como perseguidas o presas políticas, en relación con los acontecimientos de trascendencia nacional (…) desde el 1 de enero de 1999 hasta la promulgación de este decreto».
Llama la atención esta curiosa declaración en la introducción del proyecto: «…este esfuerzo no puede estar sujeto a mezquindades, a luchas por protagonismos estériles ni a egoísmos de ningún tipo. De la lucha por la libertad, por los DDHH y contra la persecución política nadie es dueño ni protagonista exclusivo, así que este es un esfuerzo que es y será para todos los venezolanos».
Ante especialistas en derecho penal me declaro culpable de haber pensado lo mismo hace cuatro días, de haber consultado el concepto al día siguiente, mientras redactaba la entrada precedente, a la Dra. Blanca Mármol de León (exPresidenta de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia), quien lo presentó al Dr. Alberto Arteaga (uno de los nombres mencionados como participantes en el documento del Foro), y de haber mencionado el asunto el sábado pasado en el programa #174 de Dr. Político en RCR, así como de haber reconocido públicamente el pensamiento paralelo de la jurista Thays Peñalver, cuya claridad desconocía al momento de redactar esta entrada. Tampoco sabía de nadie más, individuo o institución, que hubiera planteado tratar el problema mediante decreto. (Hoy anunció el Dr. Romero desde su cuenta en Twitter: «Proyecto de decreto legislativo de Amnistía aportado por Foro Penal y varios juristas», y también: «Decreto legislativo de Amnistía es potestad autónoma de AN. No requiere promulgación d Pdte de la Rep». Pero siete días antes había puesto en tuit previo: «El proyecto de ley de amnistía está a la disposición de la nueva AN. Es el momento de trabajar en la reconciliación nacional»). ¿Estará alguien reivindicando la paternidad de la idea que parece arrogarse el Foro Penal Venezolano, aparentemente preocupado por la precedencia que pudieran disputarle con mezquindades, protagonismos estériles o egoísmos de algún tipo?
Consta en mi código de ética (24 de septiembre de 1995):
Reconoceré según mi conocimiento y en todo momento la precedencia de aquellos que hayan interpretado antes que yo o hayan recomendado antes que yo aquello que yo ofrezca como interpretación o recomendación, y estaré agradecido a aquellos que me enseñen del arte de la Política y procuraré corresponderles del mismo modo.
En todo caso, hay que saludar el invalorable aporte del Foro Penal Venezolano; era preciso que gente experta acometiera la redacción del decreto con propiedad jurídica. (Yo no hubiera podido hacerlo). Los nuevos diputados, o al menos Delsa Solórzano, ya tienen la tarea hecha. Vale
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(Acá un enlace para descargar el proyecto en formato .pdf: PROYECTO DE DECRETO LEGISLATIVO DE AMNISTÍA FORO PENAL VENEZOLANO 2015 (BORRADOR CON INTRODUCCION PARA SU DIFUSIÓN CON OBSERVACIONES Y ANÁLISIS DE CATEDRÁTICOS Y EXPERTOS)
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por Luis Enrique Alcalá | Nov 25, 2015 | Argumentos, Política |

Metiendo miedo al chavismo-madurismo
Henry Ramos Allup habló ayer martes a una asamblea de ciudadanos en San Bernardino y dijo esto: «Luego de las elecciones parlamentarias vendrá un debate político interno [en el oficialismo], una medición de fuerzas entre ellos y, a la larga, un resquebrajamiento que puede poner fin en breve al Gobierno, bien sea por la vía de referéndum revocatorio, enmienda constitucional, una Constituyente o la renuncia del Presidente».
