
Estopa constituyente-referendaria-oficialista-opositora no tan pacífica, democrática, electoral y constitucional
Comedia de enredo: Comedia de intriga y trama complicada en la que los personajes se hallan confusos por lo extraño de ciertos comportamientos y sucesos.
Oxford Living Dictionaries
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Conozco a un caballero que carece de un brazo (lo perdió en un accidente en una construcción hace muchos años). Aficionado a los ruidos que atronan la Navidad y el Año Nuevo, hombre acomodado, solía gastar cantidades considerables de dinero (ya no lo hace) comprando fuera de Caracas unos buenos cohetones, que encendía con gran pericia echándolos a volar. Es él mismo el mentís de un refrán venezolano: «Más enredado que mocho prendiendo un cohete»; nunca lo noté enredado. Esa notable hazaña sugiere que es posible desenredar el lío político de Venezuela de estos días con intención de disolverlo, claro, pero primero para el más modesto propósito de entenderlo.
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Ayer presentó el presidente Maduro su diseño de las bases comiciales para la elección de una asamblea constituyente verdaderamente elefantiásica: un total de 540 diputados constituyentes—quinientas cuarenta dietas, quinientos cuarenta sueldos—, de los que 364 se escogerán territorialmente y 176 sectorialmente. Los primeros no serán elegidos, como en 1999, en una circunscripción nacional y las habituales circunscripciones estadales, sino en cada uno de los municipios del país. Pero ya no, como en ese año, de modo exclusivamente territorial. Además se elegirá diputados por sectores; dijo Maduro:
“El Consejo Nacional Electoral deberá solicitar los registros de los sectores a las instituciones oficiales, gremios y asociaciones debidamente establecidos. La información correspondiente al sector de los trabajadores y trabajadoras deberá solicitarla de acuerdo con los tipos de actividad laboral que clasifico de la siguiente manera: petróleo, minería, industrias básicas, comercio, educación, salud, deporte, transporte, construcción, cultores, intelectuales, prensa, ciencia y tecnología y administración pública. La información del sector estudiantil deberá solicitarla de acuerdo con la clasificación: a) Educación universitaria pública. b) Educación universitaria privada y c) Misiones educativas. El Consejo Nacional Electoral una vez recibidos los distintos registros, podrá agruparlos por área de similar condición y distribuirlos según la base poblacional establecida. Parágrafo único: A fin de preservar el principio de un elector un voto ningún elector podrá estar en más de un registro sectorial. A tal efecto el Consejo Nacional Electoral deberá garantizar este principio de acuerdo al siguiente orden de prelación: 1. Empresarios; 2. Campesinos y pescadores; 3. Personas con alguna discapacidad; 4. Estudiantes; 5. Trabajadores; 6. Comunas y consejos comunales; 7. Pensionados”.
Quien sea un empresario del sector pesquero a quien le falte un brazo, estudie un postgrado, trabaje como gerente y sea miembro de un consejo comunal le será difícil elegir en qué palo ahorcarse. (¿Dónde se ubicará a los deportistas, a los artistas, a los religiosos, a quien trabaje en una industria que no sea «básica»?) Si voto territorialmente ¿no podré escoger sectorialmente o es que podré emitir un voto territorial y uno sectorial? No pude menos que pensar en el inicio mismo del Prefacio de Michel Foucault a su obra fundamental, Las palabras y las cosas:
Este libro nació de un texto de Borges. De la risa que sacude, al leerlo, todo lo familiar al pensamiento—al nuestro: al que tiene nuestra edad y nuestra geografía—, trastornando todas las superficies ordenadas y todos los planos que ajustan la abundancia de seres, provocando una larga vacilación e inquietud en nuestra práctica milenaria de lo Mismo y lo Otro. Este texto cita «cierta enciclopedia china» donde está escrito que «los animales se dividen en a] pertenecientes al Emperador, b] embalsamados, c] amaestrados, d] lechones, e] sirenas, f] fabulosos, g] perros sueltos, h] incluidos en esta clasificación, i] que se agitan como locos, j] innumerables, k] dibujados con un pincel finísimo de pelo de camello, l] etcétera, m] que acaban de romper el jarrón, n] que de lejos parecen moscas». En el asombro de esta taxinomia, lo que se ve de golpe, lo que, por medio del apólogo, se nos muestra como encanto exótico de otro pensamiento, es el límite del nuestro: la imposibilidad de pensar esto.
