Hay que aceptar la realidad (virtual)

 

Ya no vivimos la Revolución Industrial, cuando toda ideología se inventara; ahora vivimos la de la Internet, la telefonía móvil, las tabletas, las interacciones instantáneas, las enciclopedias democráticas, las apps. La de la biogenética, la cirugía mínimamente invasiva, la posibilidad de introducir al planeta especies vegetales o animales nuevas. La de una sonda espacial posada sobre un cometa, la comprobación experimental de la partícula de Dios o Bosón de Higgs, la fotografía cada vez más extensa y detallada de los componentes del cosmos, la materia oscura, la geometría fractal y las ciencias de la complejidad. La de la explosión de la diversidad cultural, la del referendo, del escrutinio inmisericorde de la privacidad de los políticos y el espionaje universal. La del hiperterrorismo, las agitaciones políticas a escala subcontinental, el cambio climático. Nada de esta incompleta enumeración cabe en una ideología, en la cabeza de Stuart Mill, Marx, Bernstein o León XIII. Cualquier ideología—la pretensión de que se conoce cuál debe ser la sociedad perfecta o preferible y quién tiene la culpa de que aún no lo sea—es un envoltorio conceptual enteramente incapaz de contener ese enorme despliegue de factores novísimos y revolucionarios. Ésta es una revolución de revoluciones.

El medio es el medio – 29 de abril de 2015

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Pudiera añadirse a la enumeración precedente los automóviles eléctricos que se manejan a sí mismos, los drones de todos los tamaños—uno enorme fletado por Mark Zuckerberg, el creador de Facebook, se alimenta de energía solar y llevará la Internet a miles de millones de personas que aún no la conocen—, la impresión en tres dimensiones que permite «imprimir» todo tipo de herramientas y hasta casas completas, o la inteligencia artificial y las construcciones de realidad virtual como las que muestra este video:

 

Tecnología 7D

Y eso que la cosa está empezando. LEA

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La realidad viene en colores

 

Tal vez la más hermosa de las sinfonías

En la emisión #266 Dr. Político en RCR se argumentó que el proceso político venezolano es, incorrectamente y con frecuencia, entendido como película en blanco y negro de superhéroes contra supervillanos (roles cambiantes según quien la cuente). Igualmente se llamó la atención a la posibilidad de acordar en la nueva fase de negociación entre oficialismo y oposición el compromiso presidencial de convocar un referendo que pueda decidir elecciones presidenciales inmediatas. Continuando con el mes de Tchaikovsky, se escuchó en esta ocasión dos temas de su Quinta Sinfonía en Mi menor, provenientes de su primer y su cuarto movimientos. He aquí el archivo de audio correspondiente:

LEA

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Sobre la sucesión

 

La popular telenovela brasileña

 

La cota de dos mil entradas en este blog se alcanzó ayer con La condición Machado; ésta es la 2.001, esta entrada es por tanto la odisea del espacio. Se inserta para despejar dudas que se formaran a raíz de la primera nota al pie de la anterior, que comentaba posibilidades de la sucesión de Nicolás Maduro en la Presidencia de la República; algunos amigos me llamaron, sorprendidos de que hubiera redactado lo siguiente:

A menos que nombre a otro Vicepresidente antes de renunciar, lo que sería lo menos costoso. Por ejemplo, a la misma María Corina Machado. Ya el suscrito la postulaba a ese cargo el 12 de febrero de 2004: “Cualquier Presidente de la República contaría en ella con una Vicepresidenta de lujo”. (LEA #73).

Hace trece años, Súmate organizaba y superaba los numerosos obstáculos del referendo revocatorio del mandato de Hugo Chávez; por la época, exhibía una superior altura política al ofrecer sus servicios al partido oficialista:

Durante la tortuosa travesía de la oposición venezolana entre 2002 y 2004, la actuación de Súmate y su líder más connotada fue poco menos que impecable. Las declaraciones de Machado siempre fueron claras, pertinentes y aplomadas. Alguna vez se dio el lujo de ofrecer los servicios de Súmate al Comando Maisanta, para ayudarlo en la organización de las elecciones internas del Movimiento Quinta República. Así consolidó una imagen de excelencia profesional, respetuosa del liderazgo de la Coordinadora Democrática, a la que prestó el brazo técnico que esa cúpula opositora requería. En el #74 de esta carta, del 19 de febrero de 2004, se afirmaba: «Súmate es el núcleo vital de la nueva organización política que necesitamos. Ella merece mejores estrategas». (Carta Semanal #140 de doctorpolítico, 2 de junio de 2005).

