por Luis Enrique Alcalá | Jul 3, 2008 | Cartas, Política |

En las “megaelecciones” del 30 de julio de 2000, cuando Hugo Chávez fuera “relegitimado” como Presidente de la República con el 59,7% de los votos (frente a 37,5% de Francisco Arias Cárdenas y 2,7% de Claudio Fermín), se eligió asimismo un total de 165 diputados a la primera Asamblea Nacional, órgano unicameral creado por la Constitución aprobada en referéndum el 15 de diciembre del año anterior, que sustituía al antiguo congreso bicameral especificado por la de 1961.
Esta Asamblea estuvo en funciones hasta los inicios de 2006, pues las elecciones del 4 de diciembre de 2005 la recompusieron, íntegramente con diputados partidarios del gobierno, a raíz del forfeit de los partidos de oposición. (Las encuestas de la época anticipaban que el conjunto de los candidatos opositores alcanzaría, a lo sumo, una treintena de escaños. Las uvas estaban verdes).
La Asamblea 2000-2005 contó, en cambio, con una muy significativa presencia opositora. Si bien el MVR se había alzado con el 44% de los votos—que a la postre compondrían, con los votos de PPT, los indígenas y el MAS un total de 91 curules oficialistas—la oposición logró ubicar 74 diputados. (De los 21 diputados electos por el MAS, 13 se separaron del oficialismo en el llamado “MAS menos”, mientras que 8 del “MAS más” continuaron apoyando al gobierno). La oposición, si bien usualmente apabullada—la fracción gobiernera cambiaba el Reglamento Interior y de Debates cada vez que le daba la gana—tenía voz y voto. Las voces de Julio Borges, Liliana Hernández, Henry Ramos Allup, Ramón José Medina y Gerardo Blyde eran muy prominentes.
Es esa Asamblea la que aprueba dos leyes de especial gravitación sobre la agenda electoral de este año: la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (17 de mayo de 2005) y la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (27 de noviembre de 2001). En ninguna de estas ocasiones se escuchó decir que esas leyes contenían previsiones inconstitucionales.
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En efecto, la Ley Orgánica de la Contraloría estipula en su artículo 105: “La declaratoria de responsabilidad administrativa, de conformidad con lo previsto en los artículos 91 y 92 de esta Ley, será sancionada con la multa prevista en el artículo 94, de acuerdo con la gravedad de la falta y el monto de los perjuicios que se hubieren causado. Corresponderá al Contralor General de la República de manera exclusiva y excluyente, sin que medie ningún otro procedimiento, acordar en atención a la entidad del ilícito cometido, la suspensión del ejercicio del cargo sin goce de sueldo por un período no mayor de veinticuatro (24) meses o la destitución del declarado responsable, cuya ejecución quedará a cargo de la máxima autoridad; e imponer, atendiendo la gravedad de la irregularidad cometida, su inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas hasta por un máximo de quince (15) años, en cuyo caso deberá remitir la información pertinente a la dependencia responsable de la administración de los recursos humanos del ente u organismo en el que ocurrieron los hechos para que realice los trámites pertinentes. En aquellos casos en que sea declarada la responsabilidad administrativa de la máxima autoridad, la sanción será ejecutada por el órgano encargado de su designación, remoción o destitución”.
De esta redacción queda claro que tales disposiciones son aplicables solamente a funcionarios públicos cuyo cargo no proviene de una elección popular, al punto que remite el asunto a “la administración de los recursos humanos” de los entes en los que hubieran trabajado quienes fueran objeto de las sanciones. Más aún, el último parágrafo del artículo indica que cuando la persona sancionada sea la máxima autoridad de un organismo público—un ministro, el presidente de un instituto autónomo o una empresa del Estado—, quien debe aplicar la sanción es el “órgano encargado de su designación, remoción o destitución” y, claramente, los electores nacionales o locales no son “un órgano”. En consecuencia, el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría no se aplica a funcionarios electos que son, en sí mismos, “la máxima autoridad”, y no en virtud de una “designación”, sino por voluntad del pueblo. Éste no los designa o los nombra, los elige.
¿Se aplica entonces esa disposición al caso de Leopoldo López? La respuesta es que sí se aplica, porque la sanción que le impone Clodosbaldo Russian no está referida a su actuación como Alcalde de Chacao, un cargo electivo, sino a un incidente ocurrido en 1998, cuando era Analista de Entorno Nacional en PDVSA, un cargo de designación. En esa oportunidad, la Gerencia de Asuntos Públicos de la empresa era desempeñada por su señora madre, Antonieta Mendoza de López, y por su gestión directa Primero Justicia, que a la sazón era, no todavía un partido, sino una organización no gubernamental, habría recibido una donación de PDVSA de monto superior a los sesenta millones de bolívares de 1998. (López no ha desmentido esta acusación. Un año antes, por otra parte, se promovía la candidatura de Luis Giusti, Presidente de PDVSA, a la Presidencia de la República. El vehículo no podía ser Primero Justicia pues, como quedó dicho, no era un partido. Unos pocos dirigentes de COPEI, descontentos con la opción de Irene Sáez, intentaron que su partido aceptara la figura de Giusti).
Pero se ha dicho que el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría es inconstitucional. En particular, se argumenta que colide directamente con el Artículo 65 de la Constitución. Así, por ejemplo, sostiene el editorial del diario Tal Cual el día de ayer: “…sólo un juez podrá decidir si el ‘inhabilitado’ es realmente culpable del delito o la irregularidad que motiva la inhabilitación. Si la sentencia fuere condenatoria y, además, ratificada en las instancias superiores, entonces y sólo entonces el ciudadano perdería sus derechos políticos. El artículo 65 de la Constitución es muy claro al respecto”.
Lo que el Artículo 65 de la Constitución estipula es lo siguiente: “No podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados o condenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo con la gravedad del delito”.
Ahora bien, es posible sostener que esa redacción no es ni exhaustiva ni taxativa. Es decir, el Art. 65 indica que quienes hayan sido condenados—sólo un juez puede condenar, y el Contralor no lo es—por los delitos que especifica no pueden postularse a cargos de elección popular, pero no significa que otras causales no puedan conducir a la misma inhabilitación. En otras palabras, no dice el artículo que solamente aquellos que hayan sido condenados por esa clase de delitos estarán impedidos de postularse.
A mayor abundamiento, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece en su Artículo 83: “No podrán ser postulados para alcalde o alcaldesa, concejal o concejala ni miembros de las juntas parroquiales: 1. Quienes estén sujetos a interdicción civil o inhabilitación política… 4. Quienes estén inhabilitados para el ejercicio de la función pública”. Esto es, el primer numeral de ese artículo hace referencia a la inhabilitación descrita en el Art. 65 de la Constitución (y a la interdicción, por ejemplo por causa de facultades mentales disminuidas que lleven a un juez a declararla), y en su numeral cuarto alude a la inhabilitación que según el Art. 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría es prerrogativa del Contralor. O sea, la ley municipal distingue entre dos clases de inhabilitación, una de las cuales es por sentencia condenatoria y la otra por acto administrativo de, en este caso, Clodosbaldo Russian. De no ser taxativa o exhaustiva la previsión del Art. 65 de la Constitución, tampoco sería inconstitucional el Art. 83 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
¿Saldado el asunto? No, porque hay otro artículo constitucional que sí es taxativo, a diferencia del Art. 65. Se trata del Artículo 42 (Capítulo II: De la nacionalidad y ciudadanía; Sección Segunda: De la Ciudadanía), que reza: “Quien pierda o renuncie a la nacionalidad pierde la ciudadanía. El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley”. Y es, indudablemente, un derecho político postularse para cargos de elección popular. Por ejemplo, es derecho de todo venezolano mayor de veinticinco años y estado seglar postularse para el cargo de alcalde. (Antes, la Constitución establece en su Artículo 39: “Los venezolanos y venezolanas que no estén sujetos o sujetas a inhabilitación política ni a interdicción civil, y en las condiciones de edad previstas en esta Constitución, ejercen la ciudadanía y, en consecuencia, son titulares de derechos y deberes políticos de acuerdo con esta Constitución”).
En consecuencia, las inhabilitaciones de Russian son inconstitucionales a tenor del Art. 42 de la Constitución, puesto que impiden el ejercicio de un derecho político que “sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley”.
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Lo anterior debe ser más que sabido por el gobierno nacional, que acaba de saludar, por boca del propio Presidente de la República, la lista de Russian. Pero Hugo Chávez y algunos de sus más inteligentes asesores tienden a hilar fino.
Sabedores de que sería un exabrupto insostenible que el Tribunal Supremo de Justicia, que ha admitido demandas de nulidad por inconstitucionalidad del Art. 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría—la de Sandra Carolina Alfaro Salazar y antes la de Nidia Gutiérrez de Atencio—, decidiera a favor de la legalidad de las acciones de Russian, deben tener motivos políticos para dejar correr esta pelota tanto tiempo. (La pretendida inhabilitación de López no fue decidida en 2008, sino a comienzos de 2006).
Ya en 2004, el año de la “segunda batalla de Santa Inés” (el referendo revocatorio), se impuso a la oposición un camino lleno de obstáculos, entre los que el principal fuera la famosa objeción del Consejo Nacional Electoral a las “firmas de caligrafía similar”. La oposición fue llevada por Chávez y sus ayudantes por una ruta agotadora, para que llegara boqueando a la fecha crucial.
Puede convenir mucho al gobierno mejorar su “imagen democrática” acatando una decisión del TSJ que declare, lo más tarde posible (como se abrió a última hora la “rendija” revocatoria en 2004), que Sandra Carolina Alfaro Salazar y Nidia Gutiérrez de Atencio, y por ende Leopoldo López o Enrique Mendoza, son hábiles políticamente para postularse a cargos de elección popular. (El Alcalde de San Cristóbal, William Méndez, recibió una negativa del TSJ—Sala Político-Administrativa—ante su intento de amparo cautelar contra la inhabilitación que el Contralor le impusiera, pero lo hizo alegando que no se había respetado su derecho a la defensa y al debido proceso, no la inconstitucionalidad del Art. 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría).
Mientras eso ocurre, lo que realmente importaría a los estrategas electorales del gobierno es embarrar la reputación de Leopoldo López, con la reiteración de la especie de que recibió dineros de PDVSA adjudicados por su señora madre. Esto sería suficiente, en una condición de la opinión pública metropolitana que parece favorecer la candidatura de Aristóbulo Istúriz sobre la del actual Alcalde de Chacao. La encuestadora Hinterlaces reveló algunos de los resultados de estudio suyo en Caracas, levantado entre el 6 y el 19 de junio, que adjudican a Istúriz una intención de voto a su favor de 39%, contra 30,1% a favor de López. Bastaría arrancarle a López unos pocos puntos más mediante el enlodamiento de su prestigio, y no sería entonces imprescindible llegar hasta el final con la inhabilitación contralora. Su futuro político se vería más comprometido por una derrota ante Istúriz que por una inhabilitación que, en todo caso, expiraría en 2011, bien a tiempo de lanzarse en pos de la Presidencia de la República en 2012.
Vale la pena recordar, además, que en 2004, recién reelecto Manuel Rosales a la Gobernación del Zulia, el hoy finado Danilo Anderson le mostró el tramojo de una posible inhabilitación por su participación como firmante del famoso decreto inconstitucional de Pedro Carmona Estanga. Esta espada de Damocles estuvo actuante hasta bien entrado el año de 2006, cuando el entonces Fiscal General de la República, Isaías Rodríguez, anunció magnánimamente a Rosales que no actuaría en su contra mientras durase la campaña electoral, precisamente para que no pudiera decirse que se trataba de una intención estrictamente política, no jurídica.
Lo que entonces lograba el Fiscal, recordando la falta de Rosales, ahora lo procura el Contralor. Pero se trata de la misma consigna: no dejar a la oposición ni a sol ni a sombra.
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por Luis Enrique Alcalá | Jun 26, 2008 | Cartas, Política |

Ayer leí en el diario Tal Cual la información que aportó Teodoro Petkoff en su acostumbrado editorial: según algunas encuestas, tres cuartas partes de la población venezolana (mayor de 18 años) “realiza[n] sus opciones políticas sin apelar al ancla partidista”. (Diecisiete por ciento de esa población seguiría de algún modo al PSUV—que hace un año representaba 30%—y todos los partidos de oposición juntos recaban 10%). Y destaca Petkoff: “Esto no significa que el país esté despolitizado. Al contrario, la gran paradoja es que en una época de hiperpolitización, como la que vivimos desde hace más de nueve años, las organizaciones políticas por excelencia de una sociedad democrática, que son los partidos políticos, tienen la credibilidad seriamente averiada”.
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Es común que algún joven que encuentre atractiva la actividad política tenga algún familiar o amigo, tal vez una tía, que le aconseje: “¡No, mijito! No se meta en eso, que la política es muy cochina”. No otra sería la explicación de por qué los problemas públicos sean refractarios a las soluciones o nuestras instituciones políticas nos parezcan, casi siempre, poco satisfactorias, si no espantosas. Llevada a extremos más educados o militantes, esa hipótesis se encuentra en el núcleo mismo de lo que se ha dado en llamar antipolítica.
