Comienza la Primavera (política)

La gran sinfonía de Dvořák

La edición #242 de Dr. Político en RCR, como en varias ocasiones anteriores, sufrió interrupción parcial por una cadena de radio y televisión ordenada desde la Presidencia de la República. (Se continuó transmitiendo por vía de Internet: telenavegante.net y rcr.tv, y mañana el programa será repuesto por la emisora a las 2 p. m.) El tema ineludible era el traspié del Tribunal Supremo de Justicia con las sentencias 155 y 156 de su Sala Constitucional, frenadas en seco por la condena emitida por Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República. Dos temas de la Sinfonía #9 (del Nuevo Mundo) de Antonín Dvořák—Largo y el Allegro del primer movimiento—sirvieron de amenización musical de la ocasión. Éste es el archivo de audio de la transmisión de hoy:

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Sobre renglones torcidos

Rejoneadora del astado Moreno

 

El Poder Ciudadano se ejerce por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor o Defensora del Pueblo, el Fiscal o Fiscala General y el Contralor o Contralora General de la República. Los órganos del Poder Ciudadano son: la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República, uno o una de cuyos titulares será designado por el Consejo Moral Republicano como su Presidente por períodos de un año, pudiendo ser reelecto. El Poder Ciudadano es independiente y sus órganos gozan de autonomía funcional, financiera y administrativa. A tal efecto, dentro del presupuesto general del Estado se le asignará una partida anual variable. Su organización y funcionamiento se establecerá en ley orgánica.

Artículo 273 de la Constitución Nacional

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Actualización de esta entrada al final.

La noticia política del día es el inequívoco rechazo de Luisa Ortega Díaz, Fiscal General de la República y pivote del Poder Ciudadano, a las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, emitidas esta misma semana. He aquí lo que dijo ante el general aplauso de su equipo de colaboradores, en transmisión del canal oficial, Venezolana de Televisión:

Las divisiones en el seno de la Mesa de la Unidad Democrática empalidecen ante este sablazo que parte en dos un campo chavista-madurista, al que desde hace tiempo se le nota su descosimiento. Ella preferiría, seguramente, que el tajo separe definitivamente el chavismo del madurismo.

Las sentencias del TSJ que cuestiona Ortega son una clara extralimitación del órgano supremo del Poder Judicial venezolano; fundadas en el desacato de la Asamblea Nacional a sus previos dictámenes acerca de la incorporación y juramentación de los diputados electos en diciembre de 2015 por los electores del estado Amazonas, proceden a invalidar todas las decisiones del Poder Legislativo Nacional y a asumir sus atribuciones, en evidente usurpación de funciones. Además, el TSJ se constituye en poder superior al emitir «órdenes» dirigidas a la Presidencia de la República; Maikel Moreno sería el jefe de Nicolás Maduro. Si los diputados por Amazonas (tres de la oposición y uno oficialista) debían ser desincorporados, lo que ha podido invalidarse son las decisiones de los legisladores en las que tales diputados hubieran votado.

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La linea histórica de este asunto arranca, por supuesto, con la elección de una nueva Asamblea Nacional el 6 de diciembre de 2015, cuando el Consejo Nacional Electoral certificó la escogencia de 112 diputados de oposición (dos terceras partes de una cámara de 167 diputados) y 55 del oficialismo. En ese mismo mes, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia—el órgano llamado a conocer recursos del derecho contencioso electoral—recibió nueve impugnaciones de algunos de los resultados de la votación, a siete de las cuales se opuso el propio CNE. Bastaba, en principio, que prosperara la invalidación de tres diputados opositores para destruir la mayoría de dos tercios, requerida para actos cruciales del control legislativo como la elección de magistrados del TSJ. (Si a ver vamos, la cámara había sido reducida a un total de 163 diputados, y 109 siguen siendo las dos terceras partes de esa base; pero la Asamblea conducida por Henry Ramos Allup nunca quiso probar una votación calificada con esos números).