Las cosas han cambiado desde que suponíamos que Chávez perdería ese referendo. (Proponía en aquel momento la dupla Petkoff-Machado, como un ticket de la política estadounidense que pone en campaña al candidato a Presidente y el escogido por éste como su Vicepresidente; es decir, la proponía a Petkoff).

Desde tales fechas, han ido aumentando mis diferencias con la Sra. Machado, aunque no haya disminuido mi respeto por ella y sus obvias capacidades ejecutivas. En las emisiones #88 y #89 de Dr. Político en RCR, del 29 de marzo y 5 de abril de 2014, me ocupé de defenderla ante los ataques de Diosdado Cabello y la errada sentencia en su contra de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que la despojó de su investidura de diputada a la Asamblea Nacional. El 18 de noviembre de ese mismo año se grababa en Radio Caracas Radio una conversación del suscrito con Nehomar Hernández, para una edición especial de Y así nos va que la emisora transmitiría el siguiente 30 de diciembre; en esa ocasión opiné que no convenía al país que la Sra. Machado fuese la sucesora de Nicolás Maduro. Éste es el fragmento de audio pertinente:

Mi opinión en este punto no ha variado. El nombre de la aguerrida máxima dirigente de Vente Venezuela fue señalado en el tema sucesoral como posible Vicepresidente Ejecutiva a título de ejemplo, dado que la entrada doble milésima se originara en sus declaraciones de anteayer, recogidas en su segundo párrafo: “Aceptaremos un diálogo y una negociación verdadera y genuina sólo en el caso para establecer los términos, las condiciones y las garantías para la salida de Maduro y sus mafias del poder». Sigue siendo verdad que, antes de renunciar, Nicolás Maduro pudiera escoger un Vicepresidente Ejecutivo que sustituya a El Aissami y fuese un estadista competente que pudiera ser tolerado tanto por el PSUV como por la MUD para gobernar hasta el 10 de enero de 2019. Nada sería más rápido y barato, y pudiese ser lo que más convenga superponer un administrador solónico a la crisis. LEA

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La condición Machado

 

No sirve el diálogo si no conduce a acuerdo

 

A la tercera va la vencida es un refrán que evoca el esfuerzo. Se utiliza cuando algo no se consigue al primer intento sino que es necesario probar de nuevo y con más esfuerzo.

El granero del Tío Casiano

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Una tercera e incipiente oportunidad de diálogo y acuerdo entre los adversarios políticos de Venezuela—luego de los infructuosos amagos de 2014 y 2016—se construye ahora en suelo dominicano, gracias a recientes intervenciones de la cancillería francesa y el tenaz esfuerzo de José Luis Rodríguez Zapatero. Las decisiones a tomar e instrumentar no han variado: un tratamiento concertado a la crisis económica y la apertura a la ayuda humanitaria exterior, la liberación de presos políticos, la recuperación de la eficacia de la Asamblea Nacional, como parte del mutuo respeto entre éstos y la obligación constitucional (Artículo 136) de colaboración de los poderes públicos nacionales… y el nudo del problema, que no es otro que el pronto término del mandato de Nicolás Maduro.

María Corina Machado ha dicho ayer: “Aceptaremos un diálogo y una negociación verdadera y genuina sólo en el caso para establecer los términos, las condiciones y las garantías para la salida de Maduro y sus mafias del poder. Éste es el único diálogo, la única negociación que los venezolanos aceptamos hoy”. ¿Cómo imagina la infatigable lideresa que esto puede lograrse?

En una mesa de negociación lo único que pudiera pactarse sería la renuncia de Nicolás Maduro, y esta posibilidad conduce a que el Vicepresidente Ejecutivo en funciones, hoy Tareck Zaidan El Aissami Maddah, asuma la Presidencia de la República hasta la conclusión del actual período constitucional*. (Parágrafo último del Artículo 233 de la Constitución: «Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar el mismo»). La propia Sra. Machado rechazó la celebración de un referendo revocatorio presidencial después del 10 de enero de este año, por cuanto llevaría precisamente a ese resultado, y no puede pactarse una nueva elección presidencial en la República Dominicana ni en ninguna otra parte del mundo, puesto que así se contravendría la Constitución.

Pero tenemos en Venezuela un poder que está por encima de la Constitución. «El Poder Constituyente Originario, el Pueblo llamado a referendo en ese carácter, tiene la potestad de superponerse a la Constitución y aprobar una norma que ella no contemple. En consecuencia, puede preguntársenos a Nosotros, la Corona, el Soberano, lo siguiente: ¿Está Ud. de acuerdo con la convocatoria a elecciones, en el plazo de tres meses a partir de esta fecha, que escojan al ciudadano que se encargue de la Presidencia de la República hasta el 10 de enero de 2019, elecciones ésas en las que podrá participar como candidato el ciudadano Nicolás Maduro Moros, actualmente en el cargo?» (Prontas elecciones, 22 de octubre de 2016)**.