La “hipótesis de la tía” no es, ni con mucho, exclusiva de los círculos familiares venezolanos, como tampoco es exclusivamente nuestra la distancia creciente entre las organizaciones partidistas y el cuerpo de los electores. El anarquismo británico acostumbra alebrestarse cada vez que se acerca un primero de mayo; en un reporte de BBC News sobre protestas en Londres poco antes del 1Ëš de mayo de 2002, una participante llamada June explicaba su presencia: “El gobierno local está fallándoles a las comunidades”. Y añadió: “Los partidos han perdido su conexión con la gente ordinaria y sus comunidades”.
Por su parte, la revista Playboy publicaba en 1969, característicamente, un artículo (La muerte de la política) del activista estadounidense Karl Hess, que había sido el redactor principal de la plataforma del Partido Republicano para las campañas de 1960 y 1964. El planteamiento inicial decía: “Tanto la izquierda como la derecha son reaccionarias y autoritarias. Esto es, ambas son políticas. Sólo buscan revisar los métodos actuales para la adquisición y el empleo del poder político. Los movimientos radicales y revolucionarios no buscan revisar sino revocar. El blanco de la revocación debiera ser obvio. El blanco es la política misma”. Y el final incluye el epitafio: “La política devora a los hombres”.
En general, sin embargo, los autores que anuncian el deceso de alguna cosa de profunda y longeva raigambre—sea Gabriel Vahanian en The Death of God: The Culture of Our Post-Christian Era, o antes Federico Nietzsche declarando que Dios ha muerto (en “La ciencia gaya”), o Francis Fukuyama certificando “El fin de la historia”, o Michel Foucault el del hombre (de la filosofía humanista, en realidad)—generan notoriedad y suscitan importante reflexión, pero se equivocan. Ni la historia ha concluido, ni la humanidad ha decidido prescindir de Dios, ni la política ha desaparecido.
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El 25 de octubre del año pasado, el #260 de la Carta Semanal de doctorpolítico evocaba: “Los primeros signos de una conciencia de rechazo a la política que precediera a Chávez datan al menos de 1984. Para la época, la prestigiosa encuestadora Gaither hacía regulares estudios de opinión en Venezuela. En ellos era la siguiente una pregunta estándar: ‘¿Cuál es el mejor partido?’ (A los entrevistados se les ofrecía las opciones de AD, COPEI, MAS y otros). En agosto de 1974, la suma de las respuestas de ‘ninguno’ y la abstención que típicamente se codifica como ‘No sabe/No contesta’ era de 29% de los encuestados. En septiembre de 1979 y octubre de 1983 esta suma se había estabilizado en 27%. Para agosto de 1984, a seis meses del inicio del gobierno de Jaime Lusinchi, el indicador ascendió a 43%. (Casi 30% respondió decididamente: ‘el mejor partido es ninguno’). Esta súbita fractura, una toma de conciencia repentina reflejada en el estudio de esa última fecha debió prender las alarmas políticas”.
En efecto, Venezuela ya había tenido por entonces cinco períodos democráticos (tres adecos y dos copeyanos), y la desilusión había precipitado súbitamente desde la última vez que una mayoría (73% en octubre de 1983) había sido capaz de identificar un “mejor partido” entre los entonces actuantes. Menos de diez años después se producían los alzamientos militares contra el segundo gobierno de Carlos Andrés Pérez, y la antipolítica emergía en manifestaciones tales como la telenovela “Por estas calles” (un notorio éxito de RCTV), transmitida justamente en los años 1992 y 1993, al final del cual Rafael Caldera accedía por segunda vez a la Presidencia de la República montado sobre una plataforma ajena al bipartidismo.
Las posteriores candidaturas de Henrique Salas Römer, Irene Sáez y Hugo Chávez Frías fueron todas predicadas desde un discurso de corte antipolítico. De éstas, la única que se mantuvo en esa línea fue la del último de los nombrados. La candidatura Sáez, a la que todos los pronósticos auguraban el triunfo hasta un año antes de la elección de Chávez, se hundió verticalmente al convertirse en candidatura de COPEI a fines de ese año, y Salas Römer recibió a última hora el “beso de la muerte” en el apoyo de Acción Democrática.
Era el momento de los antipolíticos, no el de los partidos, y en América Latina llegaba a la Alcaldía de Bogotá un prometedor Antana Mockus (luego de mostrar irreverentemente su trasero en público) y a la Presidencia de Ecuador Abdalá Bucaram. (Wikipedia: “Bucaram asumió el cargo ofreciendo diálogo y madurez. Sin embargo, desde el primer día de gobierno, la sociedad se alteró por las excentricidades del Presidente y su entorno, así como los cambios administrativos y la inundación de personal en entes públicos como pago por favores políticos motivaron un incipiente movimiento para reclamar a Bucaram. Su gobierno, que solo duró poco más de seis meses, se caracterizó por su alto nivel de corrupción, su política económica neoliberal con un amplio programa de privatizaciones de empresas estatales y por la excentricidad, que incluía actuaciones no correspondientes a un presidente, como conciertos con el grupo Los Iracundos, planes de contratar a Diego Maradona por un millón de dólares para jugar una noche en su equipo de fútbol, y fiestas en la casa presidencial”. Cualquier parecido o diferencia con nuestra realidad es mera coincidencia).
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No es, pues, ni nuevo ni propio el rechazo a los partidos en Venezuela. Lo que sigue siendo la razón principal de tal desapego es la convicción existente sobre la presunta suciedad intrínseca a la actividad política. Era obvia, ya a comienzos de los ochenta, la insuficiencia política en Venezuela. (Decir insuficiencia renal es denotar que el aparato urinario no cumple adecuadamente su función; mencionar insuficiencia cardiaca que el corazón no bombea como debe ser. Si el aparato político de un país no sólo no resuelve la mayoría de los problemas públicos importantes, lo que es su función, sino que más bien los agrava, puede hablarse con propiedad de insuficiencia política). La pregunta crucial es: ¿a qué se debe la insuficiencia política? ¿Cuál es su etiología?
Entre 1983 y 1985 el suscrito se preocupó por la respuesta a esa pregunta. Por experiencia personal no estaba convencido de la validez de la “hipótesis de la tía”. Sus accidentes biográficos le habían permitido trabajar de cerca con empresarios, docentes universitarios, hombres de iglesia, políticos, artistas de diverso género y profesionales de la cultura, científicos, militares y hasta funcionarios del deporte. En cada uno de estos grupos había encontrado la misma distribución estadística de la moralidad: cada uno contaba con una que otra persona de excepcionales cualidades positivas, con una o dos más de terrible conducta y con una amplísima mayoría de seres comunes y corrientes, ninguno de los cuales era heroico o santo, ni tampoco un delincuente a tiempo completo. En un momento dado hay una Madre Teresa de Calcuta por planeta; simétricamente, y por fortuna, hay sólo un Adolfo Hitler. La mayoría de los humanos no es ninguno de los dos extremos.
Siendo las cosas así, no hay en la política una mayor maldad intrínseca que la que se encuentra en cualquier grupo estadísticamente normal; si acaso, en la política se manifiestan las bondades y maldades típicas del género humano con mayor notoriedad, porque actividades más privadas no están, simplemente, tan sujetas al escrutinio público. ¿De dónde, entonces, venía la insuficiencia política?
En junio de 1986 quien escribe reformuló una hipótesis distinta, adelantada en febrero de 1985, en los siguientes términos: “La exploración de Venezuela pone de manifiesto la coexistencia simultánea—y en gran medida interactuante—de varios síndromes, cada uno de los cuales es la asociación de un conjunto de signos. Los síndromes no son todos de la misma clase, pues corresponden a procesos patológicos de distinta gravedad o se manifiestan en distintos componentes o estructuras sociales. Sin embargo, es posible resumir así el problema somático más importante de la actualidad venezolana: Venezuela padece una insuficiencia política grave… La insuficiencia política funcional en Venezuela no debe explicarse a partir de una supuesta maldad de los políticos tradicionales. Con seguridad habrá en el país políticos ‘malévolos’, que con sistematicidad se conducen en forma maligna. Pero esto no es explicación suficiente, puesto que en la misma proporción podría hallarse políticos bien intencionados, y la gran mayoría de los políticos tradicionales se encuentra a mitad de camino entre el altruismo y el egoísmo políticos. La explicación última de nuestra insuficiencia política funcional reside, pues, en la esclerosis paradigmática del actor político tradicional… Es a la causa fundamental de la insuficiencia política funcional venezolana, la esclerosis paradigmática de los actores políticos tradicionales, a la que hay que dirigir el tratamiento de base”.
Esta tesis ha sido expuesta acá esquemáticamente en varias ocasiones. Se trata de que el modo de entender la política misma, su sentido, la manera en que se la practica se ha hecho tan obsoleta como insuficiente.
La política convencional se la entiende, en palabras de Hess, ocupada del asunto de “la adquisición y el empleo del poder político”. En ambientes democráticos, su tecnología cotidiana es la conciliación de intereses opuestos, y por tanto son para ella importantes el diálogo, la negociación y la transacción. Pero a esa tarea ostensiblemente beneficiosa, subyace el propósito de la dominación, y en la práctica es el modo normal de actuación política la competencia, el combate. Los políticos convencionales, por consiguiente, pasan paradójicamente la vida confrontándose para acceder a un poder que les permitiría conciliar.
Actitudinalmente, además, el político convencional “parte del principio de que debe exhibirse como un ser inerrante, como alguien que nunca se ha equivocado, pues sostiene que eso es exigencia de un pueblo que sólo valoraría la prepotencia”. Los partidos son, en consecuencia, agrupaciones de personas que creen que siempre tienen la razón.
Es claro que estos dos rasgos del paradigma político prevaleciente—el de la política de poder o Realpolitik—impiden que el aparato público cumpla cabalmente con la única función que lo justifica: la solución de los problemas de carácter público. (De hecho, es esto lo que ha sido medido una y otra vez por estudiosos del fenómeno; por ejemplo, John A. Vasquez en The power of power politics). Si la cuestión es alcanzar el poder e impedir que el competidor haga lo propio, el adiestramiento más importante del político es el de un arte marcial, pues la lucha es su actividad constante. Las destrezas a adquirir son las requeridas para ese combate: artes retóricas y de manipulación.
Si el paradigma “realista” es la causa última de la insuficiencia política, aquí y en toda latitud, no habrá solución de fondo hasta que no lo suplante un paradigma “clínico”, que entienda la política como arte o profesión de solucionar los problemas públicos, y hasta tanto nuestros políticos no reciban un adiestramiento correspondiente. En particular: “El nuevo actor político… tiene la valentía y la honestidad intelectual de fundar sus cimientos sobre la realidad de la falibilidad humana. Por eso no teme a la crítica sino que la busca y la consagra”.
Somos falibles. Aun el más inteligente de los hombres no puede acertar en todo. En nuestra civilización tenemos a Alberto Einstein por genio prácticamente insuperable, pero incluso este monstruo de la Física dejó de tener razón en su propio campo, una vez que hubiera hecho su monumental contribución, que en verdad se detuvo cuarenta años antes de su muerte. No podemos tener la razón en todo, y el común debate político y partidista está fundado, por tanto, en una insensatez.
Esto no equivale, sin embargo, a la asunción de la antipolítica como la solución. Lo que hay que hacer no es defenestrar a la política, sino hacerla de otra manera. Por la misma razón, la solución no reside en la “reconstrucción” del sistema de partidos. O se hace algo diferente o volverá a registrarse el rechazo que Petkoff comentaba ayer. Y hasta ahora “lo nuevo”—Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo, el PSUV o Podemos, aun el “nuevo” COPEI (Partido “Popular”)—no hace sino repetir el viejo modelo: una organización orientada al combate político y la conquista del poder con fundamentación de tipo ideológico.
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Pero en América Latina la antipolítica ha sido siempre la excusa principal del militarismo. En 1997 se publicó la tercera edición de un muy útil libro editado por Brian Loveman y Thomas M. Davies Jr.: The Politics of Antipolitics: The Military in Latin America. Los editores de esta muy recomendable colección de trabajos y documentos señalan: “En mucho de Latinoamérica los oficiales militares profesionales llegaron a la conclusión de que sólo el fin de la ‘política’ y el establecimiento del gobierno militar a largo plazo podrían proveer las bases a la modernización, el desarrollo económico y la estabilidad política”. En Venezuela conocemos muy bien esta coartada.
En el libro, Knut Walter y Philip J. Williams, que presentan un estudio sobre el caso salvadoreño, alertan sobre los peligros de convertir en panacea la construcción de pactos (nuestro “gran diálogo nacional”, “concertación nacional”, “reconciliación nacional”, “pacto social”, “consenso país”, etcétera), como modo de salir de los gobiernos militares hacia una transición democrática, mientras que el mismo Loveman acuña el término “soberanía residual” para referirse a cómo los militares permanecen infiltrados en el sistema político aun después de cesar como gobernantes directos. Loveman sugiere: “Sin una amplísima revisión o abolición de las leyes de seguridad nacional, antiterrorismo u orden público, la democracia latinoamericana continuará siendo rehén de sus guardianes militares”. (En su artículo “Democracias protegidas: Antipolítica y transiciones políticas en América Latina”).