Maduro lograría ahora, con la sectorialización de 176 diputados constituyentes, un viejo deseo de Hugo Chávez; en 1998 éste abogaba por una constituyente sectorializada, corporativa. En Contratesis (artículo para La Verdad de Maracaibo del 13 de septiembre de ese año), argumenté en contra de esa manera de componer una asamblea constituyente:
La constituyente debe componerse, a lo Mussolini, corporativamente. (Chávez Frías et al). Esto es, que debe estar compuesta por representantes de distintos cuerpos o unidades sociales: obreros, empresarios, militares retirados, profesionales colegiados, eclesiásticos, etcétera. Muy incorrecto. Nuestra condición de miembros del Poder Constituyente no nos viene de pertenecer a algún grupo o corporación, sino de la condición simple y original de ser ciudadanos. Así, la mejor representación de esta condición se alcanza con la postulación uninominal de candidatos a una diputación constituyente.
Y aunque la mayoría de los diputados sería escogida uninominalmente al nivel municipal, Maduro habrá pensado: «Agarrando aunque sea fallo para reivindicar la memoria del Comandante Eterno». Pero no se crea que tal cosa es una concepción exclusivamente chavista-madurista:
El 11 de febrero de 2015, dos presos y una diputada defenestrada—Leopoldo López, Antonio Ledezma y Ma. Corina Machado—proponían un esquema parecido: “…hacemos un llamado, sin distingos políticos y trascendiendo las diferencias, para que pongamos en marcha, con la urgencia del caso, un Acuerdo Nacional para la Transición en el que esté representada la Unidad de todos los ciudadanos de Venezuela, a través de las visiones de los trabajadores, los jóvenes, los empresarios, los académicos, los políticos, los miembros de las iglesias y de la Fuerza Armada, en fin, de todos los sectores nacionales”. La sociedad no es una torta que se pica en pedazos; quien debe hablar en esta crisis es la Corona en estado puro, no sus fragmentos “sectoriales”. Lo que hay que activar es el Poder Constituyente Originario, y los componentes de ese poder supremo no son sectores sino ciudadanos. Una vez más, se cuela el concepto corporativista en el modo propuesto para la aprobación del tal “acuerdo nacional para la transición”. Esto es, el Pueblo no hablaría desde su propia esencia, sino fraccionado en “sectores” (como pedazos de la “torta social”). (MUDa de piel, 24 de febrero de 2017).
La territorialidad y la sectorialidad son condiciones que uno porta consigo, pero nuestra condición esencial es la de ser uno de los átomos que componen el Pueblo, el Poder Constituyente Originario. Basta ser ciudadano inscrito en el Registro Electoral. Cualquier otra «base comicial» es un bodrio. (Diccionario de la Lengua Española: coloq. Cosa mal hecha, desordenada o de mal gusto).
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También ayer, Freddy Guevara peroraba furibundamente en la Asamblea Nacional, en reacción instantánea a las bases comiciales de Maduro. He aquí el archivo de audio de su discurso:
No es de fácil comprensión el obvio temor de Guevara. ¿Da por sentado que el oficialismo lograría una mayoría en la constituyente? Parece que sí, pero porque anticipa la composición tramposa de esos «registros de los sectores» que «el Consejo Nacional Electoral deberá solicitar (…) a las instituciones oficiales, gremios y asociaciones debidamente establecidos», según la muy opaca especificación de Maduro. Sólo así se entiende que tema la imposición de «una constitución cubana» en Venezuela.