¿Quiénes pudieran convocar a ese referendo? Para empezar, nosotros mismos, mediante la expresión de voluntad de 10% de los ciudadanos inscritos en el registro electoral, o unos dos millones de nosotros; se trataría de un esfuerzo considerable y lento que además tendría que sortear la burocracia del Consejo Nacional Electoral—actualmente sobrecargado de compromisos y tecnológicamente disminuido—y las posibles triquiñuelas tribunalicias que ya paralizaron el esfuerzo revocatorio de 2016. Dos poderes quedan con potestad suficiente para la convocatoria: la Asamblea Nacional, que aún viste la camisa de fuerza que le ha impuesto el Tribunal Supremo de Justicia por su desacato a la Sala Electoral, incapacitada hasta que resuelva ese problema, y el Presidente de la República en Consejo de Ministros.

Es el compromiso garantizado de Nicolás Maduro Moros a convocar esa exacta consulta lo más importante que la oposición puede obtener en la patria chica de Billo Frómeta. ¿Qué debe obtener a cambio el Presidente, aparte de esta oportunidad de relegitimarse? La Asamblea Nacional, ya no la Mesa de la Unidad Democrática, puede ofrecer lo siguiente:

La Asamblea Nacional reconoce que no es una de sus facultades o propósitos la cesación del gobierno presidido por el ciudadano Nicolás Maduro Moros, anulará su declaratoria de abandono del cargo por parte del Presidente de la República del 9 de enero de este año, por cuanto éste se encuentra evidentemente en su pleno ejercicio, y procederá a anular su Acuerdo sobre la reactivación del proceso de aplicación de la Carta Democrática Interamericana de la Organización de Estados Americanos del 21 de marzo de este año, y reconoce que el Presidente de la República, en uso de la facultad expresa del numeral 4 del Artículo 236 de la Constitución puede denunciar la Carta de la Organización de Estados Americanos sin autorización parlamentaria o enmienda constitucional, por cuanto ella no es un convenio “relativo a derechos humanos” y tampoco la Convención Interamericana de Derechos Humanos ni sus posteriores protocolos, todos anteriores a la Constitución Nacional, contienen definiciones de esos derechos que sean “más favorables” a las establecidas en ella. Adicionalmente, en uso de la facultad establecida en el Numeral 5 del Artículo 187 de la Constitución, procederá a redactar un razonable decreto de amnistía. Por último, procederá a anular el nombramiento que hiciera de nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. (El cántaro al agua).

Digo, si es que cree que es su obligación hacia los venezolanos que la eligieron dejar su propia terquedad atrás para construir una salida en paz. LEA

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*A menos que nombre a otro Vicepresidente antes de renunciar, lo que sería lo menos costoso. Por ejemplo, a la misma María Corina Machado. Ya el suscrito la postulaba a ese cargo el 12 de febrero de 2004: «Cualquier Presidente de la República contaría en ella con una Vicepresidenta de lujo». (LEA #73).

**Que el presidente Maduro pueda presentarse como candidato marca, primeramente, una diferencia sustancial con la figura del referendo revocatorio; no se trata de una revocación, no la sustituye, y por consiguiente no puede recibir contravención jurídica alguna sobre la base de que la revocación está expresamente normada en la disposición del Artículo 72 de la Constitución. Luego, tal vez funcione como disuasivo de lo que pudiere ser su explicable tentación de oponerse a la solución descrita, con igual denuedo con el que ha entorpecido la revocación. (Prontas elecciones).

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El cántaro al agua

Cuarta Sinfonía en Fa menor

 

Regresó al planteamiento de un borrador de pacto entre los poderes públicos nacionales el programa #265 de Dr. Político en RCR, en una versión compacta de lo expuesto en Del armisticio como programa y Versión Formal, del 11 y el 26 de mayo respectivamente. (Abajo se reproduce el texto comprimido al que se dio lectura hoy). Antes, se sugirió al Presidente de la República la corrección del equivocado concepto de que los mandatarios regionales deben subordinarse a la Asamblea Nacional Constituyente, dudosamente elegida el pasado 30 de julio. También se reafirmó la idea de que mandar es preferible a protestar. Continuando con el mes de Tchaikovsky, se escuchó pasajes del tercer y cuarto movimientos de su Sinfonía #4 en Fa menor. He aquí el archivo de audio de esta transmisión:

