por Luis Enrique Alcalá | Jun 28, 2017 | Acciones, Argumentos, Política |

Podemos, debemos exigirla
Actualización: se ha añadido una segunda prescripción en la Cláusula Décima Cuarta del Acuerdo.
Acabo de leer en El Universal esta noticia: TSJ solicita reunión «urgente» de todos los Poderes Públicos del Estado. La intención manifiesta es la de «tratar el ataque aéreo que registró su sede». La nota periodística informa que el Tribunal Supremo de Justicia acordó siete puntos en torno al caso:
En concordancia con los artículos 2 y 4 de la Ley Orgánica del TSJ, y a propósito del “ataque terrorista por parte de un grupo armado” que sufrió la sede de ese máximo tribunal, con el objetivo de “atentar contra la integridad física de magistrados y funcionarios que laboran en esa institución”, acordaron:
1-Condenar y rechazar las “acciones terroristas” en contra del TSJ, magistrados y funcionarios que laboran en esa institución.
2- Exigir que cesen los actos y pronunciamientos hostiles en contra del TSJ y funcionarios del poder judicial que sirvan como justificación para ser centro de ataques terroristas.
3- Solicitarán medidas pertinentes que garanticen su seguridad e integridad, debido a que el Poder Judicial constituido por el TSJ, los magistrados y demás jueces de la República “se encuentran bajo amenaza terrorista”.
4- Designarán una comisión especial de magistrados para que inmediatamente presenten la denuncia de lo sucedido ante los órganos multilaterales, “que tiene como único fin producir la alteración del orden constitucional y democrático del país”.
5- Convocar a los representantes de los poderes públicos nacionales a una reunión de emergencia con el objeto de tratar la amenaza terrorista e impedir una escalada violencia en contra del pueblo venezolano y sus instituciones”.
6- Solicitar a los organismos competentes que inmediatamente, de manera expedita y con la urgencia del caso investiguen lo sucedido “y den con el paradero y detención de los terroristas y posibles células que aún continúen preparando otros actos de la misma magnitud”.
7- Hacer un llamado a la paz nacional, además de afirmar su “compromiso con el pueblo venezolano, la Constitución y las leyes de la República”.
Lo primero que viene a la mente es que no parece posible sostener que el propósito del sobrevuelo fuera otra cosa que propaganda y amedrentamiento; las granadas lanzadas desde el helicóptero no eran fragmentarias (no causaron daño físico de consideración) sino aturdidoras, así que eso de que fuera su objetivo “atentar contra la integridad física de magistrados y funcionarios» resulta exagerado.
El 4 de febrero de 1992, fecha que afeó irreversiblemente—apropiadamente para los alzados más radicales—la conmemoración del Quinto Centenario del Descubrimiento, no concluyó sin que se celebrara una sesión conjunta de las Cámaras del Congreso de la República, para debatir el decreto de suspensión de garantías constitucionales que ya el gobierno había elaborado. Se trataba de un paso necesario, según lo establecido en el Artículo 242 de la Constitución entonces vigente. En la exposición de motivos del decreto, se aseguraba que era intención de los golpistas el asesinato del presidente Pérez. Rafael Caldera puso en duda tal afirmación, al comienzo de su polémico discurso de ese día:
…no estoy convencido de que el golpe felizmente frustrado hubiera tenido como propósito asesinar al Presidente de la República. Yo creo que una afirmación de esa naturaleza no podría hacerse sino con plena prueba del propósito de los sublevados. Bien porque hayan confesado y exista una confesión concordante de algunos de los comprometidos o algunos de los actores del tremendo y condenable incidente, o bien porque exista otra especie de plenas pruebas que difícilmente creo se puedan haber acumulado ya en el sumario que supuestamente debe haberse abierto por la Justicia Militar. (Las élites culposas).