Ahora, si Guevara hubiera hecho su tarea, sabría que tal cosa es imposible sin la anuencia de los Electores, pues cualquier nuevo texto constitucional tendría que ser aprobado por ellos. (Disposición Final Única de la Constitución Nacional: «Esta Constitución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, después de su aprobación por el pueblo mediante referendo»). ¿A qué le tiene miedo Guevara si toda encuesta registra una oposición nacional muy mayoritaria al socialismo? Creo que a una sola cosa: a la posibilidad doblemente imposible de que una asamblea constituyente de mayoría madurista pudiera eliminar la Asamblea Nacional. Tal temor se funda en el precedente de la «preeliminación» del Senado en 1999 y una lectura incorrecta del Artículo 349 de la Constitución:
“El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente”. Su primera oración no hace otra cosa que establecer una diferencia con una ley ordinaria, que sí puede ser objetada y devuelta por el Presidente; la segunda implica que la constituyente no puede eliminar los poderes constituidos, pues si esto fuera posible, si los poderes constituidos no continuaran su impertérrita existencia ¿a quién incapacitas para “impedir las decisiones” de la constituyente? (…) De modo que es muy desatinada la creencia en que una constituyente podría instaurar una suerte de Reino del Terror con guillotina y todo; eso podía pasar en una Revolución Francesa que arrancaba por cambiar el sujeto de la soberanía de un monarca unipersonal y absoluto por el asiento universal del Pueblo. (Sièyes). Acá, antes, durante y después de cualquier proceso constituyente, la soberanía reside en el mismo sujeto: el Pueblo como Corona, el Poder Constituyente Originario. Esto es incambiable; es el Pueblo, convocado en ese carácter de Poder Supremo y Originario del Estado, el único que puede “preeliminar” poderes públicos constituidos. (Licitación Abajo Maduro).
¿No podría, por otra parte, hacer la Asamblea su trabajo principal? «…la Asamblea Nacional pudiera buscar cómo legislar—recuperando su eficacia si arregla el asunto del fulano desacato—acerca de las bases comiciales* para elegir diputados constituyentes [una ley es de rango superior a cualquier decreto del Ejecutivo o reglamento del CNE] (…) Entonces pudiera aprestarse la MUD para dar otra paliza electoral al oficialismo, aunque sea en una constituyente que no necesitamos». (¿Preguntas sin respuestas?)
Pero Guevara parece no haber visto tan obvia posibilidad. En cambio, propuso que la Asamblea Nacional convoque un referendo consultivo para preguntar si el Pueblo quiere elegir una asamblea constituyente y si quiere que Maduro deje de presidir la República este mismo año. Es ahora, después de que se le hubiera llamado la atención a los asambleístas por largo tiempo sobre su facultad de convocar referendos consultivos por mayoría simple—por ejemplo, en ¿Qué espera la Asamblea Nacional? (8 de marzo de 2016)—, cuando descubre que el Pueblo puede, debe ser llamado a interponer su poder definitivo.
Me temo que una consulta acerca de si Maduro debe continuar en la Presidencia de la República será objetada, con razón, por el Tribunal Supremo de Justicia, porque tal cosa sería un disfraz de referendo revocatorio, el que está normado en la Constitución. Se dirá, por supuesto, que la revocación en 2016 fue bloqueada por la triquiñuela de un puñado de tribunales que declararon fraudulenta la recolección de firmas de electores en la fase de activación. Eso es cierto, pero también lo es que la Mesa de la Unidad Democrática comenzó a moverse con retraso de tres meses en esa activación. (La posibilidad revocatoria fue torpedeada en el seno de la MUD por importantes dirigentes—Ramos Allup, Torrealba—y lo que debió iniciarse en enero de 2016 no arrancó hasta abril; todavía en junio, el suscrito escuchó la angustiada petición—de un miembro del Comité de Estrategia de la central opositora—de que la audiencia a la que hablaba ayudara a vencer las reticencias internas, que sólo se explicaban por el interés de impedir la promoción de Henrique Capriles Radonski, a partir de un momento posicionado como el adalid del referendo revocatorio). Por eso se propuso el pasado 22 de octubre (Prontas elecciones) que lo inobjetable sería convocar un referendo sobre esta pregunta:
¿Está Ud. de acuerdo con la convocatoria a elecciones, en el plazo de tres meses a partir de esta fecha, que escojan al ciudadano que se encargue de la Presidencia de la República hasta el 10 de enero de 2019, elecciones ésas en las que podrá participar como candidato el ciudadano Nicolás Maduro Moros, actualmente en el cargo?
También agitó Guevara el trapo rojo del Artículo 350 de la Constitución. Del modo como lo explicara, ese desconocimiento debiera producirse en la calle. ¿Cómo podría certificarse en la calle que el Pueblo, es decir, su mayoría, desconoce el régimen presidido por Maduro? El 6 de abril de 2014, hace tres años, puse por escrito—El Gran Referendo—lo que el día anterior había planteado en el programa #89 de Dr. Político en RCR; entonces escribí.