Esta Asamblea se estrenó el 5 de enero de 2016 con un discurso de su flamante Presidente, quien declaró que era un «compromiso no transable» del cuerpo que presidía encontrar en un plazo de seis meses un modo “constitucional, democrático, pacífico y electoral” para la cesación del gobierno de Maduro. Tal cosa era también una extralimitación; acá se escribió el mismo día de la juramentación de Ramos Allup (Crítica teatral):

La Asamblea Nacional sólo podría causar por su cuenta el resultado que Ramos Allup presentó como compromiso no transable, mediante la declaratoria de abandono del cargo de Nicolás Maduro, Presidente de la República.

Artículo 233. Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: la muerte, su renuncia, la destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, la incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado éste por la Asamblea Nacional, así como la revocatoria popular de su mandato.

La revocatoria del mandato de Maduro no es prerrogativa de la Asamblea Nacional; eso es potestad exclusiva de los Electores. Es el Tribunal Supremo de Justicia el órgano que nombraría una junta médica que pudiera, si lo amarrara para examinarlo, declarar la incapacidad física o mental permanente del mismo ciudadano; la Asamblea sólo podría prestar su anuencia a una iniciativa que no es suya. Es sólo el TSJ el poder que puede sentenciar la destitución, luego de juicio previo por algún grave delito. La renuncia es prerrogativa de la persona presidencial. La muerte está vedada a la Asamblea según la condición de un medio pacífico expuesta por Ramos Allup; aunque sería indudablemente eficaz y hasta constitucional—es la primera causal prevista en el Art. 233—, sería criminal y nada pacífico un sicariato contratado al efecto.

Las palabras de Ramos Allup en promesa con plazo de medio año no le corresponden; quizás pudiera pronunciarlas como dirigente máximo de Acción Democrática, seguramente le corresponderían a Jesús Torrealba en tanto Secretario Ejecutivo de la MUD si anunciara la recolección de casi cuatro millones de firmas necesarias para convocar a referendo revocatorio, pero jamás es esa tarea algo que corresponda a la Asamblea Nacional.

Por supuesto, para declarar el abandono del cargo presidencial se requiere que el Presidente lo haya abandonado, y a pesar de que Maduro no lo ha hecho, Julio Borges se estrenó como sucesor de Ramos con la declaratoria por la Asamblea del presunto abandono el 9 de enero de este año, en vísperas de la fecha límite para que una falta absoluta del Presidente causara elecciones presidenciales. (Ese mismo día, Borges presidió antes la desincorporación oficial de los diputados objetados por el TSJ, pero esto no valió para el tribunal, que cuestiona la validez misma de la elección de Borges por encontrarse la Asamblea en desacato). Antes había buscado la Asamblea invalidar la investidura de Maduro por su presunta doble nacionalidad, y se consideró a comienzos de 2016 una enmienda constitucional para recortarle el período de ejercicio del cargo; en Martes de Ramos (25 de noviembre de 2015) se apuntaba que el TSJ no «toleraría la aplicación ‘retroactiva’ a Maduro de ese recorte, supuestamente a un período de cuatro años». (En Apostilla a la entrada previa, entrada del 5 de febrero de 2016, insistí sobre el punto: «Pero… ¿es la aplicación retroactiva de esa modificación de la Constitución al mandato específico conferido a Maduro algo que no levantaría objeciones en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia? Es difícil; si una mayoría aprobare la enmienda no faltarán suficientes magistrados de esa sala que arguyan que su aplicabilidad se iniciaría el 10 de enero de 2019, pues igualmente una mayoría de ciudadanos eligió a Maduro para un período de seis años».

Así que la dirigencia opositora, mientras consideraba un combo de opciones para «la cesación de este gobierno», la guerra que se había declarado al estrenarse la Asamblea, perdió tres meses preciosos antes de iniciar en serio el esfuerzo revocatorio (que ha podido comenzar el 11 de enero del año pasado), y éste sería detenido en el mes de octubre mediante otra estratagema judicial del oficialismo: cinco o seis tribunales de provincia declararon fraude en la recolección de firmas de la fase de activación. Es conjetura cuya verdad no me consta que las rectoras del Consejo Nacional Electoral recibieron una presión brutal de Nicolás Maduro, para que suspendieran sine die la recolección de firmas definitivas pautada para el 26, 27 y 28 de octubre de 2016.