Rafael Caldera habría exigido a Maikel Moreno las pruebas de que el fin que perseguía ayer Oscar Pérez era el de asesinar magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
………
Creo lo más probable que la Asamblea Nacional, dada la postura adquirida últimamente por la dirigencia de oposición, se niegue a participar en la reunión convocada por el TSJ; creo también que su deber y su conveniencia política aconsejan su asistencia. Para comenzar por lo segundo, conviene a la Asamblea Nacional ventilar en una reunión general de los poderes públicos nacionales el asedio al que se ha visto sometida, incluyendo el episodio de ayer mismo con los efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana, que se supone están destacados en el Palacio Legislativo precisamente para proteger a los diputados, no para regañarlos con altanería y violencia.
Pero, más profundamente, los poderes públicos de Venezuela deben al Pueblo su cooperación. (Artículo 136 de la Constitución Nacional: “Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado”). Tal fue la tesis sostenida en este espacio el pasado 11 de mayo (Del armisticio como programa) y en forma compacta (Versión formal) quince días después. De hecho, el mismo enfoque fue propugnado para un acuerdo de los Poderes Legislativo y Ejecutivo nacionales el 25 de abril de 2016, luego de postularlo para todos los cinco poderes: «Asamblea Nacional y Gobierno, Tribunal Supremo de Justicia, Poder Ciudadano y Poder Electoral, están constitucionalmente obligados a acordarse en procura de los fines del Estado, que no son otros que los de la consecución de la paz y la prosperidad de la Nación». (Plantilla del Pacto).
La palabra diálogo está explicablemente desacreditada entre nosotros, a raíz de la más reciente experiencia; a pesar de eso, Datincorp presentaba el 8 de mayo los resultados de su encuesta de ese mes, registrando como «tendencia dominante» de la opinión de los encuestados (39%) el «diálogo y negociación» de gobierno y oposición, ante esta pregunta: «¿A su entender, la crisis que vive Venezuela sólo se resolverá a través de…?» (También midió que 31% pensaba que la solución vendría de «una confrontación decisiva entre ambos», pero 24% creía en una combinación de diálogo y confrontación). Y Datanálisis, en su Encuesta Nacional Ómnibus de este mes (levantamiento de datos hasta el 4 de junio), todavía registra una preferencia nacional por el acuerdo. («¿Qué tan de acuerdo está con retomar la Mesa de Diálogo entre Gobierno y Oposición?»: Total desacuerdo 45,5%; Total acuerdo: 48,7%).
No se trata de diálogo, pues, sino de cumplir una obligación constitucional. Hace dieciséis días, Elías García Nava entrevistaba al experto David Smilde—profesor de Sociología y Estudios Latinoamericanos en la Universidad de Tulane e investigador y senior fellow de la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA, por sus siglas en inglés), que lleva 25 años estudiando a nuestro país—; en esa oportunidad le planteó:
–La energía que se percibe en las calles hace impensable la posibilidad de un diálogo. ¿Cómo se imagina que eso pueda darse?
–Es que en Venezuela no puede haber diálogo. Lo único que puede haber es una negociación.
Lo estipulado en Versión formal es una negociación, un conjunto de mutuas concesiones (y también acciones) de los poderes públicos nacionales. Reproduzcamos una vez más el propuesto
ACUERDO DE LOS PODERES PÚBLICOS NACIONALES DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Cláusula Primera
Los Poderes Públicos Nacionales de Venezuela reconocen que el país atraviesa una seria crisis cuya solución debe ser sometida a la decisión del Pueblo de Venezuela, y que es necesario iniciar un período de recuperación que consolide la democracia venezolana y permita la superación de los problemas públicos de diversa índole que aquejan a la población. En el espíritu de lo prescrito en el Artículo 136 de la Constitución—“Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado”—, la Asamblea Nacional y el Gobierno Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia, el Poder Ciudadano y el Poder Electoral de la República, reconocen y acatan esa su obligación constitucional de acordarse en procura de los fines del Estado, que no son otros que los de la consecución de la paz y la prosperidad de la Nación.