No hay otro país en América Latina donde esto sea más obvio que en la Venezuela de hoy. Después de más de un siglo de férula militar, gendarmes necesarios y césares democráticos, creímos haber dejado atrás el militarismo a la caída de Marcos Pérez Jiménez. A cincuenta años de esta circunstancia, sin duda en intento atípico, Hugo Chávez ha militarizado el poder público a un grado sin precedentes.
Sería un error, no obstante, atribuir su llegada al poder a un éxito de la antipolítica. Su irritante presencia se debe, más bien, al fracaso de una política mal hecha, y la superación de su estropicio sólo podrá ser alcanzada desde, de nuevo, la política. Pero no la misma de antes.
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por Luis Enrique Alcalá | Jun 19, 2008 | Cartas, Política |

Quien escribe se propone adquirir, para leerlo con respeto y detenimiento, el libro recientemente presentado por el general retirado Raúl Isaías Baduel: “Mi solución. Venezuela, crisis y salvación”. (Editado por Libros Marcados). Hasta tanto eso no ocurra, será imposible que el suscrito arribe a una opinión responsable sobre el libro en cuestión, que es en todo caso saludable, puesto que es útil al país que sus ciudadanos lo piensen y propongan soluciones a sus problemas.
Pero es posible anticipar, no obstante, algunas evaluaciones, por cuanto el general Baduel peroró un amplio discurso—cuyo texto ha sido reproducido en su totalidad en varios medios—el día del bautizo del libro, acto en el que junto a él oficiaron Ismael García, el jefe de Podemos, y Leopoldo López, anfitrión, ya que el acto tuvo por escenario la sala de la Fundación Cultural Chacao.
El discurso versó sobre dos únicos temas, y por ende es posible suponer que ambos constituyen las cumbres de “Mi solución”. El primero tiene que ver con la economía del petróleo. Haciéndose eco de la teoría de M. King Hubbert (una curva acampanada de producción de petróleo con un punto máximo en el centro), Baduel alertó sobre nuestra excesiva dependencia económica del petróleo que alojamos, producimos y vendemos. Se trata, probablemente, de una prédica oportuna y, seguramente, de una advertencia con mucho sentido. Baduel admite que ya antes se ha hablado de agotamiento del petróleo: “En segundo lugar, si se piensa que éste es nada más otro cuento del fin de petróleo, como aquél de los años 40 del siglo pasado, cuando en verdad se pensaba que el petróleo iba a durar dos décadas, pudiese estarse cometiendo un gravísimo y costosísimo error. Pudiésemos bien convertirnos en la encarnación del cuento aquel de Pedro y el Lobo”. (Acá Baduel confunde la fábula del pastor que advierte sobre la venida del lobo, atribuida a Esopo, con el cuento ruso Pedro y el lobo, escrito y musicalizado por Sergei Prokofiev y estrenado en 1936. Los asuntos de ambas narraciones son diferentísimos).
El segundo gran tema del discurso (y el libro) de Baduel versó sobre su proposición—“su solución”, la “salvación” que nos ofrece de la “crisis”—de convocar, elegir y realizar una nueva asamblea constituyente, a diez años de la de 1999. Este es un tema recurrente en Baduel—habló de ella el año pasado en varias ocasiones, justificándola de distintas maneras—, pero en esta ocasión ofreció más detalle. Conocemos ya, por tanto, su argumentación, y entonces es posible analizarla y juzgarla. Antes, sin embargo, recordemos cuáles eran las razones que adujo a fines del año pasado para proponer una nueva constituyente.
La primera fue la de levantar un “muro inexpugnable”, una “barrera infranqueable” a las pretensiones de Chávez. Era la segunda vez que usaba esas expresiones; la primera vez las empleó, idénticas, para referirse a los resultados del referéndum del pasado 2 de diciembre. En el #267 de esta carta (Un kilo de estopa) se comentaba ese repetido argumento de esta forma: “Luego está, en las declaraciones de Baduel, el concepto militar de ‘barrera infranqueable’ que el evento del 2 de diciembre habría erigido. Si Baduel señala que hay que salir al paso de intentos gubernamentales por eludirla, la muralla no puede ser tan infranqueable; tampoco cuando dice que el tal muro inexpugnable sólo podría ‘solidificarse’ con la constituyente. Él mismo, pues, describe su muro ‘infranqueable’ como flojito”.
A continuación, Baduel expuso que la constituyente reconciliaría al país. Una vez más, esta publicación comentó así esa segunda motivación: “Se trata, en el fondo, de la misma idea expuesta el 25 de septiembre de este año… por Manuel Rosales…” Rosales declaró entonces: “Yo creo que, definitivamente, en Venezuela, después de este referendo constitucional hay que pensar seriamente en la realización de una Asamblea Nacional Constituyente porque es la refundación y la reconciliación del país”. Respecto de este argumento se escribió acá: “En primer término, resulta ser realmente ingenuo—o insincero—postular que la elección de un centenar y pico de diputados constituyentes, y su reunión en asamblea todopoderosa, pueda servir para ‘reconciliar’ al país. Un proceso electoral cualquiera es una competencia, y no son precisamente las competencias los mecanismos idóneos para la reconciliación… La operación misma de una asamblea tal, además, es la de un debate, y habría que ver cómo dentro de un cuerpo de confrontación argumental, cuyas decisiones se toman por mayoría, emerge la reconciliación. (¿Se reconcilia Bolivia con su constituyente, cuando más bien ha servido para que Santa Cruz haya decidido declarar su autonomía?) Por otra parte, el ministro Pedro Carreño, a quien la oposición debe agradecer efusivamente, por brutas, sus más recientes manifestaciones, ha dicho ya que ‘no puede haber reconciliación posible (tal como ha planteado la oposición) porque la verdadera reconciliación venía establecida en la propuesta de reforma constitucional’.”
Luego propuso Baduel algo que el #267 (13 de diciembre de 2007) registró así: “Un tercero y novedoso concepto introducido por Baduel ayer es anatómico. Según el reencarnado general, el cuerpo social se divide ahora en tres partes (cabeza, tronco y extremidades): ‘Han quedado marcados tres sectores en la sociedad venezolana: los que se abstuvieron (44% del electorado), los que votaron NO y los que votaron SÍ’. (Reporta El Universal). Tan nítida sería esta organización tripartita de Venezuela que Baduel propone, para integrar la constituyente, que ‘deben ser seleccionados representantes de los tres sectores (NO, SÍ y abstencionistas)’. Este concepto es, por decir lo menos, una sociología simplista que no puede aspirar a describir con justicia la muy compleja variedad de opiniones del país. (‘Cada cabeza es un mundo’). Consideremos tan sólo a quienes se abstuvieron: en ellos hay gente que ha podido simpatizar con la ‘reforma’. ¿Pueden éstos ser representados por los mismos diputados que representarían a los abstencionistas que la rechazaban?”
Como el general continuó abundando sobre el asunto, cupieron en el #267 los siguientes dos párrafos:
“Una cuarta idea adelantada por Baduel contradice frontalmente la noción misma de constituyente, al prescribir una garantía de ‘que no puedan tocarse los valores fundamentales de la Constitución’. Las constituyentes tienen por misión, justamente, sustituir una determinada constitución por otra radicalmente distinta. Si éste no fuese el propósito no se requeriría una constituyente, y bastarían los mecanismos de enmienda o reforma constitucional. Para preservar los ‘valores fundamentales’ de la Constitución no se requiere una constituyente”.
“Finalmente, Raúl Isaías Baduel es quien pareciera desconocer la decisión soberana del 2 de diciembre, que entre otras cosas fue un rotundo no a la pretensión de instaurar en Venezuela un sistema socialista. Así perfora el general su propia ‘barrera infranqueable’: ‘La Constitución puede ser mejorada en sentido progresivo. Para definir la sociedad que queremos no podemos remitirnos solamente a gritos y consignas, tiene que haber una profundización de lo que es el ‘socialismo del siglo XXI’, con método, orden, ciencia y conciencia. No es incompatible un modelo de producción socialista con un sistema político profundamente democrático, con contrapesos y división de poderes’.”
Añadamos una interpretación, ofrecida por el propio general Baduel, de lo que significaría profundizar el “socialismo del siglo XXI” mediante “método, orden, ciencia y conciencia”. El 18 de julio del año pasado, hace todavía menos de un año, Baduel abandonaba la cartera de Defensa con un discurso en el Patio de la Academia Militar. Allí dijo: “En el Aló Presidente del 27 de marzo de 2005, el Señor Presidente Chávez indicó, cito: ‘el Socialismo de Venezuela se construiría en concordancia con las ideas originales de Carlos Marx y Federico Engels’, fin de la cita. Reiterando lo que al respecto he mencionado en una oportunidad anterior, si la base para la construcción del Socialismo del Siglo XXI es una teoría científica de la talla de la de Marx y Engels, lo que construyamos sobre ella no puede serlo menos, so pena de que la estructura construida no pase a ser más que una humilde choza levantada sobre los cimientos de un rascacielos”. Al menos, pues, hasta diciembre de 2007, el método, el orden, la «ciencia» y la conciencia de Baduel eran marxistas. (No pareciera haber leído La miseria del historicismo, de Karl Popper, ni su Logik der Forschung).
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El lunes de esta semana dijo Baduel en el discurso sobre “Mi solución”: “En lo político propongo lo que considero la única salida posible: la convocatoria a una Asamblea Constituyente”. De seguidas, mientras descalificaba a “los políticos”, expuso crudamente lo que siempre fue el real objetivo de su proposición de constituyente, que ahora reencarna como “Mi solución”: “Sin embargo, a pesar de que este mecanismo es tan atrayente, es lamentable que la mayoría de los ‘políticos’, de ésos que llaman ‘la oposición’ y que dicen representar a la mitad del país, no se hayan dado cuenta, que incluso es la mejor vía para salir rápido del actual régimen, de manera eficiente, democrática, pacífica y legal”.
“Mi solución”, pues, consiste en salir rápidamente del actual régimen: “Entre los destituibles y candidato número uno a ello está, ¿quién más?, el señor Hugo Chávez, principal responsable del desastre actual y de buena parte de los futuros”. Sobre esta evaluación abundó ampliamente, con estructura retórica de infomercial que vende baba de caracol: “¿Cansados de esperar contrario a Dios, a que una enfermedad grave nos quite a este dictador disfrazado del camino? ¿Fastidiados de esperar la vergüenza de una invasión de los Marines y demás fuerzas especiales norteamericanas o de que un organismo internacional nos salve u otros países intervengan? ¿Duda ante la posibilidad de que con las elecciones de alcaldes y gobernadores (si es que las hay), Chávez se vea ‘acorralado’? ¿Se angustian al pensar, que para que Chávez entregue el poder, hacen falta más de cuatro años? Pues no se preocupen, la Constituyente es la solución a sus angustias”.
Y también: “Es decir, podemos quitarnos de una vez a Chávez y su combo completo de poderes vasallos, al removerlos o disolverlos a través de un acto de la Soberana Asamblea Constituyente”.
Y también, en párrafo de una sola y farragosa oración de ciento noventa y seis palabras ya hacia el final: “A los que creen en el Presidente Chávez, que están en su derecho, aun compartiendo con él que nos vengamos todos abajo y él sea el rey de la Venezuela pobre, porque hacia allí estamos siendo conducidos nosotros y también ustedes, sus familias, sus hijos, sus nietos y todas las generaciones con la dependencia de este recurso y la aniquilación del aparato productivo nacional en paralelo, convirtiéndonos en una economía de puerto y engañando a los ciudadanos ofreciendo unas medidas económicas recientes en beneficio de los supuestos pequeños productores que no son tales, sino pequeños importadores en su mayoría porque ya nada se produce aquí, manteniendo el yugo burocrático para los verdaderos productores que deben ser potenciados para abastecer la demanda nacional, obligándolos a adoptar un modelo productivo atrasado con fines políticos perversos ya rechazado por el pueblo el 2 de diciembre pasado, y así con la destrucción del país, provocar una estampida de los venezolanos que no estén de acuerdo con el autoritarismo del estado y con la locura de Hugo Chávez, logrando progresivamente el debilitamiento e intimidación de todos los actores políticos y económicos que se opongan a la muerte de nuestra república libre”.
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Bueno, no haremos paráfrasis de tan abundante y resbaladiza caracterización del régimen chavista, pero sí cabe intercalar aquí una observación (antes de proseguir en el análisis de la propuesta misma). El general Baduel trabajó para el presidente Chávez, más de una vez bajo sus órdenes directas, en 1999 (cuando fue su primer secretario privado), en 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 y hasta julio de 2007 (cuando dejó de ser Ministro del Poder Popular para la Defensa), un total de más de ocho años. ¿Cuándo fue que se dio cuenta de que Hugo Chávez es el “principal responsable del desastre actual y de buena parte de los futuros”? ¿Cuándo vino a percatarse de que “el proceso constituyente de 1999 fue un completo fraude”, como aseguró hace tres días? ¿Cuándo entendió que el andamiaje político de Chávez era un “combo completo de poderes vasallos”? ¿Era que por entonces preparaba laboriosamente “Mi solución” y esta labor no le permitía ver lo que tenía frente a sus narices?
