por Luis Enrique Alcalá | Jun 12, 2018 | Notas, Política |

Hacemos ondas al hablar
Si tiramos una piedra, un guijarro, un «canto», en un estanque, produciremos una serie de ondas concéntricas en su superficie que, extendiéndose, irán afectando los diferentes obstáculos que encuentren a su paso: una hierba que flota, un barquito de papel, la boya del sedal de un pescador… (…) Otros movimientos invisibles se propagan hacia la profundidad, en todas direcciones, mientras el canto o guijarro continúa descendiendo, apartando algas, asustando peces, siempre causando nuevas agitaciones moleculares. (…) De forma no muy diferente, una palabra dicha impensadamente, lanzada en la mente de quien nos escucha, produce ondas de superficie y de profundidad, provoca una serie infinita de reacciones en cadena, involucrando en su caída sonidos e imágenes, analogías y recuerdos, significados y sueños, en un movimiento que afecta a la experiencia y a la memoria, a la fantasía y al inconsciente, y que se complica por el hecho de que la misma mente no asiste impasible a la representación. Por lo contrario, interviene continuamente para aceptar o rechazar, emparejar o censurar, construir o destruir.
Gianni Rodari – Gramática de la fantasía: El canto en el estanque
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Desde Nueva Zelanda me llegó—por cortesía de Evert Leonardo Durán—un artículo de Daniel Eckmann en el Neue Zürcher Zeitung (Nuevo Diario de Zúrich). El inteligente y amable corresponsal creyó encontrar, al leer la pieza del articulista (socio de una firma de periodismo, estrategia y gerencia basada en Zúrich, Suiza), un eco de mi concepción de la Política: «El artículo cubre lo que es básicamente la idea del blog: concebir la política como arte de resolver problemas de carácter público», me puso. (En Acerca de LEA: «A pesar de una temprana vocación pública, no ha sido sino desde 1983 que ha dedicado su atención preferente al tema de la Política, a la que concibe como un arte de carácter médico: esto es, como profesión que cobra sentido en la medida en que produzca soluciones a los problemas de carácter público»).
En efecto, Eckmann escribe en La decencia tiene un mercado (énfasis añadido):
El éxito del modelo estatal suizo se basa en estar siempre politizado de una manera orientada a la solución. Hoy hay más y más polarización, polémica y protesta que equilibrio, decencia y juicio. No importa hacia dónde se mire, cuanto más profesionales sean los parlamentos y más lejos estén las instituciones, mayor será su distancia de la realidad. La política se está convirtiendo cada vez más en una tarima en la que todos se presentan. Los representantes ya no son un reflejo de la población, sino una galería llena de autorretratos. El objetivo de los representantes del pueblo, cada vez más dependientes de su oficio, es la reelección (Potomac Fever en Estados Unidos). Como resultado, la política se alimenta de la emoción diaria más que de los fundamentos a largo plazo. Siempre cerca de cámaras y micrófonos, dado que todas las inhibiciones se pierden fácilmente. El intercambio de golpes ha sido durante mucho tiempo la forma retórica básica de la política. Los contextos no se explican ni se organizan, sino que se reducen a un lema. A favor o en contra, no hay nada en el medio. Y debido a que las etiquetas tienen que vencer, cada campo necesita sus chivos expiatorios. Cualquiera que piense diferente se convierte en un enemigo. Polarización, polémica y protesta en lugar de equilibrio, propiedad y sentido de la proporción. Un mal negocio. Es recompensado quien se queja de errores o defectos y señala con el dedo a los culpables. O, para decirlo sin rodeos: la producción de insatisfacción atrae más atención en el mercado político que la producción de soluciones. (…) La política no debe polemizar. Debe resolver problemas, para eso está allí.
(Sobre eso de la «necesidad» de que las etiquetas triunfen, puede verse en este blog Etiqueta negra, del 11 de abril de 2016).