Entonces vino la actividad diplomática de la Asamblea, dirigida a obtener de la Organización de Estados Americanos la aplicación de la Carta Democrática Interamericana contra Venezuela, cuya máxima sanción es la suspensión de la condición de estado miembro. Esta actividad culminó con su aprobación del «Acuerdo sobre la reactivación del proceso de aplicación de la Carta Democrática Interamericana de la Organización de Estados Americanos», el 21 de este mes que hoy culmina. (La web de la Asamblea reporta la decisión, pero el texto mismo del acuerdo no puede obtenerse allí; al pulsar el enlace al final de la nota se obtiene un mensaje negativo en los navegadores). Es difícil entender que uno de los principales poderes del Estado venezolano solicite que éste sea suspendido por la OEA (la Asamblea misma quedaría suspendida), y la iniciativa enfureció al gobierno y propició el mayúsculo error del Tribunal Supremo de Justicia condenado por Ortega Díaz.

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Así que ahora hay un recrudecimiento del chaparrón de presiones internacionales contra el gobierno de Maduro, aliado con un Tribunal Supremo de Justicia que se da el lujo de darle órdenes. Las torpes y extralimitadas sentencias del TSJ han disparado las alarmas en prácticamente todo el mundo, y tal vez hayan cristalizado la mayoría necesaria (24 de 35 miembros) que hasta ahora se estimaba imposible para suspender a Venezuela de su condición de miembro de la OEA. (La mayoría de los miembros de la OEA que se han pronunciado al respecto parece estimar que la suspensión sería contraproducente, en atención a los pobladores de nuestro país). Es de esperar que Maduro opte por retirar a Venezuela de la organización, que antes de ser botado de la fiesta se retire, pero esto no haría otra cosa que sellar su suerte.

El tortuoso camino hacia su término como gobernante parece estar llegando a su fin, pero es que Dios escribe derecho sobre renglones torcidos. LEA

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La peligrosa situación causada por las sentencias 155 y 156 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha sido rápidamente desmontada luego de la firme postura de la Fiscal General de la República y la universal desaprobación de la torpe jurisprudencia. El Tribunal ha reculado, suprimiendo las partes más absurdas de su dictamen de hace apenas tres días:

Tras el exhorto del Consejo de Defensa de la Nación y luego de revisar los contenidos de las sentencias 155 y 156, publicadas el pasado 28 y 29 de marzo respectivamente, la Sala Constitucional precisó a través de su portal web: Decisión del TSJ sobre la sentencia 155: «Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo». Decisión del TSJ sobre la sentencia 156: «Se Aclara de Oficio la sentencia N° 156 de fecha 29 de marzo de 2017, en lo que respecta al punto 4.4 del dispositivo referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por ésta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho; cuyo contenido se suprime.

Faltaría la renuncia del Presidente del Tribunal Supremo de Justicia y, del lado de la Asamblea Nacional, recular también respecto de la declaratoria del abandono del cargo por Nicolás Maduro, que con igual absurdidad proclamó el pasado 9 de enero.

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Hágase la LUZ

La casa de Ana María

Una nueva oportunidad de conversar acerca de nuestra política nacional se materializó hoy, con la atenta llamada de Ana María Pérez Fonseca, periodista de LUZ Radio (102.9 FM), la emisora en frecuencia modulada de la Universidad del Zulia. La ocasión fue provista por una sentencia de ayer de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, la que repudia el llamado de la Asamblea Nacional a la aplicación de la Carta Democrática Interamericana contra Venezuela y que también instruye, excediendo sus facultades, a la Presidencia de la República para que impida un estado de conmoción que hipotéticamente se derivaría de la actuación de la OEA. Acá está el audio de esta conversación mañanera (que evoca una reciente del 7 de diciembre de 2016 y cosas sostenidas el sábado 25 de marzo en Dr. Político por Radio Caracas Radio):

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Doble conminación

Apuntando a dos blancos

 