Más de una vez, muchos opositores a Chávez han recibido como salvadores a personas que trabajaron con Chávez y cohonestaron sus ejecutorias. Cuando aún no había tenido lugar el intento revocatorio de 2004 muchos pensamos que podía ser exitoso, y que entonces tendríamos que elegir perentoriamente a un nuevo Presidente de la República. Más de uno pescueceó para posicionarse como posible candidato, y uno de los mejor recibidos era el difunto Alejandro Armas. En una sesión destinada a escuchar su autopromoción se le apuntó: “Don Alejandro, usted ha mencionado el tema del presidente de la transición, y ha señalado algunos rasgos deseables en esa figura. Tal vez convendría también especificar algunos de los rasgos que no debiera tener. Uno de ellos es que haya participado por un tiempo significativo en el proyecto de Chávez y lo haya aupado, por cuanto ese proyecto estuvo perfectamente claro desde 1992, y quedó más claro todavía durante la campaña electoral de 1998, y clarísimo también desde que comenzó a gobernar. Por tanto, quienes hayan incurrido en un error tan grueso como el de equivocarse con Chávez, demostraron cabalmente poseer, al menos, poca claridad y visión poco penetrante, que son seguramente dos defectos que no debiéramos tolerar en el presidente de tan difícil transición”. (Armas estuvo apoyando al gobierno desde la campaña de 1998 hasta mediados de 2002).
Antes de este caso, fue uno notorio la pretensión de Alfredo Peña, primer Alcalde Metropolitano de Caracas, de suceder de inmediato a Chávez. En enero de 2002 inició un ataque decidido contra el Presidente, y curiosamente incluyó en su crítica que Chávez se había alzado en 1992, dato naturalmente conocido por Peña y que no le había causado escrúpulo alguno para apoyarlo desde Venevisión en 1998, para ser su primer Ministro de la Secretaría de la Presidencia, ni para despegar desde su portaaviones para convertirse en diputado a la Constituyente de 1999 o Alcalde Mayor.
Y antes de Peña, por supuesto, tuvimos a Francisco Arias Cárdenas, tan golpista como Chávez, en candidatura presidencial opuesta a éste en 2000 que contó con increíble apoyo de recursos opositores porque era “cuña del mismo palo”.
Hay una clientela opositora que acoge irreflexivamente estas iniciativas y llega a concebir que figuras como ésas—o la del general Lameda, o la del general Rosendo, o la del general Usón (¡qué broma, todos militares, como Baduel!)—, que gobernaron bajo Chávez, pueden ser los líderes de “Mi solución”. Baduel ha sugerido que su participación en el gobierno de Chávez se debió al estricto cumplimiento profesional en su carácter de militar obediente, pero ésta fue exactamente la excusa de los jerarcas nazis juzgados en Nuremberg: que obedecían órdenes.
Obviamente, es de celebrar que personas que hayan apoyado largamente al gobierno ahora le adversen. (“Hay más alegría en el Cielo por un pecador que se arrepienta que por noventa y nueve justos que no necesitan arrepentirse”, Lucas 15, 7). Eso es una cosa y otra muy distinta recibirles como los líderes que requerimos. Por la medida chiquita, exhibieron miopía política en grado de continuidad, y si algo debe exigirse de un líder es visión. (Para Alexis de Tocqueville, ésa era precisamente la cualidad central de lo que llamó “el verdadero arte del Estado”).
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Retomando los más frescos argumentos (los del lunes) de Raúl Isaías Baduel. El general reencarnado dijo: “La salida es fácil, está disponible y es a la vez rápida, eficiente, pacífica y legal. La salida es convocar a una Asamblea Nacional Constituyente de carácter originario, popular. Un organismo de ese rango puede llamar a rendición de cuentas a todos los poderes constituidos, destituirlos y sustituirlos provisoriamente por mecanismos ad hoc, mientras se aprueba una constitución, en la que nos sintamos representados todos los venezolanos, producto del mejoramiento de la que tenemos en sentido progresivo, no dejando ya más lugar a dudas ni a interpretaciones acomodaticias de su articulado y aclarando las sombras de la actual”. (A tal «nueva constitución», por supuesto, podría llegarse, sin necesidad de constituyente, mediante enmiendas o reformas, sobre todo si se toma en cuenta que a juicio de Baduel se trata “del mejoramiento de la que tenemos en sentido progresivo”).
Al explicar el punto de la legalidad, expone: “Apenas si haría falta decir por qué la Asamblea Constituyente es una salida perfectamente legal, a no ser por el desconocimiento que casi la gran mayoría de los venezolanos tenemos, del verdadero contenido y fin de ese importante documento que es la Constitución Nacional. En sus artículos 347, 348 y 349 se establece clara y taxativamente que la Asamblea Constituyente puede convocarse, si se cumplen los requisitos allí establecidos. En el caso de una Asamblea originaria, es decir, una que nazca como resultado de la convocatoria por el pueblo mismo, sólo se necesita de la manifestación de voluntad del 15% de los electores inscritos en el Registro Electoral”.
Para empezar, el Artículo 349 no habla en absoluto de la posibilidad de convocar una constituyente, como Baduel afirma descuidadamente. Luego, en los dos párrafos citados emerge la común confusión entre Poder Constituyente Originario y Asamblea Constituyente.
Esta confusión era interesada en Chávez ante la convocatoria de la Constituyente de 1999. Las posiciones del debate de la época eran las siguientes: Chávez decía que la asamblea sería “originaria”; la oposición que sería “derivada”. (He allí el primer éxito de Chávez como nomenclador, que introducía términos y expresiones que la oposición acogía desprevenidamente para ahorcarse a ella misma. Había que imaginar la recepción que tendría un orador de oposición en un barrio, si trataba de vender una constituyente “derivada”).
Lo que ha debido decirse en 1999 es que la constituyente era un poder tan constituido como el Congreso de la República o, si a ver vamos, como la misma Presidencia de la República. Que sólo el Pueblo tiene el carácter de Poder Constituyente Originario, y que ese carácter no lo pierde jamás y es intransferible. Que lo único originario sería el referéndum final con el que nos pronunciaríamos sobre el proyecto de nueva constitución que la constituyente lograra preparar.
En lugar de asumir esta postura, la oposición se dejó. La constituyente presidida por Luis Miquilena, otro largo colaborador de Chávez, decapitó al Congreso de la República cercenándole la Cámara del Senado, y Henrique Capriles Radonsky no dijo nada porque entonces presidía la Cámara de Diputados, que no fue tocada por don Luis, y los diputados de oposición continuaron llenando sus curules y cobrando, a pesar de que no existía aún una constitución distinta de la de 1961, que claramente prescribía un Senado.
En suma, la Constituyente de 1999 se extralimitó, suspendiendo un órgano constituido por la constitución de 1961 antes de derogarla por superposición de la constitución nueva.
Y es que, de nuevo, una asamblea constituyente es un poder constituido por el único poder que tiene carácter originario, por el Pueblo. Los diputados constituyentes no son otra cosa que apoderados del Poder Constituyente Originario, de nosotros. Naturalmente, podemos conferirles poderes muy especiales y suficientes, pero nunca serán “originarios” esos diputados.
Y también es una confusión la idea de que hay asambleas constituyentes “originarias” cuando nacen, en palabras de Baduel, “como resultado de la convocatoria por el pueblo mismo”, es decir, por la iniciativa popular que contempla el Artículo 348. Por un lado, mal puede equipararse el Poder Constituyente Originario a una minoría de 15% de los electores. Por la otra, ese artículo no distingue la asamblea que convoque tal porcentaje de los electores de las que pudieran convocar el Presidente de la República en Consejo de Ministros, las dos terceras partes de la Asamblea Nacional o “los Consejos Municipales en cabildos, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos”. Se trata exactamente de la misma clase de asamblea, cuyo propósito es, según el Artículo 347: “transformar al Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”. El artículo no dice, por cierto, que sea el objeto de una constituyente destituir a los mandatarios constituidos por elección o nombramiento, o “salir de un régimen”.
Es para este propósito que precisamente existe la institución electoral. Los gobiernos democráticamente electos, como el de Chávez, se sustituyen, en democracias, por elección popular. En nuestro caso, además, podemos causar anticipadamente una elección presidencial mediante un referéndum revocatorio. Este expediente vuelve a estar disponible desde el arranque de 2010. Baduel ha estimado que tomaría todo un año instalar la constituyente omnímoda (“originaria”) que vislumbra. Es decir, que pudiera destituirse a Chávez (en su opinión) no antes de mediados de 2009. El ahorro temporal que propone, por tanto, sería de sólo seis meses, si es que en verdad puede cumplirse el cronograma que ha previsto.
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Pero es verdad que el Poder Constituyente Originario—no, repetimos, una asamblea constituyente—tiene la cualidad de supraconstitucionalidad. Es doctrina constitucional venezolana, asentada en sabia decisión de la antigua Corte Suprema de Justicia (19 de enero de 1999), que el Pueblo, que crea la Constitución, no está limitado por ella, que sólo limita al Poder Constituido. El Poder Constituyente Originario, no una asamblea constituyente, sólo está limitado por los derechos humanos—ni siquiera un referéndum de asistencia universal y voto unánime puede autorizar la tortura—y los tratados internacionales válidamente admitidos (porque otro Estado es par del nuestro y tan soberano como el nuestro).
En particular, el Poder Constituyente Originario, no una asamblea constituyente, puede abolir enteramente a un gobierno particular por acto directo en cualquier instante, esté o no cumplido un período constitucional o madura la ocasión para un referéndum revocatorio. La doctrina pertinente fue expuesta por primera vez, y con gran claridad, en la Declaración de Derechos de Virginia (12 de junio de 1776): “…cuando cualquier gobierno resultare inadecuado o contrario a estos propósitos [el beneficio común y la protección y la seguridad del pueblo, la nación o la comunidad] una mayoría de la comunidad tendrá un derecho indubitable, inalienable e irrevocable de reformarlo, alterarlo o abolirlo, del modo como sea considerado más conducente a la prosperidad pública”.
La clave del asunto reside, como se ha destacado más de una vez en esta publicación, en que el sujeto de ese derecho es una mayoría de la comunidad. Y he aquí, finalmente, el quid político de la cuestión. ¿Existe en los actuales momentos una mayoría clarísima y suficiente para abolir el régimen de Chávez desde el Poder Constituyente Originario? No lo creemos. La encuestadora estadounidense Evans McDonough (Varianzas) concluyó hace dos semanas una encuesta de 1.200 entrevistas (error de muestreo de 2,8% y nivel de confianza de 95%) que arrojó, entre otros muchos, los siguientes datos: el 43% de los encuestados evalúa negativamente la gestión de Chávez, pero 42% lo hace positivamente y 14% la tiene por “regular”.
¿Puede garantizar Raúl Isaías Baduel que esas proporciones habrán variado dramáticamente contra Chávez al cabo de un año, que es lo que piensa tomaría elegir una asamblea constituyente? Es difícil asegurar ese resultado, sobre todo si se toma en cuenta la reciente muestra de astucia conciliatoria que Chávez ha ofrecido, lo que puede amellar las navajas opositoras que lo tallan, con razón, como arbitrario y pendenciero, un cargo que le ha costado sus puntos.
Es por tales razones que esta carta decía en su número 278 (El mundo encima, 13 de marzo de 2008, citado la semana pasada por otras razones): “Una cierta sabiduría emerge en Venezuela en cabezas opositoras a Chávez y parece generalizarse. En días recientes, quien escribe ha podido escuchar y leer, en más de un sitio, la paciente y sensatísima opinión de que todavía debe permitirse que Chávez se cueza en su propia salsa. Es preciso, se sostiene, que el rechazo nacional a su figura crezca hasta el borde de la unanimidad; que el aprendizaje del pueblo acerca de su malignidad se haya generalizado. Sólo así, se arguye, será posible su abandono del poder sin que sea tenido como mártir inmolado por su fe antiimperialista. Es necesario que su coartada quede descubierta universalmente. No debe haber apuro, entonces. La oposición a Chávez por contención se ha vuelto de nuevo posible, a raíz de su primera derrota electoral el 2 de diciembre pasado y la incesante serie de traspiés internacionales con los que se ha tambaleado. Esto es, seguramente pagaríamos un costo mientras se generaliza la opinión en su contra. pero eso sería un costo muy menor al que ya hemos pagado, puesto que su capacidad para hacer estropicios se ha visto considerablemente reducida”.
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En síntesis: la idea de convocar una nueva constituyente es pésima. Si lo que quiere el general Baduel es “salir del régimen” con la fuerza del Poder Constituyente Originario, que apele directamente a él y le haga firmar, en clara mayoría, una sencilla acta de abolición. No es necesario, para nada, el engorroso e incierto trabajo de convocar y elegir una constituyente que muy bien pudiera ser un clásico tiro por la culata (imagen que el militar que es Baduel—“Yahvé Elohim de los ejércitos”—entenderá perfectamente).