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ACUERDO DE LOS PODERES PÚBLICOS DE VENEZUELA

La Asamblea Nacional reconoce que no es una de sus facultades o propósitos la cesación del gobierno presidido por el ciudadano Nicolás Maduro Moros, anulará su declaratoria de abandono del cargo por parte del Presidente de la República del 9 de enero de este año, por cuanto éste se encuentra evidentemente en su pleno ejercicio, y procederá a anular su Acuerdo sobre la reactivación del proceso de aplicación de la Carta Democrática Interamericana de la Organización de Estados Americanos del 21 de marzo de este año, y reconoce que el Presidente de la República, en uso de la facultad expresa del numeral 4 del Artículo 236 de la Constitución puede denunciar la Carta de la Organización de Estados Americanos sin autorización parlamentaria o enmienda constitucional, por cuanto ella no es un convenio “relativo a derechos humanos” y tampoco la Convención Interamericana de Derechos Humanos ni sus posteriores protocolos, todos anteriores a la Constitución Nacional, contienen definiciones de esos derechos que sean “más favorables” a las establecidas en ella. Adicionalmente, en uso de la facultad establecida en el Numeral 5 del Artículo 187 de la Constitución, procederá a redactar un razonable decreto de amnistía. Por último, procederá a anular el nombramiento que hiciera de nuevos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.

El Presidente de la República convocará un referendo consultivo que requiera la decisión del Poder Constituyente Originario acerca de esta cuestión: “¿Está Ud. de acuerdo con la convocatoria a elecciones, en el plazo de tres meses a partir de esta fecha, que escojan al ciudadano que se encargue de la Presidencia de la República hasta el 10 de enero de 2019, elecciones ésas en las que podrá participar como candidato el ciudadano Nicolás Maduro Moros, actualmente en el cargo?” Igualmente suprimirá de su decreto de emergencia económica la consagración de la hipótesis de una “guerra económica” como explicación de la misma, que no goza de generalizada aceptación nacional. Asimismo, agradecerá y facilitará la llegada de ayuda humanitaria ofrecida al país por diversos actores internacionales y su distribución equitativa, a fin de tratar las precarias y agobiantes condiciones de una proporción considerable de la población nacional.

El Tribunal Supremo de Justicia levantará las limitaciones impuestas a la Asamblea Nacional como consecuencia de su desacato a sentencia de su Sala Electoral, relativa a los diputados electos en 2015 por el estado Amazonas, por cuanto esos parlamentarios han solicitado ellos mismos su desincorporación y el Presidente de la Asamblea Nacional dirigió una sesión del 9 de enero de este año que decidió oficialmente la desincorporación de los mismos. Su declaración de nulidad de actos de la Asamblea Nacional por tal motivo se sostendrá sólo para aquellos actos en los que hubieran participado y votado los diputados en cuestión. El Tribunal Supremo de Justicia admitirá como válida la elección del actual Presidente de la Asamblea, por cuanto los parlamentarios objetados no participaron en ella. Adicionalmente, ordenará al Consejo Nacional Electoral la celebración perentoria de nuevas elecciones en el estado Amazonas para reparar su situación de representación inexistente.

El Consejo Nacional Electoral celebrará la elección de gobernadores de estado cuyo plazo está vencido y las elecciones municipales previstas constitucionalmente para este año, y tomará sus previsiones ante la posibilidad de referendos y otras elecciones para este mismo año, determinando los requerimientos presupuestarios para estos fines, los que la Asamblea Nacional autorizará sin dilación.

El Defensor del Pueblo, en atención al Numeral 2 del Artículo 15 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, que establece su facultad de “Interponer, adherirse o de cualquier modo intervenir en las acciones de inconstitucionalidad…”, se asegurará de la anulación de la sentencia 1.265 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con fecha 5 de agosto de 2008, por tratarse de decisión inconstitucional que mutila el Artículo 42 de la Constitución, que establece: “El ejercicio de la ciudadanía o de alguno de los derechos políticos sólo puede ser suspendido por sentencia judicial firme en los casos que determine la ley. El Contralor General de la República procederá a anular las inhabilitaciones políticas que ha impuesto recientemente a los gobernadores de los estados Amazonas y Miranda, puesto que tales sanciones no equivalen a sentencias judiciales firmes.

El Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo nacionales constituirán una comisión de enlace que determinará urgentes acciones coordinadas entre ambos para resolver o paliar la crítica situación socioeconómica de la Nación. Los demás poderes públicos nacionales coadyuvarán a sus labores en la medida de sus capacidades constitucionalmente establecidas.

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LEA

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