Claúsula Segunda
El Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo nacionales constituirán una comisión de enlace que determinará urgentes acciones coordinadas entre ambos para resolver o paliar la crítica situación referida en la cláusula antecedente de este acuerdo. Los demás poderes públicos nacionales coadyuvarán a sus labores en la medida de sus capacidades constitucionalmente establecidas.
Cláusula Tercera
El Poder Legislativo Nacional reconoce que no es una de sus facultades o propósitos la cesación del gobierno presidido por el ciudadano Nicolás Maduro Moros, elegido en libres comicios el 14 de abril de 2013 para completar el período constitucional iniciado el 10 de enero de 2013, y reconoce las competencias propias de los restantes Poderes Públicos los que, a su vez, admiten la legitimidad y competencia de la Asamblea Nacional, igualmente elegida por voluntad popular el 6 de diciembre de 2015.
Cláusula Cuarta
La Asamblea Nacional, por acto expreso, anulará su declaratoria de abandono del cargo por parte del Presidente de la República del 9 de enero de este año, por cuanto éste se encuentra evidentemente en su pleno ejercicio.
Cláusula Quinta
La Asamblea Nacional, en uso de la facultad establecida en el Numeral 5 del Artículo 187 de la Constitución, procederá a redactar un razonable decreto de amnistía, el que no será objetado por los restantes poderes. Entretanto, el Tribunal Supremo de Justicia instruirá al Presidente de la República para que ordene la liberación inmediata de los ciudadanos venezolanos que se encuentren privados de libertad sin que esta condición se origine en sentencias judiciales o como parte de procesos judiciales apegados a derecho, en particular incoados por sus jueces naturales.
Cláusula Sexta
La Asamblea Nacional procederá a anular su Acuerdo sobre la reactivación del proceso de aplicación de la Carta Democrática Interamericana de la Organización de Estados Americanos del 21 de marzo de este año, y reconoce que el Presidente de la República, en uso de la facultad expresa del numeral 4 del Artículo 236 de la Constitución—Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República… 4. Dirigir las relaciones exteriores de la República y celebrar y ratificar los tratados, convenios o acuerdos internacionales—puede denunciar la Carta de la Organización de Estados Americanos sin autorización parlamentaria o enmienda constitucional, por cuanto ella no es un convenio “relativo a derechos humanos” y tampoco la Convención Interamericana de Derechos Humanos ni sus posteriores protocolos, todos anteriores a la Constitución Nacional, contienen definiciones de esos derechos que sean “más favorables” a las establecidas en ella. (Artículo 23. Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por esta Constitución y la ley de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público). En todo caso, el retiro de Venezuela de la Organización de Estados Americanos no equivale a desconocer la convención mencionada o sus dos protocolos adicionales.
Cláusula Séptima
El Consejo Nacional Electoral publicará de inmediato el cronograma de la elección de gobernadores de estado cuyo plazo está vencido y el de las elecciones municipales previstas constitucionalmente para este año, las que procederá a organizar diligentemente, y tomará sus previsiones ante la posibilidad de referendos y otras elecciones para este mismo año, determinando los requerimientos presupuestarios para estos fines, los que la Asamblea Nacional autorizará sin dilación.
Cláusula Octava
La Asamblea Nacional convocará un referendo consultivo que requiera la decisión del Poder Constituyente Originario acerca de esta cuestión: “¿Está Ud. de acuerdo con la convocatoria a elecciones, en el plazo de tres meses a partir de esta fecha, que escojan al ciudadano que se encargue de la Presidencia de la República hasta el 10 de enero de 2019, elecciones ésas en las que podrá participar como candidato el ciudadano Nicolás Maduro Moros, actualmente en el cargo?” Igualmente incluirá en la consulta esta pregunta: “¿Está usted de acuerdo con la implantación en Venezuela de un régimen político-económico socialista?”, dado que dicha implantación no puede efectuarse sin el consentimiento del Poder Constituyente Originario, puesto que ella no está contemplada en la Constitución.