En el programa de Dr. Político por Radio Caracas Radio del último sábado (emisión #241) se dirigió una exigencia a los Poderes Legislativo y Ejecutivo Nacionales (y al Partido Socialista Unido de Venezuela y la Mesa de la Unidad Democrática)* para que acuerden convocar al Poder Constituyente Originario, a fin de que este Poder Supremo del Estado venezolano dilucide las cuestiones fundamentales de nuestra problemática política: la conveniencia para el país de un régimen político-económico socialista y la celebración de elecciones presidenciales inmediatas. Estas cosas no requieren de un diálogo complicado o prolongado y tampoco el «acompañamiento» de expresidentes o enviados pontificios; basta que cada una de las partes entienda que la democracia participativa tiene la solución a la crisis política nacional: «Las heridas venezolanas son tantas y tan lacerantes, que no hay modo de curarlas sin una apelación perentoria al poder fundamental y originario del Pueblo, a través de un Gran Referendo Nacional». (Gran Referendo Nacional, 5 de febrero de 2003).

He aquí el fragmento de audio correspondiente a ese reclamo:


LEA

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* Venebarómetro, febrero de 2017: PSUV, 24,5%; los cinco mayores partidos de la MUD (el quinto COPEI con 1,0%) suman 25,9%; no saben o no responden, 40,8%.

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A cañonazos

Un compositor acosado por Stalin

La sesión #241 del programa de Dr. Político en RCR procedió por andanadas acerca de la emergencia y la «guerra» económicas, el tema de la consideración de la situación venezolana en el seno de la Organización de Estados Americanos, el retraso constitucional en materia de las elecciones estadales y municipales y la renuencia de los Poderes Legislativo y Ejecutivo nacionales a tomar la opinión del Poder Constituyente Originario sobre asuntos cruciales de nuestra vida política. La angustia del tercer movimiento de la Quinta Sinfonía en Re menor de Dmitri Shostakovich fue superada por la poderosa y triunfal alegría de su cuarto movimiento. He aquí el archivo de audio de esta transmisión:

LEA

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Atribuciones de una autoridad planetaria

Opinión de un ciudadano del mundo

 

El conocimiento de un único gobierno temporal sobre la humanidad es lo más importante y lo menos explorado. Dado que esta teoría es una ciencia práctica, su primer principio es la meta de la civilización humana, la que debe ser una y la misma para todas las civilizaciones particulares. Por el gobierno temporal del mundo o imperio universal entendemos un único gobierno sobre todos los hombres en el tiempo, esto es, sobre y en todas las cosas que pueden ser medidas en tiempo.

Dante Alighieri De Monarchia, 1313

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Todavía falta tiempo bastante para que una conciencia irreversible se apodere de los seres humanos: que la suprema condición política es la de ciudadano del planeta, que la polis que finalmente tiene sentido es la planetaria.

Ciudadanía mundialCarta Semanal #285 de doctorpolítico, 8 de mayo de 2008

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Lectura obligatoria

Urgently needed is a Humanity Constitution which institutionalizes a suitable global regime and decision-making bodies, while avoiding «structural sin», such as expanding interventions beyond what is essential.

Yehezkel DrorAvant-Garde Politician – Leaders for a New Epoch, 2014

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En la carta de la que procede el segundo epígrafe, se formulaba el problema hace casi una década en estos términos:

…no tenemos gobierno mundial. Hay una asociación de estados-nación, más bien tenue, en la Organización de las Naciones Unidas, y ciertamente han ido añadiéndose instituciones planetarias con autoridades hasta hace poco inexistentes. (La Corte Penal Internacional es el caso más destacado y significativo). Por otra parte, hay megaprocesos cuya presión va llevándonos a conformar, en algún momento no tan lejano, una polis del mundo. Hay un calentamiento global que todos causamos, desde una vaca en Abisinia hasta un fumador en Estocolmo, desde un tractorista en Wisconsin hasta un talador en la Selva Amazónica. El clima no reconoce fronteras. Hay, desde hace tiempo ya, corporaciones transnacionales, pero también crimen transnacionalizado, desde el más vulgar hasta el terrorista, incontenible por policías locales. Hay, también, un cerebro del mundo en construcción. Google procesa ya alrededor de mil millones de búsquedas por día, y todavía la Internet está en pañales. Nos preocupa Chávez, pero también Putin y Bush, y se nos engurruña el corazón con un volcán chileno o un ciclón birmano. El mundo es plano, argumenta Thomas Friedman.