Son estas cosas las que opongo a “Mi solución”, mientras adquiero ese libro y puedo leerlo con seriedad.
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por Luis Enrique Alcalá | Jun 12, 2008 | Cartas, Política |

Hace unos días decía Ibsen Martínez en el diario Tal Cual: “Los lectores, pienso seriamente, deberían llevar anotaciones, como se hace en el parque de béisbol, y tomar en cuenta el average de aciertos que muestren sus analistas favoritos”. (Perder es cuestión de método, 2 de junio). No será un promedio de bateo, pero esta publicación produjo un límpido hit el pasado 13 de marzo: “No es noticia fresca para las FARC, por consiguiente, su propio desplome, signado por el repliegue, la precariedad y la disensión intestina. Es más, ahora parece probable que hubieran depuesto ya las armas para este momento de no haber mediado el aliento y el apoyo material y financiero que les haya hecho llegar el gobierno presidido por Hugo Chávez. Es muy probable que hayan sido los sueños opiáceos—más bien cocáceos—de Chávez lo que haya frenado una capitulación más temprana de los irregulares, al persuadirles de que sus fuerzas, sumadas a las tropas hermanas de Venezuela, Ecuador y Nicaragua podrían acabar con la podrida cúpula uribista, heredera de los asesinos del Libertador en Santa Marta. Pero ahora van a constatar que son tan desechables para Chávez como lo son Rafael Correa, Luis Tascón, Juan Barreto o Raúl Baduel. Ahora verán cómo el apoyo del gobierno venezolano se esfuma súbitamente. No es Chávez quien querrá mantenerse en sociedad con unos perdedores. Antes explicará a Fidel Castro que los guerrilleros en Colombia no sirven para nada, y que son una causa perdida”. (El mundo encima, Carta Semanal #278 de doctorpolítico).
Al menos acá, por tanto, no hubo sorpresa alguna en la amonestación que Hugo Chávez hiciera a las FARC en su acostumbrado sermón dominical.
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Por supuesto que la admonición se inscribe en una serie de repliegues ordenados por Chávez. Todos, por supuesto, repliegues de amagos expansivos, no de posiciones ya alcanzadas. (Es decir, tampoco se trata de devolver SIDOR a Ternium o el canal 2 a las Empresas 1BC). Cada reciente retroceso corresponde al freno de operaciones emprendidas por él o su gobierno, a las que voltea luego de que suscitan importante oposición. La imposición de normas demagógicas de admisión a las universidades, el currículo “bolivariano”, la declaración de las FARC como insurgentes, la prohibición de aumentar el costo de los pasajes en Caracas, el cobro de la transmisión de videos de Venezolana de Televisión, la Ley de Inteligencia y Contrainteligencia. En apariencia estamos ante un Chávez desconocido, un Mr. Hyde que regresa a la educada placidez inglesa del Dr. Jekyll. La inglesa revista The Economist se permite decir que Chávez ha alcanzado en vueltas en U rango de experto.
¿A qué se debe conducta tan poco característica?
Una primera explicación obvia es que Chávez, escarmentado con los resultados del 2 de diciembre y enfrentado a las elecciones del próximo 23 de noviembre, no quiere poner en peligro el desempeño de las candidaturas oficialistas. Esta consideración, sin duda, ocupa sus análisis e informa sus decisiones recientes. Si una cantidad significativa de gobernaciones y alcaldías en poder de los chavistas es ganada por la oposición, aun cuando una mayoría de ellas permanezca en manos de candidatos del PSUV y sus aliados, tal cosa se interpretaría como que el gobierno pierde terreno, y como un segundo revés electoral. El mito de su invencibilidad, ya horadado profundamente en diciembre pasado, recibiría un nuevo golpe y prepararía las posibilidades para un más sonado triunfo opositor en las muy importantes elecciones de la Asamblea Nacional del año que viene.
Pero una manera complementaria de ver la cosa es que los opositores al gobierno han crecido en potencia y eficacia, y que han logrado ellos este viraje. Puede ser. En el mismo #278 de esta carta se afirmaba: “La oposición a Chávez por contención se ha vuelto de nuevo posible, a raíz de su primera derrota electoral el 2 de diciembre pasado y la incesante serie de traspiés internacionales con los que se ha tambaleado”. (Y mucho antes, Ibsen, se hablaba de esta posibilidad, por ejemplo tan temprano como en el #56, del 2 de octubre de 2003: “En 1999 fue posible recomendar que no se entendiera la oposición a Chávez como su negación. Era imposible negarle. Era un fenómeno telúrico, como el Caroní. Lo primero que puede intentarse ante un fenómeno así es la contención… La oposición pudo hacer bastante más contención de la que hizo”. Y se añadía ya desde entonces: “Pero no basta, naturalmente, la mera contención. Para ganarle a Chávez hay que rebasarlo con un discurso de orden superior. La única oposición viable a Chávez es por superposición”).
Otros dos factores, sin embargo, deben ser tomados en cuenta. El primero es el miedo. En este caso, el miedo a una intervención directa e inminente de los Estados Unidos, tal vez al estilo de la remoción quirúrgica de Manuel Antonio Noriega, en tiempos de la presidencia de Bush papá. Chávez tuvo los riñones de decir a las FARC que su mera existencia era un pretexto para el ataque del “imperio” contra él, contra Evo Morales, Rafael Correa y Daniel Ortega, y que en cuanto las FARC depongan las armas la excusa estadounidense dejará de existir. Esto lo dice quien no hace nada pedía un minuto de silencio por un guerrillero muerto, cuyo ministro Rodríguez Chacín fue sorprendido en un video que lo grabó alentando efectivos de las FARC a la lucha; esto lo dice quien a comienzos de año abogaba por reconocer a las FARC como beligerantes según definición de convenciones ginebrinas.
Ahora, a toda máquina, da vuelta en U, dice a las FARC que son anacrónicas y declara que “está trabajando” para establecer relaciones amistosas y productivas con el próximo presidente de los Estados Unidos. Ha debido sentirse peligrosamente expuesto para lanzar señales tan opuestas, no a recientes ejecutorias suyas, sino a su larga prédica antiimperialista.
Ahora expone que la lucha de guerrillas ya no tiene sentido en América Latina; el año pasado, no obstante, se llenaba la boca con lo de, no uno, sino varios Vietnam en nuestro continente y con la prédica de la «guerra asimétrica», que el general Raúl Isaías Baduel había incluido en discurso suyo (1Ëš de julio de 2004) sobre las hipótesis de guerra para Venezuela. Eleazar Díaz Rangel parafraseaba a Baduel de esta manera: “1) Guerra de Cuarta Generación, con posible confrontación asimétrica; 2) desestabilización y desarticulación del país mediante golpe de Estado, subversión o acciones de grupos separatistas; 3) conflicto regional, que podría derivarse del estado de violencia interna en Colombia, en el que participa Estados Unidos con algo más que el Plan Colombia, y usar el pretexto de que Venezuela es promotor de violencia en ese país para utilizarlo como ‘casus belli’ y propiciar una intervención en el nuestro: y, 4) invasión directa de Estados Unidos, no descartable en vista de la política desarrollada por Estados Unidos, sobre todo en Oriente Próximo”. Por su parte, Edgar C. Otálvora afirmaba en julio de 2007: «Los militares de Chávez piensan que ‘el imperio’ atacará a Venezuela usando a Colombia de intermediario. En ello coinciden los generales Alberto Müller Rojas y Raúl Baduel y, seguramente, el nuevo ministro de Defensa, general Rangel Briceño». Habría razones para el miedo, aunque más recientemente Baduel también ha dado vuelta en U, al decir que sería Chávez quien busca la confrontación con Colombia y los Estados Unidos para suscitar un nacionalismo artificialmente exacerbado.
El segundo factor, característico del concepto político-estratégico de Chávez, tiene que ver con la incitación a que quienes por estos días conspiran muestren su juego. Si da apariencias de debilidad, calcula, puede hacer creer a estos enemigos que su caída es inminente—como anunciaban Carmona Estanga y Ortega el 5 de marzo de 2002 desde la quinta La Esmeralda—y provocaría así su precipitación. Este juego ya lo ha jugado antes, y de nuevo Raúl Isaías Baduel ha declarado hace poco (por algo será) que Chávez provoca la insurrección.
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Los retrocesos más vistosos, por supuesto, son la sacada de la alfombra a las FARC y la derogación de una ley (de Inteligencia y Contrainteligencia) que promulgó él mismo hace menos de un mes (14 de mayo).
En el primer caso es, naturalmente, la necesidad imperiosa de desvincularse de la comprometedora evidencia en los computadores de Raúl Reyes la preocupación principal. Ayer nomás se puso al vicepresidente Carrizales a decir que esa evidencia es inválida, de modo que el tema está muy presente en las conciencias del gobierno. Reporta Yolimer Obelmejías en El Universal: “El Vicepresidente de la República, Ramón Carrizalez, reiteró hoy que no se le puede dar validez a los informes dados a conocer por la Interpol sobre las computadoras del segundo líder de las FARC, Raúl Reyes, muerto en marzo del presente año”.
Teodoro Petkoff hizo semanas atrás una aguda observación: que sobre el affaire de los computadores de Reyes habían hablado Raimundo y todo el mundo, pero no las propias FARC. Ese silencio era, decía, atronador.
¿Qué pudieran decir ahora las FARC, cuando su más connotado campeón las abandona? Si la cosa fuese que Hugo Chávez les hubiera dejado en el esterero, entonces sería esperable la indignación del comandante Cano, quien debiera mandarlo a freír monos y de paso asegurar que todo lo que dicen las computadoras es cierto.
Pero puede muy bien ser que las FARC estuvieran avisadas del “inesperado” movimiento de Chávez. Entre las cosas que Chávez sabe hacer muy bien es percatarse de cuándo ha sido derrotado, lo que declara de inmediato. En el Museo Militar lo supo el 4 de febrero de 1992, y se rindió invitando a los restantes conjurados a deponer las armas. Lo supo en Miraflores el 11 de abril de 2002, y ofreció renunciar a su cargo. Lo supo el 2 de diciembre de 2007 y reconoció su derrota poco tiempo después de la medianoche. Luis Alberto Machado suele decir que, en momentos críticos, Chávez puede actuar como la persona más sensata.
Las FARC mismas, por otro lado, también saben cómo pinta la cosa para ellas. Una vez más, una cita del #278 de la Carta Semanal de doctorpolítico (13 de marzo de 2008): “Como ha destacado más de un analista, las propias FARC emitieron un precoz comunicado al conocerse la muerte de ‘Raúl Reyes’ en Ecuador, en el que indicaron que ese incidente no tendría por qué impedir el proceso de canje ‘humanitario’. Ellas mismas, conocedoras como nadie de su precaria situación militar, no querían interrumpir la ruta hacia su deposición de las armas, única salida que les queda. Ellas saben que sus fuerzas actuales, estimadas generosamente en 8.000 guerrilleros, ya no son sino la sombra de un cuerpo armado subversivo que hace sólo cinco años contaba con 4.000 combatientes más, y que tan sólo el año pasado desertaron de sus filas unos 2.500. Y ese comunicado fue emitido antes de que supieran del segundo golpe durísimo en dos semanas: la muerte de ‘Iván Ríos’ a manos de su propia gente para salvarse de una situación desesperada. Su eficacia terrorista ha disminuido marcadamente: Uribe, que accedió al poder en 2002 sobre la promesa de reducir a las FARC, y que aumentó la fuerza militar colombiana en 44%, ha logrado que la cantidad de secuestros disminuyera en 83% y los ataques terroristas en 76% para 2007”.
Es perfectamente posible, por tanto, que Chávez y las FARC se hayan acordado antes de las “sorprendentes” declaraciones del primero el pasado domingo. Si ahora las FARC siguieran la línea indicada por Chávez, parecerían configurar un resultado que éste pudiera capitalizar, presentándose como el artífice del fin de una guerra de más de cuatro décadas. No faltaría algún desprevenido diputado francés que propusiese su nombre para el Premio Nóbel de la Paz.
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El segundo caso dramático de viraje de ciento ochenta grados es que haya derogado la Ley de Inteligencia y Contrainteligencia publicada en gaceta el 28 del mes pasado. Al justificar su “rectificación” ha dicho que el Artículo 16 de la ley era “desastroso”. Una de dos, entonces: o promulgó a conciencia ese desastroso artículo o, quizás peor, firma y promulga leyes irresponsablemente sin saber lo que hace, como pareció decir al excusarse sobre responsabilidades de “asesores” que habrían desvirtuado el espíritu democrático de la ley.