Claúsula Novena
El Presidente de la República suprimirá, de su decreto de emergencia económica, los considerandos que excedan una descripción objetiva de los aspectos más determinantes de la crisis económica de la Nación, en particular los que implican la consagración de la hipótesis de una “guerra económica” como explicación de la misma, que no goza de generalizada aceptación nacional.
Cláusula Décima
El Presidente de la República agradecerá y facilitará la llegada de ayuda humanitaria ofrecida al país por diversos actores internacionales y su distribución equitativa, a fin de tratar las precarias y agobiantes condiciones de una proporción considerable de la población nacional.
Cláusula Undécima
El Presidente de la República, reconociendo que su legítima iniciativa constituyente no ha propiciado, como ha sido su intención declarada, un entendimiento nacional, y que el proceso que ha iniciado complicará en grado muy apreciable la preocupantísima situación nacional, anulará su decreto de convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente, incluyendo sus propósitos programáticos en un proyecto de reforma constitucional que los comprenda y que él podrá someter a referendo aprobatorio del Poder Constituyente Originario.
Cláusula Duodécima
El Tribunal Supremo de Justicia levantará las limitaciones impuestas a la Asamblea Nacional como consecuencia de su desacato a sentencia de su Sala Electoral, relativa a los diputados electos en 2015 por el estado Amazonas, por cuanto esos parlamentarios han solicitado ellos mismos su desincorporación y el Presidente de la Asamblea Nacional dirigió una sesión del 9 de enero de este año que decidió oficialmente la desincorporación de los mismos. Su declaración de nulidad de actos de la Asamblea Nacional por tal motivo se sostendrá sólo para aquellos actos en los que hubieran participado y votado los diputados en cuestión. El Tribunal Supremo de Justicia admitirá como válida la elección del actual Presidente de la Asamblea, por cuanto los parlamentarios objetados no participaron en ella. Adicionalmente, ordenará al Consejo Nacional Electoral la celebración perentoria de nuevas elecciones en el estado Amazonas para reparar su situación de representación inexistente.
Cláusula Décima Tercera
El Tribunal Supremo de Justicia procederá a anular la sentencia 1.265 de su Sala Constitucional con fecha 5 de agosto de 2008, que malinterpreta el sentido del Artículo 42 de la Constitución, cuya segunda prescripción establece: “El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley”. Aquella sentencia sostuvo, erradamente, que tal protección de los derechos políticos de los ciudadanos sólo beneficia a los venezolanos por naturalización. El Defensor del Pueblo, en atención al Numeral 2 del Artículo 15 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, que establece su facultad de “Interponer, adherirse o de cualquier modo intervenir en las acciones de inconstitucionalidad…”, se asegurará de dicha anulación, por tratarse de decisión inconstitucional. El Contralor General de la República procederá a anular las inhabilitaciones políticas que ha impuesto recientemente a los gobernadores de los estados Amazonas y Miranda, puesto que tales sanciones no equivalen a sentencias judiciales firmes.
Cláusula Décima Cuarta
El Tribunal Supremo de Justicia se abstendrá de ejercer una facultad específica de la Asamblea Nacional, cual es la de recibir la presentación de la Memoria y Cuenta del Presidente de la República y sus Ministros. Igualmente, se abstendrá de autorizar operaciones crediticias del Poder Ejecutivo Nacional cuya aprobación es prerrogativa constitucional de la Asamblea Nacional.
Cláusula Décima Quinta
El Tribunal Supremo de Justicia facilitará con las decisiones requeridas, en extensión de los plazos constitucionales, la recomposición de sus propios miembros con la elección de magistrados en los términos establecidos en la Constitución, y facilitará idénticamente lo mismo para la renovación de rectores del Consejo Nacional Electoral.