Es necesario un pacto federal que transfiera a una autoridad central planetaria ciertas atribuciones. ¿Cuáles serían? ¿Quiénes serían las autoridades de ese Estado global? ¿Cómo se les elegiría? Debe haber una legislatura planetaria, tal vez construible sobre una reforma de la Asamblea de las Naciones Unidas, pero probablemente haya que sustituir el Consejo de Seguridad por un Senado Planetario, compuesto por miembros elegidos por los bloques de la “geotectónica política”. Hay ya grandes bloques en el planeta bajo autoridad única: EEUU, Rusia, China, India, Europa, Australia. Hay protobloques en América del Sur y África, así como subbloques en Centroamérica. Hay entidades que tienen más bien base religiosa, como el Islam, que agrupa a más de 1.200 millones de almas. ¿Cómo sería y cómo pudiera establecerse un gobierno mundial viable y beneficioso? ¿Cómo se pagará?

En la base de todo tendría que estar la conciencia apuntada al principio: la de que en verdad somos, por encima de cualquier otra cosa, ciudadanos del planeta; la de que es una nueva soberanía planetaria, emanada del único pueblo del mundo, lo que dará base a un gobierno del mundo.

Esta última noción, la de soberanía planetaria, establece la única legitimidad posible para un gobierno del mundo: que la «Constitución de la Humanidad» propuesta por Yehezkel Dror sea aprobada por una mayoría calificada—¿dos terceras partes?—de la población del mundo expresada en referéndum, lo que es, en época de la extensa Internet, tecnológicamente posible. Cualquier otra cosa sería la imposición aristocrática de los barones del mundo. Aquí difiero de esta percepción del Prof. Dror: «La democracia global, en un sentido u otro, no es factible en el futuro previsible y la ficción de la igualdad entre los estados no puede servir de base para el régimen global requerido». Si bien su advertencia opera para la toma de decisiones ordinaria de una autoridad mundial, sólo un origen constitucional democrático de ésta en un referéndum planetario que es viable dará fundamento a su legitimidad. Pudiera organizarlo un Consejo Mundial Electoral que presida Mark Zuckerberg.

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A la creación de los Estados Unidos en América del Norte (1777), sus padres fundadores redactaron y aprobaron su primer texto constitucional, en el que establecieron la igualdad fundamental de tránsito y comercio de sus ciudadanos—salvo para los pordioseros, vagabundos y prófugos de la justicia—en todo el territorio de la unión (la integración económica de un plumazo en su Artículo 4).* En ese documento—Articles of Confederation—se plasmó la sabia decisión de limitar los poderes del nuevo estado federal a tres cosas: 1. la conformación y jefatura de un solo ejército; 2. la dirección de una sola política exterior; 3. el establecimiento y administración de una sola moneda. (En el Artículo Segundo se estableció clara y explícitamente: «Cada estado retiene su soberanía, libertad e independencia, y todo poder, jurisdicción y derecho que no sean por esta Confederación expresamente delegados a los Estados Unidos reunidos en Congreso»).

Algo así sería necesario para establecer una autoridad planetaria, la Global Authority que Dror visualiza;** la propone formada por un Directorio, un Consejo—mayormente científico—y una Corte Global de Justicia. Es de suprema importancia que Dror especifique un espacio a la inteligencia y el conocimiento en el Consejo de tal gobierno mundial. (Carl Sagan era más radical, según reporta Guy Soreman en Los verdaderos pensadores de nuestro tiempo):

¿Qué propone, pues, Sagan a una humanidad bloqueada incómodamente a medio camino entre la mundialización y la autodestrucción? Es poco probable, estima él, que la sabiduría gane la batalla, si permanecemos encerrados en los marcos políticos y mentales concebidos en una época en que los hombres eran menos numerosos e incapaces de destruir el planeta. Sólo la utopía es hoy razonable. La utopía política: hay que retirarle el poder a la clase política, para dárselo… ¡a los sabios! “La ciencia tiene respuestas, a condición de que se nos quiera escuchar”. (Citado en La hora del filósofo-rey).