Bueno, ese debate ha comenzado hace rato. Ana Elisa Osorio, miembro del PSUV, Diputada de Parlatino (como Ramos) y antes Ministra del Ambiente (del Poder Popular, naturalmente) acaba de conceder una entrevista a Infobae América, de Argentina, en la que declaró: «Creo que si en las elecciones tenemos un resultado adverso, debemos pedir la renuncia de la dirección del partido. Y no sólo la renuncia de la dirección del partido, sino del gabinete del presidente Nicolás Maduro. Sería necesario, para que haya un giro y que el proceso se vuelva proactivo, que resuelva, que escuche a la gente. Hoy el Gobierno no escucha a la gente, está en una burbuja, no ve las colas de la gente o no sabe que el descontento germina en ellas». Aún no llega a sugerir la renuncia del propio Maduro, pero está muy cerca: «Al presidente Maduro le tocó una situación difícil, no estaba preparado para ella. Bueno, en realidad, nadie estaba preparado para esta crisis. Todos aceptamos la decisión del presidente Chávez en cuanto a su sucesor, era importante que fuera respetado quien pudiera seguir este proceso. Ahora, una cosa es ser el elegido del presidente Chávez y otra cosa es ser presidente, pues». (La entrevista ya ha sido eliminada de la web argentina, pero puede ser leída en esta nota de La Verdad de Maracaibo, y muchos otros medios la reproducen parcialmente).
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La baraja enumerada por Ramos Allup—revocación, enmienda (de recorte de período, supongo), constituyente, renuncia—debe ser sopesada con sosiego y seriedad. La revocación del mandato presidencial no compete en ningún caso a la Asamblea Nacional («Luego de las elecciones parlamentarias…», Henry dixit). El empleo de esa salida corresponde únicamente a la iniciativa popular, pues los diputados no eligieron a Maduro y éste no puede revocarse a sí mismo. Eso requeriría la recolección, y certificación por el Consejo Nacional Electoral, de 3.900.000 firmas de electores registrados. (1.500.000 más que las recolectadas para el referendo revocatorio de 2004).
La enmienda de recorte de período—propugnada originalmente por Primero Justicia a fines de 2001—sí puede ser desencadenada por los asambleístas; un 30% de los diputados (56 de una cámara de 167) puede introducir el proyecto que necesita la aprobación de la mayoría simple (84) para que, finalmente, sea sometido a la aprobación final de nosotros, los Electores, en referendo. También puede hacerlo el Presidente de la República, pero no es realista imaginar que querrá recortarse el mandato, y seguramente tampoco que el Tribunal Supremo de Justicia toleraría la aplicación «retroactiva» a Maduro de ese recorte, supuestamente a un período de cuatro años; en 2009 ya proponía el magistrado Francisco Carrasquero López a su Sala Constitucional que la reelección permitía “recompensar a quienes [el pueblo] estime como sus mejores gobernantes”. Si la Presidencia es un premio, ¿cómo podría quitarse a Maduro el suyo completo—hasta el 10 de enero de 2019—que se ganó en la rifa del 14 de abril de 2013?
La convocatoria de una constituyente es una mala idea. Se ha aceptado sin mayor examen la idea chavista de que una constituyente es “originaria” y por tanto tendría poderes absolutos. Ya el 10 de septiembre de 1998 pudo escribirse en Contratesis (para La Verdad de Maracaibo):
La constituyente tiene poderes absolutos, tesis de Chávez Frías y sus teóricos. Falso. Una asamblea, convención o congreso constituyente no es lo mismo que el Poder Constituyente. Nosotros, los ciudadanos, los Electores, somos el Poder Constituyente. Somos nosotros quienes tenemos poderes absolutos y no los perdemos ni siquiera cuando estén reunidos en asamblea nuestros apoderados constituyentes. Nosotros, por una parte, conferiremos poderes claramente especificados a un cuerpo que debe traernos un nuevo texto constitucional. Mientras no lo haga, la Constitución de 1961 continuará vigente en su especificación arquitectónica del Estado venezolano y en su enumeración de deberes y derechos ciudadanos. Y no renunciaremos a derechos políticos establecidos en 1961. Uno de los más fundamentales es, precisamente, que cuando una modificación profunda del régimen constitucional sea propuesta, no entrará en vigencia hasta que nosotros la aprobemos en referéndum.