Cláusula Décima Sexta
Los Poderes Públicos Nacionales de Venezuela reiteran su confianza en el Pueblo de Venezuela, que en su carácter de Poder Constituyente Originario, el poder supremo del Estado venezolano, sabrá disolver inconvenientes diferencias mediante sus decisiones en actos directos de democracia participativa.
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Lo que antecede es lo que el país necesita; es, en el fondo, lo que los distintos poderes públicos necesitan, puesto que las mutuas ofensas quedan saldadas entre ellos. Llamo la atención a la Asamblea Nacional: negarse a la reunión solicitada por el Tribunal Supremo de Justicia le colocaría como poder que tolera la «agresión» de ayer contra el tribunal, aunque más agredido y por más tiempo haya sido el Poder Legislativo el mismo día. Ése no es el punto de fondo, sino su deber constitucional de cooperar con los demás poderes para la paz y la prosperidad de la Nación. Se lo debe, como también sus cuatro socios poderosos, a los venezolanos.
Y éstos, nosotros, tenemos todo el derecho, llegados a este punto terrible de la crisis, de exigir a los poderes públicos un acuerdo como el expuesto y, por encima de todo, su fiel cumplimiento. Mandar es muy preferible a protestar; ha llegado la hora de ordenar nosotros, desde nuestro Poder Originario y Supremo, a los poderes que nos deben subordinación, a los poderes que en nuestro perjuicio libran entre ellos una guerra estúpida.
Aún estamos a tiempo de mandar (Dios escribe derecho sobre renglones torcidos): «Las heridas venezolanas son tantas y tan lacerantes, que no hay modo de curarlas sin una apelación perentoria al poder fundamental y originario del Pueblo…» (Gran Referendo Nacional, 5 de febrero de 2003). LEA
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por Luis Enrique Alcalá | Jun 27, 2017 | Notas, Política |

Un parlamento chamuscado
Detectar conspiraciones cuando no hay ninguna es un síntoma de paranoia; detectarlas cuando sí existen es un signo de salud mental. Un conocido mío dice que si uno no es un poco paranoico en los Estados Unidos hoy en día entonces está loco.
Carl Sagan – Los dragones del Edén
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Parece el humo del incendio del Reichstag, el Parlamento alemán, en 1933, menos de un mes después del ascenso al poder de Adolfo Hitler en Alemania.
El incendio del Reichstag fue un incendio perpetrado contra el edificio del Reichstag en Berlín, el 27 de febrero de 1933. La responsabilidad del incendio sigue siendo un tema de permanente debate e investigación; Marinus van der Lubbe, un joven comunista holandés fue culpado del evento por el gobierno alemán del canciller Adolf Hitler. Van der Lubbe era un albañil desempleado que había llegado recientemente a Alemania, y que fue capturado en el lugar del incendio. Después de ser torturado, admitió haber prendido fuego al edificio, por lo que fue sentenciado a muerte y ejecutado. El incendio fue utilizado como «prueba» por los nazis para acusar a los comunistas de conspirar contra el gobierno y está considerado un hecho fundamental en el establecimiento de la Alemania nazi o Tercer Reich. (…) Los historiadores no están de acuerdo en si Van der Lubbe actuó solo, como él declaró, para protestar por la mala situación de la clase obrera alemana. Los nazis acusaron a los comunistas, tanto alemanes como extranjeros, del incendio. Algunos historiadores sugieren que la contra-acusación del Partido Comunista de Alemania era verdadera y que el incendio fue planeado y ordenado por los nazis como una operación de falsa bandera con el fin de aumentar su creciente poder. Fuera quien fuera su autor, lo cierto es que los principales beneficiados de este suceso fueron los propios nazis, que pudieron consolidar su poder y eliminar a los comunistas, que junto a los socialdemócratas eran los principales opositores al NSDAP. Póstumamente, la justicia alemana revisó en tres ocasiones el proceso contra Van der Lubbe hasta que en 2008 derogó en todos sus puntos la sentencia condenatoria y lo absolvió. (Wikipedia en Español).