En la tradición de Elías

Dror sugiere tentativamente que el Consejo «esté compuesto por 16 miembros, la mitad de ellos ganadores del Premio Nobel» que sean menores de 60 años de edad. (¿Debiera permitirse que las academias sueca y noruega, por más prestigiosas que sean, determinen la composición de la mitad de un cuerpo de autoridad mundial?) Pero Dror tiene razón al incluir bajo ese Consejo lo relativo a la «evaluación de los peligros que se deriven de desarrollos de la ciencia y la tecnología», que han sido su preocupación constante; hay que hacer caso al autor de Crazy States (1971),*** al vigilante del terrorismo como fenómeno, cada vez más globalizado y sofisticado.

En todo caso, y más allá de esa área específica, falta por establecer cuáles serían los asuntos sobre los que la autoridad mundial debiera tener injerencia exclusiva.

Como a los estadounidenses de 1777, convendría mucho a los pueblos de la tierra que hubiera en el planeta una única moneda, pues así cesarían de cuajo los serios problemas que se derivan de las tasas de cambio diferenciales de monedas diferentes. Esto es, debe pensarse en una autoridad monetaria única del mundo, y tal vez esto deba caer fuera de las tres instituciones sugeridas por Dror, del mismo modo que un banco central sano goza de autonomía respecto de la autoridad ejecutiva en un país sanamente gobernado. (Es previsible que una moneda única mundial llegue a expresarse como criptomoneda, como bitcoin).

En materia de defensa, debiera pasar al dominio exclusivo de la autoridad mundial todo el arsenal de armas de destrucción masiva; no debe permitirse, por ejemplo, a ninguna nación la posesión de armas nucleares.

Mucho se ha pensado, en una especie de convicción de invulnerabilidad final muy acusada en nuestro pueblo, que una conflagración nuclear en países del Hemisferio Norte (OTAN-Varsovia), si bien nos afectaría grandemente por el lado económico, al menos nos sería leve en cuanto a lo físico, a los daños por los efectos mismos de las explosiones, entre otras cosas por distancia y por factores naturales tales como el pulmón del Matto Grosso. Pero los modelos más recientes de meteorología nuclear nos muestran cómo nos veríamos directa e impensablemente afectados por un invierno artificial de proporciones cataclísmicas, que incluiría la traslación, por inversión de los ciclos eólicos normales, de nubes de hollín y polvo que harían barrera a más del 90% de la radiación solar incidente (con lo que muy pronto la superficie terrestre descendería a temperaturas de subcongelación) y de nubes intensamente radiactivas. (Para un caso base de un intercambio de 5.000 megatones, equivalente a la mitad del arsenal actual. Ackerman, Pollack y Sagan, Scientific American, agosto de 1984). (En Debate Viso, Urbaneja, Alcalá; 10 de diciembre de 1984).

Luego, es mi opinión que la exploración del espacio extraterrestre, así como la posible explotación de recursos fuera de la tierra, debe ser conducida por la autoridad mundial: «Los astrofísicos consideran muy seriamente la posibilidad de vida inteligente extraterrestre. En realidad, dado el gigantesco número de estrellas y galaxias, contadas por centenares de millones, la hipótesis de que estamos solos en el cosmos resulta, decididamente, una conjetura presuntuosa». (Un tratamiento al problema de la calidad de la educación superior no vocacional en Venezuela, 15 de diciembre de 1990). «Para prevenir escenarios de invasiones agresivas extraterrestres, o para demoler aerolitos amenazantes en imitación de Bruce Willis en Armagedón, la Organización de las Naciones Unidas debiera asumir un único control planetario de esta clase de armamentos [nucleares]», escribía en Ideas para la crisis el 7 de abril de 2009. Bueno, ahora ese control debiera estar en manos de la autoridad global droriana.