Es sólo en esta semana que concluye cuando entendí que la manera correcta de aplicar el Artículo 350 de la Constitución—El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos—es a través de un referéndum. El titular del derecho de rebelión es una mayoría de la comunidad, como lo formulara con la mayor claridad la Declaración de Derechos de Virginia (12 de junio de 1776): “…cuando cualquier gobierno resultare inadecuado o contrario a estos propósitos—el beneficio común y la protección y la seguridad del pueblo, la nación o la comunidad—una mayoría de la comunidad tendrá un derecho indudable, inalienable e irrevocable de reformarlo, alterarlo o abolirlo, del modo como sea considerado más conducente a la prosperidad pública”. (Sección Tercera). El 3 de marzo de 2002, un mes y ocho días antes del Carmonazo, escribí para la Revista Zeta:
…el sujeto del derecho de rebelión, como lo establece el documento virginiano, es la mayoría de la comunidad. No es ése un derecho que repose en Pedro Carmona Estanga, el cardenal Velasco, Carlos Ortega, Lucas Rincón o un grupo de comandantes que juran prepotencias ante los despojos de un noble y decrépito samán. No es derecho de las iglesias, las ONG, los medios de comunicación o de ninguna institución, por más meritoria o gloriosa que pudiese ser su trayectoria. Es sólo la mayoría de la comunidad la que tiene todo el derecho de abolir un gobierno que no le convenga. El esgrimir el derecho de rebelión como justificación de golpe de Estado equivaldría a cohonestar el abuso de poder de Chávez, Arias Cárdenas, Cabello, Visconti y demás golpistas de nuestra historia, y esta gente lo que necesita es una lección de democracia.
Tal postura explica la proposición de incluir una tercera pregunta en el referendo consultivo, que he venido recomendando como tratamiento correcto de la más aguda de nuestras enfermedades políticas: ¿Desconoce Ud. el gobierno presidido por el ciudadano Nicolás Maduro, por las razones descritas en el Artículo 350 de la Constitución?
Dicho de otra manera: he sostenido consistentemente que la solución profunda de nuestros problemas está en las manos del Pueblo. Como le puse a una dama que me escribiera sobre el tema de las protestas al gobierno: No es algo así un expediente que cuente con simpatías entre líderes de la oposición formal; el protagonismo pasaría de ellos al Pueblo, y no es fácil entrevistar a éste en CNN. Pero no creo en la deposición violenta del Sr. Maduro; ni siquiera la valientísima diputada Machado puede garantizar que una cosa así redundaría en un curso sano para la república. En cambio, creo desde hace casi cinco años que la clave del asunto es la convocatoria del Poder Constituyente Originario; para quienes creemos verdaderamente en la democracia, eso es la verdadera salida.
Ahora parece que Freddy Guevara ve—¡por fin!—una utilidad para el Pueblo que no sea la de marchar y aportar víctimas fatales de la represión. Es furibundo, sí, pero muy lento.
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Maduro, en cambio, es rápido para una cosa: la terquedad. Lo último que necesita ahora Venezuela es una asamblea constituyente, y las cosas que Maduro quiere «constitucionalizar»—las misiones, los CLAPS—no requieren la elección de 540 «apoderados constituyentes» para «reformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva constitución». Si ese fuera su propósito, bastaría que sometiera a referendo aprobatorio, como su padre político en 2007, un proyecto de reforma constitucional según el Artículo 342 de la Constitución.
Tal vez no haya visto la muy reciente medición de Datincorp (fase de campo concluida el 8 de este mes):
LEA
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*Que Maduro haya propuesto las bases comiciales para la constituyente que ha convocado válidamente no está previsto en una norma; se deriva del precedente de las propuestas por Hugo Chávez en el referendo consultivo del 25 de abril de 1999: “¿Está usted de acuerdo con las bases propuestas por el Ejecutivo Nacional para la Convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente, examinadas y modificadas por el Consejo Nacional Electoral en sesión de fecha Marzo 24, 1999 y publicada en su texto íntegro, en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.669 de fecha Marzo, 25 de 1999?” Entonces no estaba contemplada una constituyente en la Constitución de 1961; por eso fue necesario el referendo en esa ocasión, y es esto lo que hace que algunos crean que ahora también se requiere un referendo previo. Por analogía, una constituyente convocada por la Asamblea Nacional debiera guiarse por bases comiciales elaboradas por ella; esto es, se sostendría el «principio» no escrito de que quien convoca debe fijarlas. ¿Cómo las fijaría la iniciativa popular, que también puede convocar a constituyente mediante las firmas de 15% de los Electores?
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