¿»Rambo» Pérez?
Es realmente muy poco creíble que un oficial del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) haya decidido, por su cuenta, reclutar un puñado de subalternos para emitir un mensaje en video antes de sobrevolar en helicóptero el Palacio de Miraflores y la sede del Tribunal Supremo de Justicia y lanzar dos granadas desde el aire.* La «sublevación» de una fuerza tan minúscula habría tenido eco en Maracay, donde vehículos del mismo cuerpo policial habrían paseado por la ciudad con carteles que reproducían el exhibido desde el helicóptero: Libertad 350. (Hoy mismo había anunciado Néstor Reverol, Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, que más de 200 personas habían sido apresadas por la comisión de actos vandálicos en esa ciudad). Súmese a esto el ingreso de cajas que presuntamente contenían material del Consejo Nacional Electoral al Palacio Legislativo por parte de efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana, y la acción concurrente de paramilitares oficialistas que secuestraron a parlamentarios de oposición ya agredidos por los uniformados:
Funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) ingresaron cajas identificadas con el logo del Consejo Nacional Electoral (CNE) en las instalaciones de la Asamblea Nacional, según denunciaron diputados. Los parlamentarios opositores exigieron al componente de la GNB que tiene una sede en el Palacio Federal Legislativo, explicar por qué ingresaron las cajas con material electoral, pues es un hecho irregular, sin embargo, los funcionarios respondieron agrediendo a los diputados. Delsa Solórzano y otros diputados por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), así como periodistas que se encontraban en el sitio, resultaron golpeados por la GNB, hecho que generó el rechazo de los parlamentarios. El presidente de la AN, Julio Borges, exigió hablar con el coronel Lugo, oficial al mando del componente responsable de la seguridad del Palacio, el cual se mostró agresivo y aseveró que las cajas se guardan allí desde hace mucho tiempo, supuestamente contienen material de la validación de los partidos políticos. Borges declaró a los medios de comunicación que no pudo constatar el contenido de las cajas. De igual forma, señaló que a pesar de las agresiones, el deber de los diputados es proteger y defender a la Asamblea Nacional. Sobre el ataque que sufrieron los diputados de parte de los efectivos de la GNB, responsabilizó al presidente Nicolás Maduro de los hechos violentos, así como de las agresiones por parte de personas adeptas al oficialismo, que se acercaron al Palacio gritando consignas e insultos a los diputados. Estas personas lanzaron objetos contundentes y explosivos a las instalaciones. No hubo heridos ni daños graves. Los funcionarios de la GNB se instalaron en las puertas del Parlamento para resguardar la seguridad. (El Universal).
¿Material electoral—de incomprensible custodia en el Palacio Legislativo—o armas para sembrar incriminatoriamente en predios de la Asamblea Nacional? No lo sé y no puedo saberlo, pero creo saber, a pesar de pensar que la dirigencia opositora venezolana carece de imaginación estratégica, que esa dirigencia no es tan bruta.
Huele a humo nazi-fascista, y el fascismo no está en la Mesa de la Unidad Democrática, al menos en esa escala; no tiene con qué.
Nuestro proceso bolivariano se inició en esta etapa bicentenaria por la vía electoral, y queremos seguir por allí, por una vía pacífica que permita construir el socialismo bolivariano, pero conscientes de los peligros que nos acechan y seguros de que el enemigo no descansa, no podemos olvidar otros métodos de lucha. Sería imperdonable limitarse tan sólo a lo electoral y no ver otros métodos, incluso la lucha armada, para obtener el poder. (Adán Chávez, 27 de junio de 2011).
…si Venezuela fuera sumida en el caos y la violencia, y fuera destruida la revolución bolivariana, nosotros iríamos al combate. Nosotros jamás nos rendiríamos, y lo que no se pudo con los votos, lo haríamos con las armas; liberaríamos nuestra patria con las armas, liberaríamos la patria grande como lo hicieron Bolívar, Sucre, Negro Primero. Que nadie se llame a engaño, queremos paz, somos hombres y mujeres de paz, pero somos guerreros. (Nicolás Maduro, 27 de junio de 2017).