A mayor abundamiento, el 23 de enero de 2012 fueron suscritos por quienes se medirían en las primarias presidenciales de la MUD los Lineamientos del Programa de Gobierno de la Unidad Nacional, de los que vale la pena recordar tres estipulaciones seguidas:
44. La base normativa fundamental para el nuevo gobierno es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual calificamos como una Constitución democrática, respetuosa del Estado de Derecho y de los derechos humanos.
45. Ella representa no sólo el punto de partida ineludible desde la perspectiva de la validez y vigencia formal de las normas, aunado ello a su ratificación popular, sino también una plataforma jurídica aceptable para el despliegue de las políticas de un gobierno democrático. Permite el funcionamiento de instituciones democráticas y garantiza los derechos humanos.
46. La prioridad político-institucional del nuevo gobierno no ha de cifrarse en el cambio global de esa Constitución, ni en la convocatoria de una Asamblea Constituyente.
Para el 7 de diciembre de 2013, veinticuatro horas antes de las elecciones municipales que Capriles presentó erróneamente como un plebiscito sobre el gobierno de Maduro, Leopoldo López y Ma. Corina Machado habían olvidado que firmaron tales lineamientos en señal de aquiescencia, pues publicaron un manifiesto sorpresivo fuera de la línea de la MUD, propugnando justamente una constituyente como medio de salir del actual sistema de gobierno, Maduro incluido. (Dos meses después lanzarían #lasalida).
En cualquier caso, convocar a constituyente para salir de Maduro es, en palabras de Daniel Lara Farías, «matar cucarachas a mandarriazos». Una constituyente es sólo un método para someter al Poder Constituyente Originario un proyecto de constitución nueva; es decir, un texto constitucional al que no pueda arribarse por los procedimientos más ordinarios de enmiendas o reformas, porque se trate de introducir conceptos constitucionales enteramente distintos a los existentes. Para salir de un gobierno está, primariamente, el mecanismo electoral y también, por supuesto, el procedimiento revocatorio. Aquel ciudadano que crea, de todas maneras, que convenga rehacer todo mediante una constituyente previa, puede darse a la tarea de recoger casi tres millones de firmas (2.925.616 hoy), las mismas que podrían introducir un proyecto de enmienda de recorte de período (con las salvedades tribunalicias mencionadas).

Las opciones de Ramos… y una ñapa
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La renuncia de Nicolás Maduro sólo puede producirla él, pero puede ser inducida. Creo desde hace tiempo que nada sería más eficaz a este respecto que la celebración de un referendo consultivo sobre la implantación en Venezuela de un régimen político-económico socialista. (DRAE: socialismo. Sistema de organización social y económico basado en la propiedad y administración colectiva o estatal de los medios de producción y en la regulación por el Estado de las actividades económicas y sociales, y la distribución de los bienes). Así, se escribió en Irrupción constituyente:
Siendo que la pretensión socialista es la excusa universal, la coartada general de todos los actos del gobierno, un rechazo masivo al socialismo en referendo debe forzar la renuncia de Nicolás Maduro al cargo que ahora ocupa. No podría sostenerse si se viera forzado a suprimir de papelería, gigantografías y carteles, de discursos y decretos, la especie de que se ocupa en la construcción del socialismo.
Los ciudadanos podemos convocar un referendo consultivo con la mitad de las firmas de un revocatorio y 50% menos que las necesarias para introducir una enmienda o convocar a una constituyente por iniciativa popular. ¡Y la Asamblea Nacional puede hacerlo por mayoría simple de diputados! Bastará que 84 brazos se levanten para forzar el referendo consultivo que sería tan seguro como un tiro al piso: hace ya un año, Datanálisis registró cuatro quintas partes del país convencidas de que el modelo socialista es una equivocación que debe ser corregida. A juzgar por el desplome oficialista en la opinión desde esa fecha, tan enorme mayoría debe ser aun superior.