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Tomemos «una palabra dicha impensadamente», una palabra «al azar». Fraudulento, por caso. Cuando la pronunciamos, decimos «Engañoso, falaz» (Diccionario de la Lengua Española), y falaz es «Embustero, falso». Ahora es de rigueur que ciertos diccionarios importantes escojan una «palabra del año»; para el caso venezolano no hay duda: fraudulento ha sido durante el último año el adjetivo más repetido por la oposición venezolana para calificar el gobierno presidido por Nicolás Maduro, y puede fecharse el inicio de la temporada: el 1º de mayo de 2017, en cuanto Maduro convocara en uso de su prerrogativa constitucional (Artículo 348 de la Constitución) la elección de una asamblea constituyente, Allan Randolph Brewer Carías proclamó la tesis de que esa convocatoria era fraudulenta porque se necesitaría un referendo previo que la autorizara. Esa tesis es falsa; no hay en el texto constitucional nada que prescriba un referendo tal. (Ver A un corresponsal no identificado, 5 de junio de 2018).
Las ondas concéntricas creadas por esa piedra verbal en el estanque político venezolano fueron distribuyendo el horrible calificativo por doquier, llegando bastante más allá de los confines del estanque que es Venezuela para alcanzar a «la comunidad internacional»; poco tiempo después se le adjudicaba a las elecciones del pasado 20 de mayo, de nuevo sobre una tesis equivocada: que la Constitución prescribiría que la elección de un nuevo Presidente de la República debe tener lugar en el último cuatrimestre del año. (Afirmación falsa, falaz, engañosa, fraudulenta). Quienes han empleado ese pedrusco en incesante intento de lapidación escamotean por conveniencia los siguientes actos fraudulentos:
1. La declaración de que era un «compromiso no transable» de la Asamblea Nacional «buscar nosotros, dentro del lapso de seis meses a partir de hoy, una salida constitucional, democrática, pacífica y electoral para la cesación de este gobierno». (Henry Ramos Allup, discurso inaugural como Presidente de la Asamblea Nacional, 5 de enero de 2016). Ese propósito no tiene fundamento constitucional, no es prerrogativa de la Asamblea Nacional procurar la cesación del gobierno y por tanto no puede ser en ningún modo un «compromiso no transable» de ese órgano.
2. La declaración de la Asamblea Nacional (9 de enero de 2017) que sostuvo que Nicolás Maduro había «abandonado» su cargo—ojalá lo hubiera hecho—, apoyada en sofismas de pretendida juridicidad, cuando es de toda obviedad que más bien se aferra a él con todas sus fuerzas. Las razones aducidas para tal resolución son enteramente ajenas al sentido constitucional de abandono del cargo, y la Asamblea Nacional omitió oficiar al Consejo Nacional Electoral exigiendo una nueva elección presidencial, como establece el Artículo 233 de la Constitución—«Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una nueva elección universal y directa dentro de los treinta días consecutivos siguientes»—, siendo que aún faltaban veinticuatro horas para el cumplimiento de la condición.
3. El planteamiento muy reiterado de que el «plebiscito» del 16 de julio de 2017, organizado por la Mesa de la Unidad Democrática, había sido un claro mandato del Pueblo. El término-pedrusco plebiscito se escogió para eludir—¿fraudulentamente?—la prescripción del Numeral 5 del Artículo 293 de la Constitución, que adjudica inequívocamente al Consejo Nacional Electoral «La organización, administración, dirección y vigilancia… de los referendos». Por otra parte, según la propia «comisión de garantes» del aludido evento, sólo se presentó a votar en aquella fecha 38,5% del registro electoral, lo que evidentemente no es el Pueblo ni una mayoría de él. (De hecho, la abstención de 61,5% es significativamente superior a la materializada el pasado 20 de mayo, que se esgrime para reforzar la noción de que la elección presidencial de ese día fue «fraudulenta»).
4. El nombramiento de un Tribunal Supremo de Justicia «legítimo» en contravención del Artículo 264 de la Constitución, que especifica la participación del Poder Ciudadano en el proceso: «…podrán postularse candidatos o candidatas ante el Comité de Postulaciones Judiciales, por iniciativa propia o por organizaciones vinculadas con la actividad jurídica. El Comité, oída la opinión de la comunidad, efectuará una preselección para su presentación al Poder Ciudadano, el cual efectuará una segunda preselección que será presentada a la Asamblea Nacional, la cual efectuará una tercera preselección para la decisión definitiva». La Asamblea Nacional no procuró nunca esa participación.