Maduro ha identificado a Oscar Pérez, piloto del helicóptero, como gente de Miguel Rodríguez Torres.** Puede ser; a fin de cuentas, se trata de gente de origen golpista. No lo sé. Ni siquiera tengo todavía explicación de la peculiar conducta de Luisa Ortega Díaz, a quien califica negativamente el 57% de los más recientes entrevistados por Datanálisis.
Pero no puedo afirmar tampoco la inexistencia de la locura en focos más o menos autónomos de la oposición. No sé, y esa posibilidad me angustia más todavía. Quizás tengan que transcurrir 85 años para que, como en el caso alemán, se alcance alguna certidumbre; pero lo que es cierto es que esto es el país esculpido por Nicolás Maduro Moros.
…en la quincuagésima emisión del programa Dr. Político por Radio Caracas Radio, sugerí al presidente Maduro la utilidad de verse en el espejo egipcio, cuatro días antes de que los militares depusieran el gobierno de Mohamed Morsi, que el domingo pasado cumplió escasamente un año de haber sido electo. (…) Wael Ghonim, un respetado ícono cívico en Egipto que había apoyado a Morsi hace un año, lo acusó de polarizar y paralizar al país, y opinó así: “Ningún país avanza cuando la sociedad está dividida de este modo, y el principal papel del Presidente de la República es unir, pero, desafortunadamente, el Dr. Morsi, el Presidente de la República, ha fracasado miserablemente en este objetivo”. (Alto al fuego, 27 de agosto de 2013).
…no hay una explicación lineal, unidimensional, del 11 de abril. Pero aun si lo que hubiera ocurrido fuese tan sólo lo que el gobierno de Chávez pretende vender como única verdad, que el 11 de abril solamente ocurrió un golpe de Estado en Venezuela, esa ocurrencia sería resultado de las pasiones que Hugo Chávez se cuidó muy bien de excitar por todos los medios a su alcance. Hugo Chávez estuvo buscando la fiera atroz que anidaría, según Jardiel Poncela, en el alma de cada venezolano, desde el instante mismo que tomó posesión del gobierno y aun mucho antes. Por mucho menos de lo que ha hecho Chávez, muchos presidentes recibieron un golpe de Estado. (Tragedia de abril, 14 de junio de 2002).
…sorprende que la gestión histórica de Hugo Chávez resulte mayoritariamente positiva en estos momentos: 55,1% contra 44,2% que la estima negativa. (…). Pero su legado, el albacea designado de su herencia, tiene en este momento una desaprobación de 76,4%, contra sólo 20,8% que aprueba su gestión. (Conducta de espía, 27 de junio de 2017).
Lamento mi ignorancia. LEA
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* Ayer habló Maduro de “un nuevo modelo de seguridad pública y ciudadana de paz territorial con una unión civil-militar-policial”. Poco después, Oscar “Rambo” Pérez aseguraba hablar en nombre de «una coalición entre funcionarios militares, policiales y civiles». ¿Mera coincidencia?
** Rodríguez Torres respondió por Twitter: «Lamento desmentirlo de nuevo señor Presidente. Siempre volé en los helicópteros del Sebin y el piloto fue el comisario Pedro Pérez».
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Actualización: el reportaje de CNN en Español es bastante completo. Acá puede leerse tuits atribuidos a Oscar Pérez.
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por Luis Enrique Alcalá | Jun 27, 2017 | Fichas, Política, Terceros |

10 meses antes de la elección de Asamblea Nacional, Datanálisis tenía razón. ¿Por qué no la tendría ahora?