Ése es, por tanto, el tratamiento preferible que Ramos Allup no ha considerado hasta ahora, y lo es por tres razones: 1. porque causaría la renuncia de Nicolás Maduro; 2. porque anularía la aprobación del Plan «de la Patria», un plan socialista, y todo decreto madurista encabezado así: “Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo…”; 3. porque es lo profundamente democrático el pronunciamiento del Poder Constituyente Originario, del Pueblo, de la Corona, del Soberano, del Poder Supremo del Estado, acerca de esta crisis que la misma Ana Elisa Osorio definiera hace cuatro meses como «la peor crisis que hemos vivido en los últimos cuarenta años». ¿Creen o no creen nuestros políticos en la democracia participativa, en el Pueblo y en su sabiduría?
Es consideración que elevo, con mucho respeto, a quien tal vez presida la nueva Asamblea Nacional. LEA
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por Luis Enrique Alcalá | Nov 3, 2015 | Argumentos, Política |

Mesa de la Unidad Teocrática
La solución a la crisis política venezolana pudiera obtenerse con gran facilidad. Bastaría que Francisco I, Sumo Pontífice de la Iglesia Católica, infalible cuando se pronuncia ex cathedra en asuntos de fe y costumbres*, quien seguramente tiene acceso privilegiado al oído del Espíritu Santo, miembro principal de la MUT (Mesa de la Unidad Teocrática), eleve por su intermedio oraciones a ella para que infunda en el alma de Nicolás Maduro la urgencia irresistible de renunciar a su actual cargo, para el que es destacadamente incompetente. (Hay antecedente recentísimo: el pasado 1º de septiembre fue declarado, por el papa Bergoglio, Día de la Oración por el Medioambiente; desde entonces se ha comprobado, en contra de lo que se creía, que la Antártida está aumentando su dotación de hielo. Quien piense que la oración no es eficaz, tiene acá un ejemplo de su milagroso y gélido poder).
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Claro, este problema puede dejarse a la MUD (Mesa de la Unidad Democrática), cuyo esperado triunfo electoral el próximo 6 de diciembre significaría acceso a poderes que hasta ahora no tuvo. El 15 de abril de este año, Jesús Torrealba, Secretario Ejecutivo de la central de oposición, enumeró algunos entre ellos, como puede escucharse en este archivo de audio de casi cuatro minutos:
Un inventario parecido expuso Nehomar Hernández en conversación conmigo que grabara Radio Caracas Radio el 18 de noviembre de 2014, hace casi exactamente un año, para transmitirla el 30 de diciembre en Y así nos va, el programa que Nehomar conduce junto con Daniel Lara Farías. De nuevo, he aquí el fragmento de audio correspondiente:
Como vemos, Hernández aludió a una potestad que Torrealba pasó por alto en su recuento: la liberación, mediante aprobación de una ley de amnistía, de López, Ledezma y otros alcaldes confinados, Rosales y unos cuantos guarimberos presos. (Actualización del 5 de noviembre: Ley de Amnistía y reconciliación es la prioridad legislativa de la MUD). Pero tenerlos en la calle no resolverá la inflación acelerada y la escasez, ni tampoco el crecimiento tumoral de la delincuencia asesina, por mencionar sólo dos de nuestras dolencias más graves. Más aún, las raíces del problema, el ejercicio de la Presidencia de la República por Nicolás Maduro—que una mayoría nacional prefiere que cese cuanto antes—, así como la pretensión socializante de su gobierno expresada en todo decreto suyo—“Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo…”—, seguirían enterradas en el suelo de nuestra realidad político-económica.
Y la MUD por ninguno de sus voceros ha explicado qué ofrecería a este respecto desde la mayoría parlamentaria que justificadamente espera alcanzar. Torrealba mencionó en lo que le escuchamos la posibilidad de un referendo revocatorio, pero éste no puede en ningún caso ser convocado por la Asamblea Nacional, sino sólo por la iniciativa popular que se active con 20% de los electores del país.