Cuidado, sin embargo; como se explicó acá la semana pasada, es la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, vigente desde diciembre de 2002, la que establece la obligatoriedad ciudadana de suministrar información relativa a la seguridad, defensa y “desarrollo integral” de la Nación y el carácter penal del desacato. (Artículo 53: “Quedan obligadas todas las personas residentes o transeúntes en el territorio nacional a atender los requerimientos que le hicieren los organismos del Estado en aquellos asuntos relacionados con la seguridad y defensa de la Nación; su incumplimiento acarreará la aplicación de sanciones civiles, penales, administrativas y pecuniarias de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento legal vigente”. Artículo 54: “Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como los funcionarios públicos que tengan la obligación de suministrar los datos e informaciones a que se refiere la presente Ley y se negaren a ello, o que las dieren falsas, serán penados con prisión de dos (2) a cuatro (4) años, en el caso de los particulares; y de cuatro (4) a seis (6) años, en el caso de los funcionarios públicos”). Dicha ley, que sólo repite la obligatoriedad y la penalización introducidas en la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa de 1976, que sustituyó y derogó, continúa en plena vigencia, pues el decreto de recule no la deroga. (Mal podría, pues la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación fue aprobada en legislación ordinaria de la Asamblea Nacional. En fecha de su promulgación era Willian Lara el Presidente de la Asamblea Nacional, Rafael Simón Jiménez, hoy en día militante de Un Nuevo Tiempo, su Primer Vicepresidente y Noelí Pocaterra su Segunda Vicepresidente). El lunes 24 de noviembre, al siguiente día de las próximas elecciones estadales y municipales, pudiera emplearse la muy vigente ley para detener gente.
Mas, por ahora, será declarado sin lugar el recurso de nulidad introducido hace dos días, ante el Tribunal Supremo de Justicia, por Herman Escarrá contra la Ley de Inteligencia y Contrainteligencia, puesto que ella ya no existe. Será interesante ver si el abogado Escarrá proseguirá su acción con un recurso similar contra la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, que es la verdadera raíz del problema, y tal vez lo sería preguntarle por qué no se opuso, en su momento, a la antigua ley de 1976.
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Los psicólogos conductistas practicantes suelen rechazar afirmaciones genéricas de sus pacientes. Si algún niño declara en la consulta que su mamá no lo quiere, el psicólogo le pedirá que especifique instancias concretas que justifiquen tan general evaluación. (“No me deja oír la música como yo quiero”, “Me persigue para que me bañe”, “No le gustan mis amigos”, etcétera). Lo que procura el conductista es una descripción precisa de las conductas que causan la desazón del paciente. Sólo así, sostienen, será posible trazar una estrategia terapéutica eficaz.
Pareciera que el presidente Chávez hubiera consultado de nuevo a Edmundo Chirinos para preguntar por qué es que tanta gente no lo quiere. Chirinos, conductista, hubiera podido decirle que ciertas conductas concretas—el arrebatón contra RCTV, su apoyo a las FARC, la Ley de Inteligencia y Contrainteligencia—explican lo que por él sienten muchos ciudadanos. Son casi innumerables los comportamientos específicos de Chávez que generan y acrecientan el rechazo a su persona. El que a hierro mata no puede morir a sombrerazos.
Y es que hay ya desde hace tiempo, incluso recientemente en una parte considerable de quienes votaron por él, la impresión firme de que el Presidente de la República adolece de serios problemas de carácter; que es pendenciero, que es insultante, que es arbitrario, que causa constante sobresalto en la población. Es quizá, entonces, no una conducta específica la razón del repudio, sino su general modo de ser. La terapéutica de los psicólogos conductistas habría sido excedida por su caso.
De ellos, no obstante, pudiera rescatarse otra prescripción típica: si se cuenta en una familia, como en casi todas, con una oveja negra que se porta malísimo, resulta de lo más recomendable reforzarla con estímulos positivos cuando quiera que pegue una y se porte bien. Así, recomendarían, habría que decir: “¡Muy bien, Hugo Rafael! ¡Qué bueno que derogaste la ley que nos tenía tan asustados!” “Te felicito, Hugo Rafael. Has puesto a las FARC en su sitio”. A lo mejor le coge el gusto a esta clase de elogio.
LEA
por Luis Enrique Alcalá | Jun 5, 2008 | Cartas, Política |

Un buen amigo os dirá siempre la verdad; salvo en el caso de que la verdad sea agradable.
Enrique Jardiel Poncela
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El candidato del Partido Socialista de los Estados Unidos a las elecciones presidenciales de 1904, 1908 y 1912 en ese país, Eugene V. Debs, fue arrestado en 1918 y sentenciado a prisión de diez años por haber pronunciado un discurso que “obstruía” el reclutamiento militar en tiempos de la Primera Guerra Mundial. (Obtuvo el perdón del presidente Warren Harding luego de que cumpliera casi tres años de cárcel). Alrededor de setenta y cinco periódicos estadounidenses perdieron el derecho a llevar ejemplares a sus suscritores por correo o recibieron la prohibición de publicar cualquier cosa relativa a la guerra entre junio de 1916 y mayo de 1918. El editor del Milwaukee Leader, un periódico de aquel partido, fue sentenciado a veinte años de prisión. (Tuvo la suerte de ganar una apelación sobre un punto procesal).
En 1919 Charles Schenck, Secretario del Partido Socialista, fue condenado a prisión de veinte años por imprimir y enviar por correo quince mil folletos opuestos a la recluta militar a varones elegibles para la conscripción. La publicación contenía, entre otras, la afirmación siguiente: “Si usted no afirma y apoya sus derechos, está ayudando a negar o despreciar derechos cuya retención es el solemne deber de todos los ciudadanos y residentes de los Estados Unidos”. La Corte Suprema de este país dictaminó otra cosa: en decisión unánime redactada por el famoso Oliver Wendell Holmes, el tribunal sostuvo que la condena recibida por Schenck era constitucional, por cuanto la Primera Enmienda, relativa a la libertad de expresión, no protegía discursos que incitaran a la insubordinación. La Corte razonaba que las circunstancias de la guerra permitían mayores restricciones a la libertad de expresión, y en el proceso echó las bases de la doctrina del “peligro claro e inminente”. (Holmes escribió: “La cuestión, en todo caso, es si las palabras empleadas lo son en tales circunstancias y son de tal naturaleza que crean un claro e inminente peligro de causar los males substantivos que el Congreso tiene derecho de impedir”. También dijo: “La más astringente protección de la libertad de opinión no protegería a un hombre que gritara falsamente ‘fuego’ en un teatro y causara pánico”). En realidad, Schenck sólo sirvió nueve meses de la pena que le fuera adjudicada.
Estas incidencias penales eran el resultado de la aplicación de la Ley de Espionaje de 1917, que declaraba criminal suministrar información (o falsos informes o declaraciones) que llevaran la intención de interferir con “la operación y el éxito” de las fuerzas armadas estadounidenses o promovieran el éxito de los enemigos. (En ciertos casos, tales acciones podían conllevar la pena de muerte). Esta legislación fue aprobada a instancias del presidente Woodrow Wilson, el ex Presidente de la Universidad de Princeton, que pensaba que una disensión extendida en tiempos de guerra era una amenaza real a la victoria de los Estados Unidos. La ley de 1917 fue ampliada por la Ley de Sedición al año siguiente, que consideraba un delito que los ciudadanos emplearan “lenguaje desleal, obsceno, difamatorio o abusivo” dirigido al gobierno de los Estados Unidos, la bandera o las fuerzas armadas en situación de guerra. (La ampliación estipulaba multas no superiores a los diez mil dólares y prisión no superior de veinte años por discursos o escritos de esa clase. Fue derogada por el Congreso de 1921).
El 26 de octubre de 2001, mes y medio después de la demolición de las torres del World Trade Center en los ataques “hiperterroristas” del fatídico 11 de septiembre, George W. Bush ponía el ejecútese a la Ley Patriota, aprobada por amplia mayoría en ambas cámaras del Congreso de los Estados Unidos.
Esa ley extiende la autoridad de las agencias gubernamentales con el fin de combatir el terrorismo. Entre sus estipulaciones, amplía la capacidad de examinar comunicaciones telefónicas y por correo electrónico, así como registros médicos, financieros y de otra naturaleza de los ciudadanos, libera de restricciones a la recolección de inteligencia del exterior dentro de los Estados Unidos, expande los poderes del Secretario del Tesoro para la regulación de transacciones financieras (especialmente las de individuos y entidades extranjeras) y acrecienta la discrecionalidad de las autoridades para detener y deportar inmigrantes sospechosos de haber incurrido en conductas relacionadas con el terrorismo. Más aún, al ampliar la definición de terrorismo para incluir el doméstico, la ley extiende el ámbito al que sus provisiones son aplicables.
La Ley Patriota ha sido cuestionada porque debilitaría la protección de las libertades civiles en los Estados Unidos. Ya algunas de sus estipulaciones han sido declaradas inconstitucionales por varias cortes federales. Siendo que ciertas disposiciones debieron expirar el 31 de diciembre de 2005, los proponentes originales de la ley procuraron con cierta antelación extenderlas indefinidamente. En julio de ese año el Senado aprobó cambios sustanciales, pero luego de que la Cámara de Representantes mantuviera mucho de la redacción original, se llegó a un compromiso en el que la mayoría de los cambios introducidos por los senadores desapareció. Esta versión ligeramente atenuada de la Ley Patriota fue refrendada por el presidente Bush el 9 de marzo de 2006.
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La Gaceta Oficial venezolana Nº 38.940, del 28 de mayo de 2008, publica la novísima Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, emanada del Decreto Nº 6.067, del 14 de mayo de 2008, con rango, valor y fuerza de ley. (En virtud de la ley habilitante vigente). Hay quienes han sostenido que el presidente Chávez no estaba facultado para tal promulgación, pero el numeral 9 de la ley habilitante (En el ámbito de seguridad y defensa), estipula su habilitación para legislar sobre “la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia”. Por otra parte, la ley dictada el 14 del mes pasado y activada el 28 estaba prevista en la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación (2002), cuyo Artículo 26 dice a la letra: “El Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia se entenderá como el procesamiento del conjunto de actividades, informaciones y documentos que se produzcan en los sectores públicos y privados, en los ámbitos nacional e internacional, los cuales, por su carácter y repercusión, son de vital importancia a los fines de determinar las vulnerabilidades o fortalezas, tanto internas como externas, que afecten la seguridad de la Nación. La ley respectiva regulará lo atinente a su organización y funcionamiento”.
Esta pieza ha sido recibida por un contrapunto coral de voces opositoras, que la compara con leyes de Hitler (Carlos Figueredo Planchart), cree que coloca a todos los ciudadanos bajo sospecha y elimina hasta el sigilo sacramental de la confesión católica (Liliana Ortega), sostiene que sustituye el garantismo del Código Orgánico Procesal Penal por un Estado policial de persecución (Jesús Ramón Quintero), argumenta que convierte a Venezuela en una sociedad de informantes (Blanca Rosa Mármol de León), aduce que se ha decretado que los jueces se hagan espías a favor del gobierno (José Miguel Vivanco), opina que es una ley para implantar el miedo a los periodistas y éstos se sientan amenazados y perseguidos y sería en sí misma una violación determinante de los derechos humanos (Miguel Henrique Otero), evalúa que estuvo muy mal redactada, carece de técnica legislativa y adolece de notables vicios (Rocío San Miguel), estima que siembra la violencia y el terror en el país (Julio Borges) y sentencia que atenta contra las libertades del país (Manuel Rosales). Para determinar la validez de estas calificaciones conviene un examen clínico y comparado de lo que la ley en verdad establece.
En primer término, se destaca el punto de la obligatoriedad, bajo sanción penal, de satisfacer los requerimientos de las autoridades de inteligencia y contrainteligencia (“órganos con competencia especial”) en procura de información relativa a presuntas amenazas a la seguridad, la defensa y el “desarrollo integral” del país. El Artículo 16 de la ley define en su primer parágrafo: “Son Órganos de Apoyo a las actividades de inteligencia y contrainteligencia, las personas naturales y jurídicas, de derecho público y privado, nacionales o extranjeras, así como los órganos y entes de la administración pública nacional, estadal, municipal, las redes sociales, organizaciones de participación popular y comunidades organizadas, cuando le sea solicitada su cooperación para la obtención de información o el apoyo técnico, por parte de los órganos con competencia especial”. Y en su segundo parágrafo establece: “Las personas que incumplan con las obligaciones establecidas en el presente artículo son responsables de conformidad con la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación y demás actos de rango legal y sublegal aplicables a la materia, en virtud de que dicha conducta atenta contra la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación”.
Dicha redacción remite al Artículo 53 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, aprobada hace seis años, que reza así: “Quedan obligadas todas las personas residentes o transeúntes en el territorio nacional a atender los requerimientos que le hicieren los organismos del Estado en aquellos asuntos relacionados con la seguridad y defensa de la Nación; su incumplimiento acarreará la aplicación de sanciones civiles, penales, administrativas y pecuniarias de acuerdo con lo previsto en el ordenamiento legal vigente”. El carácter penal, pues, de la negativa a tales requerimientos, no es nuevo. Por ejemplo, el Artículo 54 de la misma ley especifica: “Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, así como los funcionarios públicos que tengan la obligación de suministrar los datos e informaciones a que se refiere la presente Ley y se negaren a ello, o que las dieren falsas, serán penados con prisión de dos (2) a cuatro (4) años, en el caso de los particulares; y de cuatro (4) a seis (6) años, en el caso de los funcionarios públicos”.