Tal vez no se diera cuenta mi anfitrión de que yo tomaba notas en mi celular de algunos números que me mostraba. (En un momento en que debió alejarse para atender una llamada, quedé solo con su computador durante quince minutos y fotografié varias veces la pantalla con mi teléfono). Me encontraba de visita en su oficina y quiso que viera una reciente encuesta de Datanálisis, empresa de la que es cliente, para que se la comentara. Lo que vi fueron las láminas de la Encuesta Nacional Ómnibus de junio (datos levantados entre el 20 de mayo y el 4 de este mes). Helos aquí transcritos, en violación confesa de la confidencialidad requerida por el amigo Luis Vicente León. (El castigo, explica la encuestadora, al suscritor que reproduzca o envíe el estudio a medios de comunicación, consiste en negarle futuros reportes, pero ni bajo tortura diré quién me permitió conocer el importante y muy completo estudio, construido con mil entrevistas en hogares con error de ±3,04%).
Primero, un dato básico: mientras en abril de 2013 (el mes de la elección de Nicolás Maduro) 50,8% de los entrevistados evaluaba positivamente la situación del país y 46,3% lo hacía negativamente, en junio de este año la evaluación negativa asciende ¡a 90,5%! (Sólo 9,5% cree que la situación nacional es en estos momentos positiva). Luego, sorprende que la gestión histórica de Hugo Chávez resulte mayoritariamente positiva en estos momentos: 55,1% contra 44,2% que la estima negativa. (En la serie histórica de su lámina 13, Datanálisis anota un máximo de evaluación positiva de Chávez de 75,6% en febrero de 2006). Pero su legado, el albacea designado de su herencia, tiene en este momento una desaprobación de 76,4%, contra sólo 20,8% que aprueba su gestión. (La «gestión por el país» de la estrella de los últimos meses, Luisa Ortega Díaz, es evaluada positivamente por 28,8%; el 57% la valora negativamente, y hay un empate técnico de conformes e inconformes respecto de la evaluación de la Asamblea Nacional: 46,8% contra 46,9%).
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Me interesé sobre todo en las láminas dedicadas al tema de la protesta contra el gobierno de Maduro. (A ésas las fotografié en pantalla, pero la reproducción de las imágenes delataría al cliente de la encuestadora, así que tuve que transcribir). A la pregunta ¿Qué tan dispuesto estaría usted de participar en cada uno de los siguientes tipos de protesta si fueran convocadas por la oposición? he aquí los números resultantes (sumarían 100% si se añadiera a quienes no contestaron o no supieron contestar):

Hay más gente que no está dispuesta a protestar (comparar con Tres láminas en este blog)
Otra manera de indagar acerca de lo mismo fue preguntar ¿Cuál forma de protesta prefiere usted que sea convocada por la oposición? Éstas son las respuestas:

¿Cuál forma de protesta prefiere usted?
Es muy llamativo el resultado de preguntar por las expectativas de la población acerca de las protestas:

¿Qué ocurrirá con las protestas convocadas por la oposición?
Pero tal vez sean aun más interesantes estas cifras, acerca de ¿Quién cree usted que es el principal responsable de la violencia en las manifestaciones de la oposición?

Responsable de la violencia en las manifestaciones de la oposición
Nunca pensé que tanto como 20,1% atribuyera la violencia a la oposición.
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Finalmente, capturé los datos de la autodefinición política de los entrevistados y su percepción sobre el liderazgo de la oposición. (Preguntas: Dentro de la política venezolana ¿usted se considera…? y En su opinión, ¿quién considera usted que es el actual líder de la oposición?)

El grupo con el que se identifican

Líder actual de la oposición
Capriles Radonski está técnicamente empatado con quien responde al nombre de No sabe, y se me pone que después de tanta exposición pública y la valoración que obtiene a estas alturas Ma. Corina Machado debiera dedicarse a otros menesteres. Pero, como siempre, parece haber espacio para una voz que no se defina por su ubicación en el eje de polarización de «fuerzas» políticas. LEA
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intercambios