Pero sí podría convocar por mayoría simple (Artículo 71 de la Constitución) un referendo consultivo sobre el socialismo, que es el nudo de la cuestión:
Siendo que la pretensión socialista es la excusa universal, la coartada general de todos los actos del gobierno, un rechazo masivo al socialismo en referendo debe forzar la renuncia de Nicolás Maduro al cargo que ahora ocupa. No podría sostenerse si se viera forzado a suprimir de papelería, gigantografías y carteles, de discursos y decretos, la especie de que se ocupa en la construcción del socialismo. (Irrupción constituyente).
Podría la Asamblea, igualmente, someter a referendo proyectos de enmienda constitucional ¡con sólo el 30% de los diputados! (Numeral 1 del Artículo 341 de la Constitución). Dos ejemplos: una enmienda de recorte del período presidencial (como promovía Primero Justicia en 2002), o una que pudiera neutralizar la resistencia de la dirigencia opositora a la cesantía de Maduro porque no tendrían, ni Primero Justicia ni Acción Democrática, un lanzador que poner en la lomita en la elección que sobrevendría a su falta absoluta. (No son los Royals de Kansas City). De allí su inclinación a «cohabitar», con un Ejecutivo Nacional en manos de Maduro, si fuere necesario hasta 2019, cuando seguramente podrían field a candidate.
En verdad, la obligación constitucional de celebrar una elección presidencial «dentro de los treinta días siguientes» a la falta absoluta (Artículo 233) introduce una seria inconveniencia. La elección del 14 de abril de 2013, celebrada a los treinta y nueve días de la falta absoluta de Hugo Chávez—para una violación constitucional de sólo 9 días, el período que Sears Roebuck concedía al empleado que todos los años elegía como «jefe»—, no significó dificultades insalvables por las partes en competencia; Nicolás Maduro ya era Presidente en ejercicio y Henrique Capriles acababa de presentarse a elección seis meses antes. En los actuales momentos no hay consenso candidatural dentro de la MUD para esa oficina en Miraflores, pero puede enmendarse el Artículo 233, estableciendo que la nueva elección se celebre a los noventa días de la falta absoluta para dar más tiempo a la emergencia de las candidaturas disponibles, y eso puede someterse a referendo mediante un tercio de manos levantadas en la Asamblea Nacional.
¿Será posible que los candidatos de la MUD se comprometan de una vez a cosas como ésas? ¿Exhibirá alguna vez la dirigencia opositora algo de imaginación y audacia estratégicas que respondan a las necesidades sentidas por el país? ¿Consentirá en permitir que el Poder Constituyente Originario sea requerido en esta crisis enorme que confrontamos para disolverla, o pretenderá que sólo «los profesionales» deben ocuparse de la cuestión? ¿Procurará, para disminuir la presión, confundir engañosamente al electorado con falacias como la expuesta por el candidato José Guerra, que el 6 de diciembre «el socialismo va a referendo», reeditando la pretensión plebiscitaria de Capriles Radonski para las elecciones municipales de 2013?
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Celebración de Halloween en Fuerte Tiuna
Entretanto, otros actores se preparan a cosas distintas. Dentro del chavismo, gente de mucho poder busca la salida de Nicolás Maduro porque «esto es insostenible», y ella debe producirse antes de que se haga inevitable la salida de los tanques. (Que sería en todo caso algo que repudiaría todo el continente; ni Castro, ni Morales, ni Kirchner, ni Correa, ni Ortega defenderían un golpe militar aunque fuese liderado por un izquierdista). Pero esa salida debe estar diseñada con detalle, y el más importante es quién sería el sucesor.
La conseja palaciega es una que no requeriría elección, no digamos referendo alguno. (¿Para qué necesitamos al pueblo?) El truco consiste en mantener a Maduro en el poder hasta enero de 2017, cuando se forzaría su renuncia para que un Vicepresidente tolerable o deseable para «el proceso», que le haya sido impuesto antes al renunciante—¿Eduardo Fernández? ¿Henri Falcón? ¿Manuel Rosales? ¿Hiram Gaviria? ¿Diosdado Cabello?—, se haga con dos años de jefatura del Estado a precio de gallina flaca. («Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar el mismo». Artículo 233). Cabello podrá quedar cesante (con preaviso) el 6 de diciembre, pero lo que no parece probable que cese es su apetencia de quedarse con el coroto, a juzgar por lo que Mario Silva le acusara ante Aramís Palacios, oficial cubano de inteligencia, hace un poco más de dos años. (Ver La revolución espantosa; también, de 2011, Infidencias riesgosas).