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Claro, el sistema chavista-madurista también emplea pedradas verbales—fascistas, burgueses de pacotilla, cachorros del imperio, guerra económica—para referirse a sus opositores: «El intercambio de golpes ha sido durante mucho tiempo la forma retórica básica de la política. (…) Y debido a que las etiquetas tienen que vencer, cada campo necesita sus chivos expiatorios. (…) Es recompensado quien se queja de errores o defectos y señala con el dedo a los culpables», escribió Eckmann. Los insultadores oficialistas más destacados—Hugo Chávez, Nicolás Maduro, Diosdado Cabello, Pedro Carreño, Mario Silva—han empleado las palabras como piedras; en ocasiones, como bombas lacrimógenas. (Por ejemplo, escuálido: Flaco, macilento).
Y también ha incurrido el oficialismo, más de una vez, en conductas fraudulentas, Tal vez sea la más grave, la más fraudulenta, la Decisión 1.265 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia del 5 de agosto de 2008, que estableció que los venezolanos por nacimiento tenemos menor protección de nuestros derechos políticos que los venezolanos por naturalización.
En el día de ayer, a partir de las cinco y diez minutos de la tarde, el suscrito remitió un total de cuarenta y dos correos electrónicos, a otras tantas direcciones del Tribunal Supremo de Justicia, con el texto que reproduce esta Ficha Semanal #207 de doctorpolítico. Es este texto una denuncia, bien fundamentada, ante el TSJ de la violación a un principio jurídico fundamental contenido en la Constitución, a los efectos del Numeral 4 del Artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Este numeral explica que es una facultad del Tribunal “Revisar las sentencias dictadas por una de las Salas, cuando se denuncie fundadamente la violación de principios jurídicos fundamentales contenidos en la Constitución” y “avocarse al conocimiento de una causa determinada, cuando se presuma fundadamente la violación de principios jurídicos fundamentales contenidos en la Constitución… aun cuando por razón de la materia y en virtud de la ley, la competencia le esté atribuida a otra Sala”. La denuncia demuestra que la sección de la Decisión #1.265 de la Sala Constitucional que se contrae a dilucidar “la presunta contradicción entre el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal y el artículo 42 constitucional” es ilógica y falsa, y configura una violación tipificada por el numeral antes citado, al cercenar el alcance del Artículo 42 de la Constitución mediante procedimiento falaz. (Violación denunciada, 12 de agosto de 2008).
Eso sí fue verdaderamente fraudulento, a pesar de lo cual no fue combatido oportuna y eficazmente por el liderazgo opositor local una década atrás. Pero, bueno, de Suiza asegura Eckmann que «El intercambio de golpes ha sido durante mucho tiempo la forma retórica básica de la política». Y después dicen que no somos suizos. LEA
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por Luis Enrique Alcalá | Jun 5, 2018 | Polémica, Política |

Nombre del remitente en reserva
Al caer la tarde de ayer llegó a mi buzón de correo electrónico el texto de una entrevista realizada por María Angélica Correa (El Tiempo, 22 de mayo de 2018) a Miguel Ángel Martín, quien preside el Tribunal Supremo de Justicia «legítimo» (en el exilio). El remitente señaló: «De las entrevistas más relevantes que he leído este año. Agradecería todo comentario al respecto». A pesar de que he conversado antes y en varias ocasiones con él sobre más de un asunto cubierto por entrevistadora y entrevistado, me sobrepuse a la sensación de inutilidad para contestarle prácticamente punto por punto. Acá transcribo mis respuestas, que van en cursivas tras el texto recibido.
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‘Maduro no representa a los venezolanos’: presidente del TSJ
Horas después de haber jurado como presidente a inicios de 1999, Hugo Chávez dictó un decreto para convocar un referéndum a fin de que una asamblea constituyente redactara una nueva Constitución. El golpe de Chávez tuvo éxito. En diciembre de ese año impuso una nueva Constitución que le dio el control del país. Y así empezó todo. Empezó con el secuestro de las instituciones, empezando con el poder judicial y el poder electoral.
Chávez asumió la Presidencia el 2 de febrero de 1999, habiendo sido electo por una mayoría de venezolanos el 6 de diciembre anterior. (Un año antes, la intención de voto a su favor estaba entre 6% y 8%; el estamento político tradicional no supo oponerle un contendor eficaz). Previamente, el 19 de enero de 1999, la Corte Suprema de Justicia asentó la doctrina fundamental de nuestra constitucionalidad: que el Pueblo, en su carácter de Poder Constituyente Originario, no limitado por la Constitución (que limita sólo a los poderes constituidos), podía ser consultado sobre la elección de una asamblea constituyente, en un referendo al efecto convocado según especificaba el Art. 181 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, reformada por el Congreso de la República en diciembre de 1997 para agregar, justamente, el Título VI: De los referendos. En ningún caso fue eso un golpe o “el secuestro de las instituciones”. Por lo contrario; es esa doctrina clarísima y correcta lo que permitiría ahora un referendo que rechace el socialismo, disuelva la actual constituyente y anule sus actos. Y Chávez no “impuso una nueva Constitución que le dio el control del país”; ella fue aprobada en referendo del 15 de diciembre de 1999. Sobre ella dijo la MUD en sus Lineamientos del Programa de Gobierno de la Unidad Nacional (23 de enero de 2012): «La base normativa fundamental para el nuevo gobierno es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual calificamos como una Constitución democrática, respetuosa del Estado de Derecho y de los derechos humanos. Ella representa no sólo el punto de partida ineludible desde la perspectiva de la validez y vigencia formal de las normas, aunado ello a su ratificación popular, sino también una plataforma jurídica aceptable para el despliegue de las políticas de un gobierno democrático. Permite el funcionamiento de instituciones democráticas y garantiza los derechos humanos».
Casi dos décadas después, el régimen, esta vez presidido por Nicolás Maduro, de nuevo convoca (2017) otra Asamblea Nacional Constituyente, arrasando así con la poca institucionalidad que quedaba.
Pero, además, esta fraudulenta constituyente que fue rechazada y desconocida por la comunidad internacional convocó en forma extemporánea elecciones presidenciales. E incluso va más allá. El propio presidente Juan Manuel Santos, al referirse a esta constituyente ante la Sociedad Interamericana de Prensa en Medellín, expresó: “Entre sus artículos está el abolir el sufragio universal, o sea, implantar un sistema igual al de Cuba y perpetuarse en el poder indefinidamente”.
La constituyente convocada por Maduro no es fraudulenta; el Art. 348 de la Constitución confiere al Presidente de la República en Consejo de Ministros, entre otros actores, la potestad de convocar a una constituyente. Dos días antes de la convocatoria del 1º de mayo de 2017, Ramos Allup retaba a Maduro a que la convocara. (Audio abajo). La gente de la Alianza Nacional Constituyente—Enrique Colmenares Finol, Blanca Rosa Mármol, Felipe Pérez Martí—, que ha intentado sin éxito convocar una constituyente (como tampoco lo tuvieron en diciembre de 2013 Leopoldo López, Ma. Corina Machado, Oswaldo Álvarez Paz y una cincuentena de personas que los acompañaron), nunca postularon que esa convocatoria requería un previo referendo, tesis errónea que expuso Brewer Carías en la noche de ese 1º de mayo por CNN. (La exmagistrada Mármol argumentó otra cosa: que Maduro no podía convocar a constituyente, no porque no hubiera llamado a referendo que la autorizara, ¡sino porque era un presidente de facto, dado que la Asamblea Nacional había declarado su abandono del cargo!) La MUD se dedicó a la holgazanería de acoger el equivocado dictamen de “Randy” y venderlo a Rajoy, a la Santa Sede, al Grupo de Lima, a Almagro (que no necesitaba la venta), al Departamento de Estado de los EEUU… en lugar de presentar candidatos a una constituyente que mucha gente de oposición propició con mucha antelación. (Ver #lasalida de Maduro – segunda parte, 2 de mayo de 2017). La venta tuvo éxito; de allí que buena parte de la “comunidad internacional” (no toda ella, como implica la periodista) compró la etiqueta de moda: fraudulenta. Nadie conoce, Juan Manuel Santos incluido, el texto de un proyecto de constitución que sustituya a la existente, la que dicho sea de paso no entraría en vigencia sin que el Pueblo la apruebe en referendo, como establecen el Preámbulo y la Disposición Final Única de la actual.
Fragmento de Dr. Político en RCR #262, 19 de agosto de 2017
Efectivamente, haciendo un recuento de hechos sucedidos pocos días, antes y después, de la proclamación de la Constituyente Cubana el 4 de agosto de 2017, el régimen inició la persecución de 33 magistrados designados el 21 de julio por la Asamblea Nacional (AN) legítima, y la destitución de la legítima fiscal general Luisa Ortega Díaz; marcando así el inicio del ejercicio de sus funciones fuera de Venezuela de estos representantes de poderes públicos.
Eso de “constituyente cubana”, aunque se escriba con mayúsculas, es una etiqueta más; la que opera en Venezuela es venezolana. (“El país que sufre agudos dolores y privaciones está atrapado en la tenaza de la perniciosidad del gobierno y la incompetencia de la oposición, mientras ambos se pegan mutuamente etiquetas en las solapas: ¡Dictadura! ¡Fascismo! Pobre país». Etiqueta negra, 11 de abril de 2016). Lo que es fraudulento es ese Tribunal Supremo de Justicia en el exilio; es eso lo que es inconstitucional y por tanto ilegítimo, puesto que fue “constituido” en la Plaza Alfredo Sadel haciendo caso omiso, contraviniéndolo, del Art. 264 de la Constitución, que requiere la participación del Poder Ciudadano en su nombramiento. (“La línea de la MUD parece ser la de proclamar que el Estado venezolano no existe: el Presidente de la República, declaró la Asamblea el 9 de enero, abandonó su cargo, produciéndose la falta absoluta de ese mandatario; los magistrados legítimos del Tribunal Supremo de Justicia serían los elegidos por ella en la plaza Alfredo Sadel que ahora huyen del Sebin. Faltaría que la AN nombrara nuevas rectoras (o rectoros) del Consejo Nacional Electoral y nuevos Defensor del Pueblo y Contralor General de la República, suponiendo que quiera la permanencia de Luisa Ortega Díaz, tan cooperadora”. Constituyente habemus, 31 de julio de 2017). La declaratoria de abandono del cargo por Maduro es fraudulenta, la tesis (Ramos Allup, 5 de enero de 2016)) de que era un “compromiso no transable” de la AN encontrar en seis meses un modo para “la cesación de este gobierno” es fraudulenta, puesto que la Constitución no asigna esa potestad al Legislativo, la elección de un TSJ “legítimo” pero escapado es fraudulenta, como ya dije.
Uno de ellos, Miguel Ángel Martín, actual presidente del inédito Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio, quien debió huir de Venezuela a raíz de su designación, nos entrega un mapa sobre las bases legales que permitirían un gobierno de transición, a horas del mayor fraude electoral en la historia de Venezuela.
¿Hay pruebas de fraude electoral el 20 de mayo? Un alegato no es una prueba; es principio universal del Derecho Penal que la carga de la prueba recae en quien acusa, y William Clifford advirtió en La Ética de la Creencia: “Es en todo tiempo y lugar moralmente erróneo que cualquiera crea en algo sobre la base de evidencia insuficiente”.
La primera sentencia del TSJ legítimo, el 25 de octubre, fue la nulidad de la Asamblea Constituyente Cubana, donde activa la resistencia civil amparada por la Constitución venezolana (art. 350). ¿En la farsa electoral del domingo, la altísima abstención del domingo es una demostración de la activación de la resistencia civil?
Sin duda alguna, sí.
Hasta ahora, es evidencia de la desconfianza en el sistema electoral, que conviene al gobierno y ha sido predicada largamente y de manera suicida por innumerables actores de la oposición. (Ver Suma contra gentiles abstencionistas, 1º de enero de 2012). Entre las cosas demostradas el 20 de mayo está que Henri Falcón no dio la talla como candidato. Periodista y “magistrado” convierten falazmente la abstención en “una demostración de la activación de la resistencia civil”. ???
¿Hay referencia de otro tribunal en el exilio?
Un Tribunal así es inédito.
A confesión de parte, relevo de pruebas.
Muchos consideran que estas decisiones son un sainete político porque violan el principio de territorialidad.
Existe la base constitucional y legal para nosotros operar fuera de nuestras fronteras.
¿Cuál es esa base?
¿Pero existe una norma que lo fundamente?
Nuestra constitución establece en su artículo 20 que los convenios internacionales son leyes en Venezuela, y por eso nosotros ejercemos nuestra jurisdicción fuera de Venezuela, con efecto hacia el país, sobre temas de derecho internacional público y de derecho de control constitucional.
¡Ah, la explica el entrevistado! ¿Cuál convenio internacional establece que puede operar válidamente en el exterior un tribunal espurio, írrito, inconstitucional, fraudulento? ¿O es que las “decisiones” de ese esperpento son un “convenio internacional”? El “razonamiento” del entrevistado es un verdadero bodrio.
La segunda acción mancomunada de la fiscal general Luisa Ortega y del TSJ (en el exilio) fue la acusación penal a Nicolás Maduro por el delito de corrupción en el caso Odebrecht. ¿Este es un caso de control constitucional?
La delincuencia organizada sí es competencia tanto de la fiscal general como nuestra.
“Este martes 29 de agosto la Asamblea Nacional tenía pautado en la agenda discutir los casos de corrupción involucrados con la empresa Odebrecht, y como en otra oportunidad en la discusión sobre casos de corrupción, no hubo quórum. Julio Borges, presidente del Parlamento, informó que debido a que a la sesión solo acudieron 55 diputados no se pudo llevar a cabo la discusión. Borges solicitó a la Secretaría del Parlamento hacer pública la lista de los legisladores que no acudieron, para que el país tenga conocimiento de lo sucedido. En este sentido expresó: ‘Voy a solicitar a Secretaría que haga pública la lista de los ausentes para que el país nos ayude a presionar y los diputados entiendan que tienen que venir a la sesión de la Asamblea, es nuestro deber’. (…) También es relevante mencionar que el pasado 24 de agosto, sólo 33 parlamentarios asistieron a la sesión que tenía como objetivo debatir las denuncias de corrupción realizadas por la Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz”. (El problema, 30 de agosto de 2017).
Un fragmento del oficio con fecha 7 de mayo, enviado por el TSJ que usted preside al ministro de la Defensa, se refiere a Maduro en los siguientes términos: “Quien tenía a su cargo la presidencia de la República”(…). ¿Nicolás Maduro ya no es presidente de Venezuela y tampoco comandante en jefe de la Fuerzas Armadas?
Constitucionalmente, él ya no es presidente de la República. Él se convirtió en un presidente de facto porque, según la ley, cuando el Tribunal en Sala Plena declara la procedencia del juicio contra el presidente, tiene que pasar por la autorización de la AN. Y eso ocurrió. Nuestra AN autorizó el juicio penal de corrupción contra Nicolás Maduro. Por lo tanto, de conformidad con la ley, él está suspendido e inhabilitado del cargo para someterse al juicio correspondiente. Y se inicia lo que nosotros hemos denominado transición constitucional, porque tiene que venir el orden sucesoral como establece la Constitución.
Ninguna “decisión” de un tribunal fraudulento e inexistente causa los efectos que aduce este pobre señor, que por cierto deja de reconocer que el 9 de enero de 2017, bajo la presidencia de Borges, la Asamblea Nacional declaró la falta absoluta de Maduro por abandono del cargo. Si esta idiotez—¡ojalá lo hubiera abandonado!—se sostuviera, el TSJ de ficción no tendría necesidad de decidir al respecto.
¿En esa transición constitucional le correspondería asumir al vicepresidente, Tareck El Aissami?
Sí, así lo establece la Constitución. Pero no pasó. En este momento estamos frente a un vacío constitucional del cargo de presidente. Maduro no representa a los venezolanos, y su firma no vale en el mundo.
Los presidentes no representan a los ciudadanos en ningún caso; pocas personas del mundo creen que vale y obliga la opinión del entrevistado.
¿Entonces se infiere que todo lo que Maduro firme es ilegítimo?
Exacto. Al no tener legitimidad suscribir un acuerdo con la firma de ese gobierno de facto, corre el riesgo de que no sea válido.
Lo que es ilegítimo es el acto “en Sala Plena” de ese tribunal ilegítimo, fraudulento.
¿Se está desarrollando el juicio penal?
Sí. Estamos esperando que en pocos días, la fiscal general presente el acto conclusivo, y en aproximadamente tres meses, con el cumplimiento de los procesos correspondientes, el tribunal dicta sentencia.
Cuando un gobierno no resuelve los problemas de sus ciudadanos, hasta allí llega la soberanía de ese gobierno.
Los gobiernos no son soberanos; “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo”, Art. 5 de la Constitución.
¿Puede la Interpol ejecutar una orden de captura estando Maduro en la presidencia, aun cuando sea un presidente de facto? ¿Se podría escudar en esa condición?
Maduro no tiene excusa en eso. Quien tendría el problema es la Interpol porque es un organismo de policía internacional que recibió una orden de captura y tiene que oficiar a todas las policías del mundo para colocarlo en la lista de alerta roja. Nosotros estamos siguiendo los protocolos de la Interpol. Eso no es algo tan inmediato para que lo incluyan en la lista roja.
El TSJ ilegítimo y fraudulento no obliga a la Interpol.
Las solicitudes al ministro de la Defensa y los organismos de seguridad de Venezuela se estrellan contra un muro. Quién va a ejecutar esa orden en un régimen dirigido desde La Habana.
En este caso, la responsabilidad la tienen el director de cada una de las instituciones policiales y el ministro de la Defensa porque a ellos es a los que está dirigido el oficio, pero a su vez le estamos enviando un mensaje a todos los integrantes de seguridad del país para que tengan la información.
Ni el Ministro de la Defensa ni los organismos de seguridad venezolanos tienen por qué hacer caso de un TSJ ilegítimo y fraudulento.
¿Mikel Moreno, presidente del TSJ (en Caracas), se juramentó el año pasado ante la Asamblea Nacional Cubana?
Sí, a él y a todos los magistrados.
Se juramentaron ante la Asamblea Nacional Constituyente venezolana. “Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente”. (Art. 349 de la Constitución).
¿Es un tribunal ilegítimo?
Es un Tribunal ilegítimo que está al servicio de la Constituyente Cubana.
El tribunal ilegítimo (y fraudulento) es el “presidido” por el entrevistado.
Así como también tenemos a un fiscal general ilegítimo (Tarek William Saab)
Sí, incluso hay 14 jueces en Caracas que tienen prontuario policial.
¿So?
¿Incluido el presidente del TSJ?
Tiene dos casos de homicidio.
Representantes de la comunidad internacional han respaldado al TSJ en el exilio, entre ellos Luis Almagro, quien además ha reconocido “la inhabilitación y suspensión de Nicolás Maduro como presidente de Venezuela decidida por el Tribunal Supremo legítimo”.
¿Cuántos y cuáles estados han reconocido al “TSJ” en el exilio?
En conclusión, fue ilegal la candidatura de Nicolás Maduro.
Sí, y el Consejo Nacional Electoral debió desincorporarlo porque está inhabilitado.
????????????
¿Y la candidatura de Henry Falcón fue legal?
Fue producto de una convocatoria de la Asamblea Nacional Constituyente.
Fue producto de una convocatoria hecha en último término por el Consejo Nacional Electoral, que no puede “impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente”. (Art. 349).
Ante un Consejo Nacional Electoral que es un brazo ejecutor del régimen, ¿la AN tiene facultad de designar los nuevos rectores a quienes ya se les terminó el período?
Es su competencia.
¿Aún están a tiempo?
Sí, porque es una omisión legislativa que pueden hacerla en cualquier momento.
Eso es; la AN presidida por Ramos Allup arrastró los pies y perdió el tren. Lo sé por José Rafael Revenga, quien formara parte del Comité de Postulaciones nombrado por ella. Oímos su espeluznante relato Leopoldo Baptista Zuloaga, Roberto Picón Herrera, Melquíades Pulido y yo.
Según usted, estamos ante un vacío de poder. ¿En este caso, a qué organismo le corresponde llenar ese vacío?
A la AN.
¿Ahora la pelota está del lado de la AN?
Sí.
¿Cuál pelota?
¿Qué debe hacer la AN?
Promover la transición en Venezuela o emitir un pronunciamiento.
No ha dejado de hacer ambas cosas ¡sin efecto ninguno!
¿Se refiere a un gobierno de transición?
Esa es una salida, esa es una solución. Incluso ya fue consultada en el plebiscito (julio 2017) al pueblo de Venezuela, y dijo que sí.
El “plebiscito”—término empleado para escapar fraudulentamente a la Constitución, que asigna la organización de los referendos al CNE (Art. 293 )—del 16 de julio de 2017 contó con la asistencia de sólo el 38,5% del registro electoral; eso no es la mayoría del Pueblo.
¿Quién elige al presidente de ese gobierno de transición? ¿La AN?
La AN debería.
No hay ninguna disposición constitucional que mencione gobiernos “de transición” y, por supuesto, tampoco que la AN pueda nombrar uno de ese tipo, fraudulento.
¿Y si la AN no lo ejecuta?
Lo haría el TSJ legítimo.
El TSJ ilegítimo y fraudulento tampoco tiene esa potestad; ni siquiera si no fuese fraudulento e ilegítimo.
¿Qué más necesita Venezuela con un TSJ, fiscal y AN que son legítimos para poder concretar una salida pacífica?
Se necesita, no una unidad sino una verdadera alianza. Solo depende de nosotros.
¿Algo como el Frente “Amplio”, tal vez?
¿Ustedes están preparándose para apoyar a un gobierno de transición?
Nosotros estamos preparados para la reestructuración de Venezuela, que incluye la transición.
¿Puede ejercer un gobierno de transición en el exilio?
Ha ocurrido en el pasado y ha tenido éxito.
¿Como la República Española en el exilio, por ejemplo? ¿O está pensando en el Ayatollah Khomeini?
Si se llega a producir una intervención militar, ¿ya se inició el piso constitucional para una transición pacífica?
Nosotros hemos sentado las bases de promover y provocar la transición en Venezuela. Nosotros declaramos la necesidad de una intervención humanitaria por la crisis que existe en nuestro país. Cuando un gobierno no resuelve los problemas de sus ciudadanos, hasta allí llega la soberanía de ese gobierno. Entonces, todos los países amantes de la democracia están en el deber de recuperar la legalidad para solventar la crisis humanitaria que se vive ese país.
Si se llega a producir esa intervención humanitaria, ¿ya se tiene ese piso constitucional para una transición pacífica?
Sí.
Claro; una intervención militar o una extranjera son intervenciones “humanitarias” cuando sus “bases” han sido “sentadas” por ese TSJ fraudulento. ¡Qué riñones!
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Después de lo transcrito, envié una comunicación adicional que decía:
En la contraportada de Las élites culposas (mayo, 2012): Las élites venezolanas vienen de más de dos décadas de reiterada imprudencia. La nueva élite chavista es la más equivocada de todas. Dejarán de ser culposas sólo con la verdad.
Creo que el calificativo que cabe a la conversación Correa-Martín es el de fraudulenta. LEA
………
Addenda: luego de enviar al corresponsal la glosa que antecede y decirle que esperaba que ya no le pareciera de lo «más relevante», me explicó: «Me parece relevante, porque es obvio que esta es la estrategia de un sector y van a seguir adelante. Conociendo a la periodista de marras estoy persuadido de que esta entrevista fue por encargo. De ahí la relevancia. Yo lo que casi nunca pierdo es el foco. Quiero llegar al fondo del asunto porque tendrá consecuencias relevantes». Ahora lo comprendo y veo que tiene razón. Vale.
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