La demolición de las torres gemelas del Centro Mundial de Comercio en Nueva York, el 11 de septiembre de 2001, fue el primer acto de hiperterrorismo por el que el mundo se alarmara y acongojara, y el gobierno de los Estados Unidos respondió con una retaliación militar, la invasión de Irak, que habría sido lo indicado si se tratara de que un estado fuera el responsable de los ataques. Pero, por más grande que fuese, el monstruoso atentado fue un hecho criminal a tratar policialmente, sólo que no tenemos una policía antiterrorista mundial. Pues bien, ella debe ser establecida para ocuparse del terrorismo transnacional y tal vez otros delitos penetrantes de fronteras, como el tráfico de armas y la trata de blancas. Necesitamos una policía planetaria, un FBI mundial. (Precedente: el secuestro del hijo de Charles Lindbergh y Anne Morrow en 1932 propulsó la declaratoria de esa ofensa como delito federal; es decir, fue sustraída de la jurisdicción penal de los estados una vez que sus fronteras fueran cruzadas por los secuestradores).

Definitivamente, por último, debe caer bajo el control de la autoridad mundial lo concerniente a la protección del ambiente terrestre, con multas y todo. «El clima no reconoce fronteras», y en esto, como también en los restantes problemas, la autoridad mundial puede echar mano de los recientes progresos en materia de acuerdos internacionales; en este caso, sobre la protección ambiental del mundo.

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En suma, hay que pensar como Yehezkel Dror lo hace. Ya en 2001 proponía en su reporte al Club de Roma (The Capacity to Govern) una noción que relanzaría una década después en The New Ruler: que la razón de Estado debía ser superada por la razón de Humanidad. LEA

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* The better to secure and perpetuate mutual friendship and intercourse among the people of the different States in this Union, the free inhabitants of each of these States, paupers, vagabonds, and fugitives from justice excepted, shall be entitled to all privileges and immunities of free citizens in the several States; and the people of each State shall free ingress and regress to and from any other State, and shall enjoy therein all the privileges of trade and commerce, subject to the same duties, impositions, and restrictions as the inhabitants thereof respectively, provided that such restrictions shall not extend so far as to prevent the removal of property imported into any State, to any other State, of which the owner is an inhabitant; provided also that no imposition, duties or restriction shall be laid by any State, on the property of the United States, or either of them.

** En el siguiente enlace puede descargarse una sección del capítulo Circumscribed Global Leviathan de Avant-Garde Politician – Leaders for a New Epoch (págs. 39-42) de Yehezkel Dror, en archivo de formato .pdf: Global Authority

*** «Un estado loco 1. tiene objetivos muy agresivos en contra de otros; 2. mantiene un profundo e intenso compromiso con esos objetivos (dispuesto a pagar un alto precio por su logro y a correr grandes riesgos); 3. está imbuido de un sentido de superioridad frente a la moralidad convencional y las reglas habitualmente aceptadas de la conducta internacional (dispuesto a la inmoralidad e ilegalidad en términos convencionales en nombre de ‘valores superiores’); 4. exhibe un comportamiento lógicamente consistente dentro de tales paradigmas; 5. lleva a cabo acciones externas que impactan la realidad (incluyendo el uso de símbolos y amenazas)». A los veinte años de la publicación de Crazy States, Daniella Ashkenazy entrevistaba a Dror en The Jerusalem Post; allí destacó:

Crazy States was written in an era before terrorists and separatist and liberation movements began blowing up aircraft and buses, kidnapping civilians and politicians, and killing Olympic sportsmen. Dror put a great deal of energy into proving that his vision of the future was within the realm of probabilities. Crazy States mapped out a vision that humanists found hard to accept. The prestigious American Political Science Review observed: «Brilliant thinking … but how can he be so fantastic and distanced from reality?» In retrospect, while Dror may have the last laugh, it’s a hollow one. «I have mixed feelings about being right – both satisfaction and regret,» he replied; «intellectual satisfaction; regret as a human being.»

«Resueno, pues, con la tristeza de Yehezkel Dror; no hay diversión en ver cómo se desenvuelve un resultado negativo del que uno advirtiera». (Hallado lobo estepario en el trópico, 28 de mayo de 2011).

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