Para cierta gente, la que entiende la política como algo que debe imponerse al Pueblo una vez cocinado en trastiendas cortesanas, ésa es la solución ideal. LEA
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*Según definición del Concilio Vaticano I, convocado por Pío IX, en constitución aprobada en 1870. (De Romani Pontificis infallibili magisterio). Los jesuitas estadounidenses, colegas de Francisco I, destacaban en su revista America para la época del Segundo Concilio Vaticano (Juan XXIII) que nada de lo que apruebe un concilio tiene poder definitorio sin la anuencia del Papa; escribieron que lo que ocurrió en el siglo pasado equivalía a que Pío IX se levantara a escribir en un pizarrón: «Yo soy infalible».
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por Luis Enrique Alcalá | Oct 11, 2015 | Argumentos, Política |

Candidato a la Asamblea Nacional en Caracas
Hoy domingo 11 de octubre de 2015, el economista José Guerra, candidato de la Mesa de la Unidad Democrática a la Asamblea Nacional por el Circuito 4 del Distrito Capital, publicó un artículo—El socialismo va a referendo—en el que admitió: «Estoy entre quienes opinan que este 6 de diciembre, además de la elección de una nueva Asamblea Nacional, se celebra un referendo consultivo sobre el modelo económico que queremos transitar. La pregunta es muy sencilla: ¿Está Usted de acuerdo con el modelo socialista actual o prefiere recuperar el sistema de libertades económicas consagrado en la Constitución? Esa es la disyuntiva».
La noción está equivocada. Jamás unas elecciones (democracia representativa) equivaldrán a un referendo (democracia participativa); jamás fueron las elecciones municipales de 2013 un «plebiscito» acerca del gobierno de Nicolás Maduro, como intentara vender Henrique Capriles Radonski. Pretender algo así es adulterar el sentido constitucional de los actos electorales. El 6 de diciembre no está planteada esa disyuntiva, sino la de votar o no votar por alguno de los candidatos del circuito correspondiente. Si se quiere que algo sea tenido por un referendo consultivo debe serlo; no debe proponerse que las elecciones del 6D usurpen lo que tendría que ser una manifestación explícita del Soberano.
Ya no hay tiempo para que el candidato Guerra convenza a las personas suficientes para que se instrumente la recolección, por iniciativa popular, de las firmas necesarias a un referendo de esa clase. Cuando, el 2 de junio de 2010, el difunto presidente Chávez retaba a la oposición a que convocara un nuevo referendo revocatorio por iniciativa popular, sugirió que tal consulta se celebrara con las elecciones de Asamblea Nacional y manifestó su seguridad en que las autoridades electorales pudieran organizarla en cuatro meses. Falta un mes y 26 días para el 6 de diciembre. Pero el referendo sobre el socialismo fue propuesto en 2009 (Parada de trote), más de un año antes de aquellas elecciones parlamentarias, y por enésima vez este mismo año, comenzando marzo, a Primero Justicia y a la Mesa de la Unidad Democrática en carta a uno de sus dirigentes principales, y a esta última dos meses después por intermedio del ejecutivo principal de la organización. Bastante tiempo hubo; de eso ya no queda nada.
Pero si el candidato Guerra quisiera que en verdad se consultara la preferencia del pueblo en pro o en contra del socialismo, podría comprometerse desde ya a que de resultar electo levantará su mano para formar una mayoría simple de colegas que apruebe la convocatoria de un verdadero referendo, no uno pretendido, acerca de asunto tan crucial. Es ahora, mientras requiere votos ciudadanos, cuando debe prometer que hará exactamente eso. También puede, naturalmente, intentar convencer a sus compañeros candidaturales de la MUD para que se comprometan de igual modo. Eso, si es que creen valiosa la participación popular real y directa para decidir «las materias de especial trascendencia nacional». (Artículo 71 de la Constitución).