Pero es que esta figura penal tampoco fue inaugurada en la ley de 2002. Su antecesora, la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa (1976), promulgada bajo la presidencia de Carlos Andrés Pérez y aprobada por el Congreso cuyo Presidente era Gonzalo Barrios y cuyo Vicepresidente era Oswaldo Álvarez Paz, ya establecía en el numeral 5 de su Artículo 8 que era facultad del Consejo Nacional de Seguridad y Defensa: “5. Requerir de los organismos públicos, entidades privadas y de personas naturales o jurídicas, los datos, estadísticas e informaciones que considere necesarios para la seguridad y defensa de la República; los cuales tendrán carácter de documentación confidencial o secreta para el Consejo y en ningún caso podrán ser divulgados”. Al mismo tiempo decía en su Artículo 33: “Los particulares nacionales o extranjeros y los funcionarios públicos que se negaren a suministrar informaciones que afecten la seguridad y defensa del país y a los cuales se refiere el artículo 8º de esta Ley, o que las dieren falsas, según libre apreciación del Juez, serán penados con prisión de 1 a 2 años en el caso de los particulares, y de 2 a 4 años en el caso de los funcionarios públicos”. En el tránsito de una ley a otra, por tanto, lo que ha ocurrido es que las penas han aumentado.
Por otra parte, la misma obligatoriedad de la ley venezolana es contemplada en el proyecto de ley sometido por el gobierno de Colombia al Senado de ese país: “Artículo 29. Deber de colaboración de las entidades públicas y privadas. Las entidades públicas y privadas deberán cooperar con las agencias de inteligencia y contrainteligencia para el cumplimiento de los fines enunciados en esta ley”. (El Poder Judicial es, naturalmente, una entidad pública, Aquí se ha dicho que la ley venezolana convierte a nuestros jueces en espías). Se trata acá de un proyecto introducido en octubre de 2007, todavía en discusión. En la exposición de motivos se lee: “El capítulo [octavo] establece deberes de colaboración para entidades públicas y privadas, con el fin de facilitar la labor de las agencias que desarrollan actividades de inteligencia y contrainteligencia para la efectiva realización de su misión constitucional. Al respecto, la Corte Constitucional ha avalado la imposición de deberes de colaboración a los ciudadanos cuando su fin es la protección de la seguridad nacional y el orden público”. Y añade: “Este tipo de deberes no son extraños en el contexto internacional. El rápido avance de las telecomunicaciones, en particular la expansión de la telefonía celular, han creado retos para la seguridad nacional. Por ello en países como EE.UU., se establecieron obligaciones específicas de colaboración para operadores y proveedores de servicios de comunicación (Ley Calea de 2000), que deben informar a los Estados cuando introducen cambios de tecnología y proveer a las autoridades judiciales los protocolos y el software correspondiente”.
Lo que sí constituye una innovación es lo previsto en el Artículo 24 de la nueva Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia: “Se podrá requerir a las personas, en el marco del respeto a sus derechos fundamentales su colaboración para preparar o ejecutar procedimientos operativos y de investigación, manteniendo la confidencialidad o secreto de su colaboración con los Órganos con Competencia Especial. Estos colaboradores deberán dar el tratamiento de información clasificada a aquella que hayan obtenido durante la preparación o ejecución de procedimientos operativos, en los términos establecidos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley”. Aquí ya no se trata de aportar información, sino de coadyuvar en la preparación y ejecución de operativos. En el caso de este tipo de requerimiento, sin embargo y a diferencia de lo especificado en el segundo parágrafo del Artículo 16, no se fija responsabilidad de incumplimiento penable. (Nullum crimen, nulla poena sine lege).
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En otro nivel está la consideración de la inclusión, en la enumeración que hace el Artículo 16 de los sujetos que deberán prestar colaboración, de “las redes sociales, organizaciones de participación popular y comunidades organizadas”. Hay quienes quieren ver en esto un “calco” de las regulaciones cubanas, o la creación de figuras equivalentes a los “Comités de Defensa de la Revolución Cubana”. Pero estas figuras tienen en Cuba funciones diversas, muy detalladas en su normativa, que están completamente ausentes de la ley que nos ocupa. Hay aquí algo de razonamiento paranoico, explicable en una población antigobierno que ha sido sistemáticamente amedrentada. A comienzos del régimen chavista se supuso que la función vigilante y delatora, al estilo de los comités cubanos, sería cumplida por los “círculos bolivarianos”, que el gobierno estimuló directamente desde Miraflores, en evidente abuso y malversación. La verdad es, no obstante, que los otrora temidos círculos—hubo urbanizaciones enteras que invirtieron cuantiosos recursos en sistemas de alarma y defensas físicas contra el “inminente” asalto de sus huestes a partir de 2001—ya no están de moda, y nunca alcanzaron la extensión que el gobierno deseaba. (En su momento cumbre, los “círculos bolivarianos” en Petare no superaron una afiliación del 2% de sus habitantes).
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Las previsiones más controvertidas de la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia tienen que ver con su Capítulo V (De la Actividad Probatoria). Sus prescripciones constituyen, para unos cuantos, el verdadero atentado contra la legalidad y la constitucionalidad en Venezuela. Específicamente, se señala que esas disposiciones coliden con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal. Copiemos, primero que nada, textualmente los dos primeros artículos del capítulo en cuestión:
“Artículo 20
Principio de Legalidad de la Prueba
Todas las informaciones, documentos y objetos inherentes a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación, obtenidos en la actividad operativa y de investigación ejecutadas por los Órganos con Competencia Especial, tendrán el carácter procesal penal de diligencias necesarias y urgentes, sin estar sujetas a otras condiciones temporales o materiales establecidas en la ley.
En el supuesto que las diligencias recaigan sobre hechos definitivos o irreproducibles, o exista temor fundado de su extinción o desaparición, o resulte inminente la comisión de un delito, dichas diligencias serán ejecutadas por los Órganos con Competencia Especial sin requerir orden judicial o fiscal alguna, a tal fin esta situación excepcional deberá ser justificada mediante acto motivado, en donde se exprese la presencia de alguna de las condiciones antes establecidas y que las referidas actividades operativas y de investigación son ejecutadas en resguardo de la Seguridad y Defensa de la Nación. Las resultas de las diligencias en referencias tendrán el carácter de prueba técnica y serán libremente incorporadas al proceso judicial pertinente, permitiéndose posteriormente la materialización del derecho a la defensa, en todas sus formas de expresión y específica mente al control de la prueba y al controvertido.
Artículo 21
Confidencialidad o Secreto de la Prueba
Cuando la integridad de la actividad operativa y de investigación de inteligencia y contrainteligencia requiera el mantenimiento de la confidencialidad o secreto sobre los indicios y pruebas preconstituidas, las mismas se mantendrán en tal estado y solo podrá ser levantada tal clasificación cuando la finalidad inherente a la seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación objeto de la investigación no se vea comprometida, procediéndose a su incorporación sobrevenida en la fase procesal oportuna y correspondiente, garantizando siempre el derecho a la defensa de los procesados”.
Una primera observación es que el lenguaje del Artículo 20 hace alusión expresa al Código Orgánico Procesal Penal, al decir que las informaciones, documentos y objetos resultantes de las diligencias del sistema “tendrán el carácter procesal penal de diligencias necesarias y urgentes”. Este carácter es descrito específicamente en el Código. (“Artículo 284. Investigación de la Policía. Si la noticia es recibida por las autoridades de policía, éstas la comunicarán al Ministerio Público dentro de las doce horas siguientes y sólo practicarán las diligencias necesarias y urgentes. Las diligencias necesarias y urgentes estarán dirigidas a identificar y ubicar a los autores y demás participes del hecho punible, y al aseguramiento de los objetos activos y pasivos relacionados con la perpetración”).
La observación crítica dirigida a estos dos artículos destaca que los órganos del sistema prescindirán de orden judicial o fiscal para realizar sus diligencias. En verdad, para materializar esta prescindencia deben darse primeramente los supuestos que la permiten: “En el supuesto que las diligencias recaigan sobre hechos definitivos o irreproducibles, o exista temor fundado de su extinción o desaparición, o resulte inminente la comisión de un delito…” Son estas condiciones las que el ministro Rodríguez Chacín asimila a la perentoriedad de la situación de flagrancia la que, dicho sea de paso, era la única condición que la Constitución de 1961 exigía para la puesta en custodia de los senadores y diputados, que gozaban de inmunidad parlamentaria. (En el segundo parágrafo de su Artículo 143: “En caso de delito flagrante de carácter grave cometido por un Senador o Diputado, la autoridad competente lo pondrá bajo custodia en su residencia…”)
Luego, los supuestos que autorizan la práctica de diligencias sin orden judicial o fiscal, deben ser plasmados en un acto motivado en la “situación excepcional”, el que posteriormente es incorporado “al proceso judicial pertinente” en la “materialización del derecho a la defensa”.
La falta de orden judicial, por lo demás, es práctica común en muchos países. Así, por ejemplo, la legislación inglesa (Intelligence Services Act, 1994) requiere sólo una autorización del Secretario de Estado para “la entrada o interferencia en la propiedad o la telegrafía sin hilos”, cuando estima valiosa la actuación y que sus resultados no puedan lograrse por otros medios.
También puede compararse el procedimiento venezolano recién pautado con previsiones del proyecto de ley colombiano antes citado. Por ejemplo, dice este proyecto: “Artículo 8°. Autorización y documentos soportes. Las misiones y operaciones de inteligencia y contrainteligencia deberán estar plenamente soportadas y autorizadas por orden de operaciones o misión de trabajo emitida por el superior jerárquico, según la naturaleza de la operación. Toda actividad de inteligencia y contrainteligencia a través de la cual se desarrolle una misión u operación estará enmarcada dentro de éstas y deberá ser reportada”. Adicionalmente dicen los numerales 1 y 3 de su Artículo 5: “5.1. Principio de necesidad. Las actividades de inteligencia y contrainteligencia deben ser necesarias para alcanzar los fines constitucionales deseados; podrá recurrirse a ellas siempre que no existan otros medios que afecten en menor medida los derechos fundamentales”. “5.3. Principio de proporcionalidad. Las actividades de inteligencia y contrainteligencia deberán ser proporcionales a los fines buscados y sus beneficios deberán exceder las restricciones impuestas sobre otros principios y valores constitucionales”. Esto es, la propuesta (por el gobierno) legislación colombiana supone de entrada que en la ejecución de operaciones de inteligencia y contrainteligencia “derechos fundamentales”, “principios y valores constitucionales” serán afectados. En este sentido, la ley venezolana tiene la ventaja de haber especificado un procedimiento preciso, ante la indefinición genérica de las previsiones colombianas, las que pudieran dar paso a abusos peores.
Pudiera argumentarse que el proyecto del gobierno de Colombia hace declaraciones de respeto a los derechos constitucionales, como así: “Artículo 4°. Límites y fines de la actividad de inteligencia y contrainteligencia. Las actividades de inteligencia y contrainteligencia estarán limitadas en su ejercicio al cumplimiento estricto de la Constitución, la ley, el respeto de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional Humanitario, y en especial al apego al principio de la reserva legal, que garantiza la protección de los derechos a la honra, al buen nombre, la intimidad personal y familiar y al debido proceso”. Pero, igualmente, la ley venezolana establece lo mismo en redacción más sintética: “Artículo 1. Objeto. El presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley tiene como objeto desarrollar la organización, funcionamiento y competencias del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, con fundamento en las normas, principios y valores establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes que regulan la materia”. Y también reitera: “Artículo 3. Definición y Principios. El Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia es el conjunto orgánico y material, conformado por los órganos y entes que dirigen y ejecutan actividades de inteligencia y contrainteligencia bajo los principios de legalidad, honestidad, coordinación, corresponsabilidad, cooperación, competencia, lealtad institucional, celeridad, eficacia y eficiencia, en estricta observancia de los derechos y garantías constitucionales”.
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Hay, por supuesto, otras críticas a la ley del 28 de mayo. Un caso es el de la confidencialidad de ciertos procedimientos y la protección de los acusadores, que parecieran negar el derecho a la defensa porque “no se sabría” de qué se acusa a alguien y quién lo hace. Esto es una exageración, por un lado y, por el otro, se trata de normas comunes a las leyes sobre la materia en muchos países. De nuevo el proyecto de ley debatido en Colombia estipula cosas como ésta: “Artículo 15. Reserva. Por la naturaleza de las funciones que cumplen las agencias que desarrollan actividades de inteligencia y contrainteligencia sus documentos, información y elementos técnicos, estarán amparados por la reserva legal por un término máximo de 40 años y tendrán carácter de información clasificada según el grado que les corresponda en cada caso”.
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Pero, en opinión de esta publicación, el problema no es tanto la letra de la ley sino el espíritu de su ejecutor. Éste no es otro, por ahora, que un gobierno que ha dado reiteradísimas muestras de su propensión al abuso. En fin de cuentas, estamos en el país de la “Lista de Tascón”, violatoria de garantías constitucionales y reconocida por el propio Presidente de la República como cumplidora de una función útil a la revolución.
La grandilocuencia revolucionaria lleva, por lo demás, a categorías de gran indefinición, como la inclusión del “desarrollo integral” de la Nación en el ámbito de la ley. Claro que el Artículo 4 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación define la entelequia: “Artículo 4° El desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecución de planes, programas, proyectos y procesos continuos de actividades y labores que, acordes con la política general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente, se realicen con la finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la población, en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar”. Es decir, absolutamente todo. Tal exhaustividad es peligrosa en manos de gobernantes arbitrarios, y hace recordar la identificación entre seguridad y desarrollo que era propia de la tristemente célebre “Doctrina de Seguridad” de los gorilas militares argentinos y brasileños de la década de los sesenta.
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Más en el fondo, hay un problema previo y superior. Éste es el reconocimiento de que la seguridad del Estado no es el fin supremo de las repúblicas, sino su valor intrínseco de respeto a sus constituyentes individuales, a los ciudadanos y sus derechos.
En 1967 la Corte Suprema de los Estados Unidos anuló una provisión de la Ley de Control de Actividades Subversivas de 1950, que declaraba criminal para los miembros del Partido Comunista trabajar en una planta de defensa. La corte sostuvo que la provisión violaba la libertad de asociación garantizada en la Primera Enmienda de la Constitución. El Juez Presidente Warren fue el ponente de la decisión, y escribió: “Este concepto de la ‘defensa nacional’ no puede ser entendido como un fin en sí mismo, justificativo de cualquier ejercicio de poder legislativo diseñado para promover ese objetivo. Está implícita en el término ‘defensa nacional’ la noción de defender aquellos valores e ideales que distinguen a esta nación. Durante casi dos siglos, nuestro país ha encontrado singular orgullo en los ideales democráticos consagrados en su Constitución, y los más apreciados de estos ideales han encontrado expresión en la Primera Enmienda. Sería verdaderamente irónico que, en nombre de la defensa nacional, sancionáramos la subversión de una de aquellas libertades—la libertad de asociación—que hacen que la defensa de la nación valga la pena”.
Esta lucidez prestada del juez Warren es lo que debiéramos oponer, como Pueblo y Poder Constituyente Originario, a una aplicación aberrante de la nueva Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia, la que en sí misma no difiere mucho de leyes análogas en muchos países tenidos por civilizados.
Eso sí: sin histeria paranoica e irreflexiva. El tratamiento dado a la nueva legislación por la mayoría de las voces opositores ha sido, en general y lamentablemente, superficial y poco serio.
LEA
por Luis Enrique Alcalá | May 29, 2008 | Cartas, Política |

Juventud, divino tesoro,
¡ya te vas para no volver!
Cuando quiero llorar, no lloro…
y a veces lloro sin querer…
Rubén Darío
Canción de otoño en primavera
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Cuando comenzaban a correr los muy remotos días de 1969, el primer año de gestión del primer gobierno de Rafael Caldera, su Ministro de Educación de entonces, el Dr. Héctor Hernández Carabaño, pidió al hoy difunto Dr. Alfredo Anzola Montauban—gran señor de las iniciativas privadas de compromiso o responsabilidad social—que reuniese en su casa a una veintena de amigos—empresarios, ejecutivos privados, académicos—para plantear una cuestión que le preocupaba grandemente. Explicó el Ministro a los circunstantes que el Congreso de la época, dominado mayoritariamente por Acción Democrática, había reducido prácticamente todas las partidas del presupuesto nacional, con el interés político de hacerle la vida más difícil al presidente Caldera. El recorte había alcanzado a todos los ministerios, salvo—milagro divino o lo que nuevamente sería interés político o populista de los adecos—al despacho de Educación, el que no sólo no había sufrido reducción presupuestaria, sino que, por lo contrario, había obtenido un incremento respecto del presupuesto anterior en la fabulosa suma (para entonces) de 120 millones de bolívares al año. (Unos veintiocho millones de dólares, que a la tasa de CADIVI representarían hoy 60 millones de bolívares fuertes o 60.000 millones de los débiles).
La felicidad de Hernández Carabaño había durado poco, sin embargo. A las pocas semanas de este aumento en los recursos, uno de los consabidos conflictos laborales del magisterio—también controlado sindicalmente por Acción Democrática—había succionado 80 de esos 120 millones, y luego un inventario físico de las edificaciones escolares había determinado la necesidad de gastar de emergencia los restantes 40 millones, so pena de que los techos de varias escuelas se desplomaran sobre los alumnos. Hernández declaró, pues, que no le restaba ni un solo bolívar para invertir en nuevos programas que pudiesen innovar sobre el mero mantenimiento de lo existente.
Esto no era, no obstante, lo que más preocupaba al Ministro de Educación. La más angustiada de sus cuitas tenía que ver con un problema que ya no era de recursos financieros, sino de tiempo para manejar el cambio. Según confió Hernández Carabaño aquella noche en la casa que Anzola tenía en Los Campitos, su gestión como Ministro no pasaba la de ser un apagafuegos, y vivía de crisis en crisis, absolutamente impedido para dedicar un minuto siquiera al problema más importante del futuro de la educación venezolana. Era por esto que había solicitado la reunión, puesto que lo que quería de los invitados era que se apropiaran la tarea de pensar constructiva y creativamente sobre ese futuro.
A más de un cuarto de siglo de distancia, el Prof. Antonio Luis Cárdenas, Ministro de Educación del segundo gobierno de Caldera, se quejaba de que le resultara muy difícil cambiar la educación nacional desde adentro del “monstruo” del Ministerio de Educación.
En ese entonces, la más reiterada imagen en los discursos presidenciales de Rafael Caldera era la alegoría del túnel que Venezuela cruzaba en la oscuridad. Pudiera decirse que el presidente Caldera entendía su segunda misión como la de guiarnos en las tinieblas, y que tal vez sentía que tocaría a otros ejercer el liderazgo a campo abierto y a plena luz del día. Una clave de esta última presunción podía hallarse en la más importante de las declaraciones contenidas en su discurso de Año Nuevo, el 1º de enero del año de gracia de 1996. Al referirse a la abstención de la mitad de los Electores en las recién celebradas elecciones estadales y municipales, Rafael Caldera estimaba que tal hecho constituía una atractiva invitación para que “nuevos valores humanos, nuevas ideas, nuevas organizaciones políticas” se incorporasen a lo que llamó el debate trascendente.
El segundo gobierno de Rafael Caldera, pues, no fue sino la amplificación, a niveles desproporcionadamente altos, de la situación que le tocó vivir a Héctor Hernández Carabaño en el Ministerio de Educación de 1969. Seguramente había intentos por alcanzar metas más trascendentes que la mera estabilización económica en aquella época, pero, en términos generales, aquel gobierno estuvo signado, desde el comienzo, por una situación de recrecida crisis, a partir sobre todo de la débâcle del sector bancario, que se convirtió en la madre de todas las crisis. Por eso pensaba Ramón Escovar Salom, Ministro de Relaciones Interiores, que el principal problema del período era el de la “gobernabilidad”. El mismo fenómeno de la escasez de tiempo para la consideración estratégica, la sobrecarga táctica en el manejo de crisis tras crisis, continuaba predominando.
El Estado venezolano estaba urgido, sin duda, de una profunda reingeniería, tanto por causas de su propia patología, de su propia escala tumoral, como por razones incontrolables de variación del contexto internacional, en el que aceleradas y profundas transformaciones dejaban atrás las previsiones paradigmáticas de la Constitución de 1961 y los conceptos políticos de los inicios de la democracia en nuestro país. La pregunta de entonces era ¿conviene que sea el mismo gobierno el que se reforme a sí mismo, o se necesita un intervalo en el que la misión sea, exclusivamente, producir ese cambio profundo del sistema al que, una vez transformado, podrían venir a operar los líderes del futuro?
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Nuevamente han salido a la calle los estudiantes que tuvieron destacada participación el año pasado, cuando la cesación de la licencia de señal abierta de televisión en poder de las Empresas 1BC les impulsó a la protesta, convirtiéndoles en protagonistas políticos instantáneos. Ayer rememoraron la circunstancia, marcharon por la ciudad y fueron a entregar a la Asamblea Nacional un pliego de peticiones. Reporta Carolina Contreras en El Universal las explicaciones de Ricardo Sánchez, Presidente de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad Central de Venezuela: “El dirigente estudiantil explicó que el documento consta de varios puntos en donde piden que se restituya la señal de RCTV, detener el periodo de Ley Habilitante para el presidente, aprobar la Ley de Seguridad Social, debatir el presupuesto de las universidades nacionales, experimentales y garantizar los derechos laborales de los trabajadores independientes y que se abra un debate sobre el desarme de la población”.
¿Cómo explicaban ayer los estudiantes su reiterada presencia? Jon Goikoetxea, postuló la meta de “generar un movimiento capaz de transformar la terrible realidad del país que es la peor restricción de libertades, la pobreza, la inseguridad y la violencia”. Por su parte, Ricardo Sánchez apuntó: “El compromiso de los estudiantes está más vigente que nunca, Tenemos más razones para seguir en pie de lucha porque no ha habido rectificación ni respuestas para los requerimientos del pueblo venezolano”. Y añadió Roberto Álvarez, presidente adjunto de la Federación de Centros de la Universidad Simón Bolívar: “Vamos a seguir en las calles exigiendo que se nos respete el derecho a elegir, qué canal queremos ver y por qué gobernante queremos votar”.
Las dos últimas formulaciones describen una misión de protesta; la primera anticipa un movimiento para “transformar la realidad”. El año pasado, algunos de los líderes del movimiento estudiantil llegaron a expresar que ellos constituían las “nuevas caras” para el reemplazo político que Caldera solicitaba en 1996. El mismo Ricardo Sánchez, por ejemplo, declaraba: “Llegó el relevo y asumamos los espacios de dirección política tanto universitaria como de la calle en términos de darle nuevas caras y rostros al país”.
Por el mero hecho de ser jóvenes, parecía, estaban políticamente legitimados, desde una cierta sospecha respecto de gente de mayor edad. Ya en el siglo XVII Francis Bacon parecía darles la razón, escribiendo de este considerable problema en su ensayo “Sobre la Juventud y la Edad”: “Los hombres de edad objetan demasiado, consultan demasiado tiempo, arriesgan demasiado poco, se arrepienten demasiado pronto, y rara vez impulsan los asuntos hasta el fin, sino que se contentan con una mediocridad de éxito”.
Bacon publicaba sus ensayos, sin embargo, en 1625, cuando ya había alcanzado lo que para la época era edad provecta: sesenta y cuatro años. Por otra parte, en el mismo ensayo advertía antes: “Un hombre que es joven en años puede ser viejo en horas, si no ha perdido tiempo. Pero eso ocurre raramente. En general, la juventud es como las primeras cogitaciones, no tan sabias como las segundas… Las naturalezas que tienen demasiado calor, y grandes y violentos deseos y perturbaciones, no están maduras para la acción hasta que han pasado el meridiano de sus años… Los jóvenes, en la conducta y manejo de las acciones, abrazan más que lo que pueden retener, agitan más que lo que pueden aquietar, vuelan hasta el final sin consideración de los medios y los grados, persiguen pocos principios con los que se han topado de manera absurda, no se preocupan de innovar pues esto trae inconvenientes desconocidos, usan al comienzo remedios extremos y esto, que duplica todos los errores, no lo reconocerán ni de ello se retractarán, como un caballo que no está listo y no se detiene ni da vuelta”.
La verdad es que si Hugo Chávez cesara mañana en sus funciones por cualquier causa, o si su mandato fuera revocado en 2010, no existe en el movimiento estudiantil capacidad suficiente para encargarse de la República. Su refrescante presencia es, por supuesto, muy bienvenida; pero todavía no hay en su seno las soluciones profundas a nuestros problemas políticos principales. Ahora es cuando los jóvenes de vocación pública tienen que aprender y cavilar.
Cuando un ser humano padece una terrible enfermedad, es muy natural que desee un remedio simple y definitivo. Así pasa con las sociedades: en el caso de la nuestra, aquejada de chavoma agudo, no son pocos los que prefieren las explicaciones y las soluciones simples. Por ejemplo, creer que la fecha magnífica del 2 de diciembre de 2007 se debió al movimiento estudiantil, que a su vez surgió del hecho arbitrario de despojar a RCTV de su señal abierta. Como esto sería así, había que marcar ayer esa efeméride inicial con un recuerdo efectista del arrebatón.
Esto, sin embargo, no es sino acción meramente táctica. Las tareas requeridas son más profundas, más estratégicas, y pasan por la concepción y emergencia de un nuevo tipo de organización política. En su diseño, en su espacio, la contribución de los jóvenes será crucial. El lunes de esta semana un artículo en The New York Times indicaba que la razón de fondo del triunfo de Barack Obama sobre Hillary Clinton es que ésta sería una mentalidad del siglo XX, mientras que la de su contendor es del siglo XXI, aludiendo al inteligente e innovador uso de Internet en la campaña del Senador por Illinois.
La superación de nuestra agobiante realidad política, por supuesto, no será posible sin nuestros estudiantes, pero ellos solos no son en absoluto suficientes.
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