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Ahora me permito anotar a otros dos puntos del artículo del economista Guerra:
1. Él escribe: “la Venezuela del 2015 es una economía socialista tal cual, esto mismito que estamos viviendo es el socialismo y mientras no se cambie de rumbo no hay mejora posible. Tampoco se trata de una fase intermedia, de un ‘vamos rumbo al’. No camarada, ya llegamos, no le falta nada. El socialismo como sistema económico se basa en el rechazo de la iniciativa privada y la preeminencia de los controles administrativos para la toma de las decisiones económicas a todo nivel. Como las cosas nunca resultan como lo planean los burócratas, la respuesta siempre es arreciar aún más con controles de todo tipo, lo que invariablemente conduce a minimizar el papel de la propiedad privada y de los mercados formales”.
El socialismo es: «Sistema de organización social y económico basado en la propiedad y administración colectiva o estatal de los medios de producción y en la regulación por el Estado de las actividades económicas y sociales, y la distribución de los bienes». Se puede decir que se ha agravado mucho la regulación estatal, pero aún hay bastantes medios de producción cuya propiedad no es ni colectiva ni estatal. (La definición empleada es la del Diccionario de la Lengua Española, herramienta cotidiana del Tribunal Supremo de Justicia, y no debe arriesgarse que un cierto procedimiento ciudadano sea invalidado allí por definiciones inexactas). Le falta mucho al país para llegar al socialismo, como llegaron Cuba en 1961 o Rusia en 1917.
2. Él escribe: «en el referendo de 2007 la mayoría rechazó contundentemente la propuesta de reforma constitucional».
Primero, la cosa no fue tan contundente; el bloque de 33 modificaciones propuesto por la Presidencia de la República fue derrotado por una diferencia de 1,31%, pero 49,34% de los votantes sufragó a su favor, y, también, 48,99% votó por los 36 artículos que la Asamblea Nacional quería alterar, pretensión que fue negada por una diferencia de 2,02%. (En 2010, el oficialismo no derrotó «contundentemente» a la oposición en las elecciones de Asamblea Nacional con sólo 0,91% de diferencia a favor del PSUV sobre la MUD; a lo que derrotó contundentemente fue a la disidencia chavista del PPT, sobre la que obtuvo 44,99 puntos de ventaja: PSUV 48,13, MUD 47,22, PPT 3,14. Y Capriles no admitiría que Maduro lo superó contundentemente el 14 de abril de 2013, al resultar electo con delgada ventaja de 1,49%. Hace tiempo que ya no se ven en el país ventajas electorales contundentes). Luego, se votó por bloques, de modo que no es posible saber cuántas personas rechazaron las reformas propuestas por desacuerdo con la reducción de la jornada de trabajo, oposición a la posibilidad de que el Presidente se reeligiera indefinidamente, inconformidad con la subordinación de las contralorías estadales a la Contraloría General de la República o porque se rechazara la mención de los «principios del socialismo bolivariano». En sólo cinco de los artículos del total de 69 modificaciones propuestas se colaba la palabra socialismo como de contrabando. La pregunta directa—¿Está Ud. de acuerdo con la implantación en Venezuela de un régimen político-económico socialista? (en el sentido del DRAE)—jamás ha sido planteada a los miembros del Poder Constituyente Originario.
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No están los electores convocados en su carácter de miembros del Poder Constituyente Originario para el próximo 6 de diciembre, así que el socialismo no va a referendo en esa fecha; lamentablemente, no se lo quiso convocar. Pero la Asamblea Nacional puede hacerlo por mayoría simple. Espero que el candidato Guerra prometa que en cuanto esté a su alcance procurará que así sea; cordialmente le invito a que nos comunique que tal es su decisión. (Si yo votara en el Circuito 4 del Distrito Capital, trocaría la invitación en conminación